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    ¿Es apropiada la ponderación judicial en la lucha contra el terrorismo? Contrastando tiempos normales, emergencias y tiempos de tensión

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    Decidir si la ponderación judicial (judicial balancing) y el análisis de la proporcionalidad resultan apropiados en los casos que surgen de la lucha contra el terrorismo depende de si dicha guerra puede ser afrontada en condiciones normales o si exige el despliegue de poderes excepcionales, o si, por otro lado, exige un enfoque intermedio apropiado para situaciones de tensión. Para conseguir un equilibrio adecuado entre libertad y seguridad, la ponderación judicial en la guerra contra el terrorismo debe adaptarse para ajustarse a situaciones de tensión. Algunos cuestionan lo apropiado de hacer uso de la ponderación judicial para alcanzar un equilibrio adecuado entre libertad y seguridad en el contexto de la guerra contra el terrorismo. Según una de las posturas, las necesidades de seguridad que surgen en la guerra contra el terrorismo justifican la imposición de poderes excepcionales y la concesión de poderes ejecutivos exclusivos para determinar cuándo, y hasta qué punto, deben restringirse las libertades para satisfacer las necesidades de seguridad. Esta postura no deja margen para la ponderación judicial en la guerra contra el terrorismo. En el otro extremo existe una postura que sostiene que la guerra contra el terror no justifica sacrificar las libertades a fin de defender los intereses de la seguridad. Según esta postura, no solo resulta apropiada la ponderación judicial, sino que debe operar del mismo modo que en períodos de normalidad. Una tercera postura adopta un enfoque intermedio entre las dos anteriores y sostiene que la guerra contra el terrorismo provoca unas condiciones especiales (una situación de tensión) que exigen ajustar el equilibrio entre libertad y seguridad. Dichos ajustes, no obstante, pueden lograrse plenamente mediante la ponderación judicial, siempre que se establezcan los paradigmas legales apropiados. En 2004, los tribunales superiores de tres países distintos, Estados Unidos, el Reino Unido e Israel, pronunciaron sentencias en casos relativos a la guerra contra el terrorismo, y en los tres casos hicieron uso de la ponderación judicial. Debido a la incapacidad para decidir acerca de cuál era el paradigma legal apropiado, el tribunal estadounidense puso excesivo énfasis en la seguridad, el israelí excesivo énfasis en la libertad y el británico llegó al resultado correcto, debido más a circunstancias especiales que a un uso consecuente de la ponderación judicial. Un análisis crítico de estas sentencias revela cómo debería funcionar la ponderación judicial en tiempos de tensión

    Ponderación judicial y holismo epistemológico

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    El objetivo principal de la comunicación es intentar aplicar algunas sugerencias teóricas del holismo epistemológico al ámbito de la ponderación judicial entre principios y derechos constitucionales. Una concepción coherentista y contextual del conocimiento podría ofrecer, en el campo de la interpretación jurídica, sugerencias teóricas para comprender que un margen más o menos amplio de indeterminación normativa es en cierto sentido fisiológico, dentro de un contexto de persistente conflictividad como lo que caracteriza los Estados constitucionales contemporáneos. The main goal of communication is to try to apply some theoretical suggestions of the epistemological holism to the area of judicial balancing between constitutional principles and rights. A coherentist and contextual conception of knowledge could offer, in the field of legal interpretation, theoretical suggestions to understand that a wider or narrower margin of normative indeterminacy is, in a certain sense, physiologic in a context of persistent conflict like the one characterizing contemporary constitutional State

    The ideal of the certainty in law: the skin and the heart of law

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    The doubt about certainty like an absolute value in law and as an ideal full in legal system (argument about impossibility) is a controversial fact in contemporary legal theory. In this text I examine some contemporary doctrines about the classic understanding (in critical sense) of this ideal. I have selected the most representative doctrines: doctrine about "open texture of Law" (H.L.A. Hart), starting point in this discussion; doctrine about "Il Diritto mite" (G. Zagrebelsky), from the continental European legal tradition at present; and doctrine about "vagueness in Law" (T.A.O. Endicott), this doctrine is the most recent, from the Anglo-Saxon legal tradition. Finally, in Conclusions, I analyze if this doubt (argument about impossibility) contaminates (in some sense) to the concept of law or to the characteristics that describe law in the contemporary Constitutional State

    Poder judicial y jurisdicción en el estado social y democrático de derecho: la disponibilidad de recursos materiales a través de la oficina judicial

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    [Resumen] Se reflexiona acerca de la interrelación entre tres factores determinantes del ejercicio de la jurisdicción y, en particular, de la ejecución forzosa: primero, la función de tutela efectiva de derechos encomendada al Poder judicial (por ejemplo, en satisfacción del derecho del propietario de vivienda que ha obtenido a su favor una sentencia de desahucio a la ejecución de la misma en un plazo razonable); segundo, la exigencia de garantía de todos los derechos fundamentales que confluyen en el proceso (p. ej., del derecho del ocupante de vivienda a no ver vulnerada, con ocasión del lanzamiento, su vida privada, su salud o, como derecho instrumental de aquéllos, su derecho a la vivienda propiamente dicho) y tercero, la disponibilidad de recursos materiales para el ejercicio de la función jurisdiccional (que condicionará el grado en que es posible realizar el lanzamiento en un plazo razonable sin vulnerar al propio tiempo derechos fundamentales de los ocupantes). Se destaca la relevancia que en esta ecuación desempeña el principio de proporcionalidad. Se sugiere que el papel que en la gestión de los recursos a disposición de la administración de justicia ha de desempeñar la nueva organización de la oficina judicial española puede potenciar la función de tutela y garantía de los derechos fundamentales que corresponde a los tribunales

