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    Temas de procedimiento penal: reflexiones a propósito de la ley 1395 de 2010

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    El Gobierno Nacional, con base en la iniciativa legislativa consagrada en el artículo 154 Constitucional y el artículo 140 de la Ley 5° de 1992, radicó el 18 de noviembre de 2008 el proyecto de Ley número 1971. Surtido el trámite reglado, el 30 de julio de 2010 fue sancionada por el Ejecutivo la Ley 13952, con el objetivo de descongestionar la administración de justicia, introduciendo reformas en los procedimientos civiles, laborales, contencioso administrativos y penales, ámbito este último respecto al cual se modificaron aspectos inherentes a la tramitación del recurso de apelación contra los autos y las sentencias proferidas por los Jueces de la República, se cambió la oportunidad para iniciar el incidente de reparación integral, se reguló expresamente la procedencia del recurso de queja, se modificaron algunos pormenores en cuanto a la resolución de los impedimentos y recusaciones, se introdujeron cambios relacionados con el desembargo de bienes del imputado o acusado y sufrieron una fluctuación los términos para sustentar el recurso de casación en los dos sistemas de procedimiento penal que actualmente coexiste

    De los impedimentos y las recusaciones en el marco del sistema de enjuiciamiento penal colombiano

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    When an adversarial criminal justice system is considered, its use is immediately associated with phenomena such as publicity, orality, contradiction, concentration, immediacy and swiftness of evidence which is made effective in such a preponderant manner in a trial before an impartial judge.In order to guarantee the impartiality, judges are subjected to jurisdictional, disciplinary and social controls thereby enabling the isolation of the process motu proprio througt the manifestation of impairment or at the request of the parties and thereby enabling a judge to be disqualifiedThe present article comments on the causes of impediment and recusal according to the principalism of the Colombian accusatorial penal system, such as its processes and effectiveness to ensure the impartiality of judges in criminal trial.Cuando se piensa en un sistema penal acusatorio, inmediatamente se asocia su funcionamiento a las características de publicidad, oralidad, contradicción, concentración, inmediación probatoria y celeridad, lo cual se efectiviza de manera preponderante en el juicio oral, ante un Juez imparcial.Para garantizar la imparcialidad del Juez, se somete a este último a un control jurisdiccional, disciplinario e incluso social, habilitando su aislamiento del proceso motu proprio a través de la manifestación de impedimento o por solicitud de las partes, recusándolo para este efecto.En el presente artículo se exponen algunos comentarios sobre las causales de impedimento y recusación, acorde con la principialística del sistema penal acusatorio colombiano, así como su trámite y efectividad para lograr concretizar la imparcialidad del Juez penal

    Rol probatorio del apoderado de las víctimas dentro del incidente de reparación integral

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    The role of victims within the criminal process is no longer a representative figure and limited attempts to obtain financial compensation for the damage caused by the occurrence of crime, the latter being understood as a source obligations, occupying leading role in clarifying the facts, the declaration of criminal responsibility and the subsequent sentencing.El papel de las víctimas dentro del proceso penal ha dejado de ser una figura representativa y limitada en procura de obtener la reparación pecuniaria de los perjuicios ocasionados por la ocurrencia del delito, entendido este último como fuente de las obligaciones, pasando a ocupar un papel preponderante en el esclarecimiento de los hechos, la declaratoria de responsabilidad penal y la consecuente imposición de la pena

    Los sistemas de vigilancia electrónica como sustitutivos de la prisión bajo una perspectiva analítico-económica del derecho

