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    La reforma constitucional en méxico y su principio pro persona

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    El presente texto aborda los elementos más significativos de la reforma constitucional mexicana suscitada en junio de 2011, en particular lo relativo a las transformaciones del artículo primero constitucional dando mayor relevancia a la “inserción constitucional” del principio pro persona y posteriormente analizar dicho principio a la luz de la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y tribunales federales competentes, que lo han interpretado identificando algunos elementos y contenidos

    Convergências e divergências entre o sistema europeu e o interamericano de direitos humanos

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    This article submits an analytic study about the relationship between European and Inter American human rights systems, giving special relevance to the existing dialogue between both tribunals. The research problem tries to identify the connection points and divergences between the two sceneries of protection of human rights. The methodology is the one of comparative and doctrinal analysis regarding both systems, predominately from the view of its organic structure and functions. It is intended to highlight the fact that there has been, in jurisprudence, a relationship that allows the implementation of certain contributions from the European tribunal to the Inter American Court. El artículo presenta un estudio analítico sobre la relación entre los sistemas europeo e interamericano de derechos humanos, dando especial relevancia al diálogo existente entre ambos tribunales. El problema de investigación busca identificar cuáles son los puntos de conexión y divergencias entre los dos escenarios de protección de derechos humanos. La metodología es la del análisis comparativo y doctrinal respecto a sendos órganos, predominantemente desde la óptica de su estructura orgánica y funciones. Se pretende destacar que en la jurisprudencia ha habido una relación que en general, propicia la Corte Interamericana que recoge en algunos casos, las aportaciones de su homólogo el tribunal europeo y que logran insertarse en sus propias sentencias.Este artigo busca apresentar um estudo analítico entre a relação entre o sistema europeu e o interamericano de direitos humanos, com um enfoque especial ao diálogo existente entre estes tribunais. O objeto de investigação principal pretende identificar quais os pontos de conexão e divergências entre ambos cenários com relação à proteção dos direitos humanos. A metodologia trás uma análise comparativa e doutrinal com respeito a estes órgãos, com uma visão predominante de sua estrutura orgânica e funções. Pretende-se destacar a existência de uma relação entre jurisprudência de ambas, que propicia à Corte Interamericana reconhecer em alguns casos, aportes homólogos no tribunal europeu que acabam por serem integradas em suas sentenças

    Convergências e divergências entre o sistema europeu e o interamericano de direitos humanos

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    This article submits an analytic study about the relationship between European and Inter American human rights systems, giving special relevance to the existing dialogue between both tribunals. The research problem tries to identify the connection points and divergences between the two sceneries of protection of human rights. The methodology is the one of comparative and doctrinal analysis regarding both systems, predominately from the view of its organic structure and functions. It is intended to highlight the fact that there has been, in jurisprudence, a relationship that allows the implementation of certain contributions from the European tribunal to the Inter American Court. El artículo presenta un estudio analítico sobre la relación entre los sistemas europeo e interamericano de derechos humanos, dando especial relevancia al diálogo existente entre ambos tribunales. El problema de investigación busca identificar cuáles son los puntos de conexión y divergencias entre los dos escenarios de protección de derechos humanos. La metodología es la del análisis comparativo y doctrinal respecto a sendos órganos, predominantemente desde la óptica de su estructura orgánica y funciones. Se pretende destacar que en la jurisprudencia ha habido una relación que en general, propicia la Corte Interamericana que recoge en algunos casos, las aportaciones de su homólogo el tribunal europeo y que logran insertarse en sus propias sentencias.Este artigo busca apresentar um estudo analítico entre a relação entre o sistema europeu e o interamericano de direitos humanos, com um enfoque especial ao diálogo existente entre estes tribunais. O objeto de investigação principal pretende identificar quais os pontos de conexão e divergências entre ambos cenários com relação à proteção dos direitos humanos. A metodologia trás uma análise comparativa e doutrinal com respeito a estes órgãos, com uma visão predominante de sua estrutura orgânica e funções. Pretende-se destacar a existência de uma relação entre jurisprudência de ambas, que propicia à Corte Interamericana reconhecer em alguns casos, aportes homólogos no tribunal europeu que acabam por serem integradas em suas sentenças

