39 research outputs found

    Access international justice. A transverse view of the CIADI and OSD of the OMC

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    This article propose some trends about the access to justice of third world states in the ICSID of the World Bank and the WTO dispute settlement mechanism. In that sense identify a group of hypothesis about opportunities and obstacles for this access taking into account an analytical framework that recognizes the particularities of international justices in comparison to national.Este artículo identifica un conjunto de tendencias que caracterizan el acceso a la justicia de los Estados del tercer mundo en el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi), del Banco Mundial, y el Órgano de Solución de Diferencias (OSD) de la Organización Mundial del Comercio (OMC). En tal sentido, plantea un conjunto de hipótesis sobre lo que serían las principales oportunidades y obstáculos para dicho acceso a partir de un marco analítico que ubica las particularidades que tiene la justicia internacional en comparación con la Administración de Justicia de tipo nacional

    O Banco Mundial e os direitos humanos: uma revisão crítica a os argumentos jurídico doctrinales

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    This article aims to critically identify and evaluate a number of doctrinal arguments supporting the legal obligation of the World Bank to respect international human rights standards. Based on a qualitative methodology and focused on the dogmatic of international law, it argues that there are three types of central arguments of this obligation. It can be united in the view that these are general principles of law or international customs binding the International Organizations in general. Likewise, States are committed to these human rights obligations regardless of their membership in international organizations. Finally, the WB is responsible for human rights as a specialized United Nations agency. However all of these statements are affected by their generality, ambiguity and non-acceptance by this international body. In this regard, this document proposes the need to promote the signing of treaties on human rights by international agencies, identifying the current background in this respect.Este artículo de reflexión tiene por objeto identificar y valorar críticamente varios de los argumentos jurídico doctrinales que sostienen la obligación jurídica por parte del Banco Mundial de respetar normas internacionales de derechos humanos. Fundado en una metodología cualitativa y centrada en la dogmática del derecho internacional público, sostiene que la vinculación a las Naciones Unidas mediante acuerdo previo, los compromisos internacionales de los estados miembros del organismo y el carácter consuetudinario y/o de principio general del derecho, de esta normatividad, son los tres argumentos centrales de dicha obligatoriedad. Los mismos, sin embargo, están afectados por su generalidad, ambigüedad en cuanto a la concreción de los compromisos y no aceptación por el mencionado organismo internacional. En tal sentido, el texto propone la necesidad de promover la suscripción de los tratados de derechos humanos por parte de los organismos internacionales, identificando de paso algunos de los antecedentes ya existentes al respecto.Este artigo de reflexão tem por objetivo identificar e apreciar criticamente vários argumentos da doutrina que embasam a obrigação jurídica, por parte do Banco Mundial, de respeitar normas nacionais e internacionais de direitos humanos. Com base em uma metodología qualitativa e centrada na dogmática do direito internacional público, sustenta que existem três tipos de argumentos centrais da citada obrigatoriedade. Estas são resultantes da sua participação no Nações Unidas por acordo prévio, os compromissos nacionais e internacionais no domínio dos Estados membros do organismo e da natureza habitual e / ou princípio geral de direito internacional de tais compromissos. No entanto, estes, são afetados pela generalidade de suas reivindicações, ambiguidade de seus compromissos, e não fácil aceitação pelo mencionado organismo internacional por regulamento interno. Nesse sentido, o texto propõe a necessidade de promover a subscrição dos tratados de direitos humanos por parte dos organismos internacionais, identificando vários antecedentes a esse respeito

    ¿Qué tipo de relación existe entre derecho y desarrollo?

