13 research outputs found

    Guantánamo o la aceptación del terrorismo de Estado democrático

    Get PDF
    El sistema internacional globalizado avanza los intereses políticos y económicos del hegemon Estadounidense hacia el resto del mundo, intentando interesadamente que el resto de los pueblos consideren como propias las aspiraciones a lograr regímenes Democráticos y Capitalistas como síntesis histórica del desarrollo político y económico. Como afirma Bertrand Russell, el temor es un elemento siempre útil en la ejecución de toda política y se relaciona actualmente con la necesidad de temerle al Terrorismo internacional, ultimísimo elemento disuasorio de toda reacción contraria a la globalización. Y mas específicamente a la globalización de la seguridad que posee en el hegemon su policía internacional. Mas un siglo y medio después del viaje efectuado por de Tocqueville a EEUU, la sociedad Norteamericana merece volver a ser aprehendida: ¿se trata de reaccionarios cínicos poseedores de un doble estándar de derechos "nuestros" y "ajenos", o sólo intentan defender al mundo por el especial lugar que la historia (entre otras cosas), les ha asignado?. Nuestro análisis será simple. Tomaremos como dados la existencia de la globalización, la inseguridad universal que genera el Terrorismo y el rol de poder de policía mundial asumido por EEUU en su lucha contra el Terror. En este contexto ensayaremos algunas ideas sobre la existencia de una cárcel mundial creada y administrada por EEUU en su base de Guantánamo (Cuba) en la cual la pionera Democracia Estadounidense viola abiertamente derechos humanos básicos cuya existencia y necesidad de respeto supo enseñar al resto del mundo. Nuestro comentario intentará reflexionar sobre la orientación de la democracia norteamericana y su posibilidad real de continuar guiando los procesos de democratización, toda vez que la misma habilita lisa y llanamente el Terrorismo de Estado como política de gobierno posible dentro de un sistema democrático justificándola en la necesidad de seguridad de su población frente a un ataque terrorista. Y en todo caso pensaremos si el modelo democrático que tantos estados ensayan consolidar bajo la guía de EEUU admitirá dentro de su esquema esencial, la violación impune de derechos frente a la mencionada amenaza. ¿Estamos frente a una desviación a corregir o a una tendencia a imitar? Guantánamo existe. Es una de las varias cárceles de esta policía internacional Norteamericana que nos protege (como habitantes del mundo y sin haberlo solicitado) de ese temor que genera la amenaza terrorista. Sin embargo además de su existencia material, es interesante reparar en su justificación formal o jurídica, sobre todo en el marco de un sistema democrático

    A reinterpretation of sources of Public International Law from a human rights approach

    Get PDF
    Tratados y costumbre resumen las fuentes principales del derecho internacional público. Ambas son creadas por los Estados. Esta respuesta técnica revela muy poco sobre cómo se generan, invocan y aplican éstas y otras fuentes. Partimos del Artículo 38 del Estatuto de la CIJ a fin de evaluar las fuentes citadas y sobre todo, las omitidas. Respecto de éstas, en algún caso el olvido fue intencional, al no ser consideradas suficientemente 'tradicionales'. En otros casos, actos que hoy revisten la calidad de fuentes, no existían o su desarrollo era embrionario. El presente impone revisar esta cuestión, considerando que el paradigma de los derechos humanos impone hoy límites ciertos al poder decisorio del Estado. Varias de las actuales fuentes que protegen los derechos fundamentales del individuo, son subestimadas o relegadas al momento de interpretar el DIPu por parte de ciertos tribunales internacionales. Analizamos las mismas bajo el título de 'fuentes contemporáneas'.En suma, en el desarrollo del presente trabajo, (i) re-interpretaremos las fuentes tradicionales del DIPu a la luz del respecto del paradigma de los derechos humanos; y (ii) sopesaremos el valor de otros hechos generadores de normas internacionales a las que llamamos 'fuentes contemporáneas'. Treaties and customary law are the classic sources of Public International Law, both of which are created by the State. This simple explanation tell us nothing about how sources of international rules are recognised, invoked and applied.Our paper starts from Article 38 of the Statute of the International Court of Justice aiming to assess its content and what we believe it is more important, some 'contemporary' sources which have been omitted. Some of the latter did not exist as such at the time the Article was written. Others evolved with the paradigm of human rights along the XX Century. We believe this situation needs to be addressed at present when human rights limits actions and decisions of States. In brief, our aim is twofold: (i) to re-interpret traditional sources of public international law which are rooted in the consent of states in the new context provided by the theory of human rights; and (ii) to analyse other events that may be considered as sources or international law which we label as 'contemporary'.  &nbsp

