122 research outputs found

    Los decretos por razones de necesidad y urgencia (DNU) : ¿quién hace las leyes?

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    Fil: Ferreyra, Raúl Gustavo. Universidad de Buenos Aires. Facultad de Derecho. Instituto Investigaciones Jurídicas Ambrosio L. Gioja; Argentina.Si bien no hay patentes de invención que aseguren un sano funcionamiento de los sistemas y formas\nde gobierno, no parece haber mayores dudas respecto de la patología que significa el decretismo\npresidencial. Si la correlación de los significados de la Constitución debe ser articulada por la\nproducción legal del Congreso, los actos legislativos del Ejecutivo sobre la zona de reserva del\nParlamento ponen en jaque tal postulado

    Constitución Y Realidad: Un Problema Capital

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    The Constitution is a complex object in the world with four parts: composition, environment, mechanisms and structure. Being an eminently normative instrument, it presents a sort of double face: the problems related to the existence of the rules and the problems linked to their effectiveness. The nature and scope of these problems, i.e., between the normativity and the factuality of the Constitution, have already been highlighted since the end of the eighteenth century, with mentions in the previous century. The studies were maintained since then and up to the present day and are a constant concern of constitutional theory, universal or particular. For these reasons, the normative force of the Constitution constitutes an elementary affirmation, inasmuch as all anti-normative realizations carried out, especially by public servants, should be non-existent. To affirm, then, the normative force of the Constitution means that there is a positive law of the Constitution that has been created to be complied with and a conscience of a citizenry that desires and aspires to live and coexist based on rules of law.  La Constitución es un objeto complejo que se encuentra en el mundo y que posee cuatro piezas: composición, entorno, mecanismos y estructura. Al tratarse de un instrumento eminentemente normativo presenta una suerte de doble rostro: los problemas relacionados con la existencia de las reglas y los problemas vinculados con la eficacia de las mismas. La naturaleza y alcance de esos problemas, es decir, entre la normatividad y la facticidad de la Constitución ya fueron alertados desde fines del siglo XVIII, con menciones en el siglo anterior. Los estudios se mantuvieron desde entonces y hasta la actualidad y son una preocupación constante de la teoría constitucional, universal o particular. Por tales razones, la fuerza normativa de la Constitución constituye una afirmación elemental, en tanto todas las realizaciones antinormativas llevadas a cabo, en especial, por los servidores públicos, deberían carecer de existencia. Afirmar, pues, la fuerza normativa de la Constitución significa que hay un Derecho positivo de la Constitución que ha sido creado para ser cumplido y una conciencia de una ciudadanía que desea y aspirar a vivir y coexistir con base en reglas de Derecho. La Constitución es un objeto complejo que se encuentra en el mundo y que posee cuatro piezas: composición, entorno, mecanismos y estructura. Al tratarse de un instrumento eminentemente normativo presenta una suerte de doble rostro: los problemas relacionados con la existencia de las reglas y los problemas vinculados con la eficacia de las mismas. La naturaleza y alcance de esos problemas, es decir, entre la normatividad y la facticidad de la Constitución ya fueron alertados desde fines del siglo XVIII, con menciones en el siglo anterior. Los estudios se mantuvieron desde entonces y hasta la actualidad y son una preocupación constante de la teoría constitucional, universal o particular. Por tales razones, la fuerza normativa de la Constitución constituye una afirmación elemental, en tanto todas las realizaciones antinormativas llevadas a cabo, en especial, por los servidores públicos, deberían carecer de existencia. Afirmar, pues, la fuerza normativa de la Constitución significa que hay un Derecho positivo de la Constitución que ha sido creado para ser cumplido y una conciencia de una ciudadanía que desea y aspirar a vivir y coexistir con base en reglas de Derecho.

