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    La consulta previa en la Constituci贸n del 2008

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    El derecho a la consulta previa se encuentra consagrado desde la Constituci贸n de 1998. Desde su vigencia, el Estado ha venido ignorando este derecho, ya que su inter茅s prioritario ha sido el desarrollo econ贸mico, ocasionando graves prejuicios culturales y ambientales a las comunidades ind铆genas y a la sociedad en general. La Constituci贸n del 2008 amplia la protecci贸n de estos derechos colectivos pertenecientes a los pueblos y comunidades ind铆genas, tomando como punto de partida el hecho de introducir en el art铆culo primero la noci贸n del "estado constitucional de derechos y justicia", caracterizado no solo por la extensa gama de derechos sino por la protecci贸n que se da a los mismo a trav茅s de las garant铆as. En la misma l铆nea, esta nueva noci贸n de estado, para mayor protecci贸n de los Derechos, coloca a la par tanto a las normas constitucionales como aquellas que se encuentran dentro de los instrumentos internacionales de derechos humanos y que sean m谩s favorables a los derechos humanos. Por lo que, el derecho a la consulta previa a pesar de encontrarse determinado de una forma m谩s expl铆cita en nuestra actual Constituci贸n, todav铆a nos deja inc贸gnitas acerca de la aplicaci贸n y cumplimiento de este derecho, por lo que debemos recalcar que de conformidad a la Constituci贸n ecuatoriana vigente debe ajustarse a los t茅rminos se帽alados a la misma, as铆 como tambi茅n al Convenio 169 de la OIT, y la Declaraci贸n de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Ind铆genas de acuerdo a lo establecido en el p谩rrafo anterior

    Logros de las comunidades, pueblos y nacionalidades ind铆genas en el 谩mbito de la interculturalidad en el Ecuador

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    Resumen El tema de esta monograf铆a es central para entender c贸mo los pueblos ind铆genas han venido luchando por conseguir una necesaria construcci贸n de la interculturalidad, gracias a su capacidad de resistencia frente a las adversidades de la colonia, de la explotaci贸n de la que han sido v铆ctimas y del estado de exclusi贸n y discriminaci贸n social. Esta resistencia -sofocada muchas veces por medio de la violencia de las 茅lites dominantes-, se expres贸 en movimientos de rebelde protesta a lo largo de la historia (煤ltimamente, en la d茅cada de los a帽os noventa del siglo pasado) y permiti贸 que los pueblos y nacionalidades ind铆genas preservaran y mantuvieran vigentes sus expresiones culturales: lengua, tradiciones, creencias, ritos, saberes ancestrales, etc. Para el desarrollo de este trabajo nos basaremos en dos ejes tem谩ticos b谩sicos: El primero es con respecto al marco hist贸rico-cultural, en el que estableceremos las etapas que han venido atravesando las comunidades, pueblos y nacionalidades, como tambi茅n las reivindicaciones logradas (nos referiremos especialmente a los derechos colectivos y a su significaci贸n). El segundo tratar谩 sobre el importante reconocimiento del Estado ecuatoriano como plurinacional, pluricultural y multi茅tnico (Art. 1, inciso 1; numeral 1 del art铆culo 380; Art. 257, inciso1; Art. 6, inciso 2), el mismo que se encuentra plasmado en nuestra actual Constituci贸n.Diplomado Superior en Interculturalidad. Derechos Humanos y Migraci贸nCuenc
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