    Holding Heads of State accountable for international crimes

    Get PDF
    No existe al momento una fundamentación precisa de la responsabilidad de los Jefes de Estado por los “crímenes más graves de trascendencia para la comunidad internacional en su conjunto” tipificados en el Estatuto de Roma: crímenes de guerra, crímenes contra la humanidad y genocidio. Los buenos propósitos y la pena capital se han sucedido como forma de tratar con los Jefes de Estado que ordenan la comisión de estos delitos, por lo cual los consideramos enemigos de la humanidad. Desde la “moral internacional y la santidad de los tratados” invocados en los Tratados de Versailles, hasta la “amenaza para la paz, la seguridad y el bienestar del mundo” reconocida en el Estatuto de Roma, cada norma que creó una jurisdicción penal de carácter internacional, afirmó la responsabilidad individual como un concepto auto-evidente. Este trabajo se propone fundamentar la responsabilidad de los jefes de Estado -verdaderos líderes públicos criminales- por su participación en crímenes internacionales a fin de evitar que los mismos secuestren principios y normas de Derecho Internacional general creadas para regular la vida interestatal, y los utilicen con el exclusivo propósito de escapar a su responsabilidad y castigo.The international accountability of Heads of State and government for the commission of “the most serious crimes of concern to the international community as a whole” —such as war crimes, crimes against humanity and genocide—, is a work still in progress. Simply good will and capital punishment have taken turnsas an answer to deal with these enemies of mankind. From “international morality and the sanctity of treaties” invoked in Versailles to the “threat to the peace, security and well-being of the world”, stated in the Preamble of the Rome Statute, every rule that instituted an international criminal jurisdiction, affirmed international individual responsibility as a self-evident concept. This paper intends to settle the foundationsof the accountability of Heads of State —truly criminal public leaders— as a result of their involvement in international crimes. The aim is to forbid them to invoke principles and norms which belong to the international legal system to protect states and peoples, in order to escape their due accountability and punishment

    El genocidio ruandés a través de la óptica de "Hotel Ruanda"

    Get PDF
    La actividad cinematográfica como forma de expresión social no es ajena a la realidad jurídica. Desde una visión crítica, refleja el derecho -o su ausencia- en una sociedad, es testigo inmutable de hechos que la conmueven y hasta se convierte en denunciante de prácticas injustas. Al revelar situaciones sociales, su mayor aporte consiste en asumir realidades para provocar cambios. En cuanto al género histórico, el recordar situaciones de conflicto armado, colabora en la conformación de la memoria colectiva a fin de comprender la existencia de contextos propicios para la comisión de crímenes internacionales. La siguiente es una historia de cómo una exitosa película de Hollywood creó conciencia sobre contextos de genocidio y a la vez, disparó acontecimientos de política internacional donde se mezclan estrellas cinematográficas como Scarlett Johansson y Don Cheadle, políticos como el presidente Biden y los líderes demócrata y republicano, y el presidente ruandés Kagame. El guion relata a través de la historia de un héroe, el genocidio en Ruanda que en tres meses cobró la vida de casi un millón de personas. A partir de tres escenas relevantes analizamos la eficacia del derecho internacional de los derechos humanos, sus límites materiales, y la participación y derechos de las víctimas en los procedimientos de justicia internacional. Utilizamos una metodología cualitativa y técnicas descriptivas y analíticas. Es un artículo de investigación básica que procura exponer las relaciones entre cine, política y derecho