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    This article tries to deal with two questions. The first wants to know what kind of relationship exist between law and development. In that sense identifies how for some theories that link is of interdependence or in some cases there is a dependence from law and development respectively. The other question to solve, is the law a cause of development? Around that question, there is a review of the literature about the empirical and historical studies related with that subject.El presente artículo indaga sobre la relación entre derecho y desarrollo visto este tanto en clave económica como en un sentido más amplio. De manera concreta busca identificar los distintos enfoques que han analizado qué tipo de relación existe entre las variables antes indicadas. Se sostendrá que dichos análisis van desde aquellas lecturas que sostienen una dependencia del desarrollo respecto del derecho, hasta los que ventilan la existencia de una interdependencia. En una segunda parte, el texto indaga por la fundamentación empírica e histórica de la relación en mención

    El derecho y su impacto en el desarrollo. Líneas analíticas dominantes

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    This article states that the relationship between law and development has multiple ways that in some case are not complementary. In that sense in a first moment the law was an instrument in order to get development and social change. More recently the neoinstitutional economics states that a right political and legal framework creates an environment to promote markets and by this way economic growth. On the other side of the debate some authors defends that law is completely neutral for development. Between this thesis is possible to find different contradictions and tensions.En este artículo se trata de demostrar que la relación entre derecho y desarrollo económico se puede plantear de diversas maneras que no siempre son complementarias y en realidad denotan opciones diferentes de abordaje. Así en un primer momento el derecho se entendió como un instrumento idóneo para expresar y obtener las metas del desarrollo. Por su parte bajo los lineamentos de la economía neoinstitucional el sistema jurídico debe ofrecer un cuadro de incentivos adecuados para permitir un funcionamiento competitivo abierto y eficiente de los mercados. Finalmente en un extremo del debate se presentan las tesis que sostienen que el derecho no es ni un aliado ni un obstáculo para el desarrollo. Esta tesis sugestiva sin embargo es más un enunciado que precisa de mayores desarrollos para una adecuada sustentación

    Social movements and international law: progress and challenges

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    Objetivo. El siguiente escrito se propone reunir un conjunto de entradas teóricas del derecho internacional alternativas a las entradas dominantes centradas en la participación de los Estados y organizaciones internacionales en la construcción de normas internacionales. Metodología. Con base en el análisis documental se examina la clave en que se ha desarrollado la relación entre el derecho internacional y los movimientos sociales. Resultado. Como resultado se obtuvo un marco general para entender en qué términos se ha explorado dicha relación. Conclusión. Se concluye con los avances que se han gestado en esta relación, y con los retos mayores para la academia con miras a la construcción de un marco teórico del derecho internacional de los movimientos sociales.Objective. The purpose of this article is to gather a set of theoretical entries of international law alternative to the dominant entries, which are focused only on the participation of States and international organizations in the building of international standards. Methodology. Based on a documentary analysis, the pattern in which the relationship between international law and social movements has taken place is examined. Results. As a result, a general framework to understand in which terms that relationship has been explored was obtained. Conclusions. It concludes with the advances that have been developed in this relationship, and with the major challenges for the academy in order to construct a theoretical framework of the international law of social movements

    O Banco Mundial e os direitos humanos: uma revisão crítica a os argumentos jurídico doctrinales

