11 research outputs found

    La codecisión en la Unión Europea

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    El procedimiento denominado codecisión ha permitido a los organismos comunitarios interactuar en la construcción del derecho derivado comunitario en el marco de la Unión Europea. El poder de la toma de decisiones se fundamenta en la cooperación entre organismos comunitarios; cabe aclarar que todo proceso de integración inicia con objetivos comerciales y visiones económicas de por medio, sin embargo la meta cumbre en la Unión Europea ha sido siempre la pacificación de Europa, lo que conlleva un fin de orden político intrínsecamente concebido. En esa medida la codecisión es uno de los principales instrumentos adoptados por la Unión Europea para alcanzar tanto las metas obvias de creación de derecho comunitario, como de cooperación en el marco supranacional e intragubernamental

    Las herencias, legados y donaciones como objeto de imposición

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    La investigación que a continuación se presenta constituye un aporte al debate académico de lo público fiscal, en lo relativo al tipo de tributo que debe someter a imposición al hecho generador correspondiente al acrecimiento patrimonial producto de una herencia, legado o donación, pues tanto a nivel nacional como en el derecho comparado no existe un criterio uniforme, mucho menos unánime. Existen dos posiciones teóricas claras, aquellas que miran a la herencia como un acrecimiento patrimonial en calidad de “un tipo de renta”; y aquellas que la afrontan como un hecho económico distinto de la renta; en ese sentido, el legislador puede gravar este, como un hecho generador objeto de imposición por rentas, o bien como un hecho generador de un impuesto de tipo patrimonial. Al existir estas diferencias de criterio teórico, estas se trasladan de la sede dogmática, a la regulación práctica del objeto de imposición en la legislación correspondiente de cada Estado, propendiendo a la imposición de reglas inconvenientes para su tributación. El mejor ejemplo para demostrar la relevancia del tema propuesto está en las constantes reformas implementadas en el Ecuador, además de un proyecto de ley “temporalmente retirado” de la Asamblea Nacional, cuyo contenido fue objeto de múltiples críticas y causó gran conmoción social. En ese sentido es preciso obtener claridad conceptual respecto a la verdadera naturaleza del objeto de imposición, de manera que se pueda contar con las bases teóricas suficientes para analizar la legislación vigente a fin de determinar ¿Cuáles son los mecanismos más apropiados para someter a imposición este hecho generador? y ¿Cuál es límite a la imposición por este objeto? Las preguntas propuestas han encontrado respuesta mediante el análisis tanto de la legislación local como del derecho comparado de España, Colombia, Perú y Bolivia

    El régimen tributario ecuatoriano entre los años 1999 y 2010: en relación a la suficiencia recaudatoria y capacidad contributiva del IVA, ICE e impuesto a la renta

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    Toda reforma tributaria responde a la necesidad del Estado de obtener recursos para solventar el gasto público; y, aunque los ciudadanos están moral y jurídicamente obligados a coadyuvar en dicha satisfacción, ha existido en la sociedad ecuatoriana una tendencia al rechazo de las mismas, pues se considera afectada la capacidad económica de los contribuyentes u obligados. Como consecuencia, toda reforma implementada en un sistema o régimen tributario, bien sea que trate la creación, modificación o extinción de tributos; o, relativa a la transformación de la parte operativa en cuanto a la determinación del tributo y la solución o pago del mismo; es decir su metodología, genera dificultades tanto para contribuyentes como para la administración tributaria. Para los contribuyentes el impacto no deviene en forma exclusiva de la capacidad económica para solventar nuevas tarifas, se trata además de asumir nuevas responsabilidades durante los procesos de determinación y fiscalización. Para la administración tributaria, las dificultades no están ausentes, por cuanto las facultades de determinación y recaudación entre las más importantes sufren gran impacto al momento de afrontar del mismo modo las reformas tributarias; toda vez que debe asumir el cambio con eficiencia y eficacia administrativa. El punto de quiebre entre los sujetos activo y pasivo se produce mayormente debido a una percepción de desigualdad de condiciones entre contribuyentes y administración tributaria; generalmente el poder tributario e impositivo genera una apariencia de arbitrariedad por parte del organismo de administración al aplicar las reformas fiscales; con todo lo dicho, se destaca la necesidad de identificar hasta qué punto dichas transformaciones han tomado o deberían tomar en cuenta la situación del contribuyente en relación al principio de justicia tributaria. Con todo lo expuesto se avista una interrogante de vital importancia a ser satisfecha durante del desarrollo de la presente investigación: ¿Cómo han incidido las reformas tributarias efectuadas durante la última década en la suficiencia recaudatoria y capacidad contributiva de los principales tributos de recaudación nacional? Para efectos de contestarla, a lo largo de este trabajo de investigación, se analiza tanto la situación actual como la evolución histórica de del Régimen Tributario Ecuatoriano, haciendo énfasis en los cambios efectuados a partir de 1999 en los impuestos de recaudación nacional más importantes, como son el Impuesto a la Renta, el Impuesto al Valor Agregado IVA y el Impuesto a los Consumos Especiales ICE

