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    El modelo espa帽ol de representaci贸n de los trabajadores en la empresa

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    Los dos elementos definitorios del objeto de la investigaci贸n son los siguientes: el primero viene dado por la referencia al "modelo espa帽ol". Concretamente, el an谩lisis est谩 limitado al modelo de representaci贸n contenido en el ordenamiento jur铆dico laboral actualmente vigente en Espa帽a, pese a que ello no excluye que se hagan referencias puntuales a regulaciones que han precedido a la actual o a modelos for谩neos, en cuanto resultan de inter茅s para materias espec铆ficas. En segundo t茅rmino, la demarcaci贸n tem谩tica se completa con la propia indicaci贸n de su n煤cleo, la "representaci贸n de los trabajadores en la empresa". Junto con identificar claramente la instituci贸n laboral que se examina, enfoca la investigaci贸n a un concreto 谩mbito de implantaci贸n y actuaci贸n de los representantes, la empresa, que por lo dem谩s aparece como un per铆metro determinante en la entera configuraci贸n del modelo espa帽ol de representaci贸n de los trabajadores en el sector privado. As铆 pues, el objetivo central de la investigaci贸n ha sido analizar, desde una perspectiva eminentemente jur铆dica, el modelo espa帽ol de representaci贸n de los trabajadores en la empresa, y efectuar una valoraci贸n del mismo a partir de la evaluaci贸n de la necesidad y pertinencia del doble canal, de los principales cimientos institucionales del modelo, y de su concreta regulaci贸n jur铆dica, en sus dimensiones org谩nica, funcional y tutelar. Estas tres dimensiones son, en efecto, las que gu铆an las tres partes en que se divide la tesis. En particular, el an谩lisis se ha sustentado en el estudio normativo de cada una de las antedichas dimensiones, en la identificaci贸n y explicaci贸n de los principales problemas jur铆dicos que ha revelado su experiencia aplicativa, y en la revisi贸n cr铆tica de las soluciones jurisprudenciales y doctrinales

    Las relaciones entre la autonom铆a individual y el derecho a la negociaci贸n colectiva en el ordenamiento jur铆dico espa帽ol: S铆ntesis y comentarios de la doctrina del Tribunal Constitucional sobre la utilizaci贸n de la autonom铆a individual en masa

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    El presente trabajo discurre sobre uno de los m煤ltiples problemas que plantea el papel de la autonom铆a individual en la determinaci贸n de las condiciones de trabajo bajo la vigencia del actual modelo normativo espa帽ol: sus complejas relaciones con el derecho a la negociaci贸n colectiva, principalmente en supuestos de uso masivo de la autonom铆a privada, cuesti贸n que vuelve a adquirir especial inter茅s en los tiempos actuales, donde el fantasma omnipresente de la crisis econ贸mica pone en jaque incluso a estas instituciones jur铆dico-laborales. El eje central de los siguientes comentarios es la doctrina emanada de diversos pronunciamientos del Tribunal Constitucional espa帽ol que se han referido a esta materia. En concreto, se analiza la relaci贸n entre la autonom铆a individual y el derecho a la negociaci贸n colectiva sobre la base de tres sentencias que bien representan el actual planteamiento constitucional sobre estos temas. La sentencia 105/1992, de 1 de julio, que fue la primera en sentar las bases de dicha doctrina; la sentencia 107/2000, de 5 de mayo, que la complementa efectuando importantes matices; y la sentencia 225/2001, de 26 de noviembre, que es la que la sintetiza, explica y fundamenta m谩s claramente. Sin perjuicio de que dichas sentencias obran de columna en este estudio, se ha complementado el an谩lisis con las visiones doctrinales m谩s relevantes. Se aborda, en primer t茅rmino y de manera gen茅rica, un breve repaso del contexto te贸rico y marco normativo en que se ubican los problemas jur铆dicos indicados, y se da cuenta de los antecedentes de las sentencias del Tribunal Constitucional antes se帽aladas. Sobre dicho soporte se articula una revisi贸n anal铆tica de la doctrina constitucional sobre las relaciones entre la autonom铆a individual y el derecho a la negociaci贸n colectiva, poniendo especial 茅nfasis en sus fundamentos jur铆dicos, puntos de inflexi贸n, fortalezas y debilidades

    La Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Aut贸nomo, y el proceso de convergencia del RETA con el R茅gimen General de la Seguridad Social en materia de acci贸n protectora

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    El Estatuto del Trabajo Aut贸nomo presenta limitados avances en el proceso de convergencia del RETA con el R茅gimen General de la Seguridad Social en materia de acci贸n protectora, rescat谩ndose algunas mejoras en la intensidad o condiciones de la protecci贸n, principalmente mediante la recuperaci贸n gradual del principio de obligatoriedad en la cobertura, y matizaciones en la definici贸n y delimitaci贸n de algunas de las contingencias protegidas, acerc谩ndose m谩s a las establecidas en el R茅gimen General. A ello hay que agregar el reconocimiento, aunque todav铆a restringido, de la jubilaci贸n anticipada de los aut贸nomos. Sin embargo, esta ley no ha mejorado sustancialmente el contenido mismo de la acci贸n protectora. De hecho, varios temas importantes vuelven a quedar en un estado de latencia, a la espera de estudios, propuestas o informes. Con todo, meritorio es el hecho de que a efectos de la acci贸n protectora la LETA considere, al menos en parte, la diversidad de sujetos que en la actualidad se incluyen en el RETA. En este sentido, merece una valoraci贸n positiva el reconocimiento expreso de algunas de las diferencias existentes entre los distintos aut贸nomos que integran el RETA para efectos de protecci贸n social (TRADE, aut贸nomos que desempe帽an actividades de mayor siniestralidad o actividades de naturaleza t贸xica, peligrosa o penosa). Quedan, sin embargo, varios puntos pendientes. Uno de ellos es la reforma en materia de financiamiento, que ciertamente repercute directamente en la acci贸n protectora. Se plantea, por otra parte, debilidad en el tratamiento de algunos temas, como es el caso de la prestaci贸n por cese de actividad. Por cierto no se piensa aqu铆 en la convergencia como anhelo pol铆tico, sino que, sin obviar los necesarios matices que supone la seria convergencia jur铆dica, no se puede ignorar la necesidad real que de esta protecci贸n tiene parte de los aut贸nomos

    FUNDAMENTOS DE DERECHO LABORAL

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    EL PAPEL DE LA NEGOCIACI脫N COLECTIVA EN LA REGULACI脫N DE LA CONTRATACI脫N TEMPORAL EN ESPA脩A Y SU EFICACIA

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    El presente trabajo analiza el papel de la negociaci贸n colectiva en la regulaci贸n de la contrataci贸n temporal en Espa帽a, luego de las reformas laborales que desde la d茅cada de los noventa han venido refiri茅ndose a esta materia. El enfoque est谩 centrado, de esta forma, en dar cuenta de la funci贸n que ha tenido y tiene la negociaci贸n colectiva en la regulaci贸n de los principales supuestos legales de contrataci贸n temporal de trabajadores; a saber, el contrato para obra o servicio determinados, el contrato eventual por circunstancias de la producci贸n y el contrato de trabajadores interinos, por ser estos los de mayor presencia en el sistema espa帽ol de relaciones laborales y por constituir el objeto preferente de las diversas remisiones que el legislador laboral ha hecho a la negociaci贸n colectiva. Por tanto, no se trata en este trabajo el supuesto de contrataci贸n temporal coyuntural que a煤n subsiste en el ordenamiento espa帽ol (contrato de fomento de empleo para trabajadores con discapacidad) ni otros supuestos espec铆ficos de contrataci贸n temporal (contratos formativos, contratos de relevo, contratos temporales por empresas de trabajo temporal, contratos temporales en las administraciones p煤blicas, entre otros). Se estudian tambi茅n los mecanismos de control de la contrataci贸n temporal en la negociaci贸n colectiva, y en este caso las referencias se plantean, salvo prevenci贸n en contrario, sin distinguir entre las distintas modalidades contractuales. Por 煤ltimo, se presenta un contrapunto con el modelo normativo chileno.<br>This work analyzes the role of collective bargaining in the temporary contracting regulation in Spain, after the labour reforms that, since the nineties, have been referring to this matter. Thus, the approach is focused into give account of the function that the collective bargaining has been and has, in the main legal suppositions of the temporary contracting workers' regulation; namely, the determined work or service contract; the eventual contract due to production situations and the provisional workers' contract, for being these the ones with major presence at the Spanish labour relationship system and the preferred object of the diverse references that the labour legislator has done to the collective bargaining. Therefore, this work is not about the occasional temporary contracting suppositions, that still survives in the Spanish system (promotion employment to disabled workers' contract) nor other temporal contracting specific suppositions (formative contracts, relief contracts, temporary contracts for temporary employments, public administration temporary contracts, among others). In addition, the temporary contracting control mechanisms at the collective bargaining are studied too, and in this case, the references made, do not distinguish between different contracting forms, except when prevented. Finally, one presents a comparison with the Chilean normative model
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