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La importación de mecanismos consensuales del proceso estadounidense, en las reformas procesales latinoamericanas
En este artÃculo se analiza el sistema de la plea barganining y su adopción por parte de algunos paÃses europeos y latinoamericanos, en las reformas de sus leyes procesales penales. Con este fin, puntua el movimiento de reforma por el que pasaron algunos paÃses europeos y latinoamericanos, señalando una motivación de polÃtica criminal para justificar la importación del Instituto, caracterÃstico del modelo adversarial estadounidense, y conclui tratarse de una práctica que, para facilitar la aceleración de la respuesta del Estado, con la contribución de los acusados y de la eliminación del proceso, implementa un modelo procesal punitivista y tÃpico de los sistemas autoritarios.Â
El realismo de izquierda todavía estaba ahí
Los realistas de izquierda estaban de acuerdo en que el delito es realmente un problema. Que más allá que ello requiere de análisis y críticas sobre el Estado y sus instituciones, así como de la sociedad y de los medios de comunicación (pues la reacción institucional y social, tamabién es un problema), no deberían olvidarse los recursos explicativos sobre la situación de las víctimas y también de los denominados “delincuentes” (quienes no son “Robin Hood”, como gráficamente lo expresó el propio Jock Young). Para el realismo de izquierda, y su plan de inclusión y pacificación, es necesario recuperar herramientas que reduzcan la materialidad del delito, también utilizando las instituciones del sistema penal. Particularmente la policía, que ya no es vista solo como un aparato represivo sino también como un aliado creíble y demandado por esos sectores perjudicados doblemente: por la ausencia de Estado y por el delito. Ello sobre todo es necesario para impedir la manipulación de la derecha criminológica que se ofrece como defensora de las víctimas y de la “ley y orden”. Para esa ingente tarea fue necesario darle una vuelta a la misma criminología crítica, y eso es lo que produjeron esos autores hace ya unos treinta años
Intolerable
Cincuenta años después del manifiesto fundacional del Grupo de Información de las Prisiones (GIP), escrito por Foucault, que tenía el evocativo título de “Intolerable”, en este artículo se intenta pensar en el presente latinoamericano.. Desde hace quince años el mundo ve reducido el crecimiento de la población reclusa, incluso en el país que más presos porcentuales tiene que es Estados Unidos. En el siglo XXI, los que encarcelan más y en mayor velocidad son los países latinoamericanos: en nuestros países, además, el hiperencarcelamiento se acompaña con hacinamiento y violaciones a los derechos humanos, dada la falta de inversión en estructura, incluso para realizar una “industria” del control del delito. Lo “intolerable” adquiere características propias en las que a los rasgos perspicazmente analizados por Foucault se le aduna la persistente desigualdad heredada del colonialismo y la novedosa de la distribución económica del neoliberalismo. Las herramientas de lucha en torno al GIP que gestaron, a la vez, las cruciales investigaciones que van desde La verdad y las formas jurídicas hasta Vigilar y castigar, con relecturas críticas, pero no deslegitimantes de los derechos humanos en el pensador francés, deben ser repensadas en clave latinoamericana. “Nos dicen que las prisiones están sobrepobladas. Pero ¿y si fuera la población la que estuviera siendo sobreencarcelada?”Fifty years after the founding manifesto of the G.I.P., written by Foucault, which had the evocative title of “Intolerable”, we will try to think about the Latin American present. For fifteen years the world has seen the growth of the prison population reduced, even in the country that has the highest percentage of prisoners, which is the United States. In the 21st century, those that incarcerate more and faster are the Latin American countries: in our countries, in addition, hyper-incarceration is accompanied by overcrowding and human rights violations, given the lack of investment in structure, even to carry out an “industry” of crime control. The “intolerable” acquires its own characteristics in which the persistent inequality inherited from colonialism and the new economic distribution of neoliberalism are added to the features insightfully analyzed by Foucault. The tools of struggle around the GIP that generated, at the same time, the crucial investigations that range from “The truth and legal forms” to “Monitor and punish”, with critical but not delegitimizing rereadings of human rights in the French thinker , must be rethought in a Latin American key. “They tell us that the prisons are overcrowded. But what if it was the population that was being over-incarcerated?”Cincuenta años después del manifiesto fundacional del Grupo de Información de las Prisiones (GIP), escrito por Foucault, que tenía el evocativo título de “Intolerable”, en este artículo se intenta pensar en el presente latinoamericano.. Desde hace quince años el mundo ve reducido el crecimiento de la población reclusa, incluso en el país que más presos porcentuales tiene que es Estados Unidos. En el siglo XXI, los que encarcelan más y en mayor velocidad son los países latinoamericanos: en nuestros países, además, el hiperencarcelamiento se acompaña con hacinamiento y violaciones a los derechos humanos, dada la falta de inversión en estructura, incluso para realizar una “industria” del control del delito. Lo “intolerable” adquiere características propias en las que a los rasgos perspicazmente analizados por Foucault se le aduna la persistente desigualdad heredada del colonialismo y la novedosa de la distribución económica del neoliberalismo. Las herramientas de lucha en torno al GIP que gestaron, a la vez, las cruciales investigaciones que van desde La verdad y las formas jurídicas hasta Vigilar y castigar, con relecturas críticas, pero no deslegitimantes de los derechos humanos en el pensador francés, deben ser repensadas en clave latinoamericana. “Nos dicen que las prisiones están sobrepobladas. Pero ¿y si fuera la población la que estuviera siendo sobreencarcelada?
