20 research outputs found

    El amparo contra sentencias ¿Una idea cuyo tiempo ha llegado? (A cincuenta años del caso “Angel Siri”)

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    Ningun

    ¿Sirve la jurisprudencia constitucional comparada para los jueces argentinos?

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    El autor aborda el tema de la jurisprudencia comparativa para actuar como fuente del derecho constitucional.Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociale

    La mixtura del control de constitucionalidad argentino.

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    Abstract. This paper aims to look into the current situation of the constitutionality controlin the Republic of Argentina. It is for that purpose that classic hermeneutic canons on thesubject are reviewed, so as to reflect on the changes that have taken place in these positionsas from the end of the last century and beginning of the 21st century. In the last few years, the criteria that consider the Argentinean Supreme Court a constitutional court without therebeing a specific amendment have become stronger, co-existing with the traditional diffusesystem.Resumen. El presente trabajo procura indagar la actualidad del control de constitucionalidaden la República Argentina. Para ello, pasa revista a los clásicos cánones hermenéuticosexistentes en la materia, para luego reflexionar sobre los cambios operados en esasposturas a partir de fines del siglo pasado y comienzos del siglo XXI. Se han profundizadoen los últimos tiempos los criterios que apuntarían informalmente a considerar a la CorteSuprema argentina como tribunal constitucional, sin reforma expresa, en coexistencia conel tradicional sistema difuso

    Minorias ni tan “discretas” ni tan “insulares”: la Suprema Corte de los Estados Unidos frente a la discriminacion hoy

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    En este trabajo el autor analiza tres pronunciamientos recientes de la Corte Suprema norteamericana: una desestimación de un amparo presentado por una parroquia cuyos feligreses se encontraban limitados a concurrir por la pandemia del COVID‑19; un cuestionamiento de tres empleados homosexuales a sus despidos solicitando se los encuadrase como actos de discriminación laboral con arreglo al Título VII de la Civil Rights Act de 1964; finalmente, un reclamo de un grupo de migrantes que viven desde hace años en los Estados Unidos (dreamers), quienes habían sido beneficiados por un programa de la Administración de Barack Obama y que su sucesora quiso dar por concluido. PALABRAS CLAVES: Control judicial de constitucionalidad – Interpretación constitucional – Derechos de las minorías – Jurisprudencia de la Corte Suprema de los Estados Unido

    Las acciones de clase: desde los Estados Unidos a la Argentina.

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    Las acciones de clase se han desarrollado en Argentina fundamentalmente a través de dos sentencias de la Corte Suprema de Justicia (como antecedente, Ekmekdjian c. Sofovich, y más recientemente y con centralidad, Halabi). A diferencia de los Estados Unidos, donde las acciones de clase se encuentran reguladas en detalle dentro del paraguas de la Regla de Procedimiento Civil Número 23, las acciones de clase argentinas han tenido una fuerte impronta jurisprudencial. Los jueces de la Corte Suprema argentina insisten en que existen tres tipos diferentes de derechos comprendidos en cualquier pleito: a) derechos individuales, donde los daños se resarcen sobre la base del caso por caso; b) derechos colectivos como los ambientales, donde los daños son generalizados; y c) una tercera categoría, de naturaleza híbrida, que involucra a los intereses individuales homogéneos. Cada miembro de la clase tiene un interés divisible en el resultado final del litigio; la causa fáctica y jurídica es homogénea y los efectos son generales, como en la protección de la relación de consumo

    Los múltiples usos del Derecho Constitucional Comparado.

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    El Derecho Constitucional Comparado se presenta como una realidad polifacética. No sólo emplea clasificaciones, sino que cada vez se preocupa más por los contextos, sean éstos históricos, políticos, económicos o sociológicos. No le basta con describir la norma jurídica, sino que también se va a adentrar en su efectivo funcionamiento. Las Constituciones no sólo prescriben; contienen una historia y expresan valores y aspiraciones de una sociedad. Generalmente, la norma extranjera es admitida sin coerción, como un argumento de autoridad para fortalecer tal o cual posición. Sin embargo, excepcionalmente, puede haber una imposición del modelo utilizado, en un escenario pos-bélico. La globalización ha hecho que cada vez más ingresen contenidos de derecho internacional a la Constitución. Cómo ingresan los mismos también es tarea del comparatista

    La justicia constitucional en el constitucionalismo subnacional mexicano

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    During the last two decades deep changes have been introduced to the Mexican system of judicial review. Not only relevant federal constitutional provisions handed more power to the Supreme Court; sub-national judicial review mechanisms were also created, shifting these functions to semi-specialized Constitutional Chambers —or even Constitutional Courts— within the framework of state supreme courts. The model is thus becoming higher centralized at the federal level, while betting at the same time on federalism with enhanced sub-national tools.En las últimas dos décadas el sistema mexicano de revisión constitucional ha experimentado grandes cambios. No sólo importantes revisiones constitucionales a nivel federal han conferido mayores poderes a la Suprema Corte de Justicia, sino que también se han diseñado mecanismos de control constitucional en el nivel subnacional, otorgando ese poder a cuerpos semiespecializados como las Salas Constitucionales —o hasta Tribunales Constitucionales— dependientes de los Tribunales Superiores de Justicia. El modelo progresivamente va adoptando ribetes de mayor centralización de control en el plano federal, mientras que en paralelo confía en el federalismo al vigorizar los instrumentos subnacionales

    Apuntes sobre bio-constitucionalismo (en las bases de la justicia constitucional)

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    Generally, culture and nature have been expounded separately. Constitutional Law is clearly located within the realm of culture. However, certain biological tools are useful in our discipline too. The complex understanding of Constitutional Law is also needed for judicial review. Constitutional life, the birth, zenith and decline of constitutions and the study of constitutional identities are, among others, interesting topics of an interrelated, yet forgotten, agenda.Generalmente en el campo de las ciencias suelen presentarse los mundos natural y cultural de manera separada y desconectada. El Derecho Constitucional se ubica claramente en el terreno cultural. Ello no implica descartar, sin embargo, que ciertas nociones de la biología sean útiles a la hora de analizar a las Constituciones, o a la hora de tener que sentenciar el juez constitucional. La vida constitucional, el nacimiento, esplendor y ocaso de las cartas constitucionales y las identidades constitucionales son, entre otros, fértiles campos de estudio de esa olvidada interrelación
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