25 research outputs found

    Qué se juega en la modificación del régimen: justicia penal juvenil

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    Fil: Beloff, Mary. Universidad de Buenos Aires. Facultad de Derecho; ArgentinaEstadísticas de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de Argentina revelan que desde el año 2000, la cantidad de delitos cometidos por menores descendió tanto en la justicia nacional como en la federal. Estos datos indican que ni el delito juvenil es la causa del aumento de la violencia criminal en la sociedad ni que es significativa la incidencia de los delitos graves cometidos por menores de 16 años. En este sentido, la autora sostiene que discutir la refundación de la justicia juvenil en la Argentina debería partir de la creación de un sistema coordinado nacional y provincial que pusiera el acento en políticas de prevención

    The Right to Dignified Living Conditions and the Position of Vulnerability in the Jurisprudence of the Inter-American Court

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    Over the years, but particularly in the last decade, the Inter-American Commission on Human Rights (hereinafter IACHR) and the Inter-American Court on Human Rights (hereinafter IACtHR) have tried out diverse argumentative strategies for grounding the exigible character of social rights

    A Proteção Dos Direitos das Meninas na Justiça Juvenil

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    A PROTEÇÃO DOS DIREITOS DAS MENINAS NA JUSTIÇA JUVENIL* **  THE PROTECTION OF GIRLS’ RIGHTS IN THE JUVENILE JUSTICE  Mary Beloff ***  RESUMO: Este trabalho trata da situação de meninas que entram em contato, como acusadas, vítimas ou testemunhas, com o sistema penal. Aponta o déficit de um robusto corpus juris de proteção específica dos direitos das meninas, bem como as dificuldades na consolidação e fortalecimento de práticas sensíveis às suas características, particularidades e vulnerabilidades a partir de uma perspectiva de idade e gênero. PALAVRAS-CHAVE: Direitos das meninas. Direitos humanos. Corpus juris. Proteção especial. Vulnerabilidade. Invisibilidade. Acesso à justiça/Proteção judicial. Justiça juvenil. ABSTRACT: This work deals with the situation of girls who come into contact, as accused, victims or witnesses, with the penal system. It points out the deficit of a robust corpus juris of specific protection of the rights of girls, as well as the difficulties in the consolidation and strengthening of practices sensitive to their characteristics, particularities and vulnerabilities from an age and gender perspective. KEYWORDS: Girls' rights. Human rights. Corpus juris. Special protection. Vulnerability. Invisibility. Access to justice/Judicial protection. Juvenile justice.* Artigo originalmente publicado em espanhol, sob o título La protección de los derechos de las niñas en la justicia juvenil,na Revista Electrónica del Instituto de Investigaciones Ambrosio L. Gioja, Número 19, 2017, Buenos Aires, Argentina. Tradução para o português por Gabriela Favretto Guimarães, mestranda do Programa de Pós-Graduação da Universidade Federal do Rio Grande do Sul, bolsista CAPES.  **Este trabalho reproduz a exposição feita no Seminário "Sistemas de supervisión y monitoreo de condiciones de privación de libertad de niñas, niños y adolescentes en conflicto con la ley penal", organizado pelo Escritório da Representante para a violência contra a criança, do Secretário Geral da Organização das Nações Unidas, em conjunto com a UNICEF, em Buenos Aires, de 19 a 20 de maio de 2016. Virginia Deymonnaz contribuiu pacientemente com a edição do texto, pelo que sou muito grata. Este mantém, não obstante, o tom coloquial da apresentação original. *** Professora Catedrática de Direito Penal da Faculdade de Direito da Universidade de Buenos Aires.  

    Un modelo para armar - y otro para desarmar!: protección integral de derechos vs. derechos en situación irregular

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    La Convención Internacional sobre los Derechos del Niño se aprobó por aclamación en la sede de la Asamblea General de Naciones Unidas, en la ciudad de Nueva York, el 20 de noviembre de 1989, luego de casi una década de debates acerca de su alcance y contenidos. Su ratificación por veinte países —el número requerido por el instrumento para su entrada en vigencia— ocurrió menos de un año después, lo que la convierte en el tratado que más rápidamente entró en vigor en la historia de los tratados de derechos humanos. Es, además, el tratado de derechos humanos más ratificado de la historia de todos los tratados de derechos humanos. Ningún otro instrumento internacional específico de protección de derechos humanos ha tenido la aceptación y el consenso generados por la Convención. A la fecha, sólo Estados Unidos, Somalia y el recientemente independiente Timor Oriental no la han ratificado El título de este trabajo podría haber sido simplemente “protección integral de derechos: un modelo para armar”; que no se haya quedado sólo en el aspecto propositivo se debe a que a partir de la Convención no se construye de cero una nueva legalidad y una nueva institucionalidad para la infancia en América Latina. El terreno sobre el cual se pretende montar el nuevo sistema no está virgen; no sólo es necesario construir una nueva cultura sino que hay que desmontar otra, aquella con la que hemos sido entrenados y funcionamos desde hace casi cien años: la cultura tutelar. En lo que sigue intentaremos caracterizar uno y otro modelo, de manera esquemática y omitiendo ciertamente los aspectos de contacto o continuidades inevitables entre uno y otro.Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociale

    The right to dignified living conditions and the situation of vulnerability in the decisions of the Inter-American Court

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    En este trabajo sostenemos que el desarrollo jurisprudencial de la Corte IDH sobre el derecho a condiciones de existencia digna se basa en la igualdad material. Para sostener nuestra tesis primero reconstruiremos la estrategia argumentativa que parte de la faz de derecho de prestación del derecho a la vida; luego reconstruiremos la estrategia de la justificación a través de los DESC. Destacamos que ninguna de las dos se presenta en forma excluyente cuando se trata de determinar el contenido del derecho a las condiciones de existencia digna. La (in)suficiencia de las condiciones de existencia digna se mide en el caso concreto en relación con el acceso al derecho al agua, la alimentación, la educación, entre otros derechos sociales. Por último, resaltamos las bondades del enfoque de igualdad material para la justificación y exigibilidad de este derecho. A su vez, discutimos las ventajas y desventajas del uso del argumento de grupos vulnerables o el de situación de vulnerabilidad en relación con la obligación de generar condiciones de existencia digna.In this work we argue that the jurisprudential development of the right to dignified life and the subsequent affirmative obligations of the State to generate conditions lie in the argument of material equality. In order to support our thesis, we reconstruct the argumentative strategy that departs from the affirmative nature of the right to life. Later, we reconstruct the strategy for justifying it under ESCR rights. We highlight that neither of them are excluded to determine the content of the right of dignified life. The (in) sufficiency of the conditions of decent living is evaluated under the light of social, cultural, and economic rights: the right to access to water, to food, to health, and to education. Finally, we argue for the benefits of the material equality approach. At the same time, it allows us to discuss the advantages and disadvantages of the use of vulnerable groups or situation of vulnerability arguments with regards to the obligation of generating conditions for a decent life.Fil: Beloff, Mary Ana. Universidad de Buenos Aires; ArgentinaFil: Clérico, María Laura. Universidad de Buenos Aires; Argentina. Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas; Argentin

    Lecciones y Ensayos : 60 años 1956- 2016 : presentación

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    Fil: Beloff, Mary Ana. Universidad de Buenos Aires. Facultad de Derecho. Instituto de Investigaciones Jurídicas y Sociales Ambrosio L. Gioja. Buenos Aires, ArgentinaFil: Beloff, Mary Ana. Universidad de Buenos Aires. Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Penal. Buenos Aires, ArgentinaFil: Picasso, Sebastián. Universidad de Buenos Aires. Facultad de Derecho. Cátedra Elementos de Derecho Civil. Buenos Aires, ArgentinaFil: Brodsky, Jonathan Matías. Universidad de Buenos Aires. Facultad de Derecho. Cátedra Obligaciones Civiles y Comerciales. Buenos Aires, Argentin

    La protección de los niños y la política de la diferencia

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    In this article, the author analyses the child protection systems implemented\nby the Latin-American states after the adoption of several children?s rights international\ndocuments. The author points out that, even though the old protection system\nbased on an unjustified discrimination approach was indeed reformed, the legislative\nreforms, have not yet achieve the full realization of economic, social and cultural rights\nof childrenFil: Beloff, Mary Ana. Universidad de Buenos Aires. Facultad de Derecho; ArgentinaEn este trabajo la autora analiza los sistemas legales de protección a la\ninfancia que implementaron los Estados latinoamericanos con posterioridad a la adopción\nde diversos instrumentos internacionales sobre los derechos de la niñez. Así, se\nseñala que si bien a raíz de aquéllos el modelo tutelar clásico con sesgos discriminatorios\nfue reformado, las nuevas legislaciones no han logrado aún efectivizar la protección\nespecial expresada en el concreto respeto de los derechos económicos, sociales y\nculturales de las niñas y los niños en la regió

    Individualización de la pena : ¿más allá del bien y del mal?

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    Fil: Beloff, Mary Ana. Universidad de Buenos Aires. Facultad de Derecho. Buenos Aires, ArgentinaEste proyecto fue presentado en el II Congreso Nacional y I Latinoamericano Universitario de Derecho Penal y Criminología que tuvo lugar en General Roca (Universidad Nacional del Comahue) en el mes de noviembre de 1989

    La protección de los niños y las políticas de la diferencia

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    En este trabajo la autora analiza los sistemas legales de protección a la infancia que implementaron los Estados latinoamericanos con posterioridad a la adopción de diversos instrumentos internacionales sobre los derechos de la niñez. Así, se señala que si bien a raíz de aquéllos el modelo tutelar clásico con sesgos discriminatorios fue reformado, las nuevas legislaciones no han logrado aún efectivizar la protección especial expresada en el concreto respeto de los derechos económicos, sociales y culturales de las niñas y los niños en la región

    En recuerdo de Julio Mayer: "Fui siempre universitario"

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    Fil: Beloff, Mary. Universidad de Buenos Aires. Facultad de Derecho. Buenos Aires, ArgentinaFil: Beloff, Mary. Universidad de Buenos Aires. Facultad de Derecho. Departamento de Publicaciones. Buenos Aires, Argentin
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