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La normalización como pilar innovador de la contratación pública
La Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública trae prácticas y conceptos totalmente innovadores que son fundamentales para garantizar el cumplimiento de varios de los principios que la rigen, principalmente, la publicidad y transparencia en las compras que realiza el Estado. En efecto, la normalización es uno de es tos nuevos conceptos técnicos que –en la actualidad– únicamente permite diferenciar a aquellos bienes y servicios que pueden adquirirse a través del catálogo electrónico o de la subasta inversa electrónica; es decir, los bienes y servicios cuyo parámetro de adjudicación es el precio más bajo. En este contexto, la investigación evidencia que la normalización está siendo subvalorada, pues no se aprovechan los principales beneficios que este concepto técnico puede brindar a quienes están involucrados de una u otra manera en la contratación pública. El presente libro justamente analiza la normalización como un concepto técnico; para encontrar sus principales beneficios y realizar recomendaciones para explotar y aprovechar de la mejor manera posible las ventajas de la normalización en la contratación pública, como una idea nacida del legislador ecuatoriano y que puede ser materia de exportación
La normalización en la contratación pública
El 4 de agosto de 2012 