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C-222 de 2022 (Injerencia en el honor y la dignidad por divulgación mediática de hechos de violencia sexual y de género)
En esta providencia la Corte examina la constitucionalidad del numeral 2 del artículo 224 de la Ley 599 de 2000, “por la cual se expide el Código Penal”. Se trata de un proceso de control de constitucionalidad vía acción pública, promovido por dos ciudadanas y un ciudadano. El texto legal
demandado señala que no se admitirá prueba “[s]obre la imputación de conductas que se refieran a la vida sexual, conyugal, marital o de familia, o al sujeto pasivo de un delito contra la libertad y el pudor sexuales”.
Este precepto consagra la exceptio veritatis, figura eximente de responsabilidad penal aplicable cuando la persona acusada de los delitos de calumnia o injuria demuestra la verdad de sus afirmaciones. Desde esa perspectiva, el enunciado normativo demandado tiene la estructura deóntica de una prohibición, y además establece una excepción a una regla permisiva. Pero para entender mejor su estructura normativa es necesario referirse a los tipos penales de injuria y calumnia.Primera edición
C-282 del 2021 (Habeas Data)
La sentencia bajo análisis corresponde al control automático de constitucionalidad del Proyecto de Ley Estatutaria No. 062 de 2019 – Senado, y 314 de 2019 – Cámara “Por medio de la cual se modifica y adiciona la Ley Estatutaria 1266 de 2008, y se dictan disposiciones generales de habeas data con relación a la información financiera, crediticia, comercial de servicios y la proveniente de terceros países, y se dictan otras disposiciones”, el cual una vez surtido el control de constitucionalidad y a la sanción presidencial fue promulgado como la Ley 2157 de 2021.Primera edición
Una aproximación general a la jurisdicción constitucional en Colombia
Dos problemas principales plantea la estructura de la jurisdicción constitucional
en Colombia. El primero tiene que ver con su integración dentro de la rama judicial, y el segundo, con su composición.
A la luz del ordenamiento constitucional colombiano, la Corte Constitucional hace parte de la rama judicial del poder público. Esto ha traído no pocos problemas sobre todo a la hora de afirmar la autoridad del supremo intérprete constitucional sobre las restantes corporaciones de la misma rama, principalmente el Consejo de Estado y la Corte Suprema de Justicia.Primera edición
La acción de tutela en contra de particulares
La eficacia de los derechos fundamentales entre particulares (Drittwirkung) ha sido objeto de múltiples debates teóricos, sobre todo en Alemania luego de la entrada en vigor de la Ley Fundamental de Bonn. Este debate no solo tenía un componente teórico, sino que desde sus inicios comportó una dimensión práctica, sobre todo a raíz de casos, como el de la igualdad salarial entre hombres y mujeres, resueltos por los tribunales laborales alemanes en los años cincuenta del siglo pasado. Surgen entonces dos teorías sobre la eficacia de los derechos fundamentales en las relaciones entre particulares: la de la
eficacia directa –los derechos fundamentales son directamente aplicables en el tráfico jurídico entre particulares– y la de la eficacia indirecta –aplicación de los derechos fundamentales en las relaciones entre particulares, a través de las cláusulas y conceptos generales del Derecho privado.Primera edición
El control automático de constitucionalidad de proyectos de ley estatutaria
La Constitución de 1991 introdujo la categoría de las leyes estatutarias en el sistema normativo colombiano. Este tipo de leyes tiene un trámite especial, diferente al de las leyes ordinarias, pues deben ser aprobadas en una sola legislatura, por mayoría absoluta de los miembros de cada cámara del Congreso, durante cada uno de los debates. Adicionalmente, antes de ser sancionadas por el presidente, deben ser objeto de un control automático
de constitucionalidad por la Corte Constitucional (en adelante la Corte o el Tribunal).Primera edición