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Direito e acordos. A estrutura pactual do direito
O artigo diferencia entre função (ordem) e estrutura (acordo,pacto) do direito. Ele analisa esta última, mostrando como a estruturapactual do direito se apresenta na história –Grécia e Roma– e explicitandoo seu fundamento antropológico na faculdade humana de prometer. Ajustificação filosófica da obrigatoriedade da lei como pacto é apresentada apartir da argumentação de Sócrates no Críton de Platão
Ley natural y ética discursiva La ley natural en Tomás de Aquino como gramática del discurso moral
The present article is an attempt to make the Thomist ethics of the natural law intelligible to a supporter of Apel and Harbermas’s discourse ethics. In order to do so, it presents Aquinas’s theory of natural law as the moral discourse’s grammar. This ‘translation’ of Thomist ethics into contemporary terminology aims at establishing a dialogue with those who uphold discourse ethics by advancing the thesis that, Thomist ethics is superior to discourse ethics in performing the function of controlling the sense of propositions that belong to the moral discourse.El presente artículo pretende mostrar que la ética tomista de la ley natural sea inteligible a un partidario de la ética discursiva de Apel y Habermas. Para ello, presenta la teoría de la ley natural de Tomás de Aquino como una gramática del discurso moral. La “traducción”, según la terminología contemporánea de la ética tomista, pretende establecer un debate con los partidarios de la ética discursiva, adelantando en la tesis según la cual, en su función de controlar el sentido de las proposiciones que integran el discurso moral, la ética tomista es superior a la ética discursiva.
DOI: http://dx.doi.org/10.22518/16578953.71
VIDA BOA E BEM COMUM UMA RESENHA A MICHAEL SANDEL
O presente texto é uma resenha de quatro obras de Michael Sandel: Contra a perfeição, O que o dinheiro não compra, Justiça e A tirania do mérito. Cada uma das obras será apresentada e avaliada a partir da tematização do pensamento de Sandel como uma recuperação da visão aristotélica de vida boa (ética) e bem comum (política). As questões enfrentadas pelo autor serão contrastadas com os argumentos de seus opositores, liberais, libertários e utilitaristas, de modo a realçar o vigor e a originalidade do seu esforço teórico de pensar os dilemas ético-políticos contemporâneos
El derecho como justicia pública: la juridicidad del derecho en el formalismo integral
El concepto corriente de forma señala la identidad de algo. La forma hace que algo sea lo que es y no otra cosa, y pueda ser conocido como tal. El presente artículo, al buscar determinar la naturaleza del derecho a través del recurso a la noción de forma, intenta establecer las bases para la reflexión sobre la juridicidad del derecho, es decir, acerca de aquello que hace el derecho ser el derecho, y no la moral, la política, la religión, la economía, la literatura, etc.
O presente artigo visa estabelecer a centralidade do conceito de forma na compreensão do fenômeno jurídico. O direito positivo vem apresentado como uma síntese entre forma externa (morphé) e forma interna (eidos), isto é, ele vem definido como justiça pública. A forma externa, a manifestação do direito como norma, decisão e instituição, marca a positividade do direito, seu caráter público. Por sua vez, a forma interna é a justiça entendida como princípio constitutivo do direito, nas suas três modalidades de justiça geral, distributiva e comutativa. A defesa de um formalismo integral, que une forma externa (publicidade) e forma interna (justiça) será feita de um modo dialético, mostrando a insuficiência dos formalismos parciais, como o formalismo externo de Rudolf von Ihering e o formalismo interno de Ernst Weinrib
Retos del derecho constitucional contemporáneo
1 documento en PDF de 16 páginas.Con reflexiones académicas sobre el “neoconstitucionalismo”, este libro recoge conclusiones de la experiencia constitucional en Colombiay en otros países. Especialmente crítico, destaca los aciertos del neoconstitucionalismo y plantea cómo este ha sido incapaz de fortalecer la justicia y de modelar una sociedad más incluyente, por lo cual los autores recomiendan una revisión profunda de sus tesis principales y retomar las fuentes propias de la juridicidad humana y la universalidad de sus bienes básicos y fundamentales.PRESENTACIÓN
CAPÍTULO PRIMERO LA CORTE CONSTITUCIONAL ANTE EL TRIBUNAL DE LA HISTORIA
1. Introducción
2. El "núcleo puro y duro de la Constitución de 1991"
3. "Yo doy las órdenes". La ingeniería social de la Corte Constitucional de Colombia
4. Constitución y Corte Constitucional: una misma cosa
5. Nuevamente el "deseo" como fundamento de la juridicidad: un juez que dice mentiras
6. A modo de conclusión: los poderosos también caen
CAPÍTULO II LOS DERECHOS HUMANOS. ¿ENTRE DESEOS PARTICULARES Y BIENES FUNDAMENTALES?
