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    ¿Ha hecho lo suficiente la legislación española para prevenir la utilización abusiva de los contratos de trabajo temporales en el ámbito de la investigación? La Directiva 1999/70/CE

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    El presente trabajo se plantea responder a la pregunta de si la legislación española se adecúa o no a la Directiva 1999/70/CE, desde la perspectiva de la prevención de los abusos derivados de la utilización de sucesivos contratos de trabajo de duración determinada en el ámbito de la investigación. Tras un detenido análisis de esta problemática, se detectan ciertas disfunciones que permiten concluir que la legislación española no ha hecho lo suficiente para atajar la precariedad del personal investigador en el sector público, que puede permanecer muchos años (demasiados) vinculado con contratos de naturaleza temporal. En el trabajo se identifican tales disfunciones y se proponen las medidas necesarias para superarlas.Realizado en el marco del Proyecto de investigación n. 91, 2015, concedido por el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) sobre el Estatuto profesional del personal investigador contratado en régimen laboral

    Termination of temporary disability benefit because of unjustified failure to appear in medical examinations after 2014-1025 reforms

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    La extinción del subsidio de incapacidad temporal por incomparecencia injustificada a los reconocimientos médicos era una cuestión apenas enunciada a nivel legal (artículos 131 bis y 132.3 LGSS) y con una regulación reglamentaria completamente desfasada (el ya derogado Real Decreto 57511997), lo que se ha tratado de solventar con la aprobación del Real Decreto 625/2014, de 18 de julio. En el presente trabajo se analizan los aspectos nucleares de su régimen jurídico, al objeto de poder valorar las aportaciones de la nueva regulación en orden a solventar los principales problemas teóricos y prácticos que se planteaban. También se analiza el nuevo supuesto extintivo introducido en la disposición adicional 11ª LGSS por la Ley 35/2014, de 26 de diciembre.The termination of temporary disability benefit because of unjustified failure to appear in medical examinations was a hardly enunciated at a legal level issue (Articles 131 bis and 132-3 LGSS) and had totally outdated statutory regulation (the repealed Royal Decree 575/1997), what was tried to be resolved with the approval of Royal Decree 625/2014, of 18 July. The main features of their legal system are analyzed in this paper in order to assess the new regulation's contributions to salve the main theoretical and Econopractical problems, which were raised. The paper also analyzes the new termination assumption introduced by the eleventh additional provision of Law 35/2014, of 26 December

    La deficiente regulación de los límites al encadenamiento de los contratos de trabajo temporales del personal investigador

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    1. Delimitación del objeto de estudio. 2. El contenido de la prohibición establecida en el artículo 15.5 ET (y en otras normas concordantes). 3. Los contratos de trabajo temporales del personal investigador. 4. Los contratos temporales de trabajo del personal investigador afectados por la prohibición de encadenamiento. 5. Conclusiones y propuestas

    La extensión de la protección por desempleo a los cargos sindicales

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    El presente trabajo tiene por objeto el estudio de la extensión de la protección por desempleo a determinados cargos sindicales, el cual se ha materializado en fechas recientes a través de la Ley 37/2006, de 7 de diciembre. En el artículo se acomete el análisis de las tres cuestiones básicas que configuran la situación protegida, con especial atención a los principales problemas interpretativos que se suscitan sobre el particular: 1. La delimitación del cargo sindical favorecido por esta medida de inclusión en la protección por desempleo; 2. La identificación y descripción de la situación legal de desem­pleo en este supuesto; y 3. El contenido de la acción protectora

    Claroscuros en la regulación del salario aplicable al contrato predoctoral: Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, 642/2020, de 3 de junio

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    Como es sabido, el contrato predoctoral fue introducido por la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la ciencia, la tecnología y la innovación (LCTI), encomendando a su vez al Gobierno la aprobación de un estatuto del personal investigador en formación, que debía incluir las previsiones recogidas en la ley sobre el contrato predoctoral (disp. adic. segunda). Aunque con mucho retraso respecto de los 2 años inicialmente previstos para ello, tal desarrollo normativo vio la luz por el Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación (EPIPF). Una norma necesaria desde distintos puntos de vista, entre los cuales interesa destacar ahora la problemática derivada de la escueta ordenación legal del contrato predoctoral; hecho este que hacía muy conveniente un desarrollo reglamentario de aquel que ofreciera una regulación más acabada del contrato y, en la medida de lo posible, solventara también alguno de los problemas que la práctica había revelado y de los cuales ya se tenía plena conciencia merced al tiempo transcurrido entre la puesta en marcha del contrato predoctoral (junio de 2012) y su tardío desarrollo reglamentario (marzo de 2019).Como es sabido, el contrato predoctoral fue introducido por la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la ciencia, la tecnología y la innovación (LCTI), encomendando a su vez al Gobierno la aprobación de un estatuto del personal investigador en formación, que debía incluir las previsiones recogidas en la ley sobre el contrato predoctoral (disp. adic. segunda). Aunque con mucho retraso respecto de los 2 años inicialmente previstos para ello, tal desarrollo normativo vio la luz por el Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación (EPIPF). Una norma necesaria desde distintos puntos de vista, entre los cuales interesa destacar ahora la problemática derivada de la escueta ordenación legal del contrato predoctoral; hecho este que hacía muy conveniente un desarrollo reglamentario de aquel que ofreciera una regulación más acabada del contrato y, en la medida de lo posible, solventara también alguno de los problemas que la práctica había revelado y de los cuales ya se tenía plena conciencia merced al tiempo transcurrido entre la puesta en marcha del contrato predoctoral (junio de 2012) y su tardío desarrollo reglamentario (marzo de 2019)

