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    Tipificar el delito de autoaborto como parricidio

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    En el desarrollo de la presente investigación se ha podido determinar el alto índice de prácticas abortivas, llegando a la impresionante estimación de 370,000 abortos clandestinos que se producen anualmente en el Perú, lo que quiere decir que hay 5 mujeres que abortan por cada 100 gestantes. Esta grave situación, permite revisar nuestro ordenamiento jurídico penal y evaluar si el autoaborto sancionado por la ley penal peruana es justa y proporcional; teniendo en cuenta la condición del sujeto activo (la madre), la condición de garante de ésta y la indefensa victima (el feto); se ha podido arribar a la necesidad de invocar una pena que sea proporcional al acto criminal cometido. En virtud a lo señalado precedentemente, se debe considerar al autoaborto como un delito de parricidio por la gravedad en relación al parentesco en línea recta que existe entre la víctima y su victimaria, donde el sujeto activo revela mayor peligrosidad porque no solo viola y destruye el bien jurídico de la vida debidamente tutelada por la ley, sino que vulnera principios y sentimientos elementales como el respeto a los parientes más próximos, provocando el reproche y alarma colectiva. En la vigente legislación el delito de autoaborto se sanciona con una pena no mayor de 2 años o cincuentidos a ciento cuatro jornadas de trabajo comunitario que en muchos casos no se cumple, por lo que a juicio de nuestros informantes la penalización actual del autoaborto no tiene efectos disuasivos a no cometer el ilícito penal, muy por el contrario se incrementan; razón por la cual proponemos al Congreso de la república un proyecto de ley que modifique el Código Penal en su artículo 114°, debiéndose subsumir al artículo 107° donde al delito de autoaborto se le considere como parricidio, sancionándose con una pena de 15 años de prisión efectiva

    Nuevo Código de Procedimientos Penales y el N.C.P.P.

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    La Conferencia tuvo como objetivo dar a conocer cómo se desarrolla el proceso penal en nuestro país en la actualidad luego de la entrada en vigor del nuevo Código Procesal Penal. Estamos ante una nueva configuración procesal que vendría inspirada por una cultura filosófica garantista y de fiel relejo al principio acusatorio, pero NO de acuerdo a su modelo antiguo, sino desde la perspectiva de un principio acusatorio moderno, donde están separadas las funciones de acusar y de juzgar, las de acusar conferidas en exclusiva al Representante del Ministerio Publico, y las de juzgar, con potestad jurisdiccional atribuida a los Jueces y Tribunales

    La fe pública registral versus la prescripción adquisitiva de dominio. Usucapión contra tabulas

