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Nuevas aportaciones a la expulsión de los jesuitas. La Pesquisa reservada de Córdoba
El Consejo Extraordinario de Castilla motivó la expulsión de los Jesuitas conforme al auto del fiscal Campomanes. La conspiración basada en la divulgación de panfletos y otra serie de pasquines fue utilizada como prueba para instruir un proceso criminal, no exento de aspectos controvertidos. La Pesquisa secreta realizada en Córdoba fue parte de la documentación conservada en distintos archivos sobre el proceso previo a la expulsión. Este trabajo es una nueva aproximación al procedimiento criminal seguido contra los miembros de la Compañía de Jesús en Córdoba, y a las averiguaciones realizadas en relación con las normas del derecho procesal de la época.The Extraordinary Council of Castile motivated the expulsion of the Jesuits taking into account the Informs of the fiscal Campomanes. The conspiracy founded in the divulgation of different pamphlets and other papers was the proof to try a criminal process, not exempt of controversial issues. The Pesquisa secreta made in Cordoba was part of the documentation in the files regarding the lawsuit previous the expulsion from the country. This paper is an approach to the criminal procedure against members of the Society of Jesus in Cordoba as well as a justification of this inquiry in relation with the Spanish Criminal procedure rules.El presente trabajo se ha realizado en el marco del Proyecto de Investigación Rupturas y pervivencias de la tradición jurídica y financiera de la Corona de Aragón en la crisis del Antiguo Régimen (2013-2015). DER 2012 37970 Investigador principal: Remedios Ferrero Micó
Water, usufruct and utility in the Andalusí irrigation of the Kingdom of Valencia
El origen de la normativa escrita sobre el uso de las aguas en el territorio peninsular levantino plantea diversas incógnitas. Las primera de ellas sobre los quienes fueron los protagonistas en la redacción y determinación de ese derecho. La segunda sobre el papel que la costumbre de los sarracenos desempeñó en la preservación de tradiciones jurídicas, mantenimiento de infraestructuras y gestión del agua. La tercera tiene que ver con el modo de aunar intereses de comunidades distintas desde el punto de vista religioso y jurídico sobre el derecho de uso de forma equitativa y proporcional a necesidades no necesariamente coincidentes. Lo cierto es que las fuentes conservadas sobre el proceso de reconquista y población siguen siendo una de las mejores referencias para despejar incógnitas y justificar la tradición y pervivencia de un derecho inmemorial y vigente en algunas de sus formas y manifestaciones, no solo en el marco levantino sino en otros muchos espacios de la cuenca mediterránea con idénticas características medioambientales y geo-climáticas.The origin of the written rules on the use of water in the Levantine mainland raises several questions. The first one about who were the authors in the drafting and fixation of Law. The second question is about the role that the custom of the Saracens played in preserving legal traditions, the maintenance of water-related infrastructure and water management. The third question concerns how deal the interests on water of different communities, after the religious point of view, taking into account the fundamental principles of equitably and proportionately in the use of water. The fact is that the sources of Law preserved on the process of conquest and population remain one of the useful references in resolving some of the uncertainties, and for justifying the maintenance of tradition and customs in current law as well. This is the way to understand the survival institutions and formulas in the management of water, not only in the Levantine framework but in many other areas of the Mediterranean basin with identical environmental and geo-climatic characteristics.El presente trabajo se ha realizado en el marco del Proyecto de Investigación Rupturas y pervivencias de la tradición jurídica y financiera de la Corona de Aragón en la crisis del Antiguo Régimen (2013-2015). DER 2012 37970 Investigador principal: Remedios Ferrero Micó
On the Personal Attributes and Qualities of Native Americans. Keys to Understanding the Limitation of Performing Rights in the Constitutive Parliament of Cadiz (1812)
