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    El régimen de contratación estatal colombiano en relación con las asociaciones público privadas y la infraestructura pública nacional

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    Artículo de reflexiónLa infraestructura, independientemente del sector, resulta una prioridad no solo por la satisfacción de necesidades públicas sino por la importancia que tiene en la competitividad y economía de un país, resultando un elemento fundamental, por ejemplo, para la conectividad de las regiones y puertos con las principales ciudades del país, así como para la prestación de los demás servicios públicos como salud, educación, entre otros. Por esta, razón y con el fin de incentivar la participación del sector privado en el desarrollo de la infraestructura tanto productiva como social que requiere el país, el Congreso de la República expidió la Ley 1508 en el año 2012, para regular las Asociaciones Público Privadas. En vista de lo anterior, el presente artículo será realizado por medio de una investigación jurídica de tipo dogmática, con un método de investigación de carácter deductivo, y tendrá como punto de partida en análisis el Régimen de Contratación Estatal en el ordenamiento jurídico colombiano, pues se cree que las Asociaciones Público Privadas, son meras reuniones o sociedades, y no es así, son un contrato estatal. Por esto se analizará el concepto de contrato, sus antecedentes normativos, las diferencias existentes con los actos y hechos jurídicos, la estrecha relación que tiene con la autonomía de la voluntad, y los contratos estatales desde la perspectiva constitucional colombiana.36 p.INTRODUCCIÓN 1. RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN ESTATAL EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO COLOMBIANO 2. PRINCIPIOS RECTORES DE LA CONTRATACIÓN ESTATAL EN EL SISTEMA JURÍDICO COLOMBIANO 3. LAS ASOCIACIONES PÚBLICO PRIVADAS EN EL RÉGIMEN JURÍDICO COLOMBIANO EN RELACIÓN CON LA INFRAESTRUCTURA VIAl. CONCLUSIONES REFERENCIASPregradoAbogad

    El principio de planeación en la elaboración de los estudios previos en licitaciones públicas: análisis de las controversias contractuales en la agencia nacional de defensa jurídica del estado durante el periodo 2014 – 2020

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    La investigación se desarrolla en tres capítulos, al final de los cuales se plantean unas conclusiones a las que llegó el grupo de trabajo investigativo con base en los hallazgos en los que se fundamenta el presente trabajo. En el capítulo uno, el lector encontrará una exposición resumida del sistema jurídico de los principios de la contratación pública en Colombia. En el capítulo dos una exposición acerca de la aplicabilidad de los principios de la contratación estatal en las diferentes etapas contractuales. Finalmente en el capítulo tres, una contextualización fáctica, normativa y jurisprudencial sobre las controversias contractuales del principio de planeación y de estudios previos a nivel investigativo y jurisprudencial y las especialmente en el período 2014 a 2020 y de las adelantadas por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.Universidad Libre Seccional Socorro - Facultad de Derecho y Ciencias PolíticasThe research is developed in three chapters, at the end of which some conclusions are raised, which were reached by the investigative work group based on the findings on which the present work is based. In chapter one, the reader will find a summary exposition of the legal system of the principles of public procurement in Colombia. In chapter two a presentation about the applicability of the principles of state contracting in the different contractual stages. Finally, in chapter three, a factual, normative and jurisprudential contextualization on the contractual controversies of the planning principle and of previous studies at the investigative and jurisprudential level and those especially in the period 2014 to 2020 and of those advanced by the National Agency for Legal Defense of the State

