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    La mediación como vía de acceso a una justicia eficaz, eficiente, próxima y satisfactoria para la ciudadanía

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    És compromís i, atesa la seua entitat, pot afirmar-se que també repte que, com a Administració pública amb competències estatals transferides en matèria de justícia, assumeix la Generalitat valenciana, el consistent a garantir als seus ciutadans i ciutadanes l’exercici del dret d’accés a la justícia, amb la mirada posada en la seua maximització o millora; repte que afronta sota el paraigua d’un nou concepte, encunyat en la Llei 24/2018, de 5 de desembre, de mediació de la Comunitat Valenciana, com a “dret d’accés a una justícia integral” que ofereix al potencial justiciable noves vies per a resoldre les seues controvèrsies o disputes jurídiques. A una societat oberta i plural com és la valenciana, correspon un sistema de justícia del mateix caràcter, un sistema plural i polièdric, i no de via única –com el que ofereix la jurisdicció, a través del procés judicial–, sinó un en què convergeixen múltiples vies a través de les quals canalitzar una resposta consensuada al conflicte. De totes aquestes –integrades sota les sigles MASC–, la que obri la mediació és la que ha experimentat un desenvolupament més gran, afavorit per l’impuls legal rebut, però també, i fonamentalment, per raó del seu enorme potencial. La mediació és un mètode que proporciona “qualitat a la justícia i satisfacció a la ciutadania” i que ha aconseguit implantar-se en el marc intrajudicial, gràcies a la convicció dels legisladors estatals i autonòmics –i el valencià entre els primers– sobre la importància d’“institucionalitzar i fomentar (a través d’aquesta) la cultura de la solució amistosa dels conflictes”. No obstant això, aconseguir el seu arrelament efectiu o, si es prefereix, la seua concepció com a manera d’accedir a la justícia, no residual o extraordinària, sinó fórmula de la qual, amb caràcter general, se servisca la ciutadania, és l’objectiu que persegueix la labor que desenvolupen els poders públics valencians, en el marc d’una estratègia, a l’anàlisi i la valoració de la qual crítica es dediquen, en essència, les pàgines següents; una estratègia –pot avançar-se– d’acord amb l’estatal tendent a la consecució, com a objectiu o fi últim, del cridat a promoure “societats justes, pacífiques i inclusives” capaces de superar les dificultats i afrontar amb solvència els desafiaments que planteja el nou temps obert en aquesta tercera i complexa dècada del XXI.Es compromiso y, dada su entidad, puede afirmarse que también reto que, como Administración pública con competencias estatales transferidas en materia de justicia, asume la Generalitat valenciana, el consistente en garantizar a sus ciudadanos y ciudadanas el ejercicio del derecho de acceso a la justicia, con la mirada puesta en su maximización o mejora; reto que afronta bajo el paraguas de un nuevo concepto, acuñado en la Ley 24/2018, de 5 de diciembre, de Mediación de la Comunidad valenciana, como “derecho de acceso a una justicia integral” que ofrece al potencial justiciable nuevos cauces para la resolución de sus controversias o disputas jurídicas. A una sociedad abierta y plural, como es la valenciana, corresponde un sistema de justicia de ese mismo carácter, un sistema plural y poliédrico, y no de cauce único –como el que ofrece la Jurisdicción, a través del proceso judicial– sino en el que convergen múltiples vías a través de las que canalizar una respuesta consensuada al conflicto. De todas ellas –integradas bajo las siglas MASC– la que abre la mediación es la que ha experimentado un desarrollo mayor, favorecido por el impulso legal recibido, pero, también y fundamentalmente, por razón de su enorme potencial. La mediación es método que proporciona «calidad a la justicia y satisfacción a la ciudadanía» y que ha logrado implantación en el marco intrajudicial, merced a la convicción de los legisladores estatal y autonómicos –y, el valenciano, entre los primeros– acerca de la importancia de “institucionalizar y fomentar (a través de ella) la cultura del arreglo amistoso de los conflictos”. Lograr, sin embargo, su efectivo arraigo o, si se prefiere, su concepción como forma de acceso a la justicia, no residual o extraordinaria, sino fórmula de la que, con carácter general, se sirva la ciudadanía, es el objetivo que persigue la labor que desarrollan los poderes públicos valencianos, en el marco de una estrategia, a cuyo análisis y valoración crítica se dedican, en esencia, las páginas que siguen; una estrategia –puede adelantarse– acorde con la estatal tendente a la consecución, como objetivo o fin último, del llamado a promover “sociedades justas, pacíficas e inclusivas” capaces de superar las dificultades y afrontar con solvencia los desafíos que plantea el nuevo tiempo abierto en esta tercera y compleja década del XXI.It is a commitment and, given its entity, it can be said that it is also a challenge that the Valencian Government takes up, as a public administration with transferred state competences in matters of Justice, the objective of guaranteeing its citizens the exercise of the right of access to justice, with a view to maximizing or improving it; a challenge that it faces from a new conception, coined in Law 24/2018, December 5, Mediation of the Valencian Community, as a “right of access to an integral justice” that offers any citizen new channels for the resolution of their legal disputes. An open and plural Society, as the Valencian Society is, deserves a Justice System of the same character, a plural and polyhedral system, and not a single cannel –as offered by the Jurisdiction, through the judicial process– but in which multiple ways converge through which to channel a consensual response to the conflict. Mediation has achieved the greatest development of all, favored by the legal impulse received, but also and fundamentally, by reason of its huge potential. Mediation is a method that provides “quality to the justice and satisfaction to the citizens” and that has achieved implantation in court, thanks to the conviction of the state and regional legislators –and, the Valencian, among the former– about the importance of “to institutionalize and promote (through it) the culture of amicable settlement of conflicts”. To achieve, however, its effective roots or, if preferred, its conception as a form of access to justice, not residual or extraordinary, but a formula which, in general, is used by citizens, is the objective pursued by the work carried out by the Valencian public authorities, within the framework of a strategy, whose analysis and critical assessment are essentially devoted to the following pages; a strategy –can be advanced– in line with the State’s call to promote “just, peaceful and inclusive societies” that has been able to overcome the difficulties and facing the challenges posed by the new open time in this third and complex decade of the 21st