    Holding Heads of State accountable for international crimes

    Get PDF
    No existe al momento una fundamentación precisa de la responsabilidad de los Jefes de Estado por los “crímenes más graves de trascendencia para la comunidad internacional en su conjunto” tipificados en el Estatuto de Roma: crímenes de guerra, crímenes contra la humanidad y genocidio. Los buenos propósitos y la pena capital (2) se han sucedido como forma de tratar con los Jefes de Estado que ordenan la comisión de estos delitos, por lo cual los consideramos enemigos de la humanidad. Desde la “moral internacional y la santidad de los tratados” invocados en los Tratados de Versailles, hasta la “amenaza para la paz, la seguridad y el bienestar del mundo” reconocida en el Estatuto de Roma, cada norma que creó una jurisdicción penal de carácter internacional, afirmó la responsabilidad individual como un concepto auto-evidente. Este trabajo se propone fundamentar la responsabilidad de los jefes de Estado —verdaderos líderes públicos criminales— por su participación en crímenes internacionales a fin de evitar que los mismos secuestren principios y normas de Derecho Internacional general creadas para regular la vida interestatal, y los utilicen con el exclusivo propósito de escapar a su responsabilidad y castigo.The international accountability of Heads of State and government for the commission of “the most serious crimes of concern to the international community as a whole” —such as war crimes, crimes against humanity and genocide—, is a work still in progress. Simply good will and capital punishment have taken turns as an answer to deal with these enemies of mankind. From “international morality and the sanctity of treaties” invoked in Versailles to the “threat to the peace, security and well-being of the world”, stated in the Preamble of the Rome Statute, every rule that instituted an international criminal jurisdiction, affirmed international individual responsibility as a self-evident concept. This paper intends to settle the foundations of the accountability of Heads of State —truly criminal public leaders— as a result of their involvement in international crimes. The aim is to forbid them to invoke principles and norms which belong to the international legal system to protect states and peoples, in order to escape their due accountability and punishment.Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociale

    Holding Heads of State accountable for international crimes

    Get PDF
    No existe al momento una fundamentación precisa de la responsabilidad de los Jefes de Estado por los “crímenes más graves de trascendencia para la comunidad internacional en su conjunto” tipificados en el Estatuto de Roma: crímenes de guerra, crímenes contra la humanidad y genocidio. Los buenos propósitos y la pena capital (2) se han sucedido como forma de tratar con los Jefes de Estado que ordenan la comisión de estos delitos, por lo cual los consideramos enemigos de la humanidad. Desde la “moral internacional y la santidad de los tratados” invocados en los Tratados de Versailles, hasta la “amenaza para la paz, la seguridad y el bienestar del mundo” reconocida en el Estatuto de Roma, cada norma que creó una jurisdicción penal de carácter internacional, afirmó la responsabilidad individual como un concepto auto-evidente. Este trabajo se propone fundamentar la responsabilidad de los jefes de Estado —verdaderos líderes públicos criminales— por su participación en crímenes internacionales a fin de evitar que los mismos secuestren principios y normas de Derecho Internacional general creadas para regular la vida interestatal, y los utilicen con el exclusivo propósito de escapar a su responsabilidad y castigo.The international accountability of Heads of State and government for the commission of “the most serious crimes of concern to the international community as a whole” —such as war crimes, crimes against humanity and genocide—, is a work still in progress. Simply good will and capital punishment have taken turns as an answer to deal with these enemies of mankind. From “international morality and the sanctity of treaties” invoked in Versailles to the “threat to the peace, security and well-being of the world”, stated in the Preamble of the Rome Statute, every rule that instituted an international criminal jurisdiction, affirmed international individual responsibility as a self-evident concept. This paper intends to settle the foundations of the accountability of Heads of State —truly criminal public leaders— as a result of their involvement in international crimes. The aim is to forbid them to invoke principles and norms which belong to the international legal system to protect states and peoples, in order to escape their due accountability and punishment.Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociale

    LIBERDADE COGNITIVA:: UM NOVO DIREITO HUMANO NASCIDO DA INTELIGÊNCIA ARTIFICIAL

    Get PDF
    When the manipulation of the human brain activity is a real possibility as it happens nowadays, a minimum of ethical values should be respected and incorporated into international and domestic Law. These rules shall aim to regulate the application of neurotechnologies and artificial intelligence to the human brain. No State which claims to be respectful of human rights can exercise the power to coercively manipulate the mental states of its population. In this article, we discuss cognitive freedom, a new right born out of neurotechnologies, which can also be understood as an update of human free will adapted to the 21st century. It is -as we will see- a multidimensional concept, difficult to define due to its complexity. In this article, we propose to consider cognitive freedom as an entirely new human right aimed at preserving the very essence of human nature. To validate our hypothesis, we use a qualitative methodology, aimed at establishing a consensual opinion of experts in the legal and scientific fields, together with the assistance of the main sources of the law, namely positive law, case law and doctrine.Quando a manipulação da atividade cerebral humana é uma possibilidade real, como acontece atualmente, um mínimo de valores éticos deve ser respeitado e incorporado ao direito internacional e interno. Essas regras terão como objetivo regular a aplicação de neurotecnologias e inteligência artificial ao cérebro humano. Nenhum Estado que pretenda respeitar os direitos humanos pode exercer o poder de manipular coercivamente os estados mentais de sua população. Neste artigo discutimos a liberdade cognitiva, um novo direito nascido das neurotecnologias que também pode ser entendido como uma atualização do livre-arbítrio humano adaptado ao século XXI. É -como veremos- um conceito multidimensional, difícil de definir devido à sua complexidade. Propomos considerar a liberdade cognitiva como um direito humano inteiramente novo destinado a preservar a própria essência da natureza humana. Utilizamos uma metodologia qualitativa, que visa estabelecer a opinião de especialistas nas áreas jurídica e científica, juntamente com o auxílio das principais fontes do direito, nomeadamente direito positivo, jurisprudência e doutrina