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    El 28 de julio de 2007 fue sancionada por el Ejecutivo la Ley 11423, con el objetivo de adoptar medidas tendientes a prevenir y reprimir la actividad delictiva de especial impacto para la convivencia y seguridad ciudadana. En esta ley (artículo 50) se incorporan los mecanismos de vigilancia electrónica como sustitutivos de la pena privativa de la libertad, creando así una alternativa frente a las características “estigmatizantes” y “excluyentes”4 de la prisión intramural. La novísima ley de seguridad ciudadana (Ley 1453 de 2011) introdujo algunas modificaciones a esta norma jurídica, limitando este beneficio mediante la ampliación del listado de delitos que hacen improcedente la sustitución de la pena privativa de la libertad y la imposibilidad de resultar beneficiado más de una vez con el mismo sustituto, sin embargo, acorde con la doctrina constitucional (sentencia C-185/11), se morigeraron algunos requisitos relacionados con el pago de la multa y la indemnización de perjuicios por la insolvencia del condenado. Ahora bien, la Corte Constitucional desde el año 1998 (Sentencia T-153) había declarado el estado de cosas inconstitucional en las prisiones del país, atendiendo a la imposibilidad de los reclusos para gozar de una vida digna como consecuencia del hacinamiento. El presente artículo pretende demostrar como a través de la vigilancia electrónica se disminuye la problemática de hacinamiento carcelario y las implicaciones económicas que subyacen en esta implementación, sus bondades y sus defectos

    Incompatibilidad de la detención preventiva con la presunción de inocencia en Colombia

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    30 páginasThis paper analyzes the tension between the preventive detention and the presumption of innocence in Colombia. The analysis focuses on decisions taken by the Inter-American Court of Human Rights. Circumstances like (i) the excessive use of preventive detention, (ii) the time accused people spent in jail, and (iii) the fact that convicts and accused people share the same prison conditions represent key challenges for the local justice administration in relation to parameters defined by the Inter-American Court of Human Rights. This context has been described by the Constitutional Court through the figure of the unconstitutional state of affairs in prisons; nevertheless, this Court has validated the preventive detention as an assurance measure. Although judges do not ignore the problematic, most of the judges interviewed for this study defend the imposition of a preventive custody because they consider that this measure does not affect the guarantees related to the presumption of innocence.El presente trabajo analiza el panorama colombiano frente a la detención preventiva, a partir de los pronunciamientos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Situaciones como el uso excesivo de la detención preventiva y la duración del tiempo que la persona permanece privada de la libertad; la mezcla de condenados y sindicados en los establecimientos de reclusión y la gravedad del delito como criterio orientador para adoptar la decisión de recluir preventivamente a un individuo, comprometen seriamente a la administración de justicia local frente a los parámetros interamericanos. Este contexto ha sido descrito por la Corte Constitucional a través de la figura del estado de cosas inconstitucional en las cárceles, corporación que en todo caso encuentra proporcional la existencia de esta medida de aseguramiento. Aunque los jueces no son ajenos a esta situación, la mayoría de los entrevistados defiende la imposición de la prisión preventiva por considerar que no se compromete la responsabilidad penal en virtud de la separación de funciones (garantías y conocimiento) y, por ende, se mantiene vigente la presunción de inocencia

    LA RESOCIALIZACIÓN COMO FIN DE LA PENA – una frustración en el sistema penitenciario y carcelario colombiano

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    En este trabajo, se analiza la resocialización como fin principal de la pena privativa de la libertad en Colombia, durante su fase de ejecución. Para esto, se contextualiza la difícil situación por la que atraviesa el sistema penitenciario y carcelario colombiano que, conforme a lo declarado por la Corte Constitucional, se adecúa a un estado de cosas inconstitucional, donde la dignidad humana de las personas privadas de la libertad se encuentra seriamente comprometida. Dentro de esta realidad, que involucra un marcado hacinamiento carcelario, que, a su vez, propicia un ambiente de violencia, corrupción y desigualdad, la oferta y el acceso a los programas de resocialización son limitados, lo que impide la rehabilitación del individuo. La prueba de fuego en busca del cumplimiento de este fin no es superada, al observar como un gran porcentaje de los reclusos vuelve a prisión, dentro del fenómeno de la reincidencia

    El “nuevo” acuerdo final para la paz a través del lente del derecho penal

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    The final agreement signed between the FARC rebels and the Colombian government deals with important issues like victims, illegal drug trafficking, restitution of land, and others. In this way that this text pretends to give an analysis of the agreement fEl acuerdo final firmado entre la guerrilla, las FARC, y el gobierno colombiano trata temas tan importantes como las víctimas, el tráfico de drogas ilegales, la restitución de tierras, entre otros. Es así como este texto pretende dar un analisis del acue
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