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    Derechos humanos y el derecho a un ambiente sano

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    En este artículo se pretende realizar un análisis de reflexión sobre la relación existente entre el derecho a un ambiente sano y los derechos humanos universales, tratando de incorporar su evolución y trascendencia histórica en los ámbitos social, político y económico. El ambiente sano es un derecho Constitucional fundamental, pues su violación atenta directamente contra la especie humana y, en consecuencia, con los derechos más fundamentales del hombre. La segunda parte, contempla el desarrollo económico frente al medio ambiente y la inminente necesidad de trazar políticas económico-ambientales, es decir aquellas políticas inclinadas a la defensa de lo ambiental sin que se frene el desarrollo industrial que permite mejorar la calidad de vid

    Importancia y Efectos De La Sentencia T-194 De 1999

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    On the twenty-five 25 March of a thousand nine hundred and ninety-nine 1999, the Fourth Guardianship Review Chamber of the Constitutional Court, passed the judgment T-194 of 1999 on the action for review of the judgments handed down by the Superior Court of the Judicial District Monteria and the Supreme Court of Justice in the process of the proceedings filed under number T-175.217. against the Electric Corporation of the Atlantic Coast (CORELCA), and the mixed-economy, commercial and industrial society of the State Empresa Multipropósito Urrá S.A., in which the requests of Alvaro León Obando Moncayo were estimated in the name and representation of the members of the Association of Producers for Community Development of the Lorica Large Swamp (ASPROCIG) to request to order the defendant entities: (1) suspend the activities that violate them; (2) initiate the implementation of compensation and mitigation projects; (3) advance the impact studies that were omitted; (4) implement management, mitigation and compensation plans with effective community participation, and 5) suspend the filling of the dam until the necessary measures are taken to not cause further harm to the population and the environment.In general, the Court partially reversed the judgments made by the Criminal Standing Chamber of the Supreme Court of Justice on 8 September 1998 and the Criminal Chamber of the Superior Court of the Judicial District of Monteria on 3 July 1998 giving reason to the petitioners and, instead, ielo the rights of members of the Association of Producers for Community Development of the Large Ciénega de Lorica (ASPROCIG), to participation and to a healthy environment; and upheld the second-instance ruling, as soon as he denied the protection of the rights to life, health and work. In this light, this research aims to analyse the importance and effects of this failure on society, in particular because of the limits that it sets to the control bodies and the ratification of the sanctioning capacity that the administrative bodies have on the impacts of the construction of the civil works of the Urrá I hydroelectric plant, and the diversion of the Sinú river.The approach to work was done from alternative mechanisms to the principle of proportionality to justify the preference of one right over another resulting from a weighting process, and that the theory of the impact of judicial activism of McCann (1994), Feeley and Rubin (1998), Gerald Rosenberg (1991) and Cesar Rodríguez (2012) are a good example of this, in that sense, our idea is that judicial activism, can be, at least in some cases, or in relation to some aspects, highly satisfactory.El veinticinco (25) de marzo de mil novecientos noventa y nueve (1999), la Sala Cuarta de Revisiónde Tutelas de la Corte Constitucional, profirió la sentencia T 194 de 1999 sobre la acción de revisiónde las sentencias proferidas por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería y la CorteSuprema de Justicia en el trámite del proceso radicado bajo el número T 175.217. en contra de laCorporación E léctr ica de la Costa Atlántica CORELCA ––, y la sociedad de economía mixta,comercial e industrial del Estado Empresa Multipropósito Urrá S.A., en la cual se estimó laspeticiones de Álvaro León Obando Moncayo 3 en nombre y representación de los afiliados a laAs ociación de Productores para el Desarrollo Comunitario de la Cié naga Grande de LoricaASPROCIG de solicitar ordenar a las entidades demandadas: 1) suspender las actividades que losvulneran; 2) iniciar la ejecución de los proyectos de compensación y miti gación; 3) adelantar losestudios de impacto que se omitieron; 4) poner en práctica los planes de manejo, mitigación ycompensación con participación efectiva de la comunidad, y 5) suspender el llenado de la presa hastaque se adopten las medidas necesaria s para no causar más daño a la población y el medio ambiente.En general, la Corte revocó parcialmente los fallos proferidos por la Sala de Casación Penal de laCorte Suprema de Justicia el 8 de septiembre de 1998 y la Sala Penal del Tribunal Superior del DistritoJudicial de Montería el 3 de julio de 1998 dando razón a los peticionarios y, en su lugar, tutelo losderechos de los afiliados a la Asociación de Productores para el Desarrollo Comunitario de la CiénagaGrande de Lorica ASPROCIG --, a la participa ción y a un medio ambiente sano; y confirmó lasentencia de segunda instancia, en cuanto negó el amparo de los derechos a la vida, la salud y eltrabajo. Bajo esta perspectiva, esta investigación pretende analizar la importancia y efectos de estefallo en la sociedad, en especial, por lo s límites que en él se fija a los organismos de control y laratificación de la capacidad sancionadora que los órganos adm inistrativos locales tienen sobre lasafectaciones por la construcción de las obras civiles de la hidroeléctrica Urrá I, y la desviación del ríosinú. El abordaje del trabajo se hizo desde mecanismos alternativos al principio de proporcionalidad parajust ificar la preferencia de un derecho sobre otro resultante de un proceso ponderativo, y que la teoríade impacto del activismo judicial de McCann (1994), Feeley y Rubin (1998), Gerald Rosenberg(1991) y Cesar Rodríguez (2012) son un buen ejemplo de ello , en tal sentido, nuestra idea es que elactivismo judicial, puede ser, al menos en algunos casos, o en relación a algunos aspectos, altamentesatisfactorio

