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    El método del estudio de casos en el desarrollo y la evaluación de la competencia transversal instrumental específica de la asignatura Derecho Constitucional Español

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    [ES] El estudio de casos es una metodología utilizada comúnmente en el aprendizaje y enseñanza del Derecho. Y es además una actividad formativa muy apropiada para el desarrollo y evaluación de la competencia transversal instrumental específica en asignaturas jurídicas, como la asignatura de Derecho constitucional español, que se imparte en el Grado de Gestión y Administración Pública. Como instrumento de evaluación del nivel de desarrollo de dicha competencia transversal, resulta pertinente la utilización de una rúbrica.[EN] The case study is a methodology usually used in the learning and teaching of Law. And it´s also a very appropriate training activity for the development and evaluation of the specific instrumental transversal competence in legal subjects, as the subject of Spanish Constitutional Law in the Degree in Public Administration and Management. As an instrument to evaluate the level of development of this transversal competence, the use of a rubric is relevant.Cabedo Mallol, V. (2019). El método del estudio de casos en el desarrollo y la evaluación de la competencia transversal instrumental específica de la asignatura Derecho Constitucional Español. En JIDDO. I Jornada de innovación en docencia universitaria para la dirección de organizaciones públicas y privadas. Editorial Universitat Politècnica de València. 180-186. https://doi.org/10.4995/JIDDO2019.2019.10239OCS18018

    Editorial

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    Cabedo Mallol, V. (2012). Editorial. Revista sobre la infancia y la adolescencia. (3). doi:10.4995/reinad.2012.1323SWORD

    Editorial

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    Cabedo Mallol, V. (2013). Editorial. Revista sobre la infancia y la adolescencia. (5). doi:10.4995/reinad.2013.1741SWORDi

    The children's right to play. Is a right forgotten or ignored? The case of Spain

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    [EN] The aforementioned article 31 recognizes others rights, such as the riht to rest, leisure and recreational activities. The present work will focus on the right to play, since it´s considered an indispensable component of children's physical, social, cognitive, emotional and spiritual development. This right has been for a long time undervalued with respect to other rights of the Convention. In this work, after analyzing the international norms, the legislations of the Latin American countires and Spain about childhood. We will show that this change of tendency is produced. The right to play isn´t a right fogotten or ignored. The human person raised the problem of the connection between individuality and its relationship with the idea of person. I will contend that the status of child as a moral person implies the universal recognition of his/her individuality, as a rules of ethical nature. However, the quality of being an individual person will only be reached in the bosom of certain social configuration capable of providing value to the organic individuality. This being so, the rights of the child were proclaimed from the ideological point of view of its legislators. But there are other possible ideological alternatives.[ES] El derecho al juego de niños, niñas y adolescentes está reconocido en el artículo 31 de la Convención de los Derechos del Niño (1989). Como todo Tratado, la Convención crea obligaciones para los Estados Parte, que deben garantizar los derechos que proclama y, entre ellos, el derecho al juego. El citado precepto 31 reconoce otros derechos, como son el derecho al descanso, al esparcimiento y a las actividades recreativas. El trabajo se centrará en el derecho al juego, al ser considerado un componente indispensable del desarrollo físico, social, cognitivo, emocional y espiritual de los menores. Derecho que ha sido durante mucho tiempo minusvalorado con respecto a otros derechos de la Convención.En este trabajo, tras analizar la normativa internacional, las legislaciones de los Estados latinoamericanos y de España relativas a la infancia, demostraremos que se está produciendo un cambio de tendencia. El derecho al juego no es un derecho olvidado o ignorado.Cabedo Mallol, V. (2019). El derecho al juego. ¿Un derecho olvidado o ignorado? El caso de España. Revista sobre la infancia y la adolescencia. (16):41-50. https://doi.org/10.4995/reinad.2019.11618SWORD415016Asociación Internacional del Juego (2013a). Artículo 31 de la CDN: el derecho de los niños al descanso, el esparcimiento, el juego, la recreación y la participación en la cultura y las artes. Rayuela. Revista Iberoamericana sobre Niñez y Juventud en Lucha por sus Derechos, 8, 95-102. Recuperado el 20 de octubre de 2016, de http://revistarayuela.ednica.org.mx/article/art%C3%ADculo-31-de-la-cdn-el-derecho-de-los-ni%C3%B1os-al-descanso-el-esparcimiento-el-juego-la-recreAsociación Internacional del Juego (2013b). Resumen Consulta Mundial sobre derecho de niñas y niños a jugar. Recupero el 20 de octubre de 2016, de http://www.uam.mx/cdi/pdf/p_investigacion/ipa_consulta.pdfBrooker, L. y Woodhead, M. (Edit.) (2013). El derecho al juego. Milton Keynes: Reino Unido. Recuperado el 20 de octubre de 2016, de http://iin.oea.org/pdf-iin/RH/El-derecho-al-juego.pdfCordero Arce, M. I. (2009). La ambigüedad del derecho a juego de los niños. Oñati: Instituto Internacional de Sociología Jurídica de Oñati. Recuperado el 20 de octubre de 2016, de http://www.iisj.net/extranet/descarga.aspx?coda=1125Hodgkin, R. y Newell, P. (2004). Manual de aplicación de la Convención sobre los derechos del niño. Nueva York: UNICEF. Recuperado el 20 de octubre de 2016, de http://postgradofadecs.uncoma.edu.ar/archivos/Manual%20de%20aplicacion%20CDN.pdfLester, S.; Russell, W. (2011). El derecho de los niños y las niñas a jugar: Análisis de la importancia del juego en las vidas de niños y niñas de todo el mundo. Cuadernos sobre Desarrollo Infantil Temprano 57s. La Haya, Países Bajos: Fundación Bernard van Leer. Recuperado el 20 de febrero de 2019, de http://www.de0a18.net/pdf/doc_drets_5_elderecho.pdfMarín, I. (2009). Jugar una necesidad y un derecho. Aloma. Revista de Psicologia, Ciències de l'Educació i de l'Esport, (25), 233- 249. Recuperado el 20 octubre de 2015, de http://www.raco.cat/index.php/Aloma/article/viewFile/144645/19646

