14 research outputs found

    La litis aestimatio en los procesos de repetundis ex lege cornelia

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    [Resumen] En el presente trabajo se pretende realizar, como el propio título indica, un análisis de la litis aestimatio en los procesos de repetundis en la época de Sila. El problema principal que se trata en este estudio es la posibilidad o no de incluir en la fase de estimación del litigio de un proceso de repetundis ilícitos de distinta naturaleza, concretamente aquéllos que entran en el ámbito del crimen maiestatis.[Abstract] The aim of this work is to analyze the litis aestimatio in the trials de repetundis at the time of Sulla. The main problem to deal with is whether it is possible or not to mention illicits of different nature in the litis aestimatio of a process de repetundis, focusing the attention on those coverd by the maiestatis law

    El procedimiento civil como medio de control de la corrupción política: Formula octaviana y crimen repetundarum

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    This article treats on the active subjects of the formula Octaviana, private procedure that had as objective the protection of the provincial population of the spoliations made by the Roman citizens

    La transferencia a la sociedad de un lenguaje jurídico claro e inclusivo: el papel activo de los estudiantes de Derecho

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    El objetivo fundamental de este proyecto de innovación docente reside, principalmente, en la necesidad de adecuar el lenguaje empleado por los juristas, los profesionales del Derecho y las instituciones públicas y judiciales, empresas privadas y asociaciones sin ánimo de lucro sea claro y comprensible a la ciudadanía. Se pretende contribuir al desarrollo de una educación basada en el firme compromiso de acercar el mundo del Derecho a la sociedad y una participación en su desarrollo y aplicación responsable (responsabilidad social corporativa, Códigos de conducta responsable)

    Compromising between European and US allergen immunotherapy schools: Discussions from GUIMIT, the Mexican immunotherapy guidelines

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    Background: Allergen immunotherapy (AIT) has a longstanding history and still remains the only disease-changing treatment for allergic rhinitis and asthma. Over the years 2 different schools have developed their strategies: the United States (US) and the European. Allergen extracts available in these regions are adapted to local practice. In other parts of the world, extracts from both regions and local ones are commercialized, as in Mexico. Here, local experts developed a national AIT guideline (GUIMIT 2019) searching for compromises between both schools. Methods: Using ADAPTE methodology for transculturizing guidelines and AGREE-II for evaluating guideline quality, GUIMIT selected 3 high-quality Main Reference Guidelines (MRGs): the European Academy of Allergy, Asthma and Immunology (EAACI) guideines, the S2k guideline of various German-speaking medical societies (2014), and the US Practice Parameters on Allergen Immunotherapy 2011. We formulated clinical questions and based responses on the fused evidence available in the MRGs, combined with local possibilities, patient's preference, and costs. We came across several issues on which the MRGs disagreed. These are presented here along with arguments of GUIMIT members to resolve them. GUIMIT (for a complete English version, see Supplementary data) concluded the following: Results: Related to the diagnosis of IgE-mediated respiratory allergy, apart from skin prick testing complementary tests (challenges, in vitro testing and molecular such as species-specific allergens) might be useful in selected cases to inform AIT composition. AIT is indicated in allergic rhinitis and suggested in allergic asthma (once controlled) and IgE-mediated atopic dermatitis. Concerning the correct subcutaneous AIT dose for compounding vials according to the US school: dosing tables and formula are given; up to 4 non-related allergens can be mixed, refraining from mixing high with low protease extracts. When using European extracts: the manufacturer's indications should be followed; in multi-allergic patients 2 simultaneous injections can be given (100% consensus); mixing is discouraged. In Mexico only allergoid tablets are available; based on doses used in all sublingual immunotherapy (SLIT) publications referenced in MRGs, GUIMIT suggests a probable effective dose related to subcutaneous immunotherapy (SCIT) might be: 50–200% of the monthly SCIT dose given daily, maximum mixing 4 allergens. Also, a table with practical suggestions on non-evidence-existing issues, developed with a simplified Delphi method, is added. Finally, dissemination and implementation of guidelines is briefly discussed, explaining how we used online tools for this in Mexico. Conclusions: Countries where European and American AIT extracts are available should adjust AIT according to which school is followed

    GUIMIT 2019, Guía mexicana de inmunoterapia. Guía de diagnóstico de alergia mediada por IgE e inmunoterapia aplicando el método ADAPTE

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    Observaciones sobre la divinatio

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    En este trabajo se realiza un análisis de la divinatio, procedimiento preliminar que, cuando había varios postulantes, tenía como objeto la elección del candidato más adecuado para ejercer la acusación. En este sentido, se estudian los argumentos jurídicos y retóricos que podían influir en la decisión del jurado. La divinatio fue una innovación procesal introducida por Q. Servilio Cepión en el año 106 a. C. Con esta medida, el legislador pretendía satisfacer dos necesidades: en primer lugar, se podía evitar uno de los grandes inconvenientes del sistema acusatoria anterior, esto es, que la accusatio fuese ejercitada por sujetos que tuvieran una intención diversa a la de representar a las víctimas del delito, y, en segundo término, se ofrecía la posibilidad al órgano juzgador de elegir, si así lo creía conveniente, un postulante que tuviera sus mismas inquietudes políticas y económicas. Este estudio, en consecuencia, tiene un marcado carácter procesal, pues se analizan las características de esta fase procedimental y el proceso de elección del jurado. La originalidad del trabajo consiste en poner el foco de atención en una parte del proceso que se ha considerado tradicionalmente accesoria, pero que tiene una importancia fundamental, pues es la que determina qué postulante debía ejercer la accusatio principalDepto. de Derecho Romano e Historia del DerechoFac. de DerechoTRUEpu

