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    La reforma de la Constitución Argentina de 1994 y los tratados sobre Derechos Humanos a 20 años de su vigencia

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    Sumario: - I. La reforma de 1994. Generalidades. A. Introducción. B. Los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos. 1) Generalidades. 2) Particularidades. C. El Derecho Internacional de los Derechos Humanos. D. Internacionalización de los Derechos Humanos. - II. Particularidades de la Reforma de 1994. Jerarquía Constitucional de los Tratados sobre Derechos Humanos. A. Generalidades. La constitución internacionalizada. B. Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos enumerados en el artículo 75 inciso 22. C. Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos aprobados con posterioridad a la reforma de 1994. - III. Los Derechos Humanos y los órganos interamericanos. A. Obligación de los Estados de cumplir los Tratados y los fallos de la Corte Interamericana. B. Efectos de los fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. - IV. Conclusiones. Un avance de la Reforma del 1994 y el Control de Convencionalidad.Sección: Homenaje al Vigésimo Aniversario de la Reforma Constitucional de 1994Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociale

    La reforma de la Constitución Argentina de 1994 y los tratados sobre Derechos Humanos a 20 años de su vigencia

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    Sumario: - I. La reforma de 1994. Generalidades. A. Introducción. B. Los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos. 1) Generalidades. 2) Particularidades. C. El Derecho Internacional de los Derechos Humanos. D. Internacionalización de los Derechos Humanos. - II. Particularidades de la Reforma de 1994. Jerarquía Constitucional de los Tratados sobre Derechos Humanos. A. Generalidades. La constitución internacionalizada. B. Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos enumerados en el artículo 75 inciso 22. C. Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos aprobados con posterioridad a la reforma de 1994. - III. Los Derechos Humanos y los órganos interamericanos. A. Obligación de los Estados de cumplir los Tratados y los fallos de la Corte Interamericana. B. Efectos de los fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. - IV. Conclusiones. Un avance de la Reforma del 1994 y el Control de Convencionalidad.Sección: Homenaje al Vigésimo Aniversario de la Reforma Constitucional de 1994Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociale

    Constitutional control and conventional control. comparison. Criteria established by the Inter-American Court of Human Rights

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    El ‘control de convencionalidad’ es un mecanismo que debe ser llevado a cabo, primero por los cuerpos judiciales domésticos, haciendo una ‘comparación’ entre el derecho local y el supranacional, a fin de velar por el efecto útil de los instrumentos internacionales, sea que surja de los tratados, del ius cogens o de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; y luego esa tarea debe ser ejercida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos si es que el caso llega a sus estrados.The conventionality ‘control’ is a mechanism that should be carried out first by the domestic judiciary, making a ‘comparison’ between local and supranational law, to ensure the effectiveness of international instruments, is arising from treaties, the jus cogens or the jurisprudence of the Inter-American Court of Human Rights, and then that task should be exercised by the Interamerican Human Rights Court if the case goes to his courtroom.Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociale

    Control de Convencionalidad: ¿puede la Corte Interamericana de Derechos Humanos dejar sin efecto fallos de los Tribunales Superiores de los países? (El caso Fontevecchia vs. Argentina)

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    El artículo aborda la problemática del ‘control de convencionalidad’ y si los Tribunales Supremos domésticos pueden desoír a la Corte Interamericana de Derechos Humanos invocando normas constitucionales internas. El máximo órgano jurisdiccional de nuestra región ha dicho que ello es imposible, y que el accionar de la Corte argentina viola la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Este es el criterio del autor que trae a colación argumentos propios y de la Corte Europea de Estrasbugo.Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociale

    La reforma de la Constitución Argentina de 1994 y los tratados sobre Derechos Humanos a 20 años de su vigencia