    Reflexiones a Partir de un Programa Posdoctoral en la Post-Pandemia

    Get PDF
    El escrito propone aportes para repensar críticamente metodologías interdisciplinarias en procesos de investigaciones postdoctorales.  Se parte de la experiencia de becarios y becarias pertenecientes a Argentina, Costa de Marfil y Ecuador para comprender las características de participación a partir del Covid-19: espacio virtual-territorial, diálogo entre diversas disciplinas, cuestiones de género, organización y gestión de los tiempos. A partir de un enfoque cualitativo y un diseño narrativo, se recogen las experiencias y reflexiones de los becarios/as del programa post-doctoral, y a partir de unidades narrativas y categorías de análisis, se identifican posibilidades y limitaciones para los estudios post-doctorales.   This article aims to generate contributions to critically rethink interdisciplinary methodologies in postdoctoral research processes. It starts from the experience of fellows belonging to Argentina, Ivory Coast, and Ecuador to understand the participation characteristics based on Covid-19: virtual-territorial space, dialogue between diverse disciplines, gender issues, organization, and time management. Using a qualitative approach and a narrative design, the experiences and reflections of postdoctoral program fellows are collected, and possibilities and limitations for postdoctoral studies are identified through narrative units and categories of analysis

    Reflexiones de Becarios y Becarias a Partir de un Programa Posdoctoral en la Post-Pandemia

    Get PDF
    El escrito propone aportes para repensar críticamente metodologías interdisciplinarias en procesos de investigaciones postdoctorales.  Se parte de la experiencia de becarios y becarias pertenecientes a Argentina, Costa de Marfil y Ecuador para comprender las características de participación a partir del Covid-19: espacio virtual-territorial, diálogo entre diversas disciplinas, cuestiones de género, organización y gestión de los tiempos. A partir de un enfoque cualitativo y un diseño narrativo, se recogen las experiencias y reflexiones de los becarios/as del programa post-doctoral, y a partir de unidades narrativas y categorías de análisis, se identifican posibilidades y limitaciones para los estudios post-doctorales, tales como el desarrollo de competencias investigativas a través de la presencialidad y la virtualidad.   This article aims to generate contributions to critically re-think interdisciplinary methodologies in postdoctoral research processes. Drawing on the experiences of fellows from Argentina, Ivory Coast, and Ecuador, this study aims to understand the characteristics of participation in postdoctoral research processes, particularly in the context of Covid-19. Employing a qualitative approach and a narrative design. This exploration provides insights into the nuances of postdoctoral studies, shedding light on both possibilities and limitations through the examination of narrative units and categories of analysis, as the hybrid development of research skills

    Reflexiones a Partir de un Programa Posdoctoral en la Post-Pandemia

    Get PDF
    El escrito propone aportes para repensar críticamente metodologías interdisciplinarias en procesos de investigaciones postdoctorales.  Se parte de la experiencia de becarios y becarias pertenecientes a Argentina, Costa de Marfil y Ecuador para comprender las características de participación a partir del Covid-19: espacio virtual-territorial, diálogo entre diversas disciplinas, cuestiones de género, organización y gestión de los tiempos. A partir de un enfoque cualitativo y un diseño narrativo, se recogen las experiencias y reflexiones de los becarios/as del programa post-doctoral, y a partir de unidades narrativas y categorías de análisis, se identifican posibilidades y limitaciones para los estudios post-doctorales.   This article aims to generate contributions to critically rethink interdisciplinary methodologies in postdoctoral research processes. It starts from the experience of fellows belonging to Argentina, Ivory Coast, and Ecuador to understand the participation characteristics based on Covid-19: virtual-territorial space, dialogue between diverse disciplines, gender issues, organization, and time management. Using a qualitative approach and a narrative design, the experiences and reflections of postdoctoral program fellows are collected, and possibilities and limitations for postdoctoral studies are identified through narrative units and categories of analysis
    corecore