    Editorial

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    Cabedo Mallol, V. (2013). Editorial. Revista sobre la infancia y la adolescencia. (Nº 4). doi:10.4995/reinad.2013.1497SWORDNº

    La iniciativa legislativa popular en las Comunidades Autónomas: la necesaria reforma de su legislación

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    El artículo 86.3 de la Contitución prevé la participación ciudadana en el proceso legislativo a través la iniciativa legislativa popular. En parangón a este precepto, los Estatutos de Autonomía también contemplan esta institución de democracia semidirecta. A nivel estatal, esta institución se reguló por la Ley Orgánica 3/1984, y posteriormente las Comunidades Autónomas fueron aprobando sus respectivas Leyes de iniciativa legislativa popular. Esta normativa, tanto estatal como autonómica, ha demostrado ser muy restrictiva. Por ello, la reforma de las Leyes de Iniciativa Popular se vuelve imprescindible si queremos que esta institución de participación ciudadana funcione, aumentando significativamente el número de proposiciones de ley y que éstas, tras su tramitación parlamentaria, se conviertan en leyes

    Editorial

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    Cabedo Mallol, V. (2015). Editorial. Revista sobre la infancia y la adolescencia. (9). doi:10.4995/reinad.2015.4169SWORD

    The two generations of regional laws on the Popular Legislative Initiative. The case of Valencian Community

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    [ES] El artículo distingue y analiza dos generaciones de legislaciones autonómicas sobre la iniciativa legislativa popular. La primera de estas generaciones normativas, que daría comienzo en el año 1984, se caracteriza por configurar dicha institución de forma muy restrictiva y trajo como consecuencia su inoperatividad. En la segunda generación, en cambio, que se iniciaría en el año 2006, se facilita la participación ciudadana en el ámbito legislativo a través de la iniciativa popular. El trabajo también estudia el caso concreto de la Comunitat Valenciana y su normativa relativa a la iniciativa legislativa popular, encuadrable todavía en las legislaciones autonómicas de la primera generación.[EN] The article distinguishes and analyzes two generations of regional laws on popular legislative initiative. The first of these regulations generations, which would begin in 1984, is characterized by that institution set very narrowly and resulted in its inoperability. In the second generation, however, which would begin in 2006, citizen participation in the legislative sphere through the popular initiative is facilitated. The work also studies the specific case of Valencian Community and its rules on the popular legislative initiative, which can still be included among the regional laws of the first generationCabedo Mallol, V. (2017). Las dos generaciones de leyes autonómicas sobre la iniciativa legislativa popular. El caso de la Comunitat Valenciana. Oñati Socio-Legal Series. 7(5):1082-1115. http://hdl.handle.net/10251/112367S108211157

    Editorial

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    Cabedo Mallol, V. (2012). Editorial. Revista sobre la infancia y la adolescencia. doi:10.4995/reinad.2012.1075SWOR

    Editorial

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    [ES] El Aula de Infancia y Adolescencia de la Universitat Politècnica de Valènca organizó los días 18 y 19 de septiembre de 2014 un Congreso sobre Redes Sociales e Infancia. Aunque estáprevista la edición de un libro que recoja las ponencias y comunicaciones presentadas en dicho evento, en este número 8 de la Revista REINAD hemos querido publicar una pequeña muestra de estos trabajos. Por ello, además de las tres secciones tradicionales (Editorial, Artículosy Jurisprudencia), hemos añadido enesta ocasión otra intitulada Artículos Redes Sociales e InfanciaCabedo Mallol, V. (2015). Editorial. Revista sobre la infancia y la adolescencia. (8). doi:10.4995/reinad.2015.3766SWORD
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