    Un binomio no perfecto: transparencia y licitación

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    Dentro del marco normativo del Estado Social de Derecho Colombiano, consagrado en la constitución política, se consignan de forma predeterminada por el constituyente primario, una serie de criterios axiológicos (principios) destinados a reglamentar de forma genérica todas las actuaciones de los particulares, ciudadanos y en especial los relacionados con la Administración Publica, los cuales permiten regular de forma genérica todos los vacíos legales y constitucionales que puedan presentarse dentro del desarrollo de las relaciones sociales y jurídicas. En materia de la contratación pública y en relación con los demás principios generales del derecho se resalta el principio de la transparencia, el cual permite no solo la consolidación y protección del ordenamiento jurídico, sino además pretende afianzar los fines esenciales del Estado Social de Derecho Colombiano. De conformidad a la intención del legislador, éste principio fue establecido con el fin de condensar sintéticamente el conjunto de principios y derechos (propios del Estado Social), los cuales son accesorios a la ejecución del mismo (principio de publicidad, principio de eficacia y económica, principio de objetividad, derecho al debido proceso, derecho a la igualdad, etc.), lo que permitiría afianzar buenas prácticas en la cultura administrativa, conduciendo a un adecuado desarrollo de la función pública a cargo del Estado. A pesar de la intención del legislador, que buscaba dotar de fines al Estado Social de Derecho para garantizar el desarrollo del principio de transparencia, se ha enfrentado a los fenómenos propios de la cultura e idiosincrasia colombiana, que impide por la falta de cultura administrativa de los servidores públicos, dificulta la labor encomendada al principio de transparencia, por lo cual el problema de la corrupción pública ha sido un enemigo declarado de dicho principio, este fenómeno ha conducido de forma inesperada a la ejecución inadecuada de los procesos de selección y adjudicación en la contracción administrativa y las transacciones con el Estado.Within the normative framework of the Social State of Colombian Law, enshrined in the political constitution, are consigned by default by the primary constituent, a series of axiological criteria (principles) intended to regulate in a generic way all the actions of individuals, citizens and especially those related to the Public Administration, which allow to regulate in a generic way all the legal and constitutional gaps that may arise within the development of social and legal relations. In terms of public procurement and in relation to other general principles of law, the principle of transparency is highlighted, which allows not only the consolidation and protection of the legal system, but also seeks to consolidate the essential purposes of the Colombian Social Law State . In accordance with the intention of the legislator, this principle was established in order to synthetically condense the set of principles and rights (proper to the Social State), which are accessories to the execution of the same (principle of publicity, principle of effectiveness and economic , principle of objectivity, right to due process, right to equality, etc.), which would allow to consolidate good practices in the administrative culture, leading to an adequate development of the public function in charge of the State. Despite the intention of the legislator, which sought to endow the Social State of Law with aims to guarantee the development of the principle of transparency, it has faced the phenomena of Colombian culture and idiosyncrasy, which it prevents due to the lack of administrative culture of public servants, makes difficult the task entrusted to the principle of transparency, for which the problem of public corruption has been a declared enemy of this principle, this phenomenon has led unexpectedly to the inadequate execution of the selection and adjudication processes in the administrative contraction and the transactions with the State

    La legalidad de las modalidades directas de contratación en las loterías colombianas: El caso de la lotería de Cundinamarca

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    En Colombia, con el propósito de generar escenarios de transparencia en el ejercicio contractual, y sobro todo en lo que tiene que ver con la selección del ejecutor, se estableció la ley 80 de 1993, donde el Régimen de Contratación Estatal se configuró como un instrumento que garantiza que dicho ejercicio se realice dentro de los principios establecidos en la Constitución Política en el artículo 209, dentro de los que se identifican igualdad, moralidad imparcialidad, eficacia, economía, claridad, publicidad y responsabilidad. Asimismo, con la expedición de la ley 1150 de 2007, se buscó incorporar elementos que garanticen la transparencia y la eficiencia en la contratación pública, afirmando que la modalidad directa de contratación supone la configuración de escenarios de corrupción en la celebración de contratos con recursos públicos y por lo tanto direcciona el ejercicio contractual a procesos de contratación competitivos y oficiales, a partir de modalidades de selección que se ajustan a las necesidades de las entidades que se quieren cumplir con la celebración de los contratos. Por otra parte, con la ley 1474 de 2011, se incorporaron mecanismos de sanción de tipo administrativo, disciplinario, penal y fiscal, que permiten de forma regulada la lucha contra la corrupción. El Decreto 1510 de 2013, estandarizó los procesos, procedimientos, necesidades y precios para todas las entidades que con conforman el Estado, en aras de combatir del flagelo de la corrupción. La Constitución Política de Colombia, garantizando el interés público o social, determinó que los monopolios sólo se pueden configurar para atender dicho interés, por esto en su artículo 336 estableció que los monopolios sólo podrían establecerse como arbitrios rentísticos y es allí donde 100 consideró que los juegos de suerte y azar, son por si mismos un monopolio rentístico, en donde los ingresos generados se destinan para el financiamiento del sector salud en el país.In Colombia, with the purpose of generating scenarios of transparency in the contractual exercise, and especially in what has to do with the selection of the executor, Law 80 of 1993 was established, where the State Contracting Regime was configured as an instrument that guarantees that said exercise is carried out within the principles established in the Political Constitution in article 209, within which are identified equality, morality, impartiality, efficiency, economy, clarity, publicity and responsibility. Also, with the issuance of Law 1150 of 2007, it was sought to incorporate elements that guarantee transparency and efficiency in public procurement, stating that the direct modality of hiring involves the configuration of corruption scenarios in the conclusion of contracts with public resources and therefore directs the contractual exercise to competitive and official contracting processes, based on selection modalities that are adjusted to the needs of the entities that wish to comply with the execution of the contracts. On the other hand, with Law 1474 of 2011, sanction mechanisms of administrative, disciplinary, criminal and fiscal type were incorporated, which allow the fight against corruption to be regulated. Decree 1510 of 2013, standardized the processes, procedures, needs and prices for all entities that make up the State, in order to combat the scourge of corruption. The Political Constitution of Colombia, guaranteeing the public or social interest, determined that monopolies can only be set up to meet this interest, for this reason in its article 336 established that monopolies could only be established as rentistic arbitraries and it is there where 100 considered that games of luck and chance, are by themselves a rent-seeking monopoly, where the income generated is used to finance the health sector in the country