    Governo dos juízes. O Tribunal Constitucional da Colômbia e a “segunda reeleição presidencial”

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    En el presente trabajo se analiza el “constitucionalismo ciudadano” que inteligentemente comporta una inequívoca elección por el gobierno del Derecho que emana de la Ley fundamental del Estado. Se desarrolla en el sistema jurídico colombiano la relación entre la ciudadanía y el poder judicial en un caso de interpretación de la Constitución Política de Colombia, y se profundiza en la sentencia de su Corte Constitucional que dictó una decisión judicial obturando la segunda reelección presidencial de Álvaro Uribe Vélez, al resolver declarar inexequible en su totalidad la Ley 1354 de 2009, por siete votos contra dos. Se califica a esta decisión judicial como una de las resoluciones que, en el inventario general, puede ser computada como de las más relevantes que se han pronunciado en la historia de la jurisdicción de la América del Sud. El constitucionalismo ciudadano, un cultivo abnegado de la Ley fundamental, alumbra la factibilidad de una participación determinante e inclusiva de cada ser humano en la búsqueda y afirmación de una ciudadanía plena. La sentencia en análisis significa un verdadero contrapeso, una especie de “gobierno de los jueces” demoledor e injustificado. Ella misma, con afán de constitucionalidad, negó y prohibió el instrumento racional y pacífico de reforma, el sufragio de los ciudadanos que integran el pueblo, único presupuesto ontológico del Derecho constitucional. Contra la emergencia que produjo “la sentencia” se ensaya esta tesis, cuyas proposiciones capitales se construyen y justifican, en todo el recorrido de este estudio, con las propias piezas de la Ley fundamental colombiana de 1991.In the present work we analyze the “citizen constitutionalism” that intelligently involves an unequivocal election by the government of Law that emanates from the fundamental Law of the State. The relationship between citizens and the judiciary is developed in the Colombian legal system in a case of interpretation of the Political Constitution of Colombia, and deepens in the sentence of its Constitutional Court that issued a judicial decision sealing the second presidential reelection of Alvaro Uribe Vélez, in deciding to declare unconstitutional in its entirety Law 1354 of 2009, by seven votes against two. This judicial decision is qualified as one of the resolutions that, in the general inventory, can be considered as one of the most relevant that has been pronounced in the history of the jurisdiction of South America. Citizen constitutionalism, a selfless cultivation of the fundamental Law, illuminates the feasibility of a decisive and inclusive participation of each human being in the search and affirmation of a full citizenship. The judgment in analysis means a real counterweight, a kind of “government of the judges” devastating and unjustified. She herself, with a desire for constitutionality, denied and banned the rational and peaceful instrument of reform, the suffrage of the citizens that make up the people, the only ontological budget for constitutional law. Against the emergency that produced “the sentence” is tested this thesis, whose capital propositions are built and justified, throughout the course of this study, with the own pieces of the Colombian fundamental law of 1991.Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociale

    Gobernar es igualar. Isonomía, oportunidades y justicia social en la Argentina

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    Resumen: El Estado constitucional es la máxima instancia conocida para la ordenación política de una comunidad de individuos libres. Las dimensiones de la igualdad, con diverso significado y grado de reconocimiento, pretenden cobijar una determinada fundamentación del Estado, al equiparar por convención aspectos de las relaciones entre los hombres. La igualdad ante el Derecho significa una de sus fortificaciones. Un nuevo logro reside en la igualdad de oportunidades. Ambas son insuficientes porque no detienen la marcha regresiva del bienestar. La desigualdad creciente en la Argentina, donde casi el 60% de su población es pobre o vulnerable, exhibe la existencia de dos mundos: una ciudadanía política y una ciudadanía social. Los desposeídos, pobres y vulnerables, no disfrutan y no pueden disfrutar, con el actual estado de cosas constitucional, de una ciudadanía de plena justicia social. Nunca será posible destruir por completo la desigualdad social, sino sólo disminuirla. Un progreso con justicia social se presenta como misión fundamental del Estado. La reducción del dualismo en los grados de la ciudadanía es propiciada con múltiples energías. Una puede provenir de un consenso básico, regido por la Constitución federal en su proceso de variación. Mientras no se produzca un reparto más igual de los bienes, la lengua de las escrituras laicas será mejor comprendida por aquellos que conozcan los beneficios de una ciudadanía completa y conozcan todas sus luces. Abstract: The constitutional State is the highest instance known for the political organization of the community of free individuals. The dimensions of equality, with different signification and degree of recognition aim to cover a certain grounding on the State, when they equate by convention aspects of the relationships between human beings. The equality before the law means one of its strengthenings. One new achievement: equality of opportunity. Both are insufficient because they do not prevent the regressive march of well-being. The growing inequality in Argentina, were almost 60% of its population is poor or vulnerable, shows the existence of two worlds: a political citizenship and a social citizenship. The deprived, poor and vulnerable people do not enjoy -nor could they- the current state of constitutional affairs, a citizenship filled with social justice. It will never be possible to completely destroy social inequality; it can be continuously reduced. A progress with social justice constitutes a fundamental aim of the State. Decreasing the dualism in the degrees of citizenship is fostered with enthusiasm. It can come from a basic consensus, in a new auditorium ruled by the federal Constitution in its variation process. As long as a more equal distribution of natural or manufactured goods does not take place, the language of secular scripts would be better understood by those who know the benefits of complete citizenship and know all of its enlightenment

