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    Autonomía urbana y negociación política. La difícil articulación de una fiscalidad de estado en el reino de Sevilla (1474-1504)

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    Tradicionalmente la historiografía ha centrado su interés en las libertades fiscales de las ciudades castellanas como una proyección del complejo debate en torno a cuál debía ser la estructura del Estado y cómo debían de articularse las relaciones entre el poder central y los poderes locales. Más allá de estas consideraciones, que en sus posturas extremas han venido a exaltar o negar dicha libertad, trataremos en este trabajo de aportar una visión más matizada de las relaciones entre rey y reino a través de la documentación conservada para el espacio del antiguo reino de Sevilla en tiempo de los Reyes Católicos. Unas relaciones marcadas por la creciente confluencia entre la fiscalidad real y municipal que propulsaron unas intensas negociaciones entre el trono y las ciudades.Proyecto “La construcción de una cultura fiscal en Castilla: poderes, negociación y articulación social (ca. 1250-1550)” (PGC2018-097738-B-100) del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Proyecto “De la lucha de Bandos a la hidalguía universal: transformaciones sociales, políticas e ideológicas en el País Vasco (siglos XIV-XVI)” (HAR2017-83980-P) del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Proyecto de Generación de Conocimiento Frontera del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación “Circuitos financieros, crecimiento económico y guerra (siglos XV-XVI)” (UMA18-FEDERJA-098) de la Junta de Andalucía. Grupo Consolidado de Investigación del Gobierno Vasco “Sociedad, poder y cultura (siglos XIV-XVIII)” (IT-896-16)

    El arzobispado de Sevilla y el obispado de Cádiz. Imagen de un gran partido fiscal en la recaudación del pedido regio

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    El presente artículo estudia la imagen de la geografía fiscal del Arzobispado de Sevilla y el Obispado de Cádiz en vinculación a la recaudación del pedido regio. En relación a este asunto, estudiaremos aspectos como la organización del espacio fiscal o los niveles contributivos de las distintas zonas. Pretendemos, así, aportar una visión general del que fue el partido más destacado en la contribución de uno de los subsidios más importantes de la CoronaProyecto de investigación del MICINN “Fiscalidad y sociedad en la Corona de Castilla al sur del Tajo” (HAR 2011-26218) Red de Investigación Arca Comuni

    ¿Un nuevo sistema de fiscalidad extraordinaria? La Santa Hermandad de los Reyes Católicos (1476-1498)

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    El establecimiento de la Santa Hermandad por parte de los Reyes Católicos supuso la transformación del sistema de ingresos extraordinarios de la Corona de Castilla. Los servicios entregados por la Cortes fueron remplazados por una estructura financiera sustentada sobre el nuevo pacto fiscal establecido entre el trono y los municipios. El principal pilar de este sistema fue la transferencia de la gestión de los ingresos extraordinarios a las ciudades. En este artículo abordamos algunos de los principales aspectos de esta medida, así como sus relevantes consecuencias, que trascendieron el estricto campo de la fiscalidad y tuvieron un papel clave en el proceso de construcción del Estado castellano

    De la restauración de la justicia a la lucha contra el infiel. La legitimación de los ingresos fiscales de la Santa Hermandad (1476-1498)

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    La Hermandad General constituida por los Reyes Católicos en 1476 conformó el germen del primer ejército permanente castellano. Este complejo entramado administrativo-militar, sumamente costoso, obligó a conformar todo un sistema tributario para su mantenimiento. El presente artículo pretende analizar cómo las autoridades hermandinas recurrieron a la amplia experiencia acumulada en materia de negociación fiscal para alcanzar el consenso necesario para el funcionamiento de este nuevo modelo de ingresos extraordinarios. Para ello estudiaremos con detenimiento el debate suscitado en torno al sistema de recaudación y gestión de las contribuciones de la Hermandad y las medidas adoptadas para presentar esta fuerza militar como una medida necesaria para el bien común. Así mismo, prestaremos especial atención a la adaptación del discurso esgrimido por las autoridades a la cambiante realidad política y económica que experimentó Castilla a lo largo de este período.Proyecto de excelencia del MICINN "Poder, fiscalidad y sociedades fronterizas en la Corona de Castilla al sur del Tajo (siglos XIV-XVI)" (HAR 2014-52469-C3-1-P). Red Arca Comuni