    La vulneración del principio de transparencia en los procesos de selección de la Contratación Estatal

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    Artículo de investigaciónEn razón a la gran importancia que posee la contratación estatal, como aquel mecanismo indispensable para la consecución de los fines del estado, es imprescindible profundizar sobre las posibles razones por las cuales se llevan a cabo vulneraciones al principio de transparencia en los procesos de selección, y posterior a ello, ofrecer diversas respuestas o soluciones a dicha realidad social, a fin de mitigar el gran impacto que esto ocasiona en la contratación.INTRODUCCIÓN 1. Naturaleza jurídica del principio de transparencia en los contratos estatales. 2. Causales de vulneración al principio de transparencia en los contratos estatales. 3. Propuestas de solución frente a la posible vulneración del principio de transparencia en los contratos estatales por entidades del orden nacional. 4. Conclusiones ReferenciasPregradoAbogad

    Evolución del concepto jurídico de convenio de asociación desde la promulgación de la Constitución Política de 1991 hasta la actualidad

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    El artículo 355 de la constitución política de 1991, define al convenio de asociación como un contrato entre una entidad pública y una entidad privada sin ánimo de lucro de reconocida idoneidad y experiencia. Este acuerdo de voluntades aparece orientado a la materialización de programas y políticas asociadas a los planes de desarrollo. La ley 489 de 1998, en su artículo 96, sigue el sentido normativo de la disposición constitucional, sin embargo, utiliza la nominación ‘convenio’ y añade una finalidad distinta, referida a los objetivos misionales de cada entidad. De otra parte, el Decreto 092 de 2017, constituye el primer esfuerzo legislativo por unificar los principios, valores y reglas del Convenio de Asociación, reconociéndolo como un instrumento de carácter negocial, que excluye el afán de lucro y se funda en la igualdad, solidaridad, ayuda, colaboración y cooperación, tiene como fin la materialización del interés público. El presente documento de investigación propone un marco legal que regule el convenio de asociación a partir de la definición normativa de su objeto, valores, principios, fines y normas específicas. A modo de conclusiones, se describe la evolución normativa y conceptual del Convenio de Asociación, tomando como punto de referencia lo aportado por la teoría del derecho y la doctrina.Universidad Libre Seccional Socorro -- Facultad de derecho, ciencias políticas y sociales -- Maestría en derecho administrativoArticle 355 of the 1991 political constitution defines the association agreement as a contract between a public entity and a private non-profit entity of recognized suitability and experience. This agreement of wills appears oriented to the materialization of programs and policies associated with development plans. Law 489 of 1998, in its article 96, follows the normative meaning of the constitutional provision, however, it uses the name 'agreement' and adds a different purpose, referring to the missionary objectives of each entity. On the other hand, Decree 092 of 2017, constitutes the first legislative effort to unify the principles, values ​​and rules of the Association Agreement, recognizing it as a negotiation instrument, which excludes the desire for profit and is based on equality, solidarity , help, collaboration and cooperation, has the purpose of materializing the public interest. This research document proposes a legal framework that regulates the association agreement based on the normative definition of its object, values, principles, fines and specific regulations. By way of conclusions, the normative and conceptual evolution of the Association Agreement is described, taking as a point of reference what has been provided by legal theory and doctrine

    Evolución del concepto jurídico de convenio de asociación desde la promulgación de la Constitución Política de 1991 hasta la actualidad

