84 research outputs found
Help to Buy will likely have the effect of pushing up house prices further, making housing become less – not more – affordable for young would-be-owners
The government’s Help to Buy scheme is intended to stimulate housing demand which, in theory at least, should translate into new housing being supplied. Christian Hilber argues that the UK housing supply is incredibly unresponsive to demand shocks, due to an extraordinarily inflexible planning system. The government’s attempt to boost homeownership will probably backfire, with the main beneficiaries likely to be mainly wealthy and older homeowners. A further concern is that exiting the scheme might seriously damage the economy and therefore be politically infeasible
Contractual penalty clauses in recent Serbian arbitration practice
The focus of the paper is on the analysis of different approaches to situation when the parties are allowed to agree on sums payable in the event of breach of obligations, issues pertaining to contractual penalties in general as well as practical and doctrinal differences in their compensatory and penal goal. The authors reflect on some of the acute issues raised in recent arbitral practice with respect to the topic of contractual penalties, particularly in the sphere of privatization agreements. One of the problems analyzed relates to characterization of the secured obligations in privatizations, reductions of penalties as well as the issue of combining contractual penalties with bank guarantees and with the prohibition of restitution contained in the Law on Privatization of the Republic of Serbia
Expediente constitucional N° 00537-2011-0-1903-JR-CI-02; acción de amparo
La demandante ALALPI SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Con fecha 25 de setiembre del año 2009 interpuso demanda indemnización por responsabilidad civil, contra DISTRIBUIDORA CORONEL PORTILLO SOCIEDAD ANONIMA CERRADA y RICARDO GRIS PERCOVICH, a fin que el juzgado le otorgue la indemnización por daños y perjuicios que comprende el Daño Emergente y el Lucro Cesante, y que cumplan con pagar a la demandante en forma solidaria, la suma de Trescientos mil 00/100 Nuevos Soles (S/ 300,000.00), ya que el codemandado RICARDO GRIS PERCOVICH había resuelto el contrato de SERVICIOS DE REPARTO Y CONBRANZA inobservando las causales de resolución contenidas en el contrato. Al contestar la demanda los codemandados argumentan que se resolvió el contrato de acuerdo con la cláusula séptima, que facultaba a las partes a ponerle fin en cualquier momento previa notificación notarial con una anticipación de siete días. Mediante Resolución Número once – SENTENCIA, de fecha 11 de marzo del 2011, el Segundo Juzgado Especializado en lo Civil de Maynas, declara fundada en parte la demanda y ordena que la demandada cumpla con pagar a favor de la demandante la suma de S/. 43,436.70 por concepto de daño emergente y 167,580.12 por concepto de lucro cesante, improcedente la demanda interpuesta contra Ricardo Eugenio Gris Percovich. La demandada interpuso recurso de apelación, solicitando que la recurrida sea revocada y reformándola, la declare infundada ya que la sentencia incurre en graves errores de interpretación. Mediante Resolución Número Veinticinco – Sentencia de Vista, de fecha 04 de noviembre del 2011, la Sala Civil Mixta de Loreto, resuelve confirmar la sentencia apelada que declara fundada en parte la demanda, revocaron la misma sentencia y reformándola ordenaron que la demandada pague la suma de S/ 13,043.55 por lucro cesante e infundada la demanda por daño emergente. Ante ello la demanda el 28 de diciembre de 2011interpone recurso de casación pues al momento de emitir la sentencia se infringe la normativa contenida en el artículo 1351, 1352 y 1353 del Código Civil. Por lo que con fecha 23 de mayo de 2012, la Corte Suprema, resuelve, declarar IMPROCEDENTE el recurso de casación ya que no cumple con el tercer requisito de procedencia del artículo 388 del Código Procesal Civil.La demandante LIZETH RAMIREZ ARICARA interpuso demanda de amparo ante el Segundo Juzgado Civil de Maynas contra la CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LORETO el 12 de abril del 2011, a fin que el juzgado reponga las cosas al estado anterior de la violación de sus derechos constitucionales, disponiendo su reposición en su puesto habitual de trabajo, por haber sido despedida sin expresión de causa (despido incausado) y sin haberle otorgado el derecho de defensa, con motivo de celebrar Contratos de trabajo de naturaleza accidental y el Contrato de emergencia, lo cual se encontraban desnaturalizados, según lo previsto en el Decreto Legislativo 728. La demandada al contestar la demanda solicita que se le declare improcedente pues la demandante debe acudir a la vía laboral como vía igualmente satisfactoria, de acuerdo como señala el precedente vinculante 206-2005 AA/TC. Mediante resolución número siete - sentencia, de fecha 23 de agosto de 2011, el Juez del Segundo Juzgado Civil de Maynas, declara FUNDADA la demanda, sostiene que la demandante desarrollaba funciones de naturaleza permanente, desnaturalizando con esto los contratos, razón por la cual solo podía ser despedida por causa justa relacionado con su capacidad