23 research outputs found

    Balance del trabajo decente en las políticas públicas colombianas

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    22 p.La Revolución Industrial del siglo XIX provocó el surgimiento de la clase social trabajadora. Esta fue la oportunidad para que Marx analizara su desarrollo en el contexto económico y social de ese período. Tales aspectos requirieron una nueva ciencia social para el análisis y el estudio de ese nuevo fenómeno que, a la postre, originó en la cultura jurídica un nuevo concepto de derecho a partir del proteccionismo del trabajo humano: el derecho laboral. Esta nueva ciencia social se denominó sociología. Todos estos análisis del mundo del trabajo deben surgir de ella, dado que el derecho laboral ―originado en el seno de esa nueva clase social― se independizó de la cultura jurídica civilista y generó un conjunto de principios y conceptos en el marco del proteccionismo del mundo del trabajo que permitieron reflexionar en el siglo XXI sobre la necesidad de la transformación del concepto del derecho laboral en el marco del derecho del mundo del trabajo.Trabajo decente Las políticas del trabajo decente en Colombia Balance de las políticas públicas y de trabajo decente en Colombia Conclusión Referencia

    Metodología de la investigación de la ciencia jurídica laboral: Propuesta para la investigación en el mundo del trabajo en el siglo XXI

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    This research report contains elements of methodology of legal science of law. also proposes the need for it is addressed-in the field of labor law-under the multidisciplinarity that allows both the Sociology of Law as its relations with the social sciences (Philosophy, Economics, Science, History, etc.). This reading allows us to propose a solution to the conflict in the world of work presented in society by giving prevalence of Sociology of Law. This paper from a new methodological perspective of the Sociology of Law offers a few examples to tackle them.El presente informe de investigación recoge elementos de metodología de la ciencia jurídica del Derecho. De igual manera, propone la necesidad de que éste sea abordado -en el campo del Derecho Laboral- bajo la multidisciplinariedad que permite tanto la Sociología Jurídica como sus relaciones con las ciencias sociales (Filosofía, Economía, Ciencia Histórica, etc.). Esta lectura nos permite proponer solución a la conflictividad del mundo del trabajo que se presenta en la sociedad, al darle prevalencia la Sociología Jurídica. De aquí que el presente trabajo proponga -desde una nueva perspectiva metodológica de la Sociología Jurídica- algunos ejemplos de abordaje

    La filosofía del derecho y el mundo del trabajo

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    For neoliberal economic theories, the world of work is considered an individualized merchandise worker whose value is determined by the law of supply and demand, without Smith's invisible hand can intervene in the market work3. In labor law, this relationship is reflected by the so-called deregulation of labor, or relaxation of the employment relationship, which is only to consider that human labor should leave the labor protectionism of the standards produced by the State as minimum rights for workers. Hence the purpose of this report the research "The World of Work in the XXI Century" is to demonstrate the need to strengthen the protective principle as balance shaft Labour Law from the philosophy of law.Para las teorías económicas neoliberales, el mundo del trabajo se considera una mercancía individualizada del trabajador cuyo valor está determinado por la ley de la Oferta y la Demanda, sin que la mano invisible de Smith pueda intervenir en el mercado de trabajo3. En el Derecho del Trabajo, esta relación se refleja a través de la llamada desregulación del trabajo, o flexibilización de la relación de trabajo, que no es más que considerar que el trabajo humano debe salir del proteccionismo laboral de las normas producidas por el Estado como derechos mínimos para los trabajadores. De aquí que el objeto del presente informe de la línea de investigación “El Mundo del Trabajo en el Siglo XXI” sea demostrar la necesidad de fortalecer el principio protector como eje regulador del Derecho del Trabajo desde la filosofía del Derecho

    La responsabilidad social empresarial en las empresas del sector carbonífero colombiano: Lecciones y experiencias de las transnacionales mineras en el marco de los estándares internacionales determinados por la Organización Internacional del Trabajo

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    This report aims to undertake a study on the treatment of human rights in the context of the social responsibility of some corporations in the coal sector in Colombia. For this purpose, be taken as indicators of human rights in the world of work, environmental impact and analysis of social conflict. Be taken as cases, some Colombian transnational companies of the coal sector.El presente informe tiene como finalidad realizar un estudio acerca del tratamiento de los Derechos Humanos en el marco de la responsabilidad social de algunas empresas transnacionales del sector carbonífero en Colombia. Para tal efecto, se tomará como indicadores los derechos humanos en materia del mundo del trabajo, el impacto ambiental y el análisis de la conflictividad social. Se acogerán como casos algunas empresas transnacionales del sector carbonífero colombiano