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    El artículo 355 de la constitución política de 1991, define al convenio de asociación como un contrato entre una entidad pública y una entidad privada sin ánimo de lucro de reconocida idoneidad y experiencia. Este acuerdo de voluntades aparece orientado a la materialización de programas y políticas asociadas a los planes de desarrollo. La ley 489 de 1998, en su artículo 96, sigue el sentido normativo de la disposición constitucional, sin embargo, utiliza la nominación ‘convenio’ y añade una finalidad distinta, referida a los objetivos misionales de cada entidad. De otra parte, el Decreto 092 de 2017, constituye el primer esfuerzo legislativo por unificar los principios, valores y reglas del Convenio de Asociación, reconociéndolo como un instrumento de carácter negocial, que excluye el afán de lucro y se funda en la igualdad, solidaridad, ayuda, colaboración y cooperación, tiene como fin la materialización del interés público. El presente documento de investigación propone un marco legal que regule el convenio de asociación a partir de la definición normativa de su objeto, valores, principios, fines y normas específicas. A modo de conclusiones, se describe la evolución normativa y conceptual del Convenio de Asociación, tomando como punto de referencia lo aportado por la teoría del derecho y la doctrina.Universidad Libre Seccional Socorro -- Facultad de derecho, ciencias políticas y sociales -- Maestría en derecho administrativoArticle 355 of the 1991 political constitution defines the association agreement as a contract between a public entity and a private non-profit entity of recognized suitability and experience. This agreement of wills appears oriented to the materialization of programs and policies associated with development plans. Law 489 of 1998, in its article 96, follows the normative meaning of the constitutional provision, however, it uses the name 'agreement' and adds a different purpose, referring to the missionary objectives of each entity. On the other hand, Decree 092 of 2017, constitutes the first legislative effort to unify the principles, values ​​and rules of the Association Agreement, recognizing it as a negotiation instrument, which excludes the desire for profit and is based on equality, solidarity , help, collaboration and cooperation, has the purpose of materializing the public interest. This research document proposes a legal framework that regulates the association agreement based on the normative definition of its object, values, principles, fines and specific regulations. By way of conclusions, the normative and conceptual evolution of the Association Agreement is described, taking as a point of reference what has been provided by legal theory and doctrine

    Análisis del principio de la transparencia a través de los índices MDM e ITA en relación con el buen gobierno y la buena administración: en los municipios de Galapa, Piojó, Ponedera, Sabanalarga y Santa Lucía del departamento del Atlántico años 2018 a 2020

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    El Buen Gobierno, la Buena Administración y la Transparencia siendo categorías distintas, guardan estrecha relación con la gestión pública de las entidades territoriales- departamentos y municipios-. El objetivo de la tesina es analizar el principio de transparencia a través de los índices de medición de desempeño municipal MDM y de Transparencia y Acceso a la Información ITA en su relación con el buen gobierno y la buena administración en los municipios de: Galapa, Piojó, Ponedera, Sabanalarga y Santa Lucia del departamento del Atlántico, periodo 2018 a 2020; a fin de determinar cuál ha sido su alcance y aplicación. Para ello el tipo de investigación adelantada fue descriptiva, con enfoque mixto y de carácter cualitativo, utilizando fuentes secundarias de información revisando literatura científica nacional y extranjera. En Colombia en virtud de la ley 1712 de 2014, las entidades territoriales deben garantizar el acceso a la información pública, respondiendo con la matriz de cumplimiento del ITA. Además de lo anterior la gestión de los municipios es evaluada con el subcomponente Gobierno abierto y transparencia del MDM. Resultado de la investigación se concluyó que, si bien estas entidades cumplen con el diligenciamiento de la matriz de cumplimiento, el alcance de la medición es limitado al tratarse de un autodiagnóstico. En relación con el MDM sus componentes y variables responden en alguna medida con los principios del buen gobierno y la buena administración, permitiendo medir aspectos de la transparencia en la gestión territorial.MaestríaMagister en Derech

    Las fallas de planeación y su incidencia en el contrato estatal de obra

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    Planning is a principle of the Public Administration and the contractual activity. Currently, most of the problems in public procurement obey to the wrongful conception of planning as a static activity. This essay supports the need to develop planning as a dynamic system, due to its nature as a tool at the service of governmental goals. To understand the scope of the concept of planning, its different meanings must be differentiated in each of the stages of public procurement, especially in the field of civil works.La planeación es un principio de la actividad contractual y administrativa pública. En la actualidad, gran parte de los problemas en contratación estatal obedecen a que la planeación se concibe como una actividad estática, pero en este documento se sustenta la necesidad de concebir la planeación como un sistema dinámico al servicio de la comunidad y al contrato, como una herramienta al servicio de los fines del Estado. Para entender el alcance del concepto de planeación, se deben diferenciar sus significados en contexto a las fases de la contratación pública en materia de obras civiles
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