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El control de convencionalidad de la renuncia a la persecución penal para agentes del Estado
¿Una reforma constitucional transitoria que establece la renuncia a la persecución judicial penal para los agentes del Estado en todos los casos que no seleccione la Jurisdicción Especial para la Paz (en adelante la JEP), en relación con los crímenes internacionales que han adquirido el estatus de ius cogens (genocidio, lesa humanidad y crímenes de guerra), es compatible con la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (el acervo convencional)?
¿Sería compatible con dicho acervo la jurisprudencia de la Corte Constitucional interpretando la citada reforma, según la cual tales crímenes podrían ser atribuibles a los máximos responsables, y a contrario sensu, los que no sean calificados como máximos responsables podrían no ser seleccionados y, por ende, concedérseles la citada renuncia?
A las preguntas podría contestar con dos doctrinas: los peace makers o realistas, quienes consideran que el objetivo es la terminación del conflicto armado para lograr una paz duradera, y los human righters o idealistas, quienes estiman que la finalidad es investigar, juzgar y sancionar las graves violaciones de derechos humanos cometidas en el pasado. Se trata del dilema paz o justicia.
Soy partidario de los human righters, lo que implica el cumplimiento del deber de investigar, juzgar y sancionar a todos los responsables de las graves violaciones a los derechos humanos, e infracciones graves al Derecho Internacional Humanitario, tipificadas como crímenes que han adquirido el estatus de ius cogens, un deber que incumple el Estado colombiano con la expedición de la citada reforma constitucional y la jurisprudencia constitucional que avaló la renuncia a la persecución penal para los agentes del Estado en todos los casos que no seleccione la JEP, lo cual es manifiestamente incompatible con el acervo convencional.
¡No hay paz sin justicia
LEVANDO A SÉRIO OS DIREITOS POLÍTICOS FUNDAMENTAIS: INELEGIBILIDADE E CONTROLE DE CONVENCIONALIDADE
Test di convenzionalità e controllo di convenzionalità
L'autore analizza le fasi attraverso cui si svolge il controllo di convenzionalità tra un atto normativo interno e la Convenzione interamericana sui diritti umani o altro trattato internazionale sui diritti nonchè la giurisprudenza della Corte interamericana nei Paesi dell'America latina firmatari dei rispettivi trattati
El bloque de constitucionalidad. Aplicación de tratados internacionales de derechos humanos
Sistemas constitucionales y cláusulas de apertura al derecho internacional: Especial referencia al ámbito iberoamericano
Descripción normativa de los sistemas constitucionales y cláusulas de apertura al Derecho Internacional en Estados Miembros de la Organización de Estados Americanosen el cual se clasificarán dos sistemas constitucionales con el objeto de verificar empíricamente la primacía del Derecho Internacional de los Derechos Humanos (en adelante DIDH) sobre el ordenamiento jurídico interno en América Latina, República Dominicana y Haití. Los sistemas son: Sistema con Constituciones con tendencia monista a la primacía del Derecho Internacional de los Derechos Humanos (i), y Sistema con Constituciones sin tendencia a la primacía del Derecho Internacional de los Derechos Humanos (ii
Las generaciones de los Derechos Humanos : libertad, igualdad, fraternidad
El distinguido colega y amigo de vieja data, Ernesto
Rey Cantor, me ha solicitado que escriba algunas palabras
introductorias a la nueva edición del libro publicado, junto a
sus hijas Giovanna Alejandra y Ángela Margarita Rey Anaya,
denominado Las Generaciones de los Derechos Humanos.
Con mucho gusto acepté el encargo por dos razones:
primero, porque a un amigo querido no se le puede dar una
respuesta negativa, y en segundo término, porque este tema
constituye una de mis debilidades jurídicas.
El libro es omnicomprensivo de la materia tratada, lo cual se
hace con claridad y precisión, elementos que son determinantes
para que la lectura de cualquier libro resulte amena. El texto
tiene la virtud de que no se pierde en disquisiciones inútiles, y
va directamente al grano al analizar los diferentes aspectos de
la materia tratada.