El propósito de este trabajo es analizar la terminología con la que se identificó a la población india a través de una selección de fuentes para el conocimiento del derecho indiano, entre las que cabe mencionar legislación, documentos de aplicación del derecho y memoriales e informes elevados al monarca español. Se trata de conceptos cargados de significado jurídico, en muchas ocasiones con connotaciones peyorativas y que minusvaloraban las capacidades y competencias dela población indígena. La limitación de derechos, y en concreto de privilegios y exenciones reservados a los españoles, pudiera tener su causa en este hecho. La trascendencia que tuvo la asignación de determinados adjetivos y nombres constante el tiempo en la génesis del imaginario del indio ciudadano se evidencia en el proceso de la construcción de una política americana y, especialmente, en el proceso constituyente español de principios del siglo XIX.The purpose of this paper is to analyze the terminology with which Indian people was identified, through a selection of sources for the knowledge of Indian law, amongst them legislation, documents relating to the implementation of law, memorials and reports submitted to the Spanish king. These are concepts loaded with legal significance, often with pejorative connotations that undervalued the capacities and competences of the Indigenous population. The limitation of rights, and in particular privileges and exemptions reserved to the Spaniards, could have its cause in this fact. The importance of the assignment of certain adjectives and names constantly in the genesis of the Indian citizen’s imaginary is evidenced in the process of building an American policy and, especially, in the Spanish constitutional process in the early nineteenth century.Trabajo de investigación realizado en el marco del Proyecto financiado por la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte Género y Raza: Las subjetividades omitidas en el constitucionalismo (GV/2017/168), siendo su investigadora principal la doctora Nilda Margot Garay Montañez; y también del Proyecto I+D+i: El Estado secular y las políticas de coexistencia (2016-). DER2016-79293-P, liderado por la investigadora principal doctora Rosa María Martínez de Codes
Lactación, crianza y filiación en al-Andalus. Garantías, fianzas y kafāla entre andalusíes, mozárabes e hispanos
La adopción es una institución prohibida en el Derecho islámico y regulada en este ordenamiento jurídico de forma profusa. Las comunidades andalusíes del territorio peninsular convivieron con comunidades mozárabes e hispanas y aplicaron ese mismo principio, especialmente cuando de hijos de matrimonios mixtos se trataba. La legislación conservada desde el siglo VIII, aplicada sin solución de continuidad hasta el siglo XVII aporta datos sobre situaciones en las que por piedad y compasión hubo que arbitrar soluciones de consuno, para quienes eran débiles y estaban desvalidos. La acogida o kafāla, garantizada mediante instrumentos jurídicos, es una institución cuya importancia trasciende hasta nuestros días, como se ha querido demostrar en este trabajo.Adoption is an institution prohibited in Islamic law and profusely regulated in the legal system. The Andalusian communities of the peninsular territory coexisted with Mozarabic and Hispanic communities and applied the same principle, especially related to children of mixed marriages. The oldest preserved legislation and fetuas dated back from the 8th century, and were applied without interruption until the 17th century. Legislation and fetuas shed light on cases in which out of mercy and compassion, solutions had to be found, for the weak and helpless. The reception or kafāla, guaranteed by legal instruments, is an institution whose importance lasts still to this day, as this paper will attempt to justify.Trabajo realizado en el marco de los proyectos de Investigación: Proyecto de investigación Proyecto I+D+i El Estado secular y las políticas de coexistencia. Referencia: DER2016-79293-P; y Proyecto Gerde-Henkel. Christian Society under Muslim Rule: Canon Collections from Muslim Spain Referencia: Colección Canónica Hispana (CCHE), (2019-)
Preservation of the Hydraulic Heritage in Landscapes under Permanent Water Stress: New Approach to Utility and Sustainability Criteria
