Se ha traído a colación el caso Gelman vs. Uruguay, y en particular el decisorio de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la Supervisión de Cumplimiento del mismo, pues entendemos que este dicho Tribunal regional ha dado un paso adelante al sostener, sin requilorios, que sus sentencias no solo son atrapantes en el caso concreto (vinculación directa inter partes), sino que también producen efectos vinculantes para todos los Estados signatarios de la CADH en lo que respecta a la interpretación que ese órgano efectúa de las normas convencionales (vinculación indirecta erga omnes).Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociale