48 research outputs found

    The Evident and Its Proof. Designing a Test of Self-Evidence and its Application in the Law

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    This principal aim of this research is to design some method to distinguish if one thing can be considered “evident” or not. The beginning of the study is dedicated to understanding how “evidence” was understood in the Aristotelian and in Thomist tradition, until these days. After this historical approach, we delve systematically into the notion of evidence and its classes. This help us to discover ten characteristics that can be found in evident things (things like ideas, first principles, proofs, etc.). With these characteristics, we can design a dual-test of evidence. In Chapter IV we define two kind of tests: a negative one, that shows that some argument is not evident, and a positive test, that indicates that some idea, principle, proof, etc. seems to be evident. We finish this work with some considerations about how this dual-test can work in Law Science.El objetivo principal de este artículo es diseñar un método para detectar qué cosas pueden considerarse “evidentes”. Comienza analizando cómo se ha entendido la evidencia en la tradición aristotélica y tomista hasta nuestros días. Después del estudio histórico, en el Capítulo III se procede a realizar un análisis sistemático de la noción de evidencia y sus clases. En este trabajo se descubren diez características que aparecen en las cosas evidentes (en las ideas, en los primeros principios, nociones más básicas, pruebas, etc.). Definidas estas diez características, la forma de diseñar una prueba de evidencia resulta fácil. El Capítulo IV hace esto: primero se diseña un test negativo, que muestra que algún argumento no es evidente, y luego un test positivo, que indica que alguna idea, principio, prueba, etc. parece ser evidente. Terminamos este trabajo con algunas consideraciones sobre cómo este test-dual puede funcionar en la ciencia del derecho

    LA MUY ANTIGUA, MUY QUERIDA Y JAMÁS OLVIDADA VIRGEN DE LA MANO SANTA

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    This paper presents the story of a painting of the “Virgin of the Holy Hand”, which the people of Guayaquil were very devoted for four centuries, until 1902, when a major fire in the city reduced it to ashes. Around the image were generated stories, legends, devotions, etc. that the city lost in that fire. Despite this, we are currently trying to rescue the history of the image, as discussed in this article of a more historical point of view, which makes use of Spanish and American sources. This is a historical study, chronologically exposed. After a brief introduction, the history of the image is analyzed from its creation in the sixteenth century to its disappearance in 1902, and the efforts made to rescue it in the last century. The paper ends with a brief conclusion.El presente trabajo recoge la historia de un cuadro de la “Virgen de la Mano Santa”, del cual el pueblo guayaquileño fue muy devoto por cuatro siglos, hasta 1902, cuando un gran incendio en la ciudad lo redujo a cenizas. Alrededor de la imagen se generaron historias, leyendas, devociones, etc. que la ciudad perdió en el mencionado fuego. Pese a ello, actualmente se está intentando rescatar la historia de la imagen, como se comenta en este artículo de corte más histórico, que hace uso de fuentes españolas y americanas. Se trata de un estudio histórico, expuesto de manera cronológica. Luego de una breve introducción, se analiza la historia de la imagen guayaquileña desde su creación en el siglo XVI, hasta su desaparición en 1902, y los esfuerzos hechos en el siglo XX por rescatarla, para terminar con una breve conclusión

    LA HIPERINFLACIÓN DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES: CONSIDERACIONES SOBRE SUS LÍMITES, POTENCIALIDADES Y SOBRE SU RELATIVA INDISPONIBILIDAD