    Acceso directo del individuo ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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    La protección de los derechos humanos hasta hace poco más de medio siglo, había sido una asignatura exclusiva de los Estados hacia el interior, plasmado en sus constituciones y leyes y al mismo tiempo, la tarea que lamentablemente a veces queda pendiente. Serían los excesos y atrocidades cometidas durante la segunda guerra mundial los que provocaron una ¿concientización¿ de la comunidad internacional por ampliar la base de protección de los derechos humanos y pasar del "garantismo" constitucional o en el derecho interno, para aterrizar en la protección internacional de los derechos humanos. Esta protección internacional ha tenido algunas manifestaciones que han surgido a partir de las declaraciones, pactos y tratados internacionales en materia de derechos humanos que han sentado el esquema general de la protección de estos derechos, a partir de la ¿positivización¿ en el plano internacional de los derechos humanos se instrumentaron mecanismos de protección regional para salvaguardar de la mejor manera posible la dignidad humana. Trasciende desde el ámbito histórico y desde luego del jurídico el empuje que representó para esta protección la Declaración Universal de Derechos Humanos y posteriormente el Convenio Europeo y la Convención Americana entre otros. Así, la persona humana se convirtió en el verdadero centro y eje de protección, y en ese tenor, en Europa y América posteriormente se desarrollaron sistemas de protección regional en términos de las convenciones antes citadas. Sin embargo pese a que la persona es la razón de la protección internacional, ha sido cuestionado el reconocimiento al individuo como sujeto de derecho internacional cuanto más como un ente dotado de personalidad jurídica internacional capaz de comparecer directamente a defender sus derechos si se trata de un órgano o tribunal internacional, en el sistema europeo ha habido grandes avances en términos generales, pero la gran apuesta de ese sistema y al mismo tiempo la gran aportación del sistema ha sido la concesión de ius standi al individuo para comparecer ante el Tribunal Europeo desde 1998, sin embargo en el sistema interamericano, no obstante los avances y la evolución que existe tratándose de ese derecho, el art. 61 de la Convención sigue siendo la barrera para su comparecencia ante la Corte en los términos que proponemos sin menoscabar que la tendencia va hacia esa emancipación que no se logra concretar. - Contenido de la investigación En la etapa expositiva se reúnen los elementos para constituir una unidad coherente que da por resultado cuatro capítulos, el primero de ellos aborda al individuo desde dos vertientes: la primera de ellas hace una re-valoración sobre la subjetividad jurídica y capacidad procesal de aquél, situación que se confronta con las posiciones más conservadoras que niegan al individuo esa subjetividad, y la segunda vertiente que atiende a realizar un examen histórico de este en los tribunales internacionales tales como lo fue en su momento la Corte de Justicia Centroamericana, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y desde luego el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y algunas instancias internacionales que permiten peticiones individuales sin ser jurisdiccionales, que permitan identificar y reafirmar su capacidad procesal en sede internacional. En el capítulo dos, nos referimos al acceso directo a los tribunales internacionales específicamente al tribunal europeo, en primer lugar se hace un pequeño recorrido por los antecedentes de su creación, como lo fue el Consejo de Europa y luego se revisan los orígenes del Sistema Europeo, la razón de la creación del Convenio Europeo, cuáles fueron las justificaciones para pensar en un órgano jurisdiccional como lo fue y es el Tribunal Europeo, y la razón por la que se crea la Comisión Europea. En esta primera fase del capítulo se subraya las pretensiones que en un principio tuvo el sistema europeo aunque fracasaron, de conceder ius standi a los individuos y el por qué esto no sucedió. Posteriormente damos paso a revisar los protocolos que hemos denominado ¿adjetivos¿ relativos a reformas tendientes a emancipar al individuo de la Comisión Europea, para llegar al protocolo más importante del sistema europeo: protocolo 11 que formalmente concede legitimación activa y directa para el individuo, así como la eliminación de la Comisión Europea y la necesidad de convertir al Tribunal en uno permanente. A partir de la reforma de 1998 (con el protocolo 11) hay un cambio sustantivo en el sistema y también un impacto en la cantidad de asuntos que resuelve o pretende resolver el Tribunal lo que genera una serie de reflexiones al interior del Consejo de Europa y que se traduce en el protocolo 14 y muy recientemente (aun no ratificado por todos los Estados Partes) en el protocolo 15. En general, estudiamos el sistema europeo no de manera generalizada sino muy concretamente en todos aquellos hechos y datos que abonaron para la construcción de un sistema regional único al día de hoy que concede ius standi ante el Tribunal Europeo. En el capítulo tercero, nos abocamos al sistema interamericano que al igual que el capítulo segundo, hace un repaso por el sistema en aquellos aspectos relacionados directa e indirectamente con el acceso directo del individuo ante la Corte Interamericana, en el caso del sistema interamericano, analizamos también desde la perspectiva histórica, aspecto crucial para entender el actual funcionamiento del sistema, empezando por la Declaración Americana, la creación de la Comisión Interamericana como factor determinante para apelar al ius standi y para entender particularmente el ¿apego¿ actual a dicha órgano, la creación de la Convención Americana y en consecuencia la creación de la Corte Interamericana junto con los diversos reglamentos de la Corte que de manera evolutiva han concedido mayores derechos ¿procesales¿ a los individuos. Finalmente en el capítulo cuatro, realizamos de manera formal una propuesta de acceso directo para el individuo ante la Corte Interamericana, antes de ello, hacemos una valoración que consideramos obligada respecto de aquéllos factores que pueden condicionar la propuesta, tales como la comparación con el sistema europeo, para poder vislumbrar convergencias y divergencias que abonen a la propuesta de este trabajo, la importancia del principio de subsidiariedad y su aplicación, la aplicación del Derecho Internacional de los derechos humanos y el control de convencionalidad, y los retos financieros tan agudos que sigue enfrentando el sistema y que como se verá detienen el desarrollo del sistema. Por otro lado, la propuesta tiene sus fundamentos históricos y en la doctrina lo que permiten abordarla contenida de una serie de hechos que le justifican. Una vez agotados esos rubros, procedemos a hacer el planteamiento de la propuesta con sus respectivos criterios para su mejor comprensión. - Conclusiones Bajo esta mirada, habiendo valorado los antecedentes históricos del individuo en el ámbito internacional, europeo e interamericano y tomando en consideración el estado actual de las cosas, nuestro trabajo de investigación resulta particularmente importante puesto que recoge todos los factores que giran alrededor de la posibilidad de que el individuo acceda directamente ante la Corte Interamericana, de tal suerte que las probables reformas no resulten aisladas y que el sistema interamericano no se desestabilice. Esta tesis, dota a la Corte Interamericana de una naturaleza totalmente jurisdiccional. Hemos tomado nota de aquellos factores (financieros, políticos), que a pesar de que se desvinculan de lo estrictamente jurídico, hacen viable y permitiría prosperar a ese escenario de acceso directo que vislumbramos. La relevancia actual del sistema interamericano en los Estados Parte (mayormente latinoamericanos) es innegable, reconocemos cómo aquel ha contribuido a las democracias latinoamericanas (predominantemente), y en ese tenor el sistema debe perfeccionarse, ahora mismo enfrenta muchos retos pero consideramos que el saldo pendiente del ius standi del individuo es impostergable; la doctrina actualmente se ha enfocado en algunos otros aspectos también importantes tales como reparaciones, cumplimiento de sentencias inter alia, empero parece que se soslaya un aspecto fundamental: el acceso directo del individuo ante la Corte Interamericana. Resulta interesante a la vez que preocupante, que en la agenda actual el ius standi del individuo no se discuta, y esa es parte de nuestra investigación, poner atención en un aspecto esencial del derecho internacional de los derechos humanos. Estamos convencidos que dotar al individuo de ius standi, resulta completamente congruente con su propia evolución en el ámbito internacional y puede servir esta propuesta como un parámetro para la protección jurisdiccional internacional, habida cuenta que el desarrollo de los derechos humanos en el ámbito internacional muy recientemente ha cobrado su justa importancia. Creemos que, en general, los tribunales internacionales de derechos humanos no deben resistirse a ser verdaderos órganos jurisdiccionales