    Sobre o Ministério Público. Designação, duração e remoção

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    El trabajo desarrolla la regulación constitucional de la institución del Ministerio Público en la Argentina, centrándose en los requisitos para el nombramiento en el cargo del Procurador General de la Nación, su duración y remoción. En cuanto a la designación, el autor afirma que para aspirar a dicho cargo es necesario acreditar, con razonabilidad erguida y suficiente, la cualidad y el compromiso democrático inherente e inmarcesible. Para mantenerse en la función: es menester la buena conducta, es decir racionalidad constitucional; tomar decisiones con apoyo en la realidad y en la lógica y no cometer delitos funcionales. En cuanto a la duración en el cargo, propone una limitación temporal, sosteniendo que es constitucional determinar la naturaleza temporal de la designación del Procurador General de la Nación y del Defensor General de la Nación, por la vía de un cambio legal, proponiendo un nombramiento por un término de 5 años con posibilidad de renovación en la misma forma en que fueron designados. Finalmente propone una modificación de las mayorías legislativas para su designación, y sobre la destitución alienta el mecanismo de juicio político.This paper develops the constitutional regulation of the institution of the Public Ministry in Argentina, focusing on the requirements for appointment to the office of the Attorney General of the Nation, its duration and removal. Regarding the appointment, the author affirms that in order to aspire to this position it is necessary to prove, with upright and sufficient reasonableness, the quality and inherent and unfading democratic commitment. To stay in office: good conduct is necessary, that is, constitutional rationality; make decisions based on reality and logic and not commit functional crimes. Regarding the duration in office, it proposes a temporary limitation, maintaining that it is constitutional to determine the temporary nature of the appointment of the Attorney General of the Nation and the Defender General of the Nation, by way of a legal change, proposing an appointment for a term of 5 years with the possibility of renewal in the same way in which they were designated. Finally, he proposes a modification of the legislative majorities for his appointment, and on the dismissal he encourages the mechanism of impeachment.O trabalho desenvolve a regulamentação constitucional da instituição do Ministério Público na Argentina, enfocando os requisitos para a nomeação para o cargo de Procurador-Geral da Nação, sua duração e destituição. Sobre a nomeação, o autor afirma que para aspirar a este cargo é necessário comprovar, com justa e suficiente razoabilidade, a qualidade e o compromisso democrático inerente e permanente. Para permanecer no cargo: é necessária boa conduta, ou seja, racionalidade constitucional; tomar decisões com base na realidade e na lógica e não cometer crimes funcionais. Quanto à duração do mandato, propõe uma limitação temporária, sustentando que é constitucional determinar a natureza temporária da nomeação do Procurador-Geral da Nação e do Defensor-Geral da Nação, mediante alteração jurídica, propondo a nomeação pelo prazo de 5 anos com possibilidade de renovação na mesma forma em que foram designados. Por fim, propõe uma modificação das maiorias legislativas para sua nomeação e, na demissão, incentiva o mecanismo de impeachment.Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociale

    Notas sobre la creación y realización del Derecho constitucional en la Argentina

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    La existencia con vida y cognición de los individuos se justifica, racionalmente, si se realiza en una sociedad organizada y abierta. La armonía y el equilibrio comunitario pueden ser alcanzados en paz: regulación de la violencia por intermedio del Derecho. Alcanzada la paz, la desigualdad creciente e injusta se presenta como un flagelo con capacidad suficiente para afectarla. La constitución del Estado se presenta como la pieza más celebrada ideada por el Derecho para disciplinar la administración de la fuerza estatal: una lengua para la paz. La fuerza sin regulación del Estado constituye la negación intolerable y la versión deshumanizada e irracional del Derecho. Del mismo modo que el lenguaje se rige por la gramática y la arquitectura por el espacio, el empleo de la fuerza del Estado se debe regir por el Derecho. Así, el Derecho, se yergue como la razón de la determinación y regulación de la fuerza del Estado. Quizá dicho de manera conmovedora, con más emoción que razón, la constitución de un Estado debería constituir la “escritura laica” de la ciudadanía que integra un pueblo, en un momento histórico determinado y también dentro de un territorio en el que sus poderes pueden ejercer, razonablemente, la soberanía.Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociale

    Á propos du pouvoir exécutif

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    El trabajo realiza un estudio constitucional del Poder Ejecutivo y del sistema presidencialista. Analiza la premisa según la cual las ordenaciones estatales que se deciden por el tipo de gobierno constitucional de sesgo presidencialista suelen exhibir determinada impotencia o fracaso mismo de la separación de poderes, alteración que favorece que el órgano ejecutivo se constituya en poder predominante. Reflexiona sobre el principio de división de poderes, los mecanismos para elegir a los presidentes, sus funciones y el lugar que ocupan los ciudadanos. Concluye afirmando que experiencia histórica del presidencialismo en América del Sud hacen pensar si acaso esa supremacía del poder ejecutivo no constituye, patéticamente, la causa de las causas de la inestabilidad institucional, del sometimiento y de la vulnerabilidad social.The work carries out a constitutional study of the Executive Power and the presidential system. It analyzes the premise according to which the state ordinances that are decided by the type of constitutional government of presidential bias usually exhibit certain impotence or even failure of the separation of powers, alteration that favors that the executive organ is constituted in predominant power. It reflects on the principle of division of powers, the mechanisms for electing presidents, their functions and the place occupied by citizens. He concludes that the historical experience of presidentialism in South America makes wonder whether this supremacy of executive power does not constitute, pathetically, the cause of the causes of institutional instability, subjugation and social vulnerability.O trabalho realiza um estudo constitucional do Poder Executivo e do sistema presidencialista. Analisa a premissa de acordo com a qual as ordenações estaduais que são decididas pelo tipo de governo constitucional com inclinação presidencialista costumam exibir certa impotência ou falha da separação de poderes, alteração que favorece que o corpo executivo se constitua em poder predominante. Reflete sobre o princípio da divisão de poderes, os mecanismos para eleger presidentes, suas funções e o lugar que ocupam os cidadãos. Ele conclui afirmando que a experiência histórica do presidencialismo na América do Sul sugere para o caso se essa supremacia do poder executivo não constitui, pateticamente, as causas da instabilidade institucional, da sujeição e da vulnerabilidade social.Le travail fait une étude constitutionnelle du pouvoir Exécutif et du système présidentiel. On analyse la prémisse selon laquelle les ordinations d’État décidées par le type de gouvernement constitutionnel avec tendance présidentielle, tendent à présenter une certaine impuissance ou un échec dans la séparation des pouvoirs, altération qui encourage que le pouvoir exécutif devienne le pouvoir dominant. On refléchit sur le principe de la division des pouvoirs, les mécanismes d’élection des présidents, leurs fonctions et la place occupée par les citoyens. On conclut en affirmant que l’expérience historique du présidentialisme en Amérique du Sud nous faire penser si cette suprématie du pouvoir exécutif ne constitue pas, pathétiquement, la cause de l’instabilité institutionnelle, de la sujétion et de la vulnérabilité sociale.Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociale

    Sobre la constitución. Concepto, composición y mecanismos

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    The different meanings of «constitution» postulated throughout the history of ideas are analysed. The normative concept is chosen: the constitution is a cultural product, a base of the entire legal system. The meaning chosen is immediately applied to the prescriptive language that stems from the Argentine Constitution, and its parts and its main device are highlighted: guarantees. In conclusion, the constitution still is a political contract agreed upon by each of the citizens of different generations, to enable and enhance coexistence (expected), or to hinder coexistence (not expected). At the end of the day, it is a human instrument and, as any human creation, it is perfectible.Se evalúan diferentes comprensiones de «constitución» ensayadas en la historia de las ideas. Se opta por la concepción normativa: la constitución es un producto cultural, fundamento de todo el sistema jurídico. La comprensión elegida, se aplica, inmediatamente, al lenguaje prescriptivo que emana de Constitución Argentina y se destacan sus partes y su mecanismo fundamental: las garantías. Concluyentemente, la constitución sigue siendo un contrato, político y acordado por cada uno de lo ciudadanos que integran las generaciones, ya sea para facilitar y desarrollar la convivencia (expectable), ya sea para obstaculizar la coexistencia (no expectable); al fin y al cabo: es un instrumento humano, perfectible, como toda su obra.The different meanings of «constitution» postulated throughout the history of ideas are analysed. The normative concept is chosen: the constitution is a cultural product, a base of the entire legal system. The meaning chosen is immediately applied to the prescriptive language that stems from the Argentine Constitution, and its parts and its main device are highlighted: guarantees. In conclusion, the constitution still is a political contract agreed upon by each of the citizens of different generations, to enable and enhance coexistence (expected), or to hinder coexistence (not expected). At the end of the day, it is a human instrument and, as any human creation, it is perfectible

    Á propos du pouvoir exécutif

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    El trabajo realiza un estudio constitucional del Poder Ejecutivo y del sistema presidencialista. Analiza la premisa según la cual las ordenaciones estatales que se deciden por el tipo de gobierno constitucional de sesgo presidencialista suelen exhibir determinada impotencia o fracaso mismo de la separación de poderes, alteración que favorece que el órgano ejecutivo se constituya en poder predominante. Reflexiona sobre el principio de división de poderes, los mecanismos para elegir a los presidentes, sus funciones y el lugar que ocupan los ciudadanos. Concluye afirmando que experiencia histórica del presidencialismo en América del Sud hacen pensar si acaso esa supremacía del poder ejecutivo no constituye, patéticamente, la causa de las causas de la inestabilidad institucional, del sometimiento y de la vulnerabilidad social.The work carries out a constitutional study of the Executive Power and the presidential system. It analyzes the premise according to which the state ordinances that are decided by the type of constitutional government of presidential bias usually exhibit certain impotence or even failure of the separation of powers, alteration that favors that the executive organ is constituted in predominant power. It reflects on the principle of division of powers, the mechanisms for electing presidents, their functions and the place occupied by citizens. He concludes that the historical experience of presidentialism in South America makes wonder whether this supremacy of executive power does not constitute, pathetically, the cause of the causes of institutional instability, subjugation and social vulnerability.O trabalho realiza um estudo constitucional do Poder Executivo e do sistema presidencialista. Analisa a premissa de acordo com a qual as ordenações estaduais que são decididas pelo tipo de governo constitucional com inclinação presidencialista costumam exibir certa impotência ou falha da separação de poderes, alteração que favorece que o corpo executivo se constitua em poder predominante. Reflete sobre o princípio da divisão de poderes, os mecanismos para eleger presidentes, suas funções e o lugar que ocupam os cidadãos. Ele conclui afirmando que a experiência histórica do presidencialismo na América do Sul sugere para o caso se essa supremacia do poder executivo não constitui, pateticamente, as causas da instabilidade institucional, da sujeição e da vulnerabilidade social.Le travail fait une étude constitutionnelle du pouvoir Exécutif et du système présidentiel. On analyse la prémisse selon laquelle les ordinations d’État décidées par le type de gouvernement constitutionnel avec tendance présidentielle, tendent à présenter une certaine impuissance ou un échec dans la séparation des pouvoirs, altération qui encourage que le pouvoir exécutif devienne le pouvoir dominant. On refléchit sur le principe de la division des pouvoirs, les mécanismes d’élection des présidents, leurs fonctions et la place occupée par les citoyens. On conclut en affirmant que l’expérience historique du présidentialisme en Amérique du Sud nous faire penser si cette suprématie du pouvoir exécutif ne constitue pas, pathétiquement, la cause de l’instabilité institutionnelle, de la sujétion et de la vulnérabilité sociale.Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociale
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