o conducta. No estando conforme con la sentencia la demandada interpuso recurso de apelación pues refiere que no se ha tenido en cuenta el precedente vinculante 206-2005 AA/TC. Mediante Resolución número trece – sentencia de vista, de fecha 12 de enero de 2012, la Sala Civil Mixta de Loreto, resuelve: REVOCAR la sentencia de primera instancia que declara fundada la demanda, REFORMÁNDOLA declaro infundada la demanda ya que sostiene que la naturaleza especial de los contratos modales suscritos entre las partes tiene por objeto, precisamente, la contratación temporal de una actividad permanente del empleador. Ante ello la demandante el 28 de marzo de 2012 interpone recurso de agravio constitucional pues la causa objetiva de los contratos no está especifico. Por lo que El Tribunal Constitucional declara fundada la demanda por haberse acreditado la desnaturalización del contrato de emergencia ya que la causa objetiva que invoca no es la adecuada para sustentar la emergencia.Trabajo de suficiencia profesiona
Las piezas sobre el tiempo de J.B. Priestley y el nuevo modelo del Universo de P.D. Ouspensky
Es bien conocido el interés del novelista y dramaturgo inglés J. B. Priestley en el problema del tiempo, tanto desde el punto de vista filosófico/científico como artístico/literario. Sus llamadas "piezas sobre el tiempo" (Esquina peligrosa, 1932; Yo estuve antes aquí, 1937; El tiempo y los Conway, 1937 y Ha llegado un inspector, 1946) encaran distintos aspectos de esta problemática, como el fenómeno del llamado déja vu, la irreversibilidad del tiempo, la anticipación en el tiempo a un suceso, etc. Este interés llevó a Priestley a una prolongada y, para su época, exhaustiva investigación a la vez científica y filosófica sobre la naturaleza de esta dimensión de la experiencia humana y de la propia constitución del universo que finalmente dio lugar a un volumen profusamente documentado titulado Man and Time (London, 1964). Uno de los enigmas que más cautivó a Priestley en relación con la experiencia fenoménica del tiempo fue la teoría de la recurrencia, que él encontró especialmente desarrollada en la obra del filósofo ruso P. D. Ouspensky A New Model ofthe Universe (New York, 1931). En este trabajo me propongo investigar de qué manera la lectura del libro de Ouspensky influyó en Priestley, tanto en la composición de sus propias piezas teatrales como en el estudio que llevó a cabo sobre el tratamiento del tiempo en algunas de las obras de ficción más representativas de la literatura contemporánea.</p
Avoiding surety contracts in bankruptcy procedure
Serbia's courts jurisprudence has divergent attitudes with respect to the dilemma whether a surety contract represents a contract without consideration, which may be avoided once the guarantor is subject to bankruptcy procedure without any additional conditions, or an onerous contract. Whether a surety contract is an onerous one has anyhow been disputed in the legal theory. One school of thought considers this contract as non-onerous one, since vis-a-vis guarantor's obligation no benefit to be expected from the other contractual party (i. e. creditor) exists. The other school of thought understands surety (almost always) as an onerous contract bearing in mind that the guarantor who enters into this contract does not have intentio liberalis. There are numerous and nuanced views based on analyses of the relation between a guarantor and a debtor focused on the argument that surety is a contract without consideration if intentio liberalis existed vis-a-vis main debtor rather than vis-a-vis creditor. Our legal literature did not pay much attention to that issue until recently. In a rare text dedicated to it the author's basic standpoint is that surety represents a contract without consideration. An exception, depending on the circumstances of the case, could be surety given by a parent company for the obligation of a subsidiary, provided the former reasonably expected a benefit in terms of an increase in the value of shares. Commercial courts followed such reasoning. In this article an opposite stance has been argued. Namely, the onerousness of surety must be assessed based on the relation between the guarantor and the main debtor rather than between the guarantor and the creditor. As a rule, surety is an onerous contract because the guarantor expects to collect from the debtor through subrogation the amount he paid to the creditor; exceptionally, surety may be a non-onerous contract if intentio liberalis existed vis-a-vis main debtor. However, this does not mean that the guarantor gives up his right to claim from the debtor the amount paid because otherwise such transaction would represent an indirect gift rather than surety. This does mean that there is no remuneration for surety - a benefit the guarantor could expect from entering into a surety contract. Therefore, the author rejects the approach followed by a number of Serbia's courts that bankruptcy trustee may request a declaration that, in accordance with the rules on avoiding debtor's transactions, a surety contract has no legal effects
Clima social familiar y habilidades sociales en estudiantes de secundaria de la Institución Educativa Pública n° 1226 Sol de Vitarte - Ugel 06, 2022.
