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    Convergencia de estrategias entre "politiques" y hugonotes en el rechazo galicano al Concilio de Trento (1560-1600). Algunas claves para entender la Guerra de los Treinta Años

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    In the second half of the XVI century, Huguenots jurists make an important effort to consolidate the traditional gallican liberties, threatened by the Council of Trent. They incorporate this concept to a wide antipapal strategy in Europe. Although the progressive decline of the French reformed community in the XVII century, Huguenots jurists contributions to gallican ideas, shared and assimilated by the politiques will not be forgotten. On the contrary, they are essential to understand the foreign action of the Crown of France until the Peace of Westphalia.En la segunda mitad del siglo XVI, los juristas hugonotes realizan un importante esfuerzo por consolidar los derechos tradicionales galicanos, amenazados por el Consejo de Trento. Este concepto se inserta dentro de una amplia estrategia antipapal europea. A pesar del progresivo declive de la comunidad reformada francesa en el siglo XVII, no se olvidará la contribución de los juristas hugonotes a las ideas galicanas, compartidas y asimiladas por los politiques. Tales ideas resultan esenciales para entender la política exterior de la Corona de Francia hasta la Paz de Westfalia

    Convergencia de estrategias entre politiques y hugonotes en el rechazo galicano al Concilio de Trento (1560-1600). Algunas claves para entender la Guerra de los Treinta Años

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    En la segunda mitad del siglo XVI, los juristas hugonotes realizan un importante esfuerzo por consolidar los derechos tradicionales galicanos, amenazados por el Consejo de Trento. Este concepto se inserta dentro de una amplia estrategia antipapal europea. A pesar del progresivo declive de la comunidad reformada francesa en el siglo XVII, no se olvidará la contribución de los juristas hugonotes a las ideas galicanas, compartidas y asimiladas por los politiques. Tales ideas resultan esenciales para entender la política exterior de la Corona de Francia hasta la Paz de Westfalia

    La emergencia del concepto de leyes fundamentales en la Francia de las guerras de religión (Beza, Gentillet, Bodino): ¿Frenos o pilares de la autoridad regia?

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    In this article, I first reconstruct the polemical context of the French Wars of Religion (1562-1598) in which the concept of fundamental laws emerged. Secondly, through an exhaustive reading of the passages that the Huguenot jurist Gentillet dedicated to defining the concept, I make the case that the fundamental laws were originally conceived and invoked in a double sense. While Seyssel (1512) and Beza (1574) tended to identify them with the limits or constraints that had traditionally been placed upon royal authority, Gentillet –anticipating some of Bodin`s later arguments– understood and defined them as the “foundations” and “pillars” that supported the edifice of the monarchy and reinforced royal authority itself. In continuation, I explore some of the arguments and exempla that Gentillet employed to argue that the “Salic Law,” the law maintaining the inalienability of the dominions of the Crown, and the convocation of that Estates General were the principal safeguards of royal potestas. These additional textual considerations allow me to restore to the concept its original plurality of senses, which the liberal historiography, committing grave anachronisms, has tended to read (simplistically) as the precedent for the constraints put upon executive power in modern constitutionalism.En este ar´tículo reconstruimos, en primer lugar, el contexto polémico en el que emergió el concepto leyes fundamentales durante las guerras de religión (1562-1598). En segundo lugar, una lectura exhaustiva de los pasajes que el jurisconsulto hugonote Gentillet dedicó a definir la noción que nos permite corroborar que las leyes fundamentales fueron originalmente concebidas e invocadas en un doble sentido. Mientras que Seyssel (1512) o Beza (1574) tendieron a identificarlas con los frenos o límites que tradicionalmente habían constreñido la autoridad regia, Gentillet -anticipador de algunos de los planteamientos de Bodino- las entendió y definió como "fundamentos" y "pilares" que sostenían el edificio de la monarquía y reforzaban la propia puissance real. Se exponen, a continuación, algunos de los argumentos y exempla con los que Gentillet hizo de la ley sálica, la ley de inalienabilidad de los dominios de la Corona y la convocatoria de los Estados Generales las principales salvaguardas de la potestas regia. Este recorrido textual nos permite recuperar el sentido originario de un concepto no unívoco que la historiografía liberal, incurriendo en graves anacronismos, leyó de forma sumaria como el precedente de los frenos introducidos a los poderes ejecutivos en el constitucionalismo moderno

