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La energía renovable de la biomasa forestal en el marco jurídico europeo y español
El objetivo de este trabajo es mostrar una visión jurídica global y actualizada
del papel que representa la biomasa en general y la forestal en particular, en
su condición de energía renovable, dentro de la transición energética que Europa
quiere protagonizar. Sirve de base la hoja de ruta marcada por el “Pacto
Verde Europeo”, una nueva estrategia de crecimiento cuyo objetivo básico es
conseguir que en la Unión Europea no haya emisiones netas de gases de efecto
invernadero en 2050.
Un objetivo al que coadyuva el estudio de la política forestal que en estos
momentos impera en Europa, patrocinada por una nueva Estrategia Forestal,
que augura un futuro prometedor para el sector forestal siempre que se guíe
por una gestión sostenible.
Se describe la forma en que se ha tratado la biomasa en los instrumentos
normativos comunitarios más sobresalientes, para de esa manera comprobar
que ha merecido una regulación detallada, quizá porque continúa siendo la
principal fuente de la Unión. La disponibilidad y la sostenibilidad del recurso,
unidas a la conjugación de los criterios de sostenibilidad que deben cumplir
los biocombustibles y la reducción de emisiones, son algunos de los aspectos
objeto de examen.
Finalmente, se examina el reflejo del derecho comunitario en la normativa
española, teniendo en cuenta el elemento esencial de la planificación y los objetivos
cualitativos y cuantitativos que nuestro país se ha marcado hasta 2030.The aim of this work is to show a global and updated legal vision of the role
of biomass in general and forest biomass in particular, as renewable energy,
and within the energy transition that Europe wants to lead. It is based on the
roadmap set by the “European Green Pact”, a new growth strategy whose
basic objective is to achieve zero net greenhouse gas emissions in the European
Union by 2050.
This objective is supported by the study of the forestry policy currently
prevailing in Europe, sponsored by a new Forestry Strategy, which augurs a
promising future for the forestry sector, provided that it is guided by sustainable
management.
The way in which biomass has been treated in the most important Community
regulatory instruments is described in order to prove that it has deserved
a detailed regulation, perhaps because it continues to be the main source of
the Union. The availability and sustainability of the resource, together with
the combination of the sustainability criteria to be met by biofuels and the
reduction of emissions are some of the aspects examined.
Finally, the reflection of Community law in Spanish legislation is examined,
taking into account the essential element of planning and the qualitative
and quantitative objectives that our country has set itself until 2030
Current jurisprudence
El Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo de Alemania suspendió el proceso
judicial iniciado por Spenner (titular de una instalación de fabricación de cemento) contra la
República Federal de Alemania, por disconformidad con la cuantía de derechos de emisión
que asignaron gratuitamente a dicha empresa para el período 2013 a 2020 y solicitó al
Tribunal de Justicia que interpretara la normativa europea aplicable.
El Tribunal remitente quería saber, en primer lugar, si el artículo 9. 9 de la Decisión 2011/278
debe interpretarse en el sentido de que no se aplica a las ampliaciones significativas de
capacidad de una instalación existente producidas antes del período de referencia
determinado de conformidad con su artículo 9. 1. En segundo lugar, si el artículo 9.1 de la
Decisión 2011/278 debe interpretarse en el sentido de que obliga a la autoridad nacional
competente a determinar ella misma el período de referencia pertinente para evaluar los
niveles históricos de actividad de una instalación.
El Tribunal de Justicia, aplicando doctrina precedente y haciendo una interpretación
sistemática de la Decisión de la Comisión así como de las guías elaboradas por esta
Institución para facilitar la aplicación de la Directiva 2003/87, confirma al Tribunal remitente
que el art. 9.9 de la Decisión 2011/278, no se aplica a las ampliaciones significativas de
capacidad de una instalación existente producidas antes del período de referencia
determinado. Por otra parte, establece que el art. 9.1 de la Decisión 2011/272, no obliga a la
autoridad nacional competente a determinar el período de referencia pertinente para evaluar
los niveles históricos de actividad de una instalación pues esa elección corresponde a los
titulares de las instalaciones, que son quienes están en mejores condiciones para hacerlo