    Environmental characterization of the reproductive season of migratory fish of the Sinú river (Córdoba, Colombia)

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    Objective. To characterize some abiotic factors during the reproductive season of migratory fish (bocachico Prochilodus magdalenae, dorada Brycon sinuensis, bagre blanco Sorubim cuspicaudus and barbul Pimelodus blochii) in the Sinú River. Materials and methods. From April to October, 2008, in Carrizola (Tierralta, 36.31 km from the Urrá hydroelectric plant) factors such as flow=Qriver, daily flow difference=ΔQriver, velocity=Vriver, temperature=Triver, electrical conductivity=CE, total dissolved solids=STD, turbidity=Turb, cloudiness=Nub, rainfall=Pluv and solar brightness=Bs were measured daily three times/day (07:00 h, 12:00 h, 17:00 h). Also, on the same schedule, ichthyoplankton was collected as an indicator of reproductive activity, assessed by reproductive frequency (Fr=number of days with presence of ichthyoplankton/number of days in the period evaluated X 100) and larval density (Dl=larval/m³). Results. The daily values of Qriver ranged between 278.7 and 838.5 m³/s, ΔQriver between 0.0 and 100.7 m³/s, Vriver between 1.40 and 1.53 m/s, Pluv between 0.0 and 88.2 mm, Triver between 27.0 and 28.7°C, STD between 73.0 and 302.3 mg/L, Turb between 9.7 and 679.7 NTU, CE between 81.0 and 361.7 mS/cm, Bs between 0.0 and 11.2 hours, Nub between 2.0 and 7.3 octaves. The Fr was 30.4%, with April (40.0%) and May (74.2%) as the higher activity reproductive months, while the Dl in the season was 4.9 larvae/m³, with the larvae group other species (2.9 larvae/m3) and bocachico (1.8 larvae/m³) as the most abundant. Conclusions. Most reproductive activity was recorded early in the season (April and May) and parameters such as Qriver, Triver, Vriver, Pluv, STD and Nub may be considered final factors associated with migratory fish reproduction.Objetivos. Caracterizar algunos factores abióticos durante la temporada reproductiva de los peces migratorios (bocachico Prochilodus magdalenae, dorada Brycon sinuensis, bagre blanco Sorubim cuspicaudus y barbul Pimelodus blochii) en el río Sinú. Materiales y métodos. Entre abril y octubre de 2008, en Carrizola (Tierralta, 36.31 km de la Hidroeléctrica Urrá) se midieron diariamente tres veces/día (07:00h, 12:00h, 17:00h) factores como caudal=Qrío, diferencia de caudal=ΔQrío, velocidad=Vrío, temperatura=Trío, conductividad eléctrica=CE, sólidos totales disueltos=STD, turbidez=Turb, nubosidad=Nub, pluviosidad=Pluv y brillo solar=Bs; también, en el mismo horario, se recolectó ictioplancton como indicador de actividad reproductiva, evaluada mediante frecuencia reproductiva (Fr=número de días con presencia de ictioplancton/número de días del período evaluadoX100) y la densidad larval (Dl=larvas/m³). Resultados. Valores diarios de Qrío oscilaron entre 278.7 y 838.5 m³/s, ΔQrío entre 0.0 y 100.7 m3/s, Vrío entre 1.40 y 1.53 m/s, Pluv entre 0.0 y 88.2 mm, Trío entre 27.0 y 28.7°C, STD entre 73.0 y 302.3 mg/L, Turb entre 9.7 y 679.7 NTU, CE entre 81.0 y 361.7 µS/cm, Bs entre 0.0 y 11.2 horas, Nub entre 2.0 y 7.3 octas. La Fr en el período fue de 30.4%, con abril (40.0%) y mayo (74.2%) como los meses de mayor actividad reproductiva; la Dl en el período fue de 4.9 larvas/m³, con el grupo otras especies (2.9 larvas/m³) y bocachico (1.8 larvas/m³) más abundantes. Conclusiones. Mayor actividad reproductiva se registró al inicio de la temporada de lluvias (abril y mayo); con Qrío, Trío, Vrío, Pluv, STD y Nub como factores finales asociados a la reproducción de los peces migradores

