251 research outputs found

    Nuclear effects on lepton polarization in charged-current quasielastic neutrino scattering

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    We use a correlated local Fermi gas (LFG) model, which accounts also for long distance corrections of the RPA type and final-state interactions, to compute the polarization of the final lepton in charged-current quasielastic neutrino scattering. The present model has been successfully used in recent studies of inclusive neutrino nucleus processes and muon capture. We investigate the relevance of nuclear effects in the particular case of τ\tau polarization in tau-neutrino induced reactions for several kinematics of relevance for neutrino oscillation experiments.Comment: 13 pages, 8 figure

    The Human Rights at the advisory opinion on nuclear weapons of 1996

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    En la Opinión Consultiva de 8 de julio de 1996, el Tribunal Internacional de Justicia debía dictaminar sobre si la amenaza o uso de armas nucleares era legal conforme al Derecho Internacional, su resolución supuso un precedente esencial sobre la prevención de los Derechos Humanos como principio del Derecho Internacional. La decisión del Tribunal recordó la importancia de velar por el cumplimiento de los Derechos Humanos a través de la aplicación de sus normas internas. En la presente comunicación se analizará dicha opinión consultiva, sus antecedentes jurisprudenciales y su posterior impacto en las normas del Derecho Internacional.In the Advisory Opinion of 8 July 1996, the International Court of Justice was required to decide on whether it was legal the threath or use of nuclear weapons under International Law, its decision supposed an essential precedent concerning the prevention of Human Rights as a principle of International Law. The decision of the Court remembered the importance of ensuring the compliance of the Human Rights by means of the excercise of their internal rules. In this paper will analyse regarding this advisory opinion, its jurisprudential background and its subsequent impact on the rules of International Law.Universidad Pablo de Olavid

    Potestad y responsabilidad de los Estados en el ejercicio de la competencia penal universal. Del principio de justicia universal a la jurisdicción penal de los tribunales internacionales: origen, evolución y vigencia