Objetivo: demostrar la relación entre clima social familiar y habilidades sociales en estudiantes de secundaria de la Institución Educativa Pública N° 1226 Sol de Vitarte, UGEL 06, 2022. Materiales y método: de tipo cuantitativo, nivel correlacional. Diseño no experimental, transversal. La muestra fue de 160 estudiantes de secundaria de la Institución Educativa Pública N°1226 Sol de Vitarte, UGEL 06, 2022. La técnica de muestreo fue censal, se trabajó con 160 estudiantes. La recolección de datos fue con la escala de clima social familiar de Moos y la lista de chequeo de habilidades sociales de Goldstein. Los datos fueron procesados utilizando el programa SPSS 25. Resultados: el nivel de clima social familiar de los estudiantes de secundaria de la Institución Educativa Pública N°1226 Sol de Vitarte, fue de nivel media (59.4%). Asimismo, las dimensiones de relaciones familiares presentaron un nivel de tendencia media (46.1%); el desarrollo familiar fue de tendencia buena (59.4%); la estabilidad familiar de nivel tendencia buena (59.4%). Igualmente, las habilidades sociales fueron de nivel medio (70.3%). Y finalmente, existe relación positiva muy baja (p= 0.548>0.05, Rho: .047) entre clima social familiar y habilidades sociales. Conclusiones: que, existe relación positiva muy baja (p= 0.548>0.05, Rho: .047) entre el clima social familiar y habilidades sociales en estudiantes de secundaria de la Institución Educativa Pública N°1226 Sol de Vitarte. Asimismo, existe relación muy baja entre las habilidades sociales y las dimensiones relaciones familiares (p= 0.732>0.05; Rho: - .027), igualmente con el desarrollo familiar (p=0.816> 0.05; Rho: .018). Finalmente, con la estabilidad familiar (p=0.239>0.05; Rho: .092)
Museo de sitio en Wiraqochapampa y centros de interpretación para los sitios arqueológicos de la civilización Wamachuko
Nuestra identidad cultural está unida al legado de nuestros antepasados, y es
patrimonio que debemos preservar y hacer prevalecer en el tiempo.
Por ello el presente trabajo de investigación tiene como propósito general, definir
una programación arquitectónica específica para la aplicación en el desarrollo del
Proyecto de Museo de Sitio en Wiraqochapampa y Centros de Interpretación para
los Sitios Arqueológicos de la Civilización Wamachuko, que parte como una
propuesta directa de la Unidad Ejecutora 007 - Marcahuamachuco, donde estipula
en su instrumento de gestión; El Plan de Manejo y uso Turístico del Complejo
Arqueológico Monumental de Marcahuamachuco, los programas de habilitación de
museos y centros de interpretación.
La investigación se desarrolla en tres partes fundamentales: La primera parte
consiste en describir el Contexto Físico, Urbano y Socio Cultural del distrito de
Huamachuco y su área de influencia, que determinara condicionantes al proyecto
y una serie de necesidades para los visitantes. Todo esto a través del análisis y
descripción de la realidad urbana y el potencial arqueológico del ámbito de estudio
respaldado por el material bibliográfico e investigativo de la Unidad Ejecutora 007 -
Marcahuamachuco. La segunda parte consiste en identificar a los Usuarios, las
relaciones entre sus actividades y ambientes que estos configuran, mediante sus
requerimientos y su estrecha relación con el guion museográfico predeterminado
por la dinámica de los sitios arqueológicos existentes. Por último, la tercera parte
consiste en el análisis de los modelos análogos de edificios con características
tipológicas comunes, tal como; El Museo Tumbas Reales de Sipán ubicado en
Lambayeque, el Museo de Sitio Julio C. Tello ubicado en Paracas y el Museo de
Sitio de Pachacamac ubicado en Lurín, este último con cultura contemporánea al
legado de Marcahuamachuco. Además de ello también se realizó el análisis del
Centro de Interpretación Caminito del Rey ubicado en Málaga – España, para la
consideración de ambientes y criterios de diseño en la proyección de la recepción
previa para los visitantes al empezar el recorrido de cada sitio arqueológico de
Marcahuamachuco y el Cerro Miraflores. Con el fin de generar un circuito atractivo
turístico arqueológico entre los sitios arqueológicos pertenecientes a la Civilización
Wamachuko entre los años 950 a. c. hasta los 1100 d. c. que manifiestan su
grandeza en sus magnas construcciones arqueológicas.
