32 research outputs found

    La ordenación del tiempo de trabajo desde la perspectiva del derecho comunitario y su jurisprudencia: especial atención a su repercusión en el sector sanitario

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    Aproximación a la regulación comunitaria y las resoluciones del TJUE en relación con el personal que desempeña su trabajo en el sector sanitario. Análisis de las repercusiones de la normativa comunitaria en el sector sanitario público español

    La estrategia conjunta de empleo en la Unión Europea y su plasmación en España

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    La política social europea actual se desarrolla en torno a cuatro grandes procesos entre los cuales destaca el relativo al empleo como uno de sus filones más importantes, situándose en los primordiales lugares de las preocupaciones políticas de la Unión Europea. No obstante, junto a esa preocupación por crear empleo en una Comunidad con más de catorce millones de parados interaccio-nando con ese mismo proceso se presentan otras actuaciones comunitarias, así por ejemplo en favor de la lucha contra la exclusión social, la mejora de la protección social, la defensa de la igualdad de oportunidades en el mercado de trabajo, y todo lo relativo a la materia relacionada con la salud y seguridad en el trabajo. Todos estos medios no pueden ser contemplados de forma aislada, sino que debe abordarse su problemática de manera conexa, porque avanzar realmente en cualquiera de estas líneas supone la mejora de todos y cada uno de los puntos antes citados: el empleo, evitar cualquier manifestación de exclu-sión social, desarrollar el modelo de protección social europeo y avanzar en una real igualdad de oportunidades en el seno de las relaciones de trabajo luchando contra cualquier tipo de discriminación, así como, finalmente, la mejora de las condiciones del desempeño del trabajo para evitar y reducir, en la medida de lo posible, los índices de siniestralidad —en especial los accidentes mortales— y la contracción de enfermedades profesionales. Si bien la más importante, sin parangón, de las actuaciones comunitarias en cuestiones de política social sigue siendo la defensa de la libertad de circulación de los trabajadores

    Un tertium genus de actividad laboral : el trabajo autonómo pero económicamente dependiente

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    El acoso sexual como riesgo psicosocial de carácter laboral: su estudio en clave de prevención de riesgos laborales

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    El acoso sexual es un acto de violencia en el lugar de trabajo contrario a la dignidad humana, a la intimidad, que lesiona la integridad de las personas. Además, desde la LO 3/2007, de 22 de marzo, es tratado legalmente como un acto de discriminación por razón sexo. Los riesgos psicosociales están siendo objeto de notable estudio en los últimos años por los daños que provocan en la salud laboral, el acoso sexual laboral también es digno de esa consideración. En tiempos pretéritos hubo una falta de aproximación a los complejos riesgos relacionales en perspectiva de riesgos laborales, ni la legislación ni en la planificación preventiva de la empresa se abordó esta materia (ausente por completo). Con acierto, se ha apreciado esa insuficiencia de la aproximación del derecho de la prevención de riesgos laborales debido a que son cuestiones atinentes a problemas que diferencian a los sexos, al no abordarse con igual intensidad los riesgos que afectan en mayor número a la población trabajadora femenina que aquéllos sufridos por hombres (trabajadores tipo). En las páginas siguientes se analizan, en clave de prevención de riesgos laborales, las conductas de acoso sexual. Se muestra que el acoso sexual es un riesgo laboral. Finalmente se recoge, con carácter orientativo, la amplia gama de infracciones y sanciones en el orden social a las que se enfrentan los empresarios que no implanten medidas preventivas frente al acoso sexual en la empresa

    La organización del trabajo y los poderes empresariales: un enfoque a partir de su modulación por la negociación colectiva

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    Las facultades de organización del trabajo son el principal baluarte de la empresa para optimizar la ordenación del trabajo y la mejora productiva. Gracias a ellas se incorporan al desarrollo del trabajo sistemas de control, sistemas de organización, de restructuración de la empresa y se ejecuta el poder disciplinario.La negociación colectiva interviene también en esa faceta mediante la cesión de los poderes empresariales (de titularidad empresarial). Se permite así la participación de los trabajadores, normalmente, a través de sus representantes en la organización del trabajo, el poder directivo, las decisiones relativas a la externalización de la actividad productiva o la disciplina laboral (imponiendo sanciones ante las infracciones laborales cometidas por los propios trabajadores). Los Convenios Colectivos, al intervenir en estos aspectos, fijan especiales garantías para los trabajadores. En los últimos años, de manera más novedosa, los convenios colectivos también inciden sobre el régimen premial, incorporando recompensas al trabajador por su buen hacer en el trabajoPowers in workplace are the most expressive resort of enterprise. That allows optimizing the work execution and increasing productivity. Among these powers we can notice control systems, business systems, other those that restructuring the companies and executing disciplinary action.Collective bargaining plays an import role in this viewpoint. Employers Power gives way to the agreements between social actors. By this approach we show workers active participation by the Trade Unions representatives or workforces representation.They insist about business of job, directive managerial, taking decisions about outsourcing activities and outsourcing provider or job discipline (violations and penalties). Collective agreements establish legal guarantees; these are being designed to protect employees. Newly the last years, the collective agreements create grant systems, introducing awards from workers job well done