The purpose of this paper is to examine the legal sources that allow the organization of the space in areas of water scarcity and affected by weather variations in the Mediterranean basin, offering a comparative and comprehensive analysis of the legal criteria widespread under influence for the eastern part of the Mediterranean. The study approaches the subject from a legal historical perspective, reference to the rules applied in different environments and divisive uses from the legal vestiges preserved as memorial sites, legal sources and customs. A map of sources governed by criteria of the usefulness, sustainability and general consensus. These are all factors key for the coordinated approach in the establishment of a network of hydraulic structures and gadgets in the urban and rural landscape. This lecture makes its own thoughtful contribution to an important ongoing debate to the water protection and management safeguarding hydraulic heritage. In conclusion, the analysis considers specific current situations, policies and institutions that provide solutions to daily problems in public and private spaces combining modernization that are considered such proposals for the future of water management
The rescue of moors (moros cortados) between Spain and Marocco after the 1767 Treaty. The case of Moorish community in Cartagena
La presencia de musulmanes en la Península Ibérica se prolongó a pesar de la expulsión del año 1609. Tras la firma del Tratado de Paz perpetua y comercio entre España y Marruecos, los miembros de la comunidad musulmana de la ciudad y departamento marítimo de Cartagena plantearon un problema de alcance internacional. El conflicto de competencias entre la jurisdicción del Santo Oficio y la del gobernador del departamento marítimo constituye el objeto de este trabajo en el III Centenario del nacimiento de Jorge Juan Santacilia, artífice de la firma del Tratado en 1767.The Muslim community in Spain stayed long time after being expelled in 1609. In the eighteenth century, the content of the Tratado de Paz perpetua y comercio signed between Morocco and Spain provoked a serious problem concerning the competences of different jurisdictions in relation to Muslims living at Cartagena (Spain). This problem extended to international relations. The aim of this paper is to analyze the conflict of laws between the Holy Office and the governor of the Shipyard and Marine Department and to commemorate the 300th anniversary of the birth of Jorge Juan Santacilia, the ambassador in Morocco who signed the Treaty in 1767.El presente trabajo se ha realizado en el marco del Proyecto de Investigación Rupturas y pervivencias de la tradición jurídica y financiera de la Corona de Aragón en la crisis del Antiguo Régimen (2013-2015). DER 2012 37970 Investigador principal: Remedios Ferrero Micó. Ha contado también con la ayuda de los Grupos de investigación Instituciones Jurídicas valencianas y Estudios Árabes e Islámicos Sharq Al-Andalus (SAA) financiados por el Vicerrectorado de Investigación, Desarrollo e Innovación de la UA
View of war and peace from Islam
El islam es, según la doctrina, un unicum dogmático, moral ritual y jurídico, en el que no tiene sentido distinguir la esfera jurídica de la moral, tomando en consideración que las normas por las que se rigen ambas tiene el mismo origen, la šarī’a (Castro, 2007:4). La visión que el islam tiene de la guerra y la paz tiene su fundamento en la ley revelada, preceptos que regulan de forma concreta cada una de las manifestaciones del musulmán en la vida púbica y también en la privada. La guerra y la paz son situaciones experimentadas por los musulmanes, en este caso, en el tiempo y en el espacio con repercusión en el ejercicio de derechos y obligaciones: con el fin de evitar o erradicar la primera y promover y garantizar la segunda. En el plano de los derechos, según el islam todos se refieren a Dios, en concreto aquellos que procuran la utilidad pública; y junto a estos los derechos del hombre, que inciden en su esfera privada. E incluso, en este último caso, por la condición de creyentes en el islam, también connotados por su religión. Estas cuestiones explican la polisemia de las nociones yihad y salām en la legislación islámica, y en el mundo contemporáneo. El término yihad lo identifican millones de personas en la actualidad con el esfuerzo religioso, el derecho a la guerra, e incluso con un derecho universal inherente a la comunidad islámica. También durante la historia significó para muchos pueblos bajo soberanía del islam el recurso legítimo y necesario para la supervivencia de la fe en Alá, y en este caso el principio legal que justificaba la inmolación como acto de devoción y contenido