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    We consider here the potential aspects of human and constitutional rights. Then we deduce the respective consequences. Chapter I shows the incongruity that any right (including the right to a hat, to a proportionate snack, and to a warm treatment) could be indefeasible. Chapter II defines the essential elements that every subjective right must have. Chapter III distinguishes between “real subjective rights” and “hypothetical rights”: there is only a “real subjective right” if in reality one can demand something from another; previously it will be only a hypothesis of work, more or less justified, in a doctrinal or constitutional text, or in a treaty of rights. Chapter IV shows the potential aspects of rights, following the doctrine of the inverted pyramid of Riofrío. Chapter V, following this same doctrine, shows what the indefeasible aspects of rights are. Finally, it is evident that the potential and indefeasible aspects are delimited by the extramental reality, by human reason and by acts of will (norms, business, legal acts, etc.). As each of these three factors acts differently, the indefeasibility of rights becomes a flexible and progressive concept.Se consideran aquí los aspectos potenciales de los derechos humanos y constitucionales, para luego deducir las respectivas consecuencias. El capítulo I muestra la incongruencia de que todo derecho (incluido el derecho al sombrero, a una merienda proporcionada y al trato cálido) sea indisponible. El capítulo II define los elementos esenciales que todo derecho subjetivo debe tener para serlo. El capítulo III distingue los derechos subjetivos realizados (actuales), de los hipotéticos (potenciales): solo hay derecho realizado si en la realidad cotidiana alguien puede exigir algo a otro; antes solo será una posibilidad, una hipótesis de trabajo más o menos justificada en un texto doctrinal, constitucional o de derechos humanos. El capítulo IV muestra los aspectos potenciales que presentan los derechos, siguiendo la doctrina de la pirámide invertida y, al hilo de la misma doctrina, el capítulo V delimita los aspectos indisponibles de los derechos. Finalmente se concluye que los aspectos potenciales y los aspectos indisponibles están delimitados por la realidad extramental, por la razón humana y por los actos de voluntad (normas, negocios, actos jurídicos, etc.). Como cada uno de estos tres factores actúa de modo distinto, la indisponibilidad de los derechos resulta ser un concepto flexible y progresivo

    El bloque de constitucionalidad pergeñado por el Tribunal Constitucional

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    Las siguientes líneas glosan una importante Resolución del Tribunal Constitucional ecuatoriano, que por primera vez esboza el difícil concepto de bloque de constitucionalidad. Para hacerlo, el autor comienza narrando de forma sucinta los antecedentes del fallo, luego especifica cuáles fueron las principales consideraciones del Tribunal y finaliza esta primera parte del artículo pergeñando, a la luz de la Resolución, la noción ecuatoriana de bloque de constitucionalidad. Mas, lo verdaderamente interesante de este trabajo viene cuando se señalan algunas trascendentales implicaciones prácticas de la adopción de éste nuevo concepto. Por ejemplo: redimensiona la hermenéutica jurídica, eleva los tratados de derechos humanos y algunas otras normas -incluso internas- al estatus constitucional, entre otros interesantísimos efectos

    Noción de derecho en la metafísica tomista || Law Concept in Thomistic Methaphysics

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    La investigación tiene por objeto definir qué es derecho desde la perspectiva de la metafísica tomista, muy distinta a la popular filosofía de base kantiana y de Kelsen. El estudio comienza con dos preámbulos: el primero que precisa la noción de “ser” y que distingue sus clases, para concluir qué debe entenderse por “realismo jurídico”, y el segundo que hace una breve reseña histórica de la noción de derecho. A continuación se observa que las diferentes nociones históricas son analógicas entre sí, teniendo la primacía la de res iusta. A partir de ahí analiza el alcance metafísico de esta definición