    La función social y socio-económica de la propiedad: paradigma de la protección ambiental.

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    El presente estudio tuvo por objeto evaluar el factor socioeconómico de la licencia ambiental otorgada al puerto de carbón y graneles en la zona de manejo especial de la Bahía de Cispatá, por la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y San Jorge –CVS. Para ello, se revisó la normatividad de algunos países sobre el instrumento de Estudio Ambiental Estratégico (EAE) y los modelos de evaluación del impacto socioeconómico en la construcción de zonas portuarias. Además, se analizó el concepto técnico ULP N. 2014 – 318, acerca del ámbito socioeconómico del estudio ecológico y ambiental para el licenciamiento ambiental. Los resultados arrojaron que algunos países, en materia de EAE, poseen un marco normativo en el que definen el proceso para su implementación, así como modelos de evaluación socioeconómica para la construcción de terminales marítimas, en los que señalan las fases para evaluar el posible impacto de la actividad portuaria en la condición de vida y dinámica económica de la comunidad cercana. Se concluye que el criterio técnico sobre el estudio del entorno natural y ecológico en la dimensión socioeconómica para el licenciamiento ambiental del terminal marítimo carecía de sustento jurídico y de elementos de evaluación ambiental con enfoque socioeconómico, por no implementar el EAE y carecer de planificación estratégica de los posibles efectos en la población y el desarrollo económico regional al desconocer la presencia de comunidades étnicas.INTRODUCCIÓNFACTOR SOCIOECONÓMICO DE LA LICENCIA AMBIENTAL DEL PUERTO DE CARBÓN, BAHÍA DE CISPATÁ (COL.)SITUACIÓN JURÍDICA DE LA TIERRA DESDE EL ENFOQUE DE LA PROPIEDAD: PREDIO SAN PABLO, Ciénaga Grande del bajo SinúPOLÍTICAS PÚBLICAS MELIORATIVAS A COMUNIDADES ASENTADAS EN EL COMPLEJO CENAGOSO DEL BAJO SIN
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