    Matías De Paz and the Introduction of Thomism in the Asuntos De Indias: A Conceptual Revolution

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    Most of the writings dedicated to assessing the contribution of the Spanish Second Scholasticism to the controversial issue of infidels’ dominion began their analyses with the well-known Francisco de Vitoria’s Relectiones (1532). This article offers a reconstruction of the history of the theological and juridical debates on this key issue on the Iberian Peninsula since the late 13th century. Special attention is paid to friar Matías de Paz, who was asked to offer his advice on the early patterns of rule and domination imposed on the Native Americans at the Junta de Burgos (1512), introduced to the discussions about asuntos de Indias the Thomist conceptual framework later employed by Vitoria, Soto, Suárez and many other prominent members of the so-called School of Salamanca. The article shows that it was, in fact, De Paz who first considered the Amerindians infidels affected by an »invincible ignorance«, and he tried to curb some of the many abuses committed against them by applying the distinctions between different types of dominium and principatus

    La Escuela de Salamanca en perspectiva iberoamericana. Más allá de la talasofobia, el sedentarismo historiográfico y la narrativa de los grandes maestros

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    Frente a la historiografía que reduce la Escuela de Salamanca a las grandes figuras de la Facultad de Teología salmantina, el presente artículo ofrece una perspectiva de la misma en la que se subraya su carácter como primera escuela de pensamiento de naturaleza auténticamente multicontinental. Analizando obras de autores que, formados en Salamanca o influidos por la lectura de Vitoria y compañía, desempeñaron la mayor parte de su trayectoria profesional en América, el artículo identifica el modo en que éstas ejemplifican la forma de producción de conocimiento que se da en toda escuela de pensamiento. Con una mirada histórica al fenómeno Escuela de Salamanca, se subraya también el rol que en la emergencia de la misma tuvieron autores no integrados en el canon filosófico actual. Mostramos, en particular, como misioneros ‘salmantinos’ activos en las regiones más remotas del Imperio aplicaron con altas dosis de flexibilidad, originalidad y un distanciamiento enmascarado, los marcos conceptuales y criterios normativos que distinguen la tradición de pensamiento salmantina a contextos inéditos y problemáticas no abordadas por los grandes maestros

    Report: Labour and social security law in Spain in 2013

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    El informe ha sido elaborado por la Sección Juvenil de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y Seguridad SocialEste documento intenta reflejar algunos de los principales cambios y novedades del ordenamiento laboral español en 2013, levantando acta de cómo la mutabilidad de nuestro Derecho del Trabajo es imparable. Este informe, consciente de ello, ofrece una selección de elementos esenciales, a juicio de sus autores, especialistas en cada una de las materias, encuadrados en la Sección Juvenil de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. En él, conforme a la organización de dicha Sección en grupos de trabajo, se abordan las novedades más relevantes en materia de derechos fundamentales inespecíficos, contratación laboral, vicisitudes del contrato de trabajo, Derecho colectivo, conciliación y corresponsabilidad, protección social y prevención de riesgos laborales.This paper tries to show some of the many changes and novelties in Spanish Labour Law during 2013, drawing up a record of the unstoppable character of our Labour legal system. This report offers a selection of essential elements, according to its authors, all of them specialists in each one of the subjects, being part of the Young Scholars’ Section of the Spanish Association for Labour and Social Security Law. According to the organization of the said Section in working groups, we can find novelties concerning unspecific fundamental rights, work contracts, the life of the work contract and collective Labour Law, reconciliation and co responsibility, social protection and occupational risk preventio
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