simbólico. El término salām hace referencia, desde el punto de vista religioso y espiritual, al orden natural de todas las cosas, que deben respetar y mantener los musulmanes en sus actuaciones; y en el ámbito de lo público se concreta en la ausencia de conflicto -tanto en la esfera religiosa como política- y, por ende, la ausencia del caos, del estado de guerra. Este trabajo tiene la finalidad de explicar la función de los términos jihad y salām cómo conceptos relacionados al imaginario de guerra y paz, justificando sus límites y significados, y proponiendo claves interpretativas para su consecución en el nuevo orden internacional.Islam is defined by its doctrine as indivisible in dogma, rite and law, with no room for distinctions between the juridical and the morality. The norms by which both are governed share the same origin, the šarī'a (Castro, 2007:4). The Islamic vision of war and peace is based on revealed law, on precepts that concretely regulate all kind of behaviour of the Muslim in public and private life. War and peace are conditions experienced in time and space by Muslims, with repercussions on the exercise of rights and obligations aimed at eradicating the former and promoting and guaranteeing the latter. About rights, in Islam they all refer to God, particularly those seeking public utility; and along with these, the rights which affect the private sphere and are connoted by the condition of believers in Islam. These matters explain the polysemy of the notions of jihād and salām in Islamic legislation, and in the contemporary world. The term jihād is now identified by millions of people as a religious struggle, as the right to war, and even as a universal right inherent to the Islamic community. Throughout history, for many peoples under the sovereignty of Islam that meant the legitimate and necessary resource for the survival of faith in Allah, and in this specific case the legal principle that justified immolation as an act of devotion and symbolic content. From a religious and spiritual point of view, the term salām refers to the natural order of all things, which Muslims must respect and maintain with their actions; in the public sphere this concept is concretized in the absence of conflict -both in the religious and political spheres- and, therefore, in the absence of chaos, the state of war. This work aims to explain the concepts of jihād and salām as related to war and peace, justifiying their limits and meanings, and proposing interpretive keys for their achievement in the new international order
La Interpretación en Tribunales Internacionales. Proceso de evolución de la justicia internacional: de los Estados a los particulares
Prof. Jesús Baigorri Jalón, es Profesor emérito de Interpretación en la Universidad de Salamanca. Licenciado en Filosofía y Letras (Geografía e Historia) y Doctor en Traducción por la Universidad de Salamanca. Fue redactor de actas (traducción) e intérprete de plantilla de las Naciones Unidas en Nueva York e intérprete independiente en activo para instituciones y para el mercado privado. Dirige el Grupo Alfaqueque de investigación en interpretación de la Universidad de Salamanca. Es autor de 2 libros sobre la interpretación de conferencias (La interpretación de conferencias: el nacimiento de una profesión. De París a Nuremberg, Comares, Granada 2000; e Interpreters at the United Nations: A History, Ed.Universidad de Salamanca, 2004 (Trad. de Anne Barr). Ha investigado sobre la historia de la interpretación (sobre todo contemporánea, pero también de períodos anteriores) y la sociología de los intérpretes en instituciones internacionales. Ha dedicado también algunos trabajos a los intérpretes en situaciones de conflicto y trabaja en concreto sobre los intérpretes en la guerra civil española. Miembro asociado de AIIC, Asesor de la Fundación Academia Europea de Yuste, miembro fundador de AIETI (Asociación Ibérica de Estudios de Traducción e Interpretación) y miembro de la Canadian Association for Translation Studies.En el 150 aniversario del nacimiento de Rafael Altamira y Crevea, desde el Área de Historia del Derecho y el Departamento de Traducción e Interpretación se ha organizado una Jornada para ofrecer al alumnado interesado en la figura del insigne personaje una visión actualizada de su condición de juez del Tribunal Permanente de Justicia Internacional en la Haya, entre los años 1921 y 1930
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