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    Nuevas tendencias del derecho

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    Lo ocurrido en la segunda guerra mundial y sobre todo, los interrogantes que se abrieron ante la necesidad de sancionar a los jefes Nazis, impuso la necesidad de una respuesta que superara el debate ya milenario, entre iusnaturalismo y positivismo, Radbruch, tal vez el primero, en las segunda mitad del siglo XX en aportar elementos para una tercera vía, la que se ha denominado en la academia. Positivismo Metodológico. A partir de allí se han abierto nuevos caminos que entienden el derecho como doctrina del arte de comprender o hermenéutica jurídica, que busca una decisión o pronunciamiento esencialmente creativo, complementario y perfeccionador del derecho. O un sistema abierto, en contra del iusnaturalismo y del positivismo, que se consideran sistemas cerrados. Es la teoría de la argumentación que hace admisibles todos los argumentos en la esfera del discurso racional. O la llamada Principalística, que hace énfasis en los Principios como normas que hacen parte del Ordenamiento. O la superación de la miseria jurídica heredada del nacionalismo a través de la naturaleza de las cosas que fecunda la filosofía del derecho, como forma del pensamiento jurídico. Pero sin duda alguna, la corriente de mayor relevancia en el mundo contemporáneo, es la llamada nuevo constitucionalismo. El derecho se ha alejado de la justicia, se ha alejado de la verdad, se ha alejado del hombre y la tarea del abogado de hoy es volver por los fueros, romper, destruir, si es posible, el rigorismo formalista y hacer que volvamos a creer en el Derecho. Se pone el acento e la Constitución, como marco abierto a principios de carácter normativo, en contraposición al legalismo. Los jueces garantes del Estado Social de Derecho, es decir, de una necesaria y dúctil coexistencia entre ley, derecho y justicia. Lo que se pretende es abrir la mente al lector a las nuevas corrientes que enriquecen el mundo jurídico y nos permiten poner, nuevamente, el derecho al servicio del ser humano

    Nuevas tendencias del derecho

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    Lo ocurrido en la segunda guerra mundial y sobre todo, los interrogantes que se abrieron ante la necesidad de sancionar a los jefes Nazis, impuso la necesidad de una respuesta que superara el debate ya milenario, entre iusnaturalismo y positivismo, Radbruch, tal vez el primero, en las segunda mitad del siglo XX en aportar elementos para una tercera vía, la que se ha denominado en la academia. Positivismo Metodológico. A partir de allí se han abierto nuevos caminos que entienden el derecho como doctrina del arte de comprender o hermenéutica jurídica, que busca una decisión o pronunciamiento esencialmente creativo, complementario y perfeccionador del derecho. O un sistema abierto, en contra del iusnaturalismo y del positivismo, que se consideran sistemas cerrados. Es la teoría de la argumentación que hace admisibles todos los argumentos en la esfera del discurso racional. O la llamada Principalística, que hace énfasis en los Principios como normas que hacen parte del Ordenamiento. O la superación de la miseria jurídica heredada del nacionalismo a través de la naturaleza de las cosas que fecunda la filosofía del derecho, como forma del pensamiento jurídico. Pero sin duda alguna, la corriente de mayor relevancia en el mundo contemporáneo, es la llamada nuevo constitucionalismo. El derecho se ha alejado de la justicia, se ha alejado de la verdad, se ha alejado del hombre y la tarea del abogado de hoy es volver por los fueros, romper, destruir, si es posible, el rigorismo formalista y hacer que volvamos a creer en el Derecho. Se pone el acento e la Constitución, como marco abierto a principios de carácter normativo, en contraposición al legalismo. Los jueces garantes del Estado Social de Derecho, es decir, de una necesaria y dúctil coexistencia entre ley, derecho y justicia. Lo que se pretende es abrir la mente al lector a las nuevas corrientes que enriquecen el mundo jurídico y nos permiten poner, nuevamente, el derecho al servicio del ser humano