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    Programa de Doctorado en Ciencias Jurídicas y PolíticasLínea de Investigación: Derecho Internacional y Derecho de la Unión EuropeaClave Programa: DJPCódigo Línea: 45El concepto de jurisdicción deja espacios de interpretación al carecer de una significación única en el Derecho internacional público y en los ordenamientos jurídicos estatales. Un concepto normativo que podemos estimar admitido en el Derecho internacional público se encuentra basado en las ideas de universalidad y mutua reciprocidad, desde esta perspectiva podemos considerar que el concepto de jurisdicción del Estado queda referido a actos que no caen exclusivamente dentro de su potestad, lo que permite diferenciarlo del concepto de "competencia", que queda delimitado a la potestad de los órganos judiciales internos legitimados por el propio concepto de jurisdicción. Sobre la ficción legal del poder constituyente derivado de una concepción sustantiva de la soberanía, se ha desarrollado la capacidad normativa de la comunidad internacional. Ello determina una nueva conceptuación de la idea de soberanía, que abandone su consideración de "maxima potestas", caracterizada por la exclusividad de su ejercicio, para ser considerada como una cualidad "prevalente o preferente" entre potestades o facultades concurrentes ejercida sobre un sustrato social común. La organización internacional como poder público puede considerarse que ejerce competencias asimiladas y derivadas del poder soberano. Ahora bien, toda competencia jurisdiccional viene caracterizada por su indivisibilidad y derivado de ello la integridad es principio consecuente de su ejercicio. En este sentido, cuando nos referimos de forma concreta a la existencia de una jurisdicción penal ejercida por tribunales internacionales, debe establecerse una teoría general que permita una justificación sobre su legitimidad, pues junto a las expectativas jurídicas basadas en un interés colectivamente relevante y la existencia de una Autoridad con competencia para imponer una concreta consecuencia punitiva, determina que se traslade su fundamento al ámbito del ejercicio de una potestad soberana, al ser el "ius puniendi" una de las funciones esenciales de todo poder soberano, que debe ser considerado desde un triple ámbito: libertad prescriptiva, de enjuiciamiento y de sistema coactivo de cumplimiento. La jurisdicción forma parte esencial e indivisible del sistema jurídico-punitivo establecido por el Derecho internacional, pudiendo ser ejercida a través de los propios Estados (atendiendo a sus principios y su configuración normativa) o bien por tribunales penales de naturaleza internacional atendiendo a sus normas constitutivas y reglas de procedimiento. Una visión integradora de la "competencia" penal internacional permitiría conceptuarla como "derecho abstracto" normativamente emanado de la "potestad transferida" de los Estados, que establece un instrumento o mecanismo jurídico por el que se ejerce un derecho subjetivo a la tutela judicial basado en el principio de justicia universal con la finalidad de exigir responsabilidad penal individual por la comisión de graves delitos que, por atentar de forma fundamental contra la comunidad internacional, son caracterizados como tales por el Derecho internacional, y ello, a su vez, es medio para garantizar la aplicación y eficacia del sistema jurídico normativamente establecido. La construcción normativa de la jurisdicción universal no difiere de los fundamentos teóricos que legitiman a los Estados ejercer su jurisdicción de forma extraterritorial, que se justifica en un interés colectivo relevante y jurídicamente aplicable sobre un mismo sustrato social que viene constituido por los individuos independientemente considerados de su pertenencia nacional. Viene siendo admitido que los crímenes internacionales necesariamente se encuentran establecidos en normas de "ius cogens", pero la jurisdicción no queda vinculada conforme al carácter imperativo de la norma internacional, pues "in genere" constituye una potestad que emana de los propios Estados o "entes" dotados de soberanía y sólo se puede atribuir a un tribunal internacional por consentimiento o cesión del mismo, al ser ello un imperativo derivado del principio de seguridad jurídica. La existencia de una jurisdicción penal internacional propia, establecida conforme a sus facultades de autodeterminación normativa, tiene su fundamento teórico en las transferencias de soberanía de los Estados a la organización política internacional, de carácter incondicional, y que se manifiesta al menos de forma implícita o presunta, pero que al constituir fundamento de la creación normativa internacional configura de forma particular su Derecho. La transferencia de soberanía como principio sistémico originario de la jurisdicción penal internacional determina que ello constituya un límite inherente a su propio ejercicio, a la vez que supone un criterio jurídico de interacción entre sus reglas necesario para una correcta comprensión del derecho aplicable donde los principios generales del Derecho cumplen una especial función sustantiva. Ciertamente, en la persecución de los crímenes de naturaleza internacional, puede considerarse que la jurisdicción atribuida a los tribunales penales internacionales ejerce un control efectivo sobre el funcionamiento de los sistemas judiciales internos pues, en todo caso, le viene atribuida la competencia para asumir la investigación y enjuiciamiento por falta de voluntad o capacidad del sistema judicial estatal. Ahora bien y en sentido inverso, también debe ser puesto de manifiesto que los Estados a través del ejercicio de su jurisdicción extraterritorial ejercen una potestad de supervisión ante la inacción de la jurisdicción de los tribunales penales internacionales cuando hacen dejación de su obligación de persecución de los crímenes objeto de su competencia (¿jurisdicción universal inversa¿). En suma, esta coexistencia entre jurisdicciones penales, para que no sea contraria al principio de exclusividad jurisdiccional, precisa de instrumentos jurídicos que resuelvan los conflictos de concurrencia basados en los principios de proporcionalidad y razonabilidad, donde la transferencia de potestades soberanas como fuente material de creación de la norma internacional y principio sistémico de su Derecho, supone la base sobre la que puede ser desarrollada toda teoría normativa sobre la jurisdicción penal internacional.Universidad Pablo de Olavide de Sevilla. Departamento de Derecho Públic