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    La fe pública registral, contenida en el art. 2014 del Código Civil (en adelante CC), tiene como objeto proteger a aquel que cumplió estrictamente con todos los supuestos o requisitos previstos en dicho artículo, la falta de uno de ellos tendrá como consecuencia que quien alegue gozar de está protección no pueda acceder a la tutela jurisdiccional requerida. Entonces, cuando presentamos el problema entre el usucapiente (propietario no inscrito) contra un tercero registral (que alega gozar de la protección otorgada por la fe pública registral), lo determinante para resolver dicho conflicto es verificar que nos encontremos ante dicho tercero de fe pública registral (con buena fe) y es que -será esa la evaluación que hará el juzgador o, al menos, la que se supone debe hacer- esto por cuanto los arts. 1135 y 2022 del CC, no han sido pensados para resolver este conflicto. Tampoco se debe establecer que el artículo 2014 resuelve este problema, solo debe entenderse que el tercero buscará acogerse a este principio, el mismo que no podrá ser validado por el juzgador al verificarse que la propiedad estaba en posesión del prescribiente. La Corte (IV PCC) se ha pronunciado a favor de que, en un proceso en donde se discuta el desalojo de una persona, se considere la opción de alegar la prescripción como medio de defensa (supuesto de propiedad no inscrita contra titular registral inscrito, por evaluarse), ¿por qué no podemos hacerlo en una tercería de propiedad contra hipoteca? Por ejemplo, en el caso de un propietario por prescripción con derecho no inscrito contra un acreedor hipotecario de mala fe (casación nro. 1164-2016, Lima), es decir, un acreedor con conocimiento de que el titular registral otorgante no es el verdadero propietario. La casación referida y el art. 533 de nuestro Código Procesal Civil (en adelante CPC), responden afirmativamente diciendo prácticamente que, entre otros, el juez está sometido a la constitución y la Ley. La solución del art. 533 del CPC es que prime la inscripción (del derecho real), sin valorar algo muy importante, como es la buena o mala fe con la que se efectuó dicho registro. Consideramos que el sistema debe estar en favor de la seguridad jurídica y del tráfico jurídico inmobiliario de terceros de buena fe y no proteger a todos los terceros que busquen amparar un negocio simulado en el precitado principio; puesto que, de ser así, se estaría en contra del principio que se pretende defender y se generaría inseguridad jurídica (que no se quiere). Así, mediante la casación nro. 3667-2010-La Libertad, con buen criterio, declaró infundada una demanda de reivindicación al haber quedado descartada la buena fe del demandante, pues este tenía conocimiento que la demandada poseía el inmueble de manera continua, pacífica y pública. Ante la situación mencionada se advierten algunas cuestiones evidentes: ¿podría saber un comprador cuanto tiempo de posesión tienen los ocupantes del bien?, ¿la revisión de la posesión complica el tráfico inmobiliario? Sin duda, no compartimos que la constatación de la situación posesoria sea un componente que determine la buena fe del tercero; sin embargo, nos encontramos de acuerdo con el hecho de que el juzgador resuelva en favor de terceros que hayan obrado verídicamente de buena fe, tal como lo señala el artículo 2014 del Código Civil y no se resuelva como en la casación nro. 1164-2016, Lima (mencionada precedentemente). En ese sentido, consideramos que un bien en posesión de personas ajenas al titular registral puede ser comprado válidamente, la verificación de la posesión señalada por la jurisprudencia debe ser entendida con buena fe, esto significa que el deber de diligencia implica averiguar la situación posesoria del bien. Por ejemplo, el caso de un arrendatario, válidamente podría realizarse la transferencia de la propiedad si se aprecia el contrato de arrendamiento. Consideramos que la jurisprudencia va más al supuesto en donde el titular registral vende y no tiene como justificar la posesión de otro, en ese caso, si aun así se decide adquirir el bien, el riesgo evidentemente de encontrarse con un prescribiente debe ser asumido por este comprador, quien no podrá alegar buena fe. En nuestro sistema el prescribiente que no inscribió, no tiene porque perder la propiedad frente a un tercero registral, siempre y cuando se encuentre en posesión del bien. No hay una norma que obligue al prescribiente a hacer uso de su derecho de acción para que se le declare propietario por prescripción; sin embargo, si el prescribiente (ya propietario) luego no habita el bien, puede que un titular registral aproveche dicha situación para vender el bien. Supuesto en donde considero debería ganar el tercero, solo cuando se aprecie en la verificación de la posesión que el bien se encuentra en control del titular registral. Finalmente, consideramos que, el conflicto planteado deberá ser resuelto siempre en favor del prescribiente que mantiene el control sobre el bien. Dicho de otro modo, el conflicto entre el propietario por usucapión contra quien alega estar bajo la protección del principio de fe pública registral, solo será resuelto en favor de este último si cumple con todo lo establecido en el art. 2014 del CC y la jurisprudencia (verifica posesión)

    Myeloid derived suppressor cells are present at high frequency in neonates and suppress in vitro T cell responses

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    Over 4 million infants die each year from infections, many of which are vaccine-preventable. Young infants respond relatively poorly to many infections and vaccines, but the basis of reduced immunity in infants is ill defined. We sought to investigate whether myeloid-derived suppressor cells (MDSC) represent one potential impediment to protective immunity in early life, which may help inform strategies for effective vaccination prior to pathogen exposure. We enrolled healthy neonates and children in the first 2 years of life along with healthy adult controls to examine the frequency and function of MDSC, a cell population able to potently suppress T cell responses. We found that MDSC, which are rarely seen in healthy adults, are present in high numbers in neonates and their frequency rapidly decreases during the first months of life. We determined that these neonatal MDSC are of granulocytic origin (G-MDSC), and suppress both CD4+ and CD8+ T cell proliferative responses in a contact-dependent manner and gamma interferon production. Understanding the role G-MDSC play in infant immunity could improve vaccine responsiveness in newborns and reduce mortality due to early-life infections

    Las variables macroeconómicas que impactan en el comportamiento de pago de los deudores peruanos

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    Esta tesis titulada: “Las variables macroeconómicas que impactan en el comportamiento de pago de los deudores peruanos” tiene como propósito analizar y comprobar si las variables macroeconómicas: el Producto Bruto Interno (PBI), los niveles de inflación, la tasa de desempleo y la tasa de interés influyen en el comportamiento de pago de los deudores peruanos. Este comportamiento es medido a través de la tasa morosidad y la tasa de provisiones del sistema bancario. La información analizada corresponde a la población peruana durante los años 2013 al 2022. Estos datos fueron obtenidos del Banco de Central de Reserva del Perú (BCRP) y el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) para los años mencionados. Los resultados fueron: las variables macroeconómicas (PBI, niveles de inflación, tasa de interés y la tasa de desempleo) influyen en el comportamiento de pago de los deudores, dado que los índices de la causalidad del Test de Granger presentaron una probabilidad menor a 5%. Se puede identificar que los resultados más significativos (probabilidad menor a 1%) se obtienen de la relación de las provisiones con el PBI, la tasa de interés y el desempleo que permite considerarlas como variables explicativas.The purpose of this thesis entitled: "Macroeconomic variables that impact the payment behavior of Peruvian debtors" is to analyze and test whether the macroeconomic variables: Gross Domestic Product (GDP), inflation levels, unemployment rate and interest rate influence the payment behavior of Peruvian debtors. This behavior is measured through the delinquency rate and the provisioning rate of the banking system. The information analyzed corresponds to the Peruvian population during the years 2013 to 2022. These data were obtained from the Central Reserve Bank of Peru (BCRP) and the National Institute of Statistics and Informatics (INEI) for the aforementioned years. The results were: macroeconomic variables (GDP, inflation levels, interest rate and unemployment rate) influence the payment behavior of debtors, given that the causality indexes of the Granger test presented a probability of less than 5%. It can be identified that the most significant results (probability less than 1%) are obtained from the relationship of provisions with GDP, interest rate and unemployment, which allows considering them as explanatory variables