    Proyectos para la implantación de un impuesto único en Castilla en el siglo XV

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    El proyecto para una contribución única es una de las utopías fiscales más recurrentes de la Historia. En nuestro país, su historia es un hecho sumamente bien conocido desde su planteamiento por los arbitristas hasta las diversas propuestas parlamentarias formuladas en el siglo XX. Sin embargo, apenas contamos con estudios que hayan prestado atención a los orígenes de este fenómeno durante el período medieval. En el presente artículo se aborda el análisis de diversas fórmulas para su implantación en la Corona de Castilla en el siglo XV. Más allá de un mero interés erudito, estas son el reflejo de los problemas que experimentó la Real Hacienda en un período de expansión y el creciente deseo por dar forma a un sistema tributario más simple, justo y universal.Proyecto “La construcción de una cultura fiscal en Castilla: poderes, negociación y articulación social (ca. 1250-1550)” (PGC2018-097738-B-100) del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Proyecto “De la lucha de Bandos a la hidalguía universal: transformaciones sociales, políticas e ideológicas en el País Vasco (siglos XIV-XVI)” (HAR2017-83980-P) del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Proyecto de Generación de Conocimiento Frontera del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación “Circuitos financieros, crecimiento económico y guerra (siglos XV-XVI)” (UMA18-FEDERJA-098) de la Junta de Andalucía Grupo Consolidado de Investigación del Gobierno Vasco “Sociedad, poder y cultura (siglos XIV-XVIII)” (IT-896-16)

    Privilegio, honra y distinción. Exenciones fiscales e identidad política urbana en la Castilla bajomedieval

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    A lo largo de los siglos bajomedievales diversas ciudades castellanas se fueron dotando de una identidad colectiva que marcó su papel como agentes políticos. Un proceso en el que la concesión, mantenimiento y defensa de sus privilegios fiscales tuvo un papel central. En este trabajo abordaremos la compleja interrelación entre privilegio fiscal e identidad urbana a través del estudio de tres ciudades —Toledo, Sevilla y Murcia— que gozaron de un estatuto ya reconocido como excepcional por sus contemporáneos.Trabajo patrocinado por los proyectos «La construcción de una cultura fiscal en Cas tilla: poderes, negociación y articulación social (ca. 1250-1550)» (PGC2018-097738-B-100), «De la lucha de Bandos a la hidalguía universal: transformaciones sociales, políticas e ideológicas en el País Vasco (siglos XIV-XVI)» (HAR2017-83980-P) del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, y «Circuitos financieros, crecimiento económico y guerra (siglos XV-XVI)» (UMA18-FEDERJA-098) de la Junta de Andalucía, y por el Grupo Consolidado de Investigación del Gobierno Vasco «Sociedad, poder y cultura (siglos XIV-XVIII)» (IT896-16

    El reino de Sevilla y los ingresos extraordinarios en la Corona de Castilla. Del pedido regio a los ingresos de la Santa Hermandad (1406-1498)

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    A partir de su consolidación, en 1478, estos recursos y los de los concejos pasan a ser gestionados conjuntamente, en muchas ocasiones de manera claramente complementaria, produciéndose una simbiosis casi completa entre la fiscalidad estatal y la municipal. En nuestro plan de trabajo hemos adoptado una doble aproximación. Por un lado, tratamos de presentar una imagen general del proceso, que presente las grandes cifras y las líneas maestras de evolución de este sistema de recaudación y gasto de los recursos extraordinarios de la Corona castellana, que acabaría por hacerse predominante a finales del siglo XV. Por otro lado, tratamos de analizar cómo funcionaba éste una perspectiva local y como afectó su implementación y desarrollo a los gobiernos municipales. Este tipo de acercamiento es el resultado de la convicción de que un estudio emprendido únicamente desde uno de estos ámbitos de análisis daría como resultado una visión sesgada del problema que aquí pretendemos acometer, impidiéndonos llegar a una verdadera comprensión del mismo.Tomando como base los postulados de la New Fiscal History, en la presente tesis doctoral se analiza el desarrollo y evolución de aquellos ingresos extraordinarios concedidas por los representantes de las ciudades del reino, considerando el papel central que estos tuvieron en el proceso de construcción estatal. Más concretamente, nos detendremos aquí en la aparición del sistema de recaudación y gestión de estos ingresos que la Real Hacienda fue dejando en manos de los municipios, permitiendo así su integración en el sistema administrativo y financiero del Estado. El proceso que dio lugar a esta nueva realidad se inicia a comienzos del siglo XV, con la emergencia del servicio medieval de Cortes, conformado por dos vías: monedas y pedido. Si bien el primero de estos recursos fue recaudado mediante el tradicional sistema de arrendamiento, el segundo adoptó un modelo de repartimiento, que requería de las ciudades para su correcto funcionamiento. No obstante, éste sistema solo afectó tangencialmente a las maquinarias financieras locales, que mantuvieron una clara separación entre su sistema de ingresos y gastos y aquél que afectaba a los recursos extraordinarios de la Corona. Pese a ello, el pedido acabó por convertirse en uno de los principales elementos de interconexión, no sólo fiscal sino también política, entre la autoridad central y los gobiernos municipales. Tras la desaparición del servicio de Cortes, esta función vendrá a ser asumida por las denominadas contribuciones de la Santa Hermandad. Esta institución, germen del primer ejército permanente castellano, se sustentaría sobre un mecanismo financiero que dejaría plenamente en manos de las ciudades todo el proceso de gestión y recaudación de los ingresos y no únicamente una parte de los mismos, como había ocurrido con los servicios de Cortes
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