    Judicial application of lex tabulae bembinae

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    En este artículo se analiza la relevancia que tuvo la lex Tabulae Bembinae en la práctica judicial. En este sentido, se ha estudiado la terminología jurídica usada en diversos procesos, para poner en evidencia la importancia que tuvo la reforma ideada por el tribuno de la plebe Cayo Graco. Como es sabido, la norma de referencia en el ámbito de la determinación del tipo delictivo en época republicana es la lex Tabulae Bembinae, pues introdujo una importante novedad en la política criminal romana especificando lo máximo posible la conducta delictiva. Efectivamente, el texto epigráfico define la modalidad ejecutiva del delito por medio de cinco participios: ablatum, captum, coactum, conciliatum y aversum. Con esta descripción del elemento objetivo del delito el legislador pretendió comprender en el tipo delictivo todo comportamiento doloso dirigido a conseguir un lucro ilícito en perjuicio de la población aliada o sometida a Roma. Esta regulación jurídica, además, se mantuvo inalterada, según todos los indicios, en la sucesión de disposiciones normativas que se dieron en el ámbito del crimen repetundarum hasta la lex Iulia de repetundis. Como ya he adelantado, en este trabajo se ha realizado un análisis de los procesos de repetundis ex lege Cornelia que han sido conservados en los escritos de Cicerón para determinar el alcance práctico que tuvo la configuración jurídica del delito que ideó Cayo Graco.Depto. de Derecho Romano e Historia del DerechoFac. de DerechoTRUEpu

    Homicidium y delitos afines en el Derecho criminal romano

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    En esta monografía se realiza un análisis del homicidio (y de las figuras delictivas afines) en época romana. El objeto del trabajo constituye en sí mismo una novedad, pues hasta ahora no se había dedicado una monografía en exclusiva al estudio de este tema. La obra da comienzo con un estudio del origen y evolución del homicidium desde su etapa primitiva hasta la lex Cornelia de sicariis et veneficis del año 81 a. C., norma, esta última, que puede considerarse la ley de referencia en el estudio del homicidio en Roma, pues fue utilizada para la represión del crimen durante toda la época imperial. En segundo término, se ha realizado un examen exhaustivo de la propia ley Cornelia, así como un análisis de la práctica judicial republicana. Los supuestos heterogéneos que contempla la norma pueden dividirse en tres grupos: por una parte, los homicidia, los venefici y los actos realizados con ánimo de matar o envenenar a un hombre; en segundo término, se contempla el supuesto de incendio doloso; y, por último, los casos de falso testimonio en un juicio capital y los supuestos de magistrados o jueces que en un proceso criminal contribuyeran ilícitamente al encausamiento o condena de un inocente. El primer grupo de modalidades de conducta es el que más se acerca al concepto moderno de homicidio y, además, es el que más problemas interpretativos ha generado. Es significativo, que, con relación al homicidio consumado, la norma haga referencia solamente al resultado objetivo de la muerte de un hombre, sin mencionar el elemento intencional del sujeto agente. Esta parte de la obra es, como decía, la más problemática, pues no parece razonable entender que la norma silana previera en esta época una responsabilidad criminal de carácter objetivo. En este sentido, creo que lo más sensato es interpretar que la lex Cornelia, puesto que tenía como objetivo principal la represión de la actividad criminal de los sicarii, debió decidir punir cualquier homicidio cometido por los mismos, estableciendo una presunción de dolo.Depto. de Derecho Romano e Historia del DerechoFac. de DerechoTRUEpu

    El ius intercessionis de los tribunos de la plebe en la praxis procesal penal

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    Con este artículo se ha pretendido realizar un análisis de la incidencia del ius intercessionis de los tribunos de la plebe en el ámbito del proceso penal público. Para ello, utilizando una perspectiva eminentemente práctica, se han analizado no solo los casos en los que los tribunos intervienen en un juicio criminal para modificar el curso ordinario del proceso a través del ejercicio de su derecho de veto, sino también los supuestos en los que la intervención de los magistrados plebeyos es solicitada por una de las partes procesales pero es denegada, con el objetivo de poder calibrar la repercusión real de este recurso político en el sistema represivo romano. La principal conclusión obtenida en este estudio es que el ius intercessionis tribunicio fue utilizado de manera muy mesurada en los procesos criminales republicanos. Hay que advertir, en este sentido, que este derecho de veto solo podía ser ejercido en los iudicia populi, por el propio carácter del procedimiento de los juicios populares. En efecto, es sabido que el origen y la evolución del procedimiento observado en los iudicia populi se producen en un ámbito consuetudinario, y que, en consecuencia, tanto su concepción teórica como su aplicación práctica se fueron adaptando con gran flexibilidad a las circunstancias de cada momento histórico. Además, tanto el magistrado presidente del juicio, como el órgano juzgador, tenían un excesivo margen de discrecionalidad en el ejercicio de sus funciones, lo que permitía, cuando no exigía, que los tribunos de la plebe actuaran como un instrumento que posibilitaba la corrección y actualización del derecho procesal en el momento de su aplicación. De hecho, los tribunos de la plebe se convirtieron en una especie de órgano de apelación, que debía decidir si las decisiones del presidente del tribunal o de las partes procesales se ajustaban a las normas procedimentales o no. Además, también tenían capacidad de crear Derecho para colmar las lagunas que existían en el sistema procesal, pues el sistema evolutivo procedimental hacía necesario que existiera un órgano decisor que tuviera la capacidad para adaptar el proceso a las circunstancias del caso.Depto. de Derecho Romano e Historia del DerechoFac. de DerechoTRUEpu
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