    Cuestionamiento a la aplicación generalizada del método de la ponderación judicial a partir de una sentencia interpretativa de la corte constitucional

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    llama la atención el garantismo retórico imperante en el “neoconstitucionalismo” en el que los derechos se reconocen de la manera más progresista en la Constitución pero se restringen en la ley y la jurisprudencia.llama la atención el garantismo retórico imperante en el “neoconstitucionalismo” en el que los derechos se reconocen de la manera más progresista en la Constitución pero se restringen en la ley y la jurisprudencia

    La racionalidad de la ponderación judicial: análisis de las teorías de Robert Alexy y Riccardo Guastini

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    El artículo pretende reflexionar, a través del examen de las teorías elaboradas por Robert Alexy y Riccardo Guastini, sobre el grado de imprevisibilidad de las consecuencias jurídicas de la ponderación, y en particular sobre la relevancia de las consideraciones de carácter sustantivo en la interpretación judicial. El objetivo principal consiste en mostrar cómo la ponderación, de por sí, es sólo una técnica de resolución de antinomias entre principios y derechos fundamentales, que puede involucrar tanto ele-mentos discrecionales como elementos racionales, dependiendo de la utilización que se haga de esta herramienta dentro de las circunstancias específicas del caso y en el marco del contexto jurídico-político de referencia

    About Neo-Constitutionalism. A Synthesis for Constitutionalists with a Legal Theoretician’s Spirit

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    El presente trabajo ensaya una síntesis de las principales tesisasociadas al neoconstitucionalismo en sus diversas formas. Analizasus orígenes conceptuales y sus postulados principales, ademásde destacar en su parte final los elementos inconclusos de esteconjunto de ideas.This article provides a synthesis of the main theses associated tothe several types of neo-constitutionalism. The article analyzes itsconceptual origin and its main hypotheses and finally outlines theuncompleted elements of these ideas

    Hacia la construcción de un concepto de democracia sanitaria: una mirada desde la sociología de las Constituciones y la conexidad constitucional

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    RESUMEN: El presente trabajo persigue como objetivo principal discutir el concepto, los límites y las posibilidades de formulación de un concepto de democracia sanitaria, desde una doble perspectiva constitucional: sociológica y jurídica. Para ello, el texto se descansa en dos pilares nucleares. Comenzaremos presentando algunas reflexiones sobre la Sociología de las Constituciones, concebida como la plataforma epistemológica que nos servirá para analizar la conexidad constitucional. En segundo término se analizará esta técnica de vinculación del derecho a la protección de la salud con otros derechos fundamentales y otros textos internacionales, que permita explicar finalmente determinadas implicaciones interdisciplinares, inherentes al concepto de "democracia sanitaria".ABSTRACT: The main goal of this paper is to discuss the concept, limits and possibilities of formulating a concept of "health democracy" from a double constitutional perspective both sociological and juridical. For this purpose, the text rests on two nuclear pillars. We will begin by presenting some reflections on the sociology of Constitutions, conceived as the epistemological platform that will be useful to analyze the constitutional connection. Secondly, we will especificly analyze this technique consisting on linking the right to health protection with other fundamental rights and other international texts. This analysis will finally explain certain interdisciplinary implications which are inherent in the concept of "health democracy"

    Los límites a la corte constitucional como presupuesto para el mantenimiento del orden institucional: propuesta de control a partir de la teoría de los principios jurídicos y la metodología de la argumentación jurídica

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    En momentos en los que se debate una reforma a la administración de justicia y se experimenta lo que ha sido inevitable en otros países que poseen un modelo de control constitucional (un choque de trenes), se estima pertinente una propuesta (al menos un intento) de solución al problema referido a los límites que se deben imponer al titular del control de constitucionalidad. Acorde con las transformaciones de la teoría jurídica en la segunda mitad del siglo XX, una alternativa en tal sentido debe incorporar aspectos sustantivos y metodológicos representados en una teoría de los principios jurídicos y de la argumentación jurídica, respectivamente. La exigencia de una teoría de los principios, entendidos como normas que legitiman el ejercicio del poder del Estado, como concreción máxima de la moral pretendida por una comunidad y elementos fundantes del ordenamiento jurídico, en conjunto con una argumentación en los niveles normativo, pragmático y valorativo, sirven de alianza estratégica para el control de la discrecionalidad en el ejercicio del control difuso y concentrado de constitucionalidad

    Everything at once: The restriction of freedom of expression and the insufficient protection of honor

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    El artículo sostiene dos tesis. La primera considera que en la generación y en la interpretación de las normas penales se está restringiendo indebidamente la libertad de expresión política. Entre otras causas de este fenómeno destaca la ignorancia del efecto desalentador de la libertad de expresión que despliega la represión penal de los excesos expresivos, y la inviabiliad de una alternativa sancionadora a través de la Administración. La segunda tesis es solo aparentemente contradictoria con la anterior: en nuestro mundo web, en el que es enorme la potencialidad lesiva de las expresiones, no se está protegiendo suficientemente el honor y la intimidad frente a la comunicación no políticaThe article defends two theses. The first thesis referes to the undue restriction of freedom of political expression nowadays in the elaboration and interpretation of penal norms. This phenomenon is caused by a diversity of factors, among which it is worth mentioning the ignorance of the chilling effect of freedom of expression arising from punishing the excess of expression, and contradictoriy with the first one: in our web world, in which there is an enormous potential of causing harm through expressions, honor and privacy are not being sufficiently protected against non-political communicatio
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