7. La sociedad secularizada
8. Las "lisonjas de los bribones"
9. De Protágoras a Rorty
10. Rawls, Nozick, Hume, Constant
11. Pluralismo sin fundamentalismos
12. El riesgo del "mandarinismo"
13. El juez constitucional. ¿Imparcial e independiente?
14. El riesgo de la manipulación ideológica del derecho
15. Algunos rasgos del nuevo constitucionalismo
16. ¿Oligarquías del fundamentalismo secularista?
17. ¿Magistratura al servicio de la justicia o al servicio de intereses?
18. Opinión pública y limitación del poder
19. Epílogo. El ojo independiente de la sociedad y los pequeños pelotones
CAPÍTULO III POSITIVISMO, NEOCONSTITUCIONALISMO Y ACTIVISMO JUDICIAL
20. Preliminares
A) EL POSITIVISMO JURÍDICO DE HANS KELSEN
21. Autointerés y conflicto
22. La norma
23. Activismo judicial
24. Conclusión. Dominación ilegal y tiranía
B) NEOCONSTITUCIONALISMO
25. El sujeto de derechos y la despolitización de la convivencia
26. Los derechos
27. Activismo judicial
28. Estado de naturaleza y anarquismo
29. Consideraciones finales
CAPÍTULO IV LAS APORÍAS PRESENTES DEL DERECHO CONSTITUCIONAL
30. Constitución, derecho constitucional y constitucionalismo
31. Constitucionalismo, derecho público y derecho privado
32. Constitución del Estado y constructivismo social
33. ¿Separación de poderes?
34. Un escolio sobre el "judicialismo"
35. El funcionalismo federalista
36. Constitucionalismo y personalismo
37. Neo y posconstitucionalismo
CAPÍTULO V DEL LAICISMO A LA LAICIDAD. UNAS REFLEXIONES (NO EXCLUSIVAMENTE) ESPAÑOLAS
38. ¿De nominibus non est disputandum?" o "res denominatur a potiori?"
39. Al principio, "non est potestas nisi a Deo"
40. El Estado moderno y sus transformaciones. La puesta en plural del pecado original y la doctrina social de la Iglesia como contestación cristiana del mundo moderno
41. La ruina espiritual de un pueblo por efecto de una política
42. Las incoherencias de la predicación actual y la reedificación del derecho público cristiano
CAPÍTULO VI LAS RELACIONES ENTRE RELIGIÓN Y POLÍTICA EN LA SOCIEDAD POSTSECULAR DEL SIGLO XXI
43. Presentación
44. La política
45. La religión
46. Las relaciones entre política y religión
47. La actual trascendencia social, cultural y política del fenómeno religioso
48. El debate Habermas - Ratzinger y el advenimiento de la llamada sociedad postsecular
CAPÍTULO VII EL CONSTITUCIONALISMO FRENTE A LAS CONSTITUCIONES CONTEMPORÁNEAS
49. Introducción
50. El concepto de Constitución
51. La clasificación de las constituciones y una mirada realista
52. La necesidad de "desestatizar" las fuentes del derecho constitucional
53. Una evaluación del principio de separación de poderes
54. La diferencia entre el mundo del "rule of law" y del Estado de derecho
55. El nacimiento del control de constitucionalidad
56. La tradición constitucional en el reconocimiento de los derechos y libertades
57. Las garantías y su progresiva fragmentación en los textos constitucionales
58. El dimensionamiento de una Constitución
59. Las llamadas constituciones modernas
60. Las nuevas tendencias constitucionales
61. Conclusión. El ejemplo constitucional anglosajón
CAPÍTULO VIII LA TEORÍA DE LOS PRINCIPIOS Y EL ESTADO CONSTITUCIONAL. LUCES Y SOMBRAS
62. El Estado constitucional y los principios jurídico-constitucionales
63. La teoría de los principios en la teoría contemporánea del derecho
64. Principios jurídicos y valores constitucionales
65. Criterios distintivos entre principios y reglas
66. La cuestión del fundamento de los principios. Una asignatura pendiente en la teoría principalista de los derechos
CAPÍTULO IX EL CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD DE REFORMAS CONSTITUCIONALES. ALGUNAS SALIDAS PARA LA ENCRUCIJADA CONTRAMAYORITARIA
67. Introducción
68. Las sombras del control de reformas por sustitución
69. Algunas salidas
70. La aplicabilidad de estas alternativas al caso colombiano
BIBLIOGRAFÍ
EL ESTADO DE DERECHO EN LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
La Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) presenta, en su artículo 1º, el tipo de asociación requerida para la realización de los Derechos Humanos: la comunidad de los libres e iguales basada en los principios fundamentales de la libertad, la igualdad y la fraternidad. El artículo 1º es la síntesis de la Declaración y los artículos siguientes, que enumeran derechos, la explicitación de su contenido. De modo que puede decirse, indiferentemente, que la buena sociedad es aquella en que todos los Derechos Humanos son asegurados a todos. Este proyecto de sociedad requiere una configuración formal particular de Derecho Positivo, conocida como imperio de la ley (rule of law). El artículo tiene como objetivo explicar los vínculos entre los principios sustantivos del proyecto de sociedad.