    Presupuesto general del Estado. Naturaleza jurídica del acto presupuestal

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    Hablar de presupuesto implica poner en evidencia la naturaleza de uno de los institutos jurídicos más completos y complejos de la administración pública; la existencia de un Derecho Presupuestario implica que en algún momento de la historia de los Estados modernos la actividad financiera llegó a tener tanta relevancia que el acto presupuestal y su ejecución se independizaron científica y materialmente del Derecho Económico, y en cierta forma se abstrajo del Derecho Financiero Público sin perder su elemento fiscal, sin embargo más allá de la especialidad y bien consabida autonomía científica es innegable el componente financiero público y por ende administrativo, de su ciclo de vida. En razón de lo expuesto la presente ponencia expondrá desde la doctrina las diversas posiciones sobre el presupuesto, la relación del Derecho Presupuestal con el Derecho Administrativo y su naturaleza jurídica en calidad de acto complejo

    De los subsidios y otros demonios fiscales

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    Derechos de la mujer en el cine

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    La obra reúne un conjunto de artículos escritos, en su mayoría, por mujeres, quienes mediante un análisis de la cinematografía visibilizan una problemática relevante en nuestro contexto y a nivel global: los derechos de la mujer

    Presupuesto, gasto público y compra pública responsable en Ecuador (Tema Central)

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    The General Budget of the State that was traditionally legislated in Ecuador through a law before 2008, today is just a “tool” whose legal nature is complex to determinate, and it is used for planning of income and expenditure. Such determination should be based, at least in theory, a technical study and the result of an intelligent planning, designed to satisfy the most possible public needs with the available resources. In that sense, public procurement has a double connotation: permanent governance mechanism which the effect of generate a budgetary expenditure; and a tool for achieving the aims of fiscal policy of the State. Under any view, public procurement should be not only sustainable but also responsible. The responsibility standards are guiding the development of this paper.El Presupuesto General del Estado que fuera tradicionalmente promulgado en Ecuador a través de ley antes del año 2008, hoy es apenas un “instrumento” cuya naturaleza jurídica es de compleja determinación, que sirve para la planificación de ingresos y gastos del Estado. Tal determinación debería ser, al menos en sede teórica, producto de un estudio técnico y resultado de una planificación inteligente, orientada a satisfacer la mayor cantidad de necesidades públicas posibles, con el recurso efectivamente disponible. En ese sentido, la compra pública tiene una doble connotación: la de mecanismo permanente de gestión pública, cuyo efecto es una erogación presupuestaria; y la de herramienta para el cumplimiento de los fines de la política fiscal del Estado. Bajo cualquier visión, la compra pública debe ser no solo sostenible, sino además responsable. Los criterios de responsabilidad son los que guían el desarrollo del presente artículo

    Origen y contenido mínimo del derecho constitucional financiero (Tema Central)

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    The duty of contribution to public expenditure is the main object of study of the Constitutional Financial Law. Although the referred duty corresponds originally to the legislator, who is the one obligated by the constitutional mandate to seek wealth and wherever it finds it establishes taxes through the law, this duty has as a final destination the citizens, who in their condition of “taxpayers” are obliged to pay all the taxes established in the law. This relationship between citizens and the State is developed through the bond of a set of principles governing the contribution to public expenditure through which a set of taxpayer rights are born and configured. In that sense, constitutional law is the legal branch that regulates the relationship of duties and rights between the State and taxpayers, a complex legal branch even from the theoretical conception, as well as regulatory environment, since there is no consensus about the level of relationship with other branches such as Administrative Law. This article aims to clarify its epistemological affiliation, clarify the type and level of relationship with other branches of public law, and briefly study its field of action.El deber de contribución al gasto público es el principal objeto de estudio del Derecho constitucional financiero; si bien el referido deber está originalmente dirigido al legislador, quien por mandato constitucional tiene la obligación de buscar riqueza y allí donde la encuentre establecer tributos a través de la ley, este deber tiene como destinatario final a los ciudadanos, quienes en su condición de “contribuyentes” están obligados a pagar los tributos establecidos en la ley. Esta relación entre ciudadanos y Estado se desarrolla en el marco de un conjunto de principios que rige la contribución al gasto público a través del cual nace y se configura un conjunto de derechos del contribuyente. En ese sentido, el Derecho constitucional financiero es la rama jurídica que regula las relaciones de deberes y derechos entre el Estado y los contribuyentes, rama jurídica compleja tanto desde la concepción teórica como del espectro regulatorio, pues no existe consenso sobre el nivel de relación con otras ramas como el Derecho administrativo. Este artículo pretende aclarar su filiación epistemológica, aclarar el tipo y nivel de relación con otras ramas del Derecho público, y estudiar brevemente su ámbito de acción
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