    Aplicación de los convenios de la OIT en materia de derecho de asociación sindical y negociación colectiva en las decisiones de los operadores judiciales en Colombia

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    This research report reviews some decisions of the Colombian Constitutional Court on union organizing and collective bargaining through the case method. Poses potential of judicial decisions in application of ILO conventions (87, 98, 154 and 135).Este informe de investigación analiza algunas decisiones de la Corte constitucional colombiana en materia de organización sindical y negociación colectiva, a través de la metodología de casos, estableciéndose las posibles decisiones de los casos puestos a consideración a operadores judiciales en aplicación directa de los convenios de la OIT (87, 98, 154 y 135)

    Essential public service and the right to strike in Colombia (Conventions no. 87 and 98 of ILO)

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    This paper will set out a solution to the controversy that emerged after the approval of the Constitution of 1991, in which two norms in the matter of labour (Labour Law) were established: Article 53 mandates “(…) International conventions of labour duly ratified are part of the internal law. (…)”; and Article 93 states “International treaties and conventions ratified by Congress that recognize Human Rights and prohibit their limitations in state of exception, prevail in the internal order (…)”. This norms have produced that the Convention No. 87 and 98 of ILO (ratified by Colombia through law 26 and 27 of 1976 respectively) and the comments of their supervisory bodies (Trade Union Freedom Comittee and the Committee of Experts on the Application of Conventions and Recommendations) be considered by the Constitutional Court as conventions of human rights that are part of the constitutionality block. This has resulted in a contradiction of the substantive code addressing the exercise of the right to strike. The purpose of this article will be to establish the concept of essential public service and the right to strike, the grounds of illegality declaration of collective halt or suspension of activities, and the different types of strike in Colombia.El presente artículo planteará una solución a la controversia surgida una vez aprobada la Constitución de 1991, en la cual se establecen dos normas en materia del mundo del trabajo (Derecho Laboral): el Artículo 53 que dispone: “[...] Los convenios internacionales del trabajo debidamente ratificados, hacen parte de la legislación interna [...]” y el Artículo 93 que señala: “Los tratados y convenios internacionales ratificados por el Congreso, que reconocen los derechos humanos y que prohíben su limitación en los estados de excepción, prevalecen en el orden interno [...]”. Estas normas han causado que los Convenios 87 y 98 de la OIT (ratificados por Colombia mediante las Leyes 26 y 27 de 1976, respectivamente) y los comentarios de sus órganos de control (Comité de Libertad Sindical y de la comisión de expertos en aplicación de convenios y recomendaciones) sean considerados por la Corte Constitucional como convenios de derechos humanos que forman parte del bloque de constitucionalidad; esto genera una contradicción con el Código Sustantivo frente al ejercicio del derecho de huelga. Se tendrá como objeto definir el concepto de servicio público esencial y el derecho de huelga, las causales de declaratoria de ilegalidad de la suspensión o del paro colectivo de actividades y cuántos tipos de huelga hay en Colombia

    Os acordos da organização internacional do trabalho e a negociação coletiva dos trabalhadores não sindicalizados: caso colombiano.

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    This research article has a goal to analyze the coexistence between the collective bargaining – agreement between the union and the employer – and the collective agreement – agreement between non-unionized workers and the employer – within a company as a reality that does not recognize the 87, 98 nor the 154 International Labour Organization and Committee on Freedom of Association agreements. By using legal sociology both the labor law and its application are approached from a documentary analysis methodology from Colombian labor reality as an academic input with regard to the protection and warranty of the freedom of association. The purpose is to conclude that this coexistence is a jurisprudence’s outcome contrario sensu to international agreements of freedom of association.El presente artículo tiene por finalidad analizar la coexistencia entre la convención colectiva (acuerdo entre organización sindical y empleador) y el pacto colectivo de trabajo (acuerdo entre trabajadores no sindicalizados y empleador) en una empresa, como una realidad que desconoce los convenios 87, 98 y 154 de la Organización Internacional del Trabajo y los criterios de su Comité de Libertad Sindical. Con el empleo de la sociología jurídica se aborda el tema de estudio a partir de la metodología del análisis documental de la norma laboral y su aplicación a través del desarrollo jurisprudencial, tomando como caso la realidad laboral colombiana, como aporte académico en materia de protección y garantía de la libertad sindical, a fin de concluir que esta coexistencia ha sido producto de la construcción jurisprudencial a contrario sensu de los convenios internacionales sobre libertad sindical.O objetivo deste artigo de pesquisa tem por finalidade analisar a coexistência entre o acordo coletivo (acordo entre a organização sindical e empregador) e o acordo de negociação coletiva de trabalho (acordo entre trabalhadores não sindicalizados e empregador) em uma empresa, como uma realidade que desconhece as convenções 87, 98 e 154 da Organização Internacional do Trabalho e os critérios do seu Comitê de Liberdade Sindical. Com o uso da sociologia jurídica, o tema do estudo é abordado a partir da metodologia da análise documental da norma do trabalho e sua aplicação através do desenvolvimento jurisprudencial, tomando como caso a realidade trabalhista colombiana, como contribuição acadêmica em matéria de proteção e garantia da liberdade sindical, a fim de concluir que esta coexistência tem sido o produto da construção jurisprudencial a contrario sensu das convenções internacionais sobre liberdade sindical