    Eutanasia y distanasia: dos extremos opuestos

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    Cuando se habla de la muerte digna existen dos extremos opuestos que conviene distinguir: laeutanasia y la distanasia. Mientras la eutanasia intenta acelerar la muerte, el encarnizamiento te-rapéutico se intenta retardarla o evitarla “a toda costa”. Entre ambos extremos parece haber unjusto medio, que se intenta definir de la manera más nítida posible en este artículo. Para hacerlo,después de una breve introducción donde se aclara el método colativo y deductivo a usar (capítuloI), el autor analiza los valores fundamentales de la ciencia y de la práctica médica (capítulo II), loscuidados debidos al paciente, donde toca el muy utilizado principio de proporcionalidad terapéuti-ca (capítulo III); desarrollando lo anterior, distingue los medios ordinarios de subsistencia, las curasmínimas y las terapias ordinarias (o proporcionales). Con todos estos antecedentes ya se puedeentrar a definir en el capítulo IV qué debe entenderse por “buen morir” y cómo son extremos irrazo-nables, tanto la eutanasia, como la distanasia. La conclusión principal es que resulta desproporcio-nado matar para calmar el dolor (la eutanasia): dar muerte a alguien es un medio desproporcionadopara calmar el dolor; a la vez, la distanasia o ensañamiento terapéutico es igual de irrazonable,porque trata de mantener la vida a toda costa con medios que resultan desproporcionados. Solohay obligación ética y jurídica de dar al paciente terminal las terapias proporcionales.Palabras clave  Ensañamiento terapéutico, encarnizamiento, muerte digna, muerte natural, principiode proporcionalidad terapéutico ABSTRACTWhen talking about death with dignity there are two opposite extremes that should be distinguished:euthanasia and dysthanasia. While the first one seeks to accelerate death, the second one triesto delay or avoid it “at any cost”. Between both ends there seems to be a right balance, which thisarticle tries to define as clearly as possible. To do so, after a brief introduction where the collativeand deductive methods used are presented (chapter I), the author analyzes the fundamental valuesof science and medical practice (chapter II), the care due to the patient, where the widely used prin-ciple of therapeutic proportionality comes in (chapter III); developing this, the distinction betweenordinary means of subsistence, minimum cures and ordinary (or proportional) therapies take place(chapter IV). With all this background, the author can define what should be understood by “gooddeath” and identify its unreasonable extremes, both euthanasia and dysthanasia. There is only anethical and legal obligation to give a terminal patient the proportional therapies. The main conclusionis that killing a person is a disproportionate way to calm pain and dysthanasia is equally irrational.Keywords  Therapeutic cruelty, fierceness, dignified death, natural death, Principle of therapeuticproportionality

    Teoría general de los signos distintivos

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    This paper systematically delineates a general theory for all kinds of distinctive signs. For this purpose we use the partial studies developed by industrial property and other areas of law, on special signs such as trademarks, geographical indications, quality seals, given names, commercial names, and others. We use an inductive approach that includes laws, jurisprudence and doctrine of several countries. Regarding the structure, after an introduction, we determine a set of signs, which will be the universe to analyze, then we indicate eleven general principles of these signs, ending with a list of conclusions that we have reached. Among other things, we conclude that it is possible to make a general theory that applies to all kinds of sign and that this theory greatly benefits the doctrinal clarification of the signs less regulated by law.La presente investigación delinea de forma sistemática una teoría general para todo género de signos distintivos. Para este propósito se recurre a las investigaciones parciales que la propiedad industrial y otras ramas del derecho han realizado de algunos signos distintivos particulares, como las marcas, las indicaciones geográficas, los sellos de calidad, los nombres de pila, los nombres comerciales, entre otros. El trabajo se vale de un método inductivo que recoge leyes, jurisprudencia y doctrina de varios lugares del mundo. En cuanto a la estructura, luego de una introducción, se determina el conjunto de los signos distintivos que constituye el universo a analizar, se señala cuáles son los principios generales de todos esos signos y se termina con una serie de conclusiones. Entre otras cosas, se concluye que sí es posible elaborar una teoría general que aplique a todo género de signo distintivo, y que esta teoría beneficia mucho la profundización doctrinal respecto de los signos distintivos menos regulados por el derecho

    Valor jurídico del preámbulo de la Constitución ecuatoriana vigente

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    Se analiza aquí el preámbulo de la Constitución ecuatoriana desde varias perspectivas. Inicia con un estudio abstracto sobre la naturaleza y funciones más importantes de los preámbulos, como la función relacionada con la interpretación de la misma Constitución y de otras normas del ordenamiento jurídico (Cap. I). Luego se revisan los contenidos que los preámbulos constitucionales suelen tener, en Ecuador y en el mundo, como la cuestión del fundamento de la misma norma suprema y el nombre con que se designará (Cap. II). Con estos antecedentes, se analiza el sentido específico de los diversos incisos que conforman el Preámbulo de la Constitución de 2008, dando especial importancia a los que mencionan los fines constitucionales y el nombre de Dios (Cap. III). Finalmente, se recogen algunos temas que no aparecen en el preámbulo vigente (Cap. IV). This paper analyze the Preamble of the Ecuadorian Constitution, from many perspectives. It begins studying the most important functions of preambles, like those related with interpretation of the same Constitution and interpretation of other laws (Chap. I). Next, we define which subjects preambles use to consider, in Ecuador or in other constitutions, like the matter of the Constitution’s foundations and its name (Chap. II). With this base, we dedicate our efforts to study each phrase of the Preamble of the Constitution of 2008, especially those who consider the constitutional aims and God’s Name (Chap. III). At least, we consider some subjects that does not appears nowadays in our Preamble (Chap. IV)