    Convergencias y Divergencias entre los Sistemas Europeo e Interamericano de Derechos Humanos

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    This article submits an analytic study about the relationship between European and Inter American human rights systems, giving special relevance to the existing dialogue between both tribunals. The research problem tries to identify the connection points and divergences between the two sceneries of protection of human rights. The methodology is the one of comparative and doctrinal analysis regarding both systems, predominately from the view of its organic structure and functions. It is intended to highlight the fact that there has been, in jurisprudence, a relationship that allows the implementation of certain contributions from the European tribunal to the Inter American Court. Este artigo busca apresentar um estudo analítico entre a relação entre o sistema europeu e o interamericano de direitos humanos, com um enfoque especial ao diálogo existente entre estes tribunais. O objeto de investigação principal pretende identificar quais os pontos de conexão e divergências entre ambos cenários com relação à proteção dos direitos humanos. A metodologia trás uma análise comparativa e doutrinal com respeito a estes órgãos, com uma visão predominante de sua estrutura orgânica e funções. Pretende-se destacar a existência de uma relação entre jurisprudência de ambas, que propicia à Corte Interamericana reconhecer em alguns casos, aportes homólogos no tribunal europeu que acabam por serem integradas em suas sentenças.El artículo presenta un estudio analítico sobre la relación entre los sistemas europeo e interamericano de derechos humanos, dando especial relevancia al diálogo existente entre ambos tribunales. El problema de investigación busca identificar cuáles son los puntos de conexión y divergencias entre los dos escenarios de protección de derechos humanos. La metodología es la del análisis comparativo y doctrinal respecto a sendos órganos, predominantemente desde la óptica de su estructura orgánica y funciones. Se pretende destacar que en la jurisprudencia ha habido una relación que en general, propicia la Corte Interamericana que recoge en algunos casos, las aportaciones de su homólogo el tribunal europeo y que logran insertarse en sus propias sentencias