El texto parte de una premisa jurídica fundamental, y que
compartimos plenamente: considerar el principio de la dignidad
humana como fundamento de la libertad, igualdad y fraternidad,
que se infieren de la Biblia, bajo la impronta del cristianismo, que
después serán adoptados por la Revolución Francesa.
Consideran los autores que al crearse al hombre por Dios
–y a su semejanza– nació una criatura con fuerza, sabiduría y
belleza, porque a imagen de Dios fue creada; es el único ser
en el que trasciende la dignidad divina dotado de razón y
conciencia; por tanto, la dignidad es inherente a la naturaleza del
ser humano irradiada por la luz divina del creador. Es por ello que el ser humano es la criatura más bella del universo, dotado de
sabiduría y fuerza espirituales.
Aunque difiero del origen divino de la dignidad, sí estoy
completamente de acuerdo en que ella es consustancial con el
ser humano, es decir que todos los hombres, por el hecho de ser
tales, nacemos con una dignidad que nadie nos puede arrebatar.
La dignidad es parte integrante de nuestra esencia ontológica.
Dentro de este orden de ideas, en la Declaración Universal
de los Derechos Humanos, aprobada por la Asamblea General
de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948, en el
Preámbulo se expresó lo siguiente:
“Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el
mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad
intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos
los miembros de la familia humana”
Derecho Constitucional y constitucionalismo Iberoamericano: Una mirada desde la constitución de Cúcuta de 1821, como origen de las instituciones constitucionales contemporáneas
Esta obra se presenta hoy a la comunidad jurídica nacional e internacional,
titulándose “Derecho Constitucional y Constitucionalismo Iberoamericano... Una
mirada desde la Constitución de Cúcuta de 1821, como origen de las instituciones
constitucionales contemporáneas”, pretendiendo que sea un instrumento que
actualiza y diserta el conocimiento sobre algunas de las principales problemáticas
que le preocupan al derecho constitucional colombiano y comparado. Se hace
extensión en esa denominación al constitucionalismo iberoamericano bajo el
reconocimiento de que el derecho constitucional ha permeado todos los ámbitos
del conocimiento jurídico sin excepción, incluso traspasando fronteras al ser
integradas instituciones al ordenamiento jurídico tanto por la Ley como por la
Jurisprudencia, a través del control abstracto y concreto de constitucionalidad y la
creación de la función legislativa, lo cual permite tener comunes denominadores
de cara a lo que se reconoce o se debe reconocer como un Estado de Derecho, y
aún más como un Estado Social y Democrático
El derecho al nombre en relación con la identidad de género dentro del Sistema Interamericano de Derechos Humanos:el caso del Estado de Costa Rica
El derecho público en Iberoamérica. Libro homenaje al profesor Jaime Vidal Perdomo. Tomos I y II
La obra que se entrega hoy es un gran ejemplo de la riqueza académica con la que todos cuentan en Iberoamérica, motor de una nueva integración, que mueve y motiva por encima de intereses políticos y partidarios. Para una mejor lectura de las evoluciones y las expectativas en derecho público en Iberoamérica, así como del balance del derecho administrativo colombiano, en sus primeros cien años de justicia contencioso-administrativa, en este orden de ideas se ha dividido la publicación en dos tomos. El primero de ellos se divide en tres partes: derecho constitucional, teoría general del derecho administrativo, y acto y procedimiento administrativo. El segundo tomo viene distribuido en cinco partes: la primera parte se ha denominado contratos administrativos, la segunda parte régimen local, la tercera parte, denominada bienes del Estado, la cuarta parte, contencioso-administrativo y la última parte, se ha descrito como temas varios. En ella se encuentran reflexiones sobre la evolución de la teoría del daño especial en Colombia. Con lo anterior, se espera haber cumplido con un buen balance bicentenario del derecho público en Iberoamérica y del derecho administrativo colombiano en estos cien primeros años de justicia contencioso-administrativa, en homenaje al maestro Jaime Vidal Perdomo, eximio jurista colombiano consagrado al estudio y análisis del derecho público y exponente calificado y reconocido de la academia en Colombia y en los países iberoamericanos