    ¿Es la negociación colectiva herramienta garante del empleo y la igualdad?

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    El año 2010 la crisis del empleo ha revitalizado medidas en favor del empleo, su mantenimiento y recuperación, al tiempo que desplaza el interés de los negociadores por la igualdad, como puede comprobarse tras la lectura del Acuerdo para el empleo y la negociación colectiva (AENC 2010-2012).El presente trabajo analiza las cláusulas de empleo, selección, contratación e igualdad localizadas en la negociación colectiva de Castilla y León en la última década.Los convenios colectivos están llamados a adoptar un papel más allá de la Ley para la consecución de sus propósitos, tras el estudio de las cláusulas convencionales, sin embargo, se descubre que en materia de igualdad de trato y de oportunidades se han conformado con servir de comparsa a la Ley en este tema capital. En respuesta a la pregunta de cabecera de este artículo, la negociación colectiva se vuelca mucho más en el empleo que en la igualdad.Nowadays, crisis of employment in Spain has been revitalizing measures in collective agreements for increasing job creation, up keeping jobs, and recovering employment. But about equal policies show a lack of interest. We also can see these conclusions insert in the agreement summit between Employers and Trade Unions most representative, it was signed at the beginning of the year 2010 (called Agreement for employment and collective bargaining for the period 2010-2012).The article analyses collective agreements signed during last past ten years in Castilla and León Region. It studies about preemployment, hiring process, employment clauses, equality clauses and no discrimination references. Collective bargaining should be enthusiastic; it should go beyond the Law contents in order to achieve the aims. We detect collective agreements just copy Law requirements about equal and no discrimination as undesirable practice. Collective bargaining shows particularly concerned to employment however, no regarding equal terms and equal opportunities

    Dos desafíos para la sanidad pública: el mantenimiento de los recursos humanos y la delimitación de la jornada de trabajo

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    Examen de la seguridad social complementaria y otras ventajas sociales en la negociación colectiva. La experiencia de Castilla y León

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    Producción CientíficaResumen: Las posibilidades de los negociadores para ofrecer ventajas a sus trabajadores son infinitas. En el presente artículo se recogen de manera sistematizada las que vienen apareciendo en los últimos años en los Convenios Colectivos de Castilla y León. La negociación colectiva incorpora medidas de ayuda a los trabajadores y a sus familias, esos beneficios sociales propios de la llamada Seguridad Social complementaria contribuyen a compensar la pérdida de ingresos ante determinadas contingencias (incapacidades, muerte o supervivencia, jubilaciones y planes de pensiones). También mediante la técnica del seguro privado colectivo se protegen ciertos riesgos, en particular los accidentes de trabajo. Del mismo modo se pactan acciones colectivas que contribuyen a ayudar en el sostenimiento de determinados gastos personales o del núcleo familiar (estudios, guarderías, matrimonio, nacimiento y cuidado de hijos, seguros de vida, defensa jurídica, préstamos o anticipos). Palabras clave: Convenios Colectivos, Seguridad Social complementaria y ayudas sociales. Abstract: Actors of collective bargaining introduce in their collective agreements social benefits and rewards. We can explore a real variety of them. Present article shows the different kind of those compensations we found at the collective agreements in our Region: Castilla y León (Spain). We specially refer to the last ten years collective bargaining experiences. The study uses a systematic scheme. We found singular economic aids to the employee and also many of those are earmarked towards their families. The complementary assistance – that it’s which complement the public aids and public Social Security benefits- imply lost of wages when the worker suffers risks (as well as illness, disabilities, dead, retirement pension, collective or individual retirement account). Furthermore social agents use private assurance (collective insurance), mainly increasing protection against industrial accident. Finally we find others economic advantages to contribute personal cost or family ones (study, wedding, births and care children, life insurance, legal defence, loan, advance…). Key words: collective agreement, complementary Social Security by bargain, benefits, rewards and aids
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