Finalmente diseñamos el proyecto arquitectónico integral del Museo de Sitio en
Wiraqochapampa y Centros de Interpretación para los Sitios Arqueológicos de
Marcahuamachuco y El Cerro Miraflores, todos estos pertenecientes al legado de
la Civilización Wamachuko, para la puesta en valor del Sitio Arqueológico del Cerro
Miraflores y El Complejo Arqueológico Monumental de Marcahuamachuco
declarado como una de las Siete Maravillas del Perú y Patrimonio Cultural de la
Nación al igual que la Ciudad Arqueológica de Wiraqochapampa.Our cultural identity is linked to the legacy of our ancestors, and it is a heritage that
we must preserve and make prevail over time.
For this reason, the present research work has as a general purpose, to define a
specific architectural programming for the application in the development of the Site
Museum Project in Wiraqochapampa and Interpretation Centers for the
Archaeological Sites of the Wamachuko Civilization, which starts as a direct
proposal Executing Unit 007 - Marcahuamachuco, where it stipulates in its
management instrument; The Management Plan and Tourist Use of the
Monumental Archaeological Complex of Marcahuamachuco, the programs to
enable museums and interpretation centers.
The research is developed in three fundamental parts: The first part consists of
describing the Physical, Urban and Socio Cultural Context of the Huamachuco
district and its area of influence, which will determine the conditions for the project
and a series of needs for visitors. All this through the analysis and description of the
urban reality and the archaeological potential of the field of study supported by the
bibliographic and investigative material of the Executing Unit 007 -
Marcahuamachuco. The second part consists of identifying the Users, the
relationships between their activities and environments that they configure, through
their requirements and their close relationship with the museum script
predetermined by the dynamics of the existing archaeological sites. Finally, the third
part consists of the analysis of the analogous models of buildings with common
typological characteristics, such as; The Royal Tombs of Sipán Museum located in
Lambayeque, the Julio C. Tello Site Museum located in Paracas and the
Pachacamac Site Museum located in Lurín, the latter with contemporary culture to
the legacy of Marcahuamachuco. In addition to this, the analysis of the Caminito del
Rey Interpretation Center located in Malaga - Spain was also carried out, for the
consideration of environments and design criteria in the projection of the previous
reception for visitors when starting the tour of each archaeological site of
Marcahuamachuco and the Cerro Miraflores. In order to generate an attractive
archaeological tourist circuit among the archaeological sites belonging to the
Wamachuko Civilization between the years 950 BC. c. until 1100 AD. c. that
manifest their greatness in their magnificent archaeological constructions.
Finally, we designed the integral architectural project of the Site Museum in
Wiraqochapampa and Interpretation Centers for the Archaeological Sites of
Marcahuamachuco and El Cerro Miraflores, all of these belonging to the legacy of
the Wamachuko Civilization, for the enhancement of the Archaeological Site of
Cerro Miraflores and El Monumental Archaeological Complex of Marcahuamachuco
declared as one of the Seven Wonders of Peru and Cultural Heritage of the Nation
as well as the Archaeological City of Wiraqochapampa.Tesi
The energy costs of historic preservation
We explore the impact of historic preservation policies on domestic energy consumption. Using panel data for England from 2006 to 2013 and employing a fixed effects strategy, we document that (i) rising national energy prices induce an increase in home energy efficiency installations and a corresponding reduction in energy consumption and (ii) this energy saving effect is significantly less pronounced in Conservation Areas and in places with high concentrations of Listed Buildings, where the adoption of energy efficiency installations is typically more costly and sometimes legally prevented altogether. Historic preservation policies increase private energy costs and the social cost of carbon per designated dwelling by around £11,600 (4,000), respectively. These costs ought to be weighed against any benefits of preservation
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