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SOBRE LOS LÍMITES DE LA BIOÉTICA LAICA
Some authors sustain that one of the fundamental characteristics of bioethics has to be laicity. In the first part of the article I analyze what some of those authors define as “lay bioethics” and how religious discussions have to be considered in the public arena. I conclude that this concept is ambiguous and could be used to justify the public exclusion of those positions lay authors do not share. In the second part I refer to some ideas on the social utility of religion (Tocqueville) and on the great importance of freedom of thought and speech for democracy (Mill), because these ideas can contribute to define more precisely the place of religions in public debates on bioethics.Algunos autores sostienen que una de las características que ha de tener la bioética que aspire a ser universal es la laicidad. En la primera parte del trabajo analizo lo que algunos autores que se han ocupado de la cuestión entienden por bioética laica y el tratamiento que proponen para las posiciones procedentes de ámbitos religiosos. Concluyo que el concepto de bioética laica es ambiguo y corre el riesgo de convertirse en justificación para la exclusión pública de aquellos discursos que no se compartan. En la segunda parte recuerdo algunas ideas acerca de la utilidad social de la religión (Tocqueville) y de la importancia vital de la libertad de pensamiento y expresión para la democracia (Mill), en cuanto que pueden contribuir a definir con mayor precisión el puesto de las religiones en los debates públicos sobre bioética
Adela Cortina: “Aporofobia, el rechazo del pobre”
La base de la mayor parte de formas de exclusión social es el rechazo a los pobres, a los que parece que no tienen nada que ofrecer a cambio. Sin embargo, esa realidad ha resultado en buena parte invisible a la humanidad porque no se contaba con un término para nombrarla
Ballesteros, Jesús. Domeñar las finanzas, cuidar la naturaleza. Valencia: Tirant lo Blanch, 2021
Reseña de: Ballesteros, Jesús. Domeñar las finanzas, cuidar la naturaleza. Valencia: Tirant lo Blanch, 2021
Literatura y fragilidad humana: consideraciones preliminares sobre el consentimiento informado en la práctica clínica
En lo que sigue voy a hacer mención a algunos libros publicados en los últimos años escritos por médicos en los que se combinan el relato de los acontecimientos vividos con la reflexión sobre su quehacer profesional. Los protagonistas de estas historias son Henry Marsh, un afamado neurocirujano inglés recientemente jubilado; Atul Gawande, cirujano estadounidense cuyos padres nacieron en India; y dos doctores ya fallecidos: Paul Kalinithi, también neurocirujano que falleció justo cuando estaba a punto de concluir su especialidad, y la doctora África Sendino, internista española. Ambos murieron de cáncer. Aunque estos relatos no son propiamente de ficción, se pueden leer como si lo fueran. Y, en cualquier caso, constituyen un espejo en el que vernos y una guía para orientarnos. Los cuatro relatos se caracterizan por centrar la atención del lector en la fragilidad del paciente, del médico y del médico como paciente. Porque cuando el médico se ve como paciente adquiere la perspectiva adecuada para ejercer su profesión
El contenido del derecho al medio ambiente
Existen dos grandes visiones acerca del contenido del derecho humano al ambiente: una tiene un carácter más político y aspira a la transformación social y otra es pragmática y atiende más a los aspectos técnico-jurídicos. El artículo trata de perfilar cuál sería el contenido del derecho al ambiente desde cada una de estas visiones, para concluir que ambas posiciones no son disyuntivas sino complementarias, necesitando cada una de la otra. En la primera parte se trata del derecho humano al medio ambiente en los textos legales, principalmente en la Constitución española. Este derecho está integrado por tres aspectos: la información, la participación y la educación. El derecho al medio ambiente como objetivo político es estudiado en la segunda parte del artículo, subrayando los diferentes perfiles del mismo en los países desarrollados y en los países en vías de desarrollo
Biología sintética: contexto jurídico y políticas públicas
The paper considers three questions with the goal of improving the proposals about the governance and regulation of Synthetic Biology. First, it looks at the relationship between some of the breakthroughs in this field and the public interest in the matter. Second, it is mentioned the international regulation on this topic and particularly the principles that inform and should inform this matter. Third, a critical consideration on the reports devoted to the ethical and social aspects of Synthetic Biology is included.Este trabajo se plantea tres cuestiones dirigidas a mejorar las propuestas sobre la gobernanza y regulación de la biología sintética. En primer lugar, se refieren algunos de los hitos científicos que han jalonado su desarrollo y el modo en que han influido en los debates ciudadanos sobre ella. En segundo lugar, se trata del marco jurídico internacional, con el fin de indagar en los principios sobre los que se sustenta y debería sustentarse. Por último, se revisan críticamente los informes acerca de los aspectos éticos y sociales de la BIOSIN, publicados por organizaciones gubernamentales y no gubernamentales en los últimos diez años
Educar en Derechos Humanos: orientaciones del Derecho internacional e implementación en la educación superior
La Declaración Universal de Derechos Humanos considera que uno de los objetivos de la educación es “el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos”. Tras la Conferencia de Viena de Derechos Humanos, Naciones Unidas y otras agencias intergubernamentales de alcance regional vienen impulsando la Educación en Derechos Humanos (EDH). En este trabajo se hace un repaso histórico de las principales iniciativas a nivel internacional dedicados a la EDH. Se presta especial atención a las políticas y normas aprobadas por Naciones Unidas y el Consejo de Europa. Finalmente se reflexiona sobre la importancia y dificultades poner en marcha la EDH en el ámbito de la educación superior
Educar para la salud en tiempos de pandemia
La experiencia de la pandemia que estamos viviendo exige repensar la educación para la salud. En este trabajo lo hacemos a partir de dos conceptos procedentes de la Declaración Universal de los Derecho Humanos: primero, entender que el fin de la educación es el pleno desarrollo de la persona; y segundo, que los deberes para con la comunidad contribuyen a ese desarrollo. A partir de ellos, defendemos una concepción de la educación para la salud basada en el carácter relacional del ser humano, en la relevancia de los determinantes sociales de la salud y en los peligros del entorno digital, a pesar de los enormes beneficios que ha aportado durante la pandemia
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