    La reserva del estado mexicano al estatuto de Roma de la corte penal internacional

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    Mexico is one of the States that have ratified the Rome Statute from which the International Criminal Court is born. In order to materialize that, the Political Constitution of the United Mexican States suffered an amendment in Article 21, which recognizes the jurisdiction of the Criminal Court. The object of this analysis is precisely the entry into force of the Rome Statute in the Mexican legal. The purpose is to identify the scope of this constitutional amendment with regard to Public International Law and the Statute itself, and if the multi-referenced amendment is per se a reservation to the Rome Statute or should be read as a Constitutional expression that must prevail in the constitution.México forma parte de los Estados que han ratificado el Estatuto de Roma del cual nace la Corte Penal Internacional. Para que esto pudiera materializarse la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos sufrió una reforma en su artículo 21, en el cual se reconoce la jurisdicción de dicha Corte. En ese sentido, el análisis que aquí se realiza, gira en torno precisamente a la entrada en vigor del Estatuto de Roma en el sistema jurídico mexicano. El propósito versa sobre identificar los alcances que tiene dicha reforma constitucional de cara al Derecho Internacional Público y ante el propio Estatuto y si en su caso, la multireferida reforma se constituye per se cómo una reserva al Estatuto de Roma o bien debe ser leída como una expresión constitucional que al insertarse en la Carta Magna debe prevalecer

    El papel de la Corte Interamericana de Derechos Humanos como intérprete de la Convención Americana sobre Derechos Humanos

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    The role of the Inter-American Court of Human Rights as interpreter of the American Convention is not an obvious matter, on the contrary, the Inter-American Court, in exercising of its jurisdictional and advisory powers, has a direct and effective impact on the domestic law from the States Parties; The purpose of this study is to demonstrate such effectiveness through the analysis of certain cases taken under the jurisdiction of the Court, where is possible to identify such impact, but not before defining some concepts of the Inter-American human rights systemEl papel de la Corte Interamericana de Derechos Humanos como intérprete de la Convención Americana no puede pensarse como una obviedad, al contrario, la Corte Interamericana al ejercer ese papel mediante el ejercicio de sus facultades jurisdiccional y consultiva, incide de manera directa y efectiva en el derecho nacional de los Estados Parte; el propósito de este trabajo es evidenciar tal efectividad a través de la exposición de casos concretos en los que ha logrado impactar, no sin antes precisar algunos conceptos generales del propio sistema interamericano de derechos humano

    Ibero-American Cases and Dialogues on International Criminal Law, International Humanitarian Law, and Transitional Justice

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    Este libro es producto de la investigación de diversas inquietudes, de veintidós investigadores de diez países iberoamericanos, en torno a los desarrollos jurisprudenciales y los debates contemporáneos del derecho internacional en materia derecho internacional penal, derecho internacional humanitario, justicia transicional y las necesidades cambiantes de su protección y desarrollo en el contexto de la globalización. Esta investigación se instala en el contexto de una comunidad epistémica que se ha ido consolidando alrededor de las mesas temáticas que anualmente se reúnen en el Congreso Nacional de Derecho Internacional de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario que, con el apoyo del Anuario Colombiano de Derecho Internacional, el Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal, el Instituto Iberoamericano de La Haya, la Red Latinoamericana de Revistas de Derecho Internacional, la Red de Investigación Perspectivas Ibero-Americanas sobre la Justicia y el Colegio de Abogados Rosaristas, se ha consolidado como el epicentro de grandes debates y promotor de investigaciones en favor del desarrollo hemisférico del derecho internacional.This book is the result of the investigation of matters of interest by twenty-two researchers from ten Ibero-American countries regarding the jurisprudential developments of international law and contemporary debates on international criminal law, international humanitarian law, transitional justice, and the changing needs of their protection and development in the context of globalization. This research takes place within an epistemic community that has slowly become established around the annual thematic tables of the National Conference on International Law organized by the Faculty of Jurisprudence at the Universidad del Rosario. With the support of the Anuario Colombiano de Derecho Internacional, the Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal, the Ibero-American Institute of The Hague, the Latin American Network of International Law Journals, the Ibero-American Perspectives on Justice Research Network, and the Universidad del Rosario Bar Association, this conference has consolidated itself as the epicenter of great debates and promoter of research in favor of the development of international law in the hemisphere
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