    Peculiaridades (o «privilegios») del contrato de obra o servicio determinados en el ámbito de la investigación: Comentario a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias 876/2018, de 18 de septiembre

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    La sentencia que se analiza versa sobre la adecuación a derecho de determinados contratos de obra o servicio determinados en el ámbito de la investigación suscritos entre una investigadora y la Universidad de La Laguna. Se trata de un tipo de contratación muy utilizado por las universidades públicas y los organismos públicos de investigación (OPI), cuenta con una larga tradición en nuestro ordenamiento jurídico (una de las primeras regulaciones del contrato se contiene en la Orden de 27 de marzo de 1986 –BOE de 30 de abril–, por la que se reguló la contratación laboral, de carácter temporal, de personal para la investigación en las universidades y en el Consejo Superior de Investigaciones Científicas –arts. 1, 2 y 3–) y es fuente de una cierta conflictividad judicial con resoluciones muchas veces condenatorias de los organismos contratantes. Aunque no es este el caso de la sentencia objeto de comentario, que desmonta los distintos argumentos esgrimidos por la actora para cuestionar la contratación efectuada y da la razón a la Universidad de La Laguna, que se «salva» fundamentalmente merced a algunas de las singularidades que posee este contrato en el ámbito de la investigación que se lleva a cabo en el seno de los entes públicos. Pero antes de analizar la sentencia, me referiré brevemente al marco normativo vigente del contrato de obra o servicio determinados para la realización de proyectos específicos de investigación científica o técnica.La sentencia que se analiza versa sobre la adecuación a derecho de determinados contratos de obra o servicio determinados en el ámbito de la investigación suscritos entre una investigadora y la Universidad de La Laguna. Se trata de un tipo de contratación muy utilizado por las universidades públicas y los organismos públicos de investigación (OPI), cuenta con una larga tradición en nuestro ordenamiento jurídico (una de las primeras regulaciones del contrato se contiene en la Orden de 27 de marzo de 1986 –BOE de 30 de abril–, por la que se reguló la contratación laboral, de carácter temporal, de personal para la investigación en las universidades y en el Consejo Superior de Investigaciones Científicas –arts. 1, 2 y 3–) y es fuente de una cierta conflictividad judicial con resoluciones muchas veces condenatorias de los organismos contratantes. Aunque no es este el caso de la sentencia objeto de comentario, que desmonta los distintos argumentos esgrimidos por la actora para cuestionar la contratación efectuada y da la razón a la Universidad de La Laguna, que se «salva» fundamentalmente merced a algunas de las singularidades que posee este contrato en el ámbito de la investigación que se lleva a cabo en el seno de los entes públicos. Pero antes de analizar la sentencia, me referiré brevemente al marco normativo vigente del contrato de obra o servicio determinados para la realización de proyectos específicos de investigación científica o técnica

    La enseñanza del Derecho del Trabajo a través del método jurídico: análisis normativo, judicial y doctrinal

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    La presente memoria tiene por objeto exponer las principales conclusiones a las que se ha llegado en relación con la materia de análisis concerniente a los instrumentos docentes que resultan más adecuados en orden a alcanzar con éxito los objetivos relativos a la enseñanza por competencias y el aprendizaje autónomo que permitan al alumno afrontar con éxito el ejercicio de las profesiones para las que le capacita su titulación. El análisis se lleva a cabo en relación con la asignatura Derecho del Trabajo, que constituye una materia central en el Área de Conocimiento del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, impartida en varias titulaciones universitarias, principalmente, en los estudios de Derecho, DADE, Relaciones Laborales y Recursos Humanos, pero también en los Grados de Turismo, Criminología o Trabajo Social. En este contexto, y partiendo de la base de la importancia y necesidad de diseñar un tipo de formación (y evaluación) por competencias, el equipo investigador de esta red ha trazado el diseño de dicha asignatura a través del recurso a tres herramientas básicas del método jurídico: el análisis de las normas jurídicas, la interpretación judicial de las mismas, y la exégesis efectuada por parte de la doctrina científica