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    Sumario: - I. La reforma de 1994. Generalidades. A. Introducción. B. Los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos. 1) Generalidades. 2) Particularidades. C. El Derecho Internacional de los Derechos Humanos. D. Internacionalización de los Derechos Humanos. - II. Particularidades de la Reforma de 1994. Jerarquía Constitucional de los Tratados sobre Derechos Humanos. A. Generalidades. La constitución internacionalizada. B. Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos enumerados en el artículo 75 inciso 22. C. Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos aprobados con posterioridad a la reforma de 1994. - III. Los Derechos Humanos y los órganos interamericanos. A. Obligación de los Estados de cumplir los Tratados y los fallos de la Corte Interamericana. B. Efectos de los fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. - IV. Conclusiones. Un avance de la Reforma del 1994 y el Control de Convencionalidad.Sección: Homenaje al Vigésimo Aniversario de la Reforma Constitucional de 1994Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociale

    Un avance en el control de convencionalidad: el efecto "erga omnes" de las sentencias de la Corte Interamericana

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    Se ha traído a colación el caso Gelman vs. Uruguay, y en particular el decisorio de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la Supervisión de Cumplimiento del mismo, pues entendemos que este dicho Tribunal regional ha dado un paso adelante al sostener, sin requilorios, que sus sentencias no solo son atrapantes en el caso concreto (vinculación directa inter partes), sino que también producen efectos vinculantes para todos los Estados signatarios de la CADH en lo que respecta a la interpretación que ese órgano efectúa de las normas convencionales (vinculación indirecta erga omnes).Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociale

    Control de convencionalidad: ¿puede la Corte Interamericana de Derechos Humanos dejar sin efecto fallos de los Tribunales Superiores de los Países? (El Caso Fontevecchia vs. Argentina).

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    1. AntecedentesA. Generalidades. Conflicto de competencias entre el Supremo Tribunal Argentino y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.El difícil problema que pretendemos poner de relieve es focalizar las facultades decisorias de la Corte Interamericana de Derecho Humanos (Corte IDH) en su relación con los Supremos Tribunales de los diversos países que se han plegado al modelo del Pacto de San José de Costa Rica

    Los diferentes plazos caducidad en el nuevo Código Civil y Comercial : Relación con las leyes procesales y la cuestión local

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    Los plazos de caducidad, si bien no constituyen una cuestión novedosa, en el Código Civil de Vélez Sársfield (en adelante CC) se incorporaron en mayor medida, con la reforma de la Ley 23.264 que los reguló en materia de impugnación de paternidad (Arts. 258/260 y 263 CC). Aunque también se agregó otro en el Art. 1582 bis, mediante Ley 25.628. En el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994 –en adelante CCyC-) podemos apreciar una gran cantidad que responden a distinta naturaleza, tal como intentaremos exponer. Esta diversidad puede hacer dificultosa la interpretación, respecto de los requisitos y consecuencias de cada una. Ese será nuestro objeto de investigación, intentando brindar una somera sistematización, aunque con una mirada procesal. Se excluye de este análisis a la caducidad de instancia, dado que su objeto es diferente.Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociale

    The conventionaly control (Advances and regression)

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    El control de convencionalidad se ha ido acomodando progresivamente desde los primeros fallos de la Corte Interamericana –al igual que su homónima europea–, hasta los más nuevos, donde en general se ha notado una evolución favorable. El Tribunal interamericano hizo desde su inicio este trabajo sin decirlo expresamente, pero comparando al fin las normas internacionales con las domésticas y juzgando sobre la prevalencia de aquéllas. Empero, a partir del año 2003 en los casos “Myrna Mack Chang”, “Almonacid Arellano” y “Trabajadores Cesados del Perú”, entre otros, comenzó a usar esta lexicografía de “control de convencionalidad”, que lentamente se fue ampliando poniendo como sujetos activos, primero a los Jueces, luego al Poder Judicial y en general a los órganos vinculados con la administración de justicia, para finalmente extenderlo a todos los Poderes del Estado.The conventionaly control has been adapting gradually since the early sentences of the Inter American Court –like its european namesake–, to newer, generally where there has been a positive trend. The Inter-American Court did in the early days this job without expressly saying so, but finally comparing international standards with domestic and judging on the prevalence of those. But since 2003 in the decisions of the cases “Myrna Mack Chang”, “Almonacid Arellano” and “Trabajadores Cesados del Perú”, among others, the Court began to use this lexicography “conventionally control”, which was slowly expanding putting as subjects active, first the judges, then the judiciary and in general organs associated with the administration of justice, to finally extend to all branches or powers of the state.Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociale
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