Sobre el juicio por jurados en el año 2008
Recorrido histórico y análisis jurídico del juicio por jurados
Emergencia penitenciaria y emergencia sanitaria. Propuestas para mitigar las violaciones de derechos humanos en las cárceles argentinas
La cantidad de personas encarceladas es el producto de varias decisiones políticas y sociales. El acontecimiento mundial del COVID 19 y sus consecuencias debería permitir darnos este debate que como sociedad nos merecemos para buscar, durante la pandemia pero sobre todo luego de ella, la moderación necesaria para que nuestro sistema penal sea razonable. Como parte del Proyecto de Investigación “Cambios en el castigo en la Argentina contemporánea: reforma legal y su impacto en la ejecución de la pena de prisión” (UNPAZ), elaboramos el siguiente documento. Es una invitación para reflexionar desde lo colectivo y para actuar desde lo político. Nuestras propuestas apuntan a los tres poderes del Estado para que, en conjunto, puedan mitigar un problema preexistente y que se agravará por la actual pandemia. Se trata de pensar políticas y medidas de descarcelamiento que puedan disminuir la sobrepoblación
A defensoria pública como garantia de acesso à justiça
Access to justice seems particularly important to guarantee other rights, often as or more important than civil and political rights, including criminal and procedural guarantees. In any case, with regard to this aspect and the role of the criminal defender, the access to justice seems a mockery if we consider that those who Public Defenders normally defend, persons who are deprived of their liberty, are detained and their only contact with justice is mainly the penitentiary institution, which is very easy to access and precisely where they want to go out, the opposite of access. The criminal defense has to reach exactly that, aimed to provide legal assistance to the accused, fighting for his freedom in any case. This article intends to talk about the ideas “guarantee” and “public”, that transforms it into public defense, official, materialized in the public defender office.O acesso à justiça parece especialmente importante para garantir outros tipos de direitos, muitas vezes tão ou mais relevantes que os direitos civis e políticos, entre os quais estão as garantias penais e processuais penais. Em todo caso, no que diz respeito a este último aspecto e ao papel do defensor criminal, esta menção ao acesso à justiça parece um escárnio, se considerarmos que aqueles que os Defensores Públicos normalmente defendem são pessoas que estão privadas de sua liberdade, estão detidas e seu único contato com a justiça é, principalmente, o da instituição penitenciária, a qual é muito fácil de acessar e de onde precisamente querem sair, o oposto de acessar. E a defesa criminal tem que conseguir exatamente isso, deve fornecer assistência jurídica ao acusado para ajudá-lo a lutar por sua liberdade, em qualquer caso. Pretende-se neste artigo discorrer sobre as ideias de “garantia” e de “pública”, que a transformam em defesa pública, oficial, concretizada na defensoria pública
Comentarios de libros: Comentario a Iñaki Rivera Beiras: Decarcelación. Principios para una política pública de reducción de la cárcel (desde un garantismo radical)
Comentarios de libros: Comentario a Iñaki Rivera Beiras: Decarcelación. Principios para una política pública de reducción de la cárcel (desde un garantismo radical