    El aprendizaje del Derecho Procesal en los estudios de Grado

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    El presente trabajo refleja los resultados obtenidos en la red docente titulada “El Aprendizaje del Derecho Procesal en los Estudios de Grado”. En esta Red docente profesoras de Derecho Procesal de la Universidad de Alicante analizan el empleo de una serie de herramientas del Campus Virtual en la enseñanza de diferentes asignaturas de grado y de licenciatura con el objetivo de estudiar las distintas experiencias que generan en los alumnos. Con ello se pretende optimizar las herramientas docentes que funcionan con los alumnos en los procesos de enseñanza-aprendizaje y descartar aquellas otras de las que no se deriven un resultado adecuado. En definitiva, se pretende reflexionar sobre esta materia apuntada con el objetivo de mejorar el sistema de aprendizaje, potenciar el aprendizaje autónomo del alumno, elaborar instrumentos de evaluación de conocimientos, destrezas y habilidades y detectar las posibles deficiencias que presentan las herramientas docentes del Campus Virtual, realizando en relación con este último extremo una serie de propuestas que permitan mejorarlas en beneficio de toda la comunidad universitaria

    Metodología para tutorización y elaboración de trabajos de fin de grado en las líneas de Derecho procesal propuestas en las titulaciones-EEES de la UA

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    Se presenta a la Comunidad Universitaria una reflexión sobre el impacto práctico que desde el pasado curso académico 2014-2015 ha supuesto la implementación de la asignatura Trabajo de Fin de Grado en las líneas de Derecho Procesal propuestas en las titulaciones EEES de la Universidad de Alicante de Grado en Derecho, Grado en Criminología, Grado en Derecho y Administración de Empresas, y Grado en Gestión y Administración Pública. El estudio pone de manifiesto una serie de deficiencias formales y materiales que se conocen tras la puesta en común de la casuística experimentada por las investigadoras, en calidad de tutoras individuales de los/las alumnos/as que han cursado dicha asignatura; además, se concluye con una propuesta concreta de modelo de tutorización, basada, de un lado en una motivación del/la alumno/a desde la docencia cooperativa, y de otro lado, en la colaboración entre tutores

    Red para la coordinación y el seguimiento de las Prácticas Externas en titulaciones de la Facultad de Derecho

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    Preocupa a las personas tutoras de la Facultad de Derecho el desfase de funciones entre las tareas asignadas por la empresa al alumnado en prácticas y las competencias y habilidades propias de cada titulación. Para tener una visión más concreta de tales incidencias se habilitó, en el marco de la Red, un sistema de registro que permitiera dar cuenta de ellas y desarrollar a continuación las acciones necesarias para resolver la situación. El registro en cuestión ha permitido tener noticia de un número limitado de incidencias, mientras las memorias finales elaboradas por el alumnado siguen evidenciando experiencias en las que se da un desfase entre las funciones desempeñadas durante su periodo en prácticas y el perfil profesional propio de su titulación. La eficacia del registro, por lo tanto, está evidentemente condicionada al hecho de que el alumnado en prácticas tome conciencia de la necesidad de comunicar con inmediatez a las personas tutoras las incidencias relacionadas con el desarrollo de las prácticas externas

    Red de seguimiento del Grado en Criminología on line

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    La red tenía por objeto llevar a cabo un especial seguimiento del grupo on line del Grado en Criminología que se imparte en la titulación y para el que son necesarios esfuerzos de coordinación adicionales y métodos docentes específicos a la docencia no presencial. Así, la red ha constituido un espacio de reflexión sobre docencia no presencial, que ha dado como resultado la adopción e implementación de acciones de mejora

    Mediación y otros MASC ¿Hacia la ampliación y mejora del acceso a la justicia o la sola consecución de eficiencia procesal?