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    This article aims to critically identify and evaluate a number of doctrinal arguments supporting the legal obligation of the World Bank to respect international human rights standards. Based on a qualitative methodology and focused on the dogmatic of international law, it argues that there are three types of central arguments of this obligation. It can be united in the view that these are general principles of law or international customs binding the International Organizations in general. Likewise, States are committed to these human rights obligations regardless of their membership in international organizations. Finally, the WB is responsible for human rights as a specialized United Nations agency. However all of these statements are affected by their generality, ambiguity and non-acceptance by this international body. In this regard, this document proposes the need to promote the signing of treaties on human rights by international agencies, identifying the current background in this respect.Este artículo de reflexión tiene por objeto identificar y valorar críticamente varios de los argumentos jurídico doctrinales que sostienen la obligación jurídica por parte del Banco Mundial de respetar normas internacionales de derechos humanos. Fundado en una metodología cualitativa y centrada en la dogmática del derecho internacional público, sostiene que la vinculación a las Naciones Unidas mediante acuerdo previo, los compromisos internacionales de los estados miembros del organismo y el carácter consuetudinario y/o de principio general del derecho, de esta normatividad, son los tres argumentos centrales de dicha obligatoriedad. Los mismos, sin embargo, están afectados por su generalidad, ambigüedad en cuanto a la concreción de los compromisos y no aceptación por el mencionado organismo internacional. En tal sentido, el texto propone la necesidad de promover la suscripción de los tratados de derechos humanos por parte de los organismos internacionales, identificando de paso algunos de los antecedentes ya existentes al respecto.Este artigo de reflexão tem por objetivo identificar e apreciar criticamente vários argumentos da doutrina que embasam a obrigação jurídica, por parte do Banco Mundial, de respeitar normas nacionais e internacionais de direitos humanos. Com base em uma metodología qualitativa e centrada na dogmática do direito internacional público, sustenta que existem três tipos de argumentos centrais da citada obrigatoriedade. Estas são resultantes da sua participação no Nações Unidas por acordo prévio, os compromissos nacionais e internacionais no domínio dos Estados membros do organismo e da natureza habitual e / ou princípio geral de direito internacional de tais compromissos. No entanto, estes, são afetados pela generalidade de suas reivindicações, ambiguidade de seus compromissos, e não fácil aceitação pelo mencionado organismo internacional por regulamento interno. Nesse sentido, o texto propõe a necessidade de promover a subscrição dos tratados de direitos humanos por parte dos organismos internacionais, identificando vários antecedentes a esse respeito

    Crecimiento económico sin Estado de derecho: un balance teórico y empírico sobre la relación entre derecho y desarrollo

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    El presente libro se encarga de dilucidar la relación existente entre la institucionalidad jurídica y el crecimiento económico. A efectos de lograr esto, el autor se vale de los estudios realizados por Max Weber, padre de la sociología, en torno a la influencia del derecho moderno en la consolidación de la economía capitalista; da cuenta de los aportes de la escuela “neoinstitucionalista” y la historia económica en la explicación del desarrollo y subdesarrollo de algunos países; y hace una valoración de la econometría, en cuanto herramienta metodológica que posibilita establecer una correlación causal y condicional entre el derecho y el desempeño económico de un país. Clarificados los fundamentos teóricos y metodológicos del trabajo, se exponen casos como el del Banco Mundial, entidad que ve en el Estado de Derecho el motor del desarrollo económico, y el de los países del sudeste asiático, cuyo desarrollo va en contravía de lo planteado por las teorías tradicionales del mercado capitalista. Finalmente, el autor pone en cuestión la mirada canónica y se lanza, en este libro, a reformular la naturaleza de la relación entre los aspectos del sistema jurídico de un país y su crecimiento económico.1ra. ed

    Estado de Derecho y desarrollo económico: Aportes y limitaciones de los análisis neoinstitucionales

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    En este artículo se propone que la lectura de la relación entre instituciones jurídicas y desarrollo económico aportada por una vertiente de la nueva economía institucional (NEI), delinea buena parte de los fundamentos teóricos de la actual preocupación internacional alrededor de la construcción del Estado de Derecho como condición para el crecimiento económico en el mundo en desarrollo. La perspectiva de la NEI, permite superar varias de las razones teóricas que conllevaron la crisis y abandono del primer movimiento de "derecho y desarrollo" de la década de los setenta. No obstante, el neoinstitucionalismo introduce nuevas problemáticas especialmente por sus limitaciones para una consideración integral y compleja, tanto de la institucionalidad jurídica como de la interacción entre los individuos y las normas jurídicas. A fin de contar con un análisis más completo sobre la relación en estudio, es necesario recoger los aportes venidos de la teoría del derecho, lo cual está muy a tono con el carácter interdisciplinario profesado por el neoinstitucionalismo económico
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