Fil: Barzotto, Luis Fernando. Universidade Federal do Río Grande do Sul; Brasil
Resumen: En este artículo se pretende demostrar la siguiente tesis: la unicidad sindical está relacionado con el populismo, mientras que la libertad de asociación se vincula a un paradigma jurídico-político que llamamos "fraterno", presente en la intención del constituyente de Brasil de 1988.Resumo: O presente artigo pretende demonstrar a seguinte tese: a unicidade sindical está relacionada ao populismo, ao passo que a liberdade sindical vincula-se a um paradigma jurídico-político que vamos denominar “fraternal”, presente na intenção expressa do constituinte brasileiro de 1988
El guardián de la constitución. Elementos para una epistemología de la democracia
This article aims at providing an epistemological justification for both democracy and the constitutional jurisdiction of constitutional courts (“the guardian of the constitution”) by means of the examination of the peculiar way in which truth is disclosed in political judgment, namely as opinion. Starting with an analysis of opinion, the article intends to demonstrate the tragical nature of democracy: on the one side, it cannot dispense with truth; on the other it cannot be safe of being in truth.DOI: 10.5294/dika.2010.19.2.7 El objeto de este trabajo es intentar una justificación epistemológica tanto de la democracia como de la jurisdicción constitucional de los tribunales o cortes constitucionales (“el guardián de la Constitución”), examinando el modo peculiar en el que la verdad se manifiesta en los juicios políticos: como opinión. A partir de un análisis de la opinión se pretende demostrar el carácter trágico de la democracia, que no puede prescindir de la verdad pero tampoco puede estar seguro de ella. DOI: 10.5294/dika.2010.19.2.
Ley natural y ética discursiva La ley natural en Tomás de Aquino como gramática del discurso moral
The present article is an attempt to make the Thomist ethics of the natural law intelligible to a supporter of Apel and Harbermas’s discourse ethics. In order to do so, it presents Aquinas’s theory of natural law as the moral discourse’s grammar. This ‘translation’ of Thomist ethics into contemporary terminology aims at establishing a dialogue with those who uphold discourse ethics by advancing the thesis that, Thomist ethics is superior to discourse ethics in performing the function of controlling the sense of propositions that belong to the moral discourse.El presente artículo pretende mostrar que la ética tomista de la ley natural sea inteligible a un partidario de la ética discursiva de Apel y Habermas. Para ello, presenta la teoría de la ley natural de Tomás de Aquino como una gramática del discurso moral. La “traducción”, según la terminología contemporánea de la ética tomista, pretende establecer un debate con los partidarios de la ética discursiva, adelantando en la tesis según la cual, en su función de controlar el sentido de las proposiciones que integran el discurso moral, la ética tomista es superior a la ética discursiva.
DOI: http://dx.doi.org/10.22518/16578953.71
Natural Law and Discursive Ethics. Natural law in Thomas Aquinas as a grammar of moral discourse
The present article is an attempt to make the Thomist ethics of the natural law intelligible to a supporter of Apel and Harbermas’s discourse ethics. In order to do so, it presents Aquinas’s theory of natural law as the moral discourse’s grammar. This ‘translation’ of Thomist ethics into contemporary terminology aims at establishing a dialogue with those who uphold discourse ethics by advancing the thesis that, Thomist ethics is superior to discourse ethics in performing the function of controlling the sense of propositions that belong to the moral discourse