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    SUMARIO: l. DE LA NECESARIA EFICIENCIA PROCESAL A LA TRANSFORMACIÓN DE LA JUSTICIA CIVIL EN ESPAÑA. 1. Un acercamiento a la realidad socioeconómica actual. Factores determinantes del cambio. 2. De la forma de afrontar, en el plano procesal, nuevas y también clásicas necesidades. La apuesta del pre legislador y su reflejo en el ALEP. II. LA INSERCIÓN DE LOS MASC EN EL SISTEMA DE JUSTICIA CIVIL. 1. De los métodos ADR a los MASC. Simple cuestión terminológica (?). 2. Aproximación y primera crítica al modelo de Justicia Civil previsto en el ALEP. A) Simple articulación de nuevos instrumentos o real transformación de la Justicia civil en España. B) El recurso a los MASC y, en particular, a la mediación, como requisito de procedibilidad. Su imposición, con vocación de generalidad. C) Gratuidad en el intento y, en ciertos casos, de acceso a los MASC. Cuestión pendiente. III. LA MEDIACIÓN EN EL ALEP ¿FORTALECIMIENTO O DEVALUACIÓN? 1. Aproximación a la amalgama de fórmulas consagradas como MASC. 2. Posible degradación de la mediación. IV. REFLEXIÓN FINAL. V. BIBLIOGRAFÍA CITADA

    The effectiveness of alternative dispute resolution mechanisms in the management of conflicts arising from contractual breaches

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    Los desafíos a los que ha de enfrentarse la sociedad actual, particularmente en contextos de crisis e incertidumbre como los surgidos en esta tercera década de siglo, en los que la conflictividad crece y se diversifica, obligan a articular estrategias que permitan afrontar esta compleja realidad. La adecuada gestión del alto número de conflictos provocados por la vulnerabilidad nacida de la crisis ha de ser un objetivo prioritario, y su consecución pasa por abordar importantes reformas legales, particularmente de índole procesal, que posibiliten una profunda transformación del modelo de justicia civil y mercantil, que redunde en beneficio de la efectiva tutela de los derechos de personas y empresas, entendiendo por tal, la que resulta una tutela pronta y de calidad. A tal efecto, urge la inserción, junto al proceso judicial, de instrumentos y métodos que permitan la autocomposición de los conflictos surgidos entre personas físicas, jurídicas o, entre unas y otras; instrumentos y métodos dotados de una regulación sólida, coherente, eficaz y eficiente, que haga de ellos, herramientas procesales válidas para ofrecer soluciones en el presente y de futuro. Las páginas que siguen acogen el análisis y valoración crítica de posibles fórmulas a articular, particularmente en el marco de los incumplimientos contractuales por causas extraordinarias, junto a la propuesta de soluciones procesales que, al tiempo que contribuyan a una mejora de la respuesta a este tipo de conflictividad, sirvan para mitigar la dificultad en la que se debate el proceso civil actual.The challenges that today's society must face, particularly in contexts of crisis and uncertainty such as those that have emerged in this third decade of the century, in which conflict grows and diversifies, force us to articulate strategies that allow us to confront this complex reality. The adequate management of the high number of conflicts caused by the vulnerability that arises from the crisis must be a priority objective, and its achievement involves addressing important legal reforms, particularly of a procedural nature, that make possible the transformation of the civil and commercial justice model, which benefits the effective protection of the rights of people and companies, meaning prompt and quality protection. To this end, it is urgent to incorporate, together with the judicial process, instruments and methods that allow the self-composition of conflicts that arise between individual persons, legal entities, or between the two; instruments equipped with a solid, coherent, effective and efficient regulation, which makes them valid procedural tools to offer solutions in the present and in the future. The following pages contain the analysis and critical assessment of possible tools to be articulated, particular in the framework of contractual breaches due to extraordinary causes, together with the proposal of procedural solutions that, at the same time, contribute to an improvement in the response to this type of conflict, serve to mitigate the difficulty in wich the current civil process is being debated.Este trabajo ha sido desarrollado en el marco del Proyecto I+D+i de generación de conocimiento y fortalecimiento científico y tecnológico, titulado «Empresa y Proceso. Investigación y Cooperación», del Ministerio de Ciencia e Innovación, Ref. PID2020-119878GB-I00, y del Proyecto estratégico «Transición Digital de la Justicia», orientado a la transición ecológica y a la transición digital del Plan Estatal de investigación científica, técnica y de innovación 2021-2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Ministerio de Ciencia e Innovación, financiado por la Unión Europea: Next Generation UE (REF. TED2021-130078B-I00)
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