    Cláusulas auto - execução de convenções da Organização Internacional do Trabalho, em direito do trabalho coletivo (Convenções 87 e 98)

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    This research report analyzes the domestic applicability of ILO Conventions regarding the con­dition that its terms must be clear and precise so that the judicial can give direct applicability in solving conflicts. The thesis is intended to demonstrate that the clauses self executing and non self executing when it comes to human rights conventions, can be applied directly by the operator court regardless autorun criteria. The question that arises in this case is: If the Con­ventions on collective labor rights have clauses non self executing or, if that be contemplated by human rights conventions do these conventions could be applicable executive order? El artículo hace referencia a la aplicabilidad interna de los Convenios de la Organización Inter­nacional de Trabajo (OIT) en cuanto a la condición de que sus cláusulas deben de ser claras y precisas para que los operadores judiciales puedan darle aplicabilidad directa en la solución de conflictos. La tesis apunta a que las cláusulas self executing y non self executing, cuando se trata de convenios sobre Derechos Humanos, pueden ser aplicables directamente por el operador judicial sin tener en cuenta los criterios de auto ejecución. El interrogante que se plantea en el presente caso consiste en que si los convenios en materia de derechos laboral colectivo contemplan cláusulas non self executing o, en caso de que las contemplen por ser convenios sobre derechos humanos, ¿estos convenios podrían ser de aplicación auto ejecutiva? Este relatório de pesquisa analisa a aplicabilidade interno das Convenções da OIT sobre a condição de que seus termos devem ser claros e precisa para que o judiciário possa dar apli­cabilidade directa na resolução de conflitos. A tese se destina a demonstrar que as cláusulas de auto execução e não de auto execução quando se trata de convenções de direitos humanos, pode ser aplicado diretamente pelo tribunal operador independentemente critérios autorun. A questão que se coloca neste caso é: ¿Se as convenções sobre os direitos coletivos de trabalho têm cláusulas de não auto-execução ou, se esse for contemplado por convenções de direitos humanos que estas convenções poderiam ser ordem executiva aplicável?

    Análisis de los efectos de las recomendaciones de los órganos de control de la Organización Internacional del Trabajo sobre el cumplimiento de los Convenios 87 y 98 por parte del Estado colombiano

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    This report is to analyze the recommendations and observations of the supervisory bodies of the International Labour Organization (ILO) Conventions 87 and 98 of the ILO in the case of Colombia and the effects generated in labor law our country.El presente informe tiene como finalidad analizar las recomendaciones y observaciones de los órganos de control de la Organización Internacional del Trabajo (O.I.T.) sobre los Convenios 87 y 98 de la O.I.T. en el caso colombiano y los efectos que han generado en la legislación laboral de nuestro país

    Objetivos de Desarrollo Sostenible, Índice Global de Paz y mundo del trabajo: Análisis de las cláusulas sociales en las negociaciones comerciales entre Colombia y los países del Asia Pacífico

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    La integración económica de Colombia a los mercados globales bajo los tratados de libre comercio (TLC) ha sido uno de los objetivos principales de los últimos gobiernos. Si bien los TLC que ha suscrito Colombia con diversos países han establecido cláusulas sociales, el panorama de inversión económica ha impactado el mercado de trabajo. Por tanto, estudiar el mundo del trabajo en el siglo XXI, teniendo en cuenta los efectos de la globalización, los modelos económicos y los planteamientos de la necesidad de un transnacionalismo normativo del mundo del trabajo, exige su revisión a partir de los estándares internacionales en materia de derechos humanos laborales, la Agenda 2030 de Naciones Unidas y las variables planteadas por el Índice Global de Paz. La investigación permitirá hacer una primera aproximación a los estándares sociales y de paz que deben ser tenidos en cuenta para la garantía de los derechos humanos del mundo del trabajo por parte del sector empresarial y la comunidad en general, en el contexto del trabajo decente (ODS 8). Esto debe permitir mejorar los estándares de competitividad de la población y el fortalecimiento de las relaciones económicas con algunos de los países del Asía Pacífico.Universidad Libre - Facultad de Derecho - Derech
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