    Estudio de imagen y posicionamiento del destino Centroamérica en Europa

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    La investigación que se resume a continuación, ha sido efectuada por el área internacional del departamento de consultoría de la empresa GDT, Asesoramiento Empresarial para la Agencia de Promoción Turística de Centroamérica y la Secretaría de Turismo del Sistema de Integración Centroamericana. El estudio desarrollado ha consistido en la elaboración de un análisis de la imagen del destino Centroamérica como multidestino y multiproducto turístico así como, en particular, la de cada uno de los países que la componen: Belice, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá. Todo ello considerando, tanto la imagen en la mente del consumidor potencial (clientes usuarios de viajes vacacionales de larga distancia), como también la imagen percibida en el canal de comercialización (agencias de viajes y tour operadores). A su vez, dicho estudio se focaliza geográficamente en los mercados emisores de Europa de mayor interés e importancia, hasta la fecha, para el desarrollo turístico regional de Centroamérica, concretamente, en las siguientes ciudades: ‐ España: Madrid y Barcelona ‐ Reino Unido: Londres ‐ Alemania: Frankfurt ‐ Italia: Roma y Milán ‐ Francia: París La metodología utilizada para el análisis ha incorporado técnicas de investigación cuantitativa y cualitativa, destacando las siguientes: ‐ Entrevistas telefónicas en profundidad ‐ Encuestas al canal de comercialización ‐ Encuestas a destinatarios final (1.400 encuestas en los mercados mencionados) ‐ Análisis Delphi ‐ Análisis Web 2.

    Neutrino Interactions Importance for Nuclear Physics

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    We review the general interplay between Nuclear Physics and neutrino-nucleus cross sections at intermediate and high energies. The effects of different reaction mechanisms over the neutrino observables are illustrated with examples in calculations using several nuclear models and ingredients.Comment: To appear in the proceedings of 6th International Workshop on Neutrino-Nucleus Interactions in the Few-GeV Region (NuInt09), Sitges, Spain, 18 - 22 May 200

    X-ray Variations at the Orbital Period from Cygnus X-1 in the High/Soft State

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    Orbital variability has been found in the X-ray hardness of the black hole candidate Cygnus X-1 during the soft/high X-ray state using light curves provided by the Rossi X-ray Timing Explorer's All Sky Monitor. We are able to set broad limits on how the mass-loss rate and X-ray luminosity vary between the hard and soft states. The folded light curve shows diminished flux in the soft X-ray band at phase 0 (defined as the time of of the superior conjunction of the X-ray source). Models of the orbital variability provide slightly superior fits when the absorbing gas is concentrated in neutral clumps and better explain the strong variability in hardness. In combination with the previously established hard/low state dips, our observations give a lower limit to the mass loss rate in the soft state (Mdot<2x10^{-6} Msun/yr) than the limit in the hard state (Mdot<4x10^{-6} Msun/yr). Without a change in the wind structure between X-ray states, the greater mass-loss rate during the low/hard state would be inconsistent with the increased flaring seen during the high-soft state.Comment: Accepted for publication in The Astrophysical Journa

    The Tarantula Nebula as a template for extragalactic star forming regions from VLT/MUSE and HST/STIS

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    We present VLT/MUSE observations of NGC 2070, the dominant ionizing nebula of 30 Doradus in the LMC, plus HST/STIS spectroscopy of its central star cluster R136. Integral Field Spectroscopy (MUSE) and pseudo IFS (STIS) together provides a complete census of all massive stars within the central 30x30 parsec^2 of the Tarantula. We discuss the integrated far-UV spectrum of R136, of particular interest for UV studies of young extragalactic star clusters. Strong HeII 1640 emission at very early ages (1-2 Myr) from very massive stars cannot be reproduced by current population synthesis models, even those incorporating binary evolution and very massive stars. A nebular analysis of the integrated MUSE dataset implies an age of ~4.5 Myr for NGC 2070. Wolf-Rayet features provide alternative age diagnostics, with the primary contribution to the integrated Wolf-Rayet bumps arising from R140 rather than the more numerous H-rich WN stars in R136. Caution should be used when interpreting spatially extended observations of extragalactic star-forming regions
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