    4D MUSIC CMR: value-based imaging of neonates and infants with congenital heart disease

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    Abstract Background 4D Multiphase Steady State Imaging with Contrast (MUSIC) acquires high-resolution volumetric images of the beating heart during uninterrupted ventilation. We aim to evaluate the diagnostic performance and clinical impact of 4D MUSIC in a cohort of neonates and infants with congenital heart disease (CHD). Methods Forty consecutive neonates and infants with CHD (age range 2 days to 2 years, weight 1 to 13 kg) underwent 3.0 T CMR with ferumoxytol enhancement (FE) at a single institution. Independently, two readers graded the diagnostic image quality of intra-cardiac structures and related vascular segments on FE-MUSIC and breath held FE-CMRA images using a four-point scale. Correlation of the CMR findings with surgery and other imaging modalities was performed in all patients. Clinical impact was evaluated in consensus with referring surgeons and cardiologists. One point was given for each of five key outcome measures: 1) change in overall management, 2) change in surgical approach, 3) reduction in the need for diagnostic catheterization, 4) improved assessment of risk-to-benefit for planned intervention and discussion with parents, 5) accurate pre-procedural roadmap. Results All FE-CMR studies were completed successfully, safely and without adverse events. On a four-point scale, the average FE-MUSIC image quality scores were >3.5 for intra-cardiac structures and >3.0 for coronary arteries. Intra-cardiac morphology and vascular anatomy were well visualized with good interobserver agreement (r = 0.46). Correspondence between the findings on MUSIC, surgery, correlative imaging and autopsy was excellent. The average clinical impact score was 4.2 ± 0.9. In five patients with discordant findings on echo/MUSIC (n = 5) and catheter angiography/MUSIC (n = 1), findings on FE-MUSIC were shown to be accurate at autopsy (n = 1) and surgery (n = 4). The decision to undertake biventricular vs univentricular repair was amended in 2 patients based on FE-MUSIC findings. Plans for surgical approaches which would have involved circulatory arrest were amended in two of 28 surgical cases. In all 28 cases requiring procedural intervention, FE-MUSIC provided accurate dynamic 3D roadmaps and more confident risk-to-benefit assessments for proposed interventions. Conclusions FE-MUSIC CMR has high clinical impact by providing accurate, high quality, simple and safe dynamic 3D imaging of cardiac and vascular anatomy in neonates and infants with CHD. The findings influenced patient management in a positive manner

    Evaluación de estructuras de protección en la Carretera Central entre Chosica y Matucana

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    Dadas las características geográficas y geológicas sobre las cuales se emplaza la Carretera Central, está sometida a la influencia de deslizamientos y desprendimientos de rocas, derrubios y suelo, a consecuencia de la meteorización de las formaciones rocosas a lo largo de su recorrido. La investigación consiste en un estudio de un grupo de estructuras de protección colocadas a lo largo de la Carretera Central –entre Chosica y Matucana- (específicamente entre los Km. 50 y 60) y su impacto en la conservación de la misma ante los efectos descritos en el párrafo precedente. Se evaluará su diseño y la pertinencia de su elección para los fines indicados y en el caso de que no hayan cumplido su objetivo se desarrollará un diseño adecuado que funcione en forma efectiva. Como corolario de la investigación se propondrá un protocolo con lineamientos básicos a fin de seleccionar las mejores alternativas de protección para una zona determinada.Dadas las características geográficas y geológicas sobre las cuales se emplaza la Carretera Central, está sometida a la influencia de deslizamientos y desprendimientos de rocas, derrubios y suelo, a consecuencia de la meteorización de las formaciones rocosas a lo largo de su recorrido. La investigación consiste en un estudio de un grupo de estructuras de protección colocadas a lo largo de la Carretera Central –entre Chosica y Matucana- (específicamente entre los Km. 50 y 60) y su impacto en la conservación de la misma ante los efectos descritos en el párrafo precedente. Se evaluará su diseño y la pertinencia de su elección para los fines indicados y en el caso de que no hayan cumplido su objetivo se desarrollará un diseño adecuado que funcione en forma efectiva. Como corolario de la investigación se propondrá un protocolo con lineamientos básicos a fin de seleccionar las mejores alternativas de protección para una zona determinada
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