    Perceptions of female immigrant domestic workers on the effects of the sector regulation in Spain

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    Objetivo: Explorar las percepciones de las mujeres inmigrantes trabajadoras del servicio doméstico sobre la puesta en vigor en España del Real Decreto 1620/2011, que regula la relación laboral del servicio del hogar familiar, y su efecto en sus condiciones de empleo. Métodos: Estudio exploratorio mediante análisis de contenido cualitativo. Se realizaron tres grupos de discusión con mujeres inmigrantes (colombianas, ecuatorianas y marroquíes). Resultados: A pesar de valorar positivamente los beneficios teóricos de la nueva normativa, las mujeres inmigrantes han identificado barreras legales y económicas para conseguir un contrato, ser dadas de alta en la seguridad social y que las personas empleadoras asuman su coste, en especial en el caso de las trabajadoras contratadas por horas. Estas dificultades influyen en la posibilidad de legalizar su situación. La confluencia con la crisis económica ha emergido como un problema que dificulta su cumplimiento. Conclusiones: Aunque el nuevo régimen ha favorecido la creación de puestos de trabajo con mayores derechos laborales en el sector, las mujeres inmigrantes perciben que su puesta en marcha en el actual contexto de crisis económica no ha contribuido a mejorar sus condiciones de empleo.Objective: To examine the perceptions of female immigrant domestic workers of the effect of Royal Decree 1620/2011, which regulates the relationship of domestic workers in the family home and their employment conditions in Spain. Methods: An exploratory study was performed using qualitative content analysis of three focus group discussions with immigrant women from Colombia, Ecuador and Morocco. Results: Immigrant women positively assessed the theoretical benefits of the new regulation, but identified legal and economic barriers to obtaining a contract and being registered in the social security system by their employers, and to employers accepting the cost of these measures, especially for workers hired by the hour. These difficulties affected their possibilities of legalizing their status. The economic crisis posed a serious challenge to compliance with the new regulation. Conclusions: Although the new regime encourages job creation with stronger working rights for these workers, immigrant women perceived that its implementation has been hampered by the current financial crisis and has not, therefore, improved their employment conditions.FIS (PI11/01192)

    Red de docencia en Derecho Sindical y Derecho Procesal Laboral, estudio dinámico sobre la base de la doctrina jurisprudencial

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    El Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) potencia el rol de los estudiantes en el aprendizaje de las materias que son objeto de estudio, y tal potenciación si sitúa, principalmente, en contenidos más prácticos que teóricos, una mayor participación en detrimento de una anquilosada pasividad y, en definitiva, un mayor protagonismo, pues no en vano el actor principal es el alumno, sin cuya concurrencia poco o nada serviría la estructura docente universitaria. La actual RED (RED de docencia en Derecho sindical y Derecho procesal laboral, estudio dinámico sobre la base de la doctrina jurisprudencial) viene enfocada en la impartición de las asignaturas ―a las que el propio título alude― desde una plataforma eminentemente práctica y participativa, y se tiene como norte orientador y guía de las disciplinas estudiadas la jurisprudencia de los tribunales de justicia. Y todo ello sin olvidar, claro está, los contenidos teóricos, pues la mejor comprensión del Derecho no debe desmerecer tales contenidos en aras de una mayor practicidad

    Las dificultades para la docencia del Derecho en el Grado en Trabajo Social

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    En el presente trabajo se ponen de manifiesto los principales problemas que plantea la docencia del Derecho en el Grado en Trabajo Social y se sugieren soluciones al respecto. Para determinar las dificultades más preocupantes en este ámbito profesores de las cinco áreas de conocimiento encargados de impartir asignaturas jurídicas y alumnos de primer curso de la titulación han compartido sus reflexiones. Concretamente, han concluido que los inconvenientes para la enseñanza del Derecho en el Grado en Trabajo Social proceden, de un lado, del perfil no jurídico de los alumnos y de su reciente incorporación a los estudios universitarios; y, de otro, del escaso peso que las asignaturas jurídicas albergan en el Grado en Trabajo Social, que, además, son compartidas entre distintas áreas de conocimiento de diversos departamentos. Con el propósito de poner remedio a estos problemas, que dificultan la enseñanza de las materias jurídicas y su correcto aprendizaje por parte de los estudiantes, en el trabajo se sugieren soluciones a corto y largo plazo
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