36 research outputs found

    El amor. Un acercamiento antropológico desde Tomás de Aquino.

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    ¿Deber de adecuación de los CI?

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    A la pregunta de si el art. 2075 CCC ha introducido en nuestro derecho un deber de adecuación, se responde mediante tres razonamientos que parten del primer artículo del CCC, referido a “Fuentes y aplicación del Derecho”, vinculándolo con el art. 7 del mismo cuerpo sobre “Eficacia temporal de ley”. El art. 1 CCC ordena que los casos que este Código rige deben ser resueltos según las leyes que resulten aplicables, conforme con la Constitución Nacional y los tratados de derechos humanos en los que la República sea parte. A tal efecto, se tendrá en cuenta la finalidad de la norma. Los usos prácticas y costumbres son vinculantes cuando las leyes o los interesados se refieren a ellos o en situaciones no regladas legalmente, siempre que no sean contrarias a derecho”. Para el Nuevo Código la principal fuente del Derecho sigue siendo la ley, conforme la Constitución Nacional y los tratados de derechos humanos. En nuestra materia, ya lo hemos dicho, la ley de fondo son las normas sobre PHE de la ley 26.994 (CCCN) y las leyes locales en cuanto a elementos urbanísticos respecta, en uso de su poder de policía del suelo. Cualquier interpretación deber partir de lo que consagra en forma expresa la ley, y ésta ha impuesto un “deber de adecuación” en el art. 2075 CCC, tercer párrafo.Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociale

    La adecuación a PHE como innovación del CCC respecto de instrumentos públicos y privados : ¿Qué es y cómo adecuar?

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    El art. 2 CCCN que dispone que las leyes deben ser interpretadas teniendo en cuenta sus palabras. Así, “adecuar es adecuar; es hacer algo (adecuar) y no es no hacer nada”. Aunque parezca una verdad de Perogrullo si el legislador hubiera querido permitir que los CI preexistentes nada hiciesen, hubiera bastado con no legislar al respecto; principio de autonomía de la voluntad y de libertad. Pero no, optó por imponer un deber que consiste en “adecuar”. Adecuar viene del latín adæquare que significa, según el Diccionario de la Real Academia Española, "adaptar algo a las necesidades y condiciones de una cosa; acomodar, ajustar algo a una cosa; modificar una obra, darle una forma diferente a la original". El nuevo Código no usa las palabras "rehacer" ni "transformar", que bien podría haber elegido. Usa adecuar, que es "adaptar" o "acomodar", términos con un alcance distinto y de menor envergadura.Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociale

    Concepto y caracteres de los CI

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    Este estudio intentará elaborar una propuesta "razonablemente fundada" (art. 3 CCCN) de resolución del "caso" (art. 1 CCCN2) de los CI, tanto de los nuevos como de lospreexistentes a quienes están dirigidos los tres deberes legales del art. 2075 CCCN, siguiendo para ello las premisas y postulados del mismo legislador, sentadas en el Título Preliminar del CCCN (los primeros cuatro capítulos del CCCN (arts. 1 a 18 sobre Derecho, Ley, Ejercicio de los derechos y Derechos y bienes, respectivamente). Para ello es menester comenzar por definir el objeto del derecho real de propiedad horizontal especial, es decir delimitar cuál es el ADN de los conjuntos inmobiliarios, a quienes luego se les predicará los tres deberes legales del art. 2075 CCC: su deber de regirsepor las normas administrativas locales, de someterseal derecho de PHE, y de adecuarseal derecho de PHE para los pre existentes. Estos tres imperativos legales del art. 2075 CCC aplicables a los CI, suponen tener en claro la realidad a la que van dirigidos sus postulados: el fenómeno de los CI, el que no ha sido acabadamente conceptualizado ni caracterizado con precisión en los artículos pertinentes (2073, 2074 CCC, ss. y conc.).Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociale

    Afectación a PHE

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    PONENCIAS DE LEGE LATA: I.Los CI, que en la realidad reúnan o pretendan prevalerse de las notas esenciales señaladas, deben someterse al régimen del derecho real de PHE -y no pueden organizarse bajo la órbita de otros derechos, ya sean reales o personales, ni como combinaciones de éstos (art. 2075, 2do. párrafo, CCC). II.A efectos de la constitución de la propiedad horizontal especial se requiere el otorgamiento de un título de división jurídica del suelo que contiene el Reglamento de PH, instrumentado bajo la forma de escritura pública, otorgado por sus propietarios legitimados a estos fines (mediante la unanimidad de sus titulares dominiales, o propietarios de PH o superficiarios), con capacidad suficiente y la correspondiente inscripción registral.Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociale

    ¿Deber de adecuación de los CI?

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    PONENCIAS DE LEGE LATA: I. Los CI preexistentes, no configurados como PH, deben adecuarse a PHE (art. 2075, 3er. párrafo CCC). Este mandato legal implica algo más que la mera adecuación operativa o funcional, la que sería predicable aún sin texto legal expreso, por la sola circunstancia de tratarse de derechos reales de estructura legal (1184 CCC). Este opus positivo exigido -y exigible-, debe instrumentarse válidamente bajo la forma idónea, e inscribirse en los Registros Inmobiliarios pertinentes a efectos de su oponibilidad frente a terceros. II. El art. 2075, tercer párrafo, establece un deber de adecuación, cuyos efectos son "nunc pro tunc", es decir que rige ex nunc (desde la vigencia del CCC) para corregir una decisión previa (pro tunc) de omisión o laguna legislativa y sus consecuencias antijurídicas. III. El deber de adecuación de los CI preexistentes es de estructura legal y operativo (arts. 1184, 1, 2, 7 CCC); además resulta conveniente su cumplimiento por las ventajas prácticas que reporta el nuevo régimen de PHE frente a los regímenes alternativos. IV. Además de tratarse de un deber que integra la estructura legal (es parte de su constitución) la, este deber de adecuación procede porque la plataforma jurídica del derecho real de PHE del CCC constituye un estatuto legal que en abstracto se pre concibe como más favorable al consumidor en materia de relaciones de consumo, como lo son la gran mayoría de las propiedades de los CI. V. El regimen de PHE presenta ventajas que tienen la valía suficiente para incentivar la adecuación de los CI a PHE, voluntariamente asumida, antes que judicialmente impuesta.Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociale

    Effects of mutations in the helix G region of horseradish peroxidase

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    Horseradish peroxidase (HRP) has long attracted intense research interest and is used in many biotechnological fields, including diagnostics, biosensors and biocatalysis. Enhancement of HRP catalytic activity and/or stability would further increase its usefulness. Based on prior art, we substituted solvent-exposed lysine and glutamic acid residues near the proximal helix G (Lys 232, 241; Glu 238, 239) and between helices F and F′ (Lys 174). Three single mutants (K232N, K232F, K241N) demonstrated increased stabilities against heat (up to 2-fold) and solvents (up to 4-fold). Stability gains are likely due to improved hydrogen bonding and space-fill characteristics introduced by the relevant substitution. Two double mutants showed stability gains but most double mutations were non-additive and non-synergistic. Substitutions of Lys 174 or Glu 238 were destabilising. Unexpectedly, notable alterations in steady-state Vm/E values occurred with reducing substrate ABTS (2,2′-azino-bis(3-ethylbenzthiazoline-6-sulphonic acid)), despite the distance of the mutated positions from the active site

    Modifications chimiques peripheriques et internes de peroxydases

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    SIGLECNRS T Bordereau / INIST-CNRS - Institut de l'Information Scientifique et TechniqueFRFranc

    El carácter local del Derecho Administrativo argentino

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    Reglamento de necesidad y urgencia. Su problemática en el derecho argentino

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    En derecho argentino suele estudiarse como un tipo especial de reglamento administrativo, el conocido como "de necesidad y urgencia"
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