    La selección del método en la investigación jurídica. 100 métodos posibles

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    The aim of this paper is to open up new perspectives about the wide range of research methods that can be use for academic purposes, avoiding reductionism when selecting a method. The work is based on a theoretical perspective that first describes the essence of the method and its role in science; then checks systematically the multiplicity of methods by grouping them under five broad criteria; and finally deduces four general proposals on methodology. The first chapter introduces the meaning of the method, its role in science and the need for its use. The second chapter begins by outlining five synthetic classifying criteria, parallel to the five elements of science, that later will be used to group the different methods. Over a hundred different methods are classified. In chapter three the criticism of the use of methods is made. Considering the issues discussed in the three preceding chapters, chapter four presents four methodological recommendations: do not stick to one research method, combine several methods, choose the most appropriate to the subject of study, and always take at least a research method that correlates theory with reality. The main conclusion is clear: using just one method for academic purposes denotes great intellectual poverty.El objeto de las presentes líneas es abrir perspectivas sobre la gran variedad de métodos de investigación que pueden usarse en la academia, evitando los reduccionismos en la selección del método. Se trabaja desde una perspectiva teórica que primero describe la esencia del método y su rol dentro de la ciencia, luego revisa sistemáticamente la multiplicidad de métodos agrupándolos bajo cinco criterios generales, para finalmente deducir cuatro propuestas generales sobre la metodología. El primer capítulo, introduce al significado del método, a su rol dentro de la ciencia y a la necesidad de su uso. El segundo capítulo inicia delineando cinco sintéticos criterios clasificatorios, paralelos a los cinco elementos de la ciencia, que luego servirán para agrupar los distintos métodos. Se clasifican más de cien métodos distintos. En el capítulo tres se hace la crítica al uso de los métodos. Tomando en cuenta todo lo expuesto en los tres capítulos precedentes, en el capítulo cuatro se deducen cuatro recomendaciones metodológicas: no casarse con ningún método de investigación, combinar varios de ellos, escoger los más adecuados a la temática de estudio, y adoptar siempre al menos un método de investigación que correlacione la teoría con la realidad. La conclusión principal es clara: usar un solo método en la academia denota una gran pobreza intelectual

    Unidad y orden metafísicos del ordenamiento jurídico

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    Unity and order, two constitutive characteristics of the legal system, are analyzed in this work from the perspective of a realistic metaphysics, based on a systematic, deductive and qualitative approach. The four types of causes that can support the unity and order of the legal system are analyzed to that end. The scope of this method makes it possible to gather along the way the wisdom of the neo-Kantians, Kelsen, Austin, Luhmann and other authors who have studied the subject. The different notions of the legal system and its main characteristics are shown, and the article examines how the four metaphysical causes give unity to the legal system and how they give it order. The article ends with several synthetic conclusions.El trabajo analiza dos características constitutivas del ordenamiento jurídico: la unidad y el orden. Se trabaja desde la perspectiva de una metafísica realista, bajo el método sistemático, deductivo y cualitativo. Para el efecto, se analizan los cuatro tipos de causas que pueden fundamentar la unidad y el orden del sistema jurídico. La amplitud de este esquema posibilita ir recogiendo al paso los aciertos de los neokantianos, de Kelsen, Austin, Luhmann y otros autores que han estudiado la materia. Se muestran las diferentes nociones de ordenamiento jurídico y sus características principales. Se estudia cómo las cuatro causas metafísicas dan unidad al ordenamiento jurídico y cómo le confieren orden. El artículo termina con unas conclusiones sintéticas
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