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    Lo ocurrido en la segunda guerra mundial y sobre todo, los interrogantes que se abrieron ante la necesidad de sancionar a los jefes Nazis, impuso la necesidad de una respuesta que superara el debate ya milenario, entre iusnaturalismo y positivismo, Radbruch, tal vez el primero, en las segunda mitad del siglo XX en aportar elementos para una tercera vía, la que se ha denominado en la academia. Positivismo Metodológico. A partir de allí se han abierto nuevos caminos que entienden el derecho como doctrina del arte de comprender o hermenéutica jurídica, que busca una decisión o pronunciamiento esencialmente creativo, complementario y perfeccionador del derecho. O un sistema abierto, en contra del iusnaturalismo y del positivismo, que se consideran sistemas cerrados. Es la teoría de la argumentación que hace admisibles todos los argumentos en la esfera del discurso racional. O la llamada Principalística, que hace énfasis en los Principios como normas que hacen parte del Ordenamiento. O la superación de la miseria jurídica heredada del nacionalismo a través de la naturaleza de las cosas que fecunda la filosofía del derecho, como forma del pensamiento jurídico. Pero sin duda alguna, la corriente de mayor relevancia en el mundo contemporáneo, es la llamada nuevo constitucionalismo. El derecho se ha alejado de la justicia, se ha alejado de la verdad, se ha alejado del hombre y la tarea del abogado de hoy es volver por los fueros, romper, destruir, si es posible, el rigorismo formalista y hacer que volvamos a creer en el Derecho. Se pone el acento e la Constitución, como marco abierto a principios de carácter normativo, en contraposición al legalismo. Los jueces garantes del Estado Social de Derecho, es decir, de una necesaria y dúctil coexistencia entre ley, derecho y justicia. Lo que se pretende es abrir la mente al lector a las nuevas corrientes que enriquecen el mundo jurídico y nos permiten poner, nuevamente, el derecho al servicio del ser humano

    Vivencia y pervivencia del derecho natural. Ponencias del IV Seminario Internacional de Teoría General del Derecho

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    El tema del derecho natural, a pesar de lo que se creía en el siglo XIX, no está agotado ni mucho menos muerto. Pero esta afirmación tampoco significa que el positivismo haya sido o que deba ser derrotado. En la academia jurídica, tanto en el iusnaturalismo como el iuspositivismo, siguen debatiendo mutuamente y, hasta ahora, ninguna de las posturas ha logrado una rendición incondicional de la otra. Esta publicación, iniciativa de la Línea de Investigación en Teoría del Derecho, Grupo de Investigaciones Jurídicas, de la Universidad de Medellín, recopila y presenta las memorias del IV Seminario Internacional de Teoría General del Derecho, espacio en el cual se encauzó la discusión académica referente a los acercamientos de las actuales tendencias iusnaturalistas al neoconstitucionalismo contemporáneo, discusión de gran valor para la filosofía del derecho y el derecho constitucional

    Filosofía del derecho

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    Este libro docente da cuenta de temas como el valor de la enseñanza de la filosofía del derecho, si existe o no una ciencia del derecho, el iusnaturalismo en la historia de las ideas jurídicas, los movimientos jurídicos más relevantes en el siglo XIX, si existe o no una teoría marxista del derecho, las ideas más importantes de la teoría pura del derecho, el realismo jurídico estadounidense y escandinavo, la relación sistema-eficacia-vigencia en el derecho, la filosofía del derecho en Norberto Bobbio, el enfrentamiento entre el positivismo suave y el no-positivismo, el neocostitucionalismo, la postura de Rawls en torno al derecho, la filosofía del derecho en Habermas, la teoría comunicacional del derecho y, por último, las relaciones entre historia-sociedad-derecho

    Revista Temas Agrarios Volumen 26; Suplemento 1 de 2021

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    1st International and 2nd National Symposium of Agronomic Sciences: The rebirth of the scientific discussion space for the Colombian Agro.1 Simposio Intenacional y 2 Nacional de Ciencias Agronómicas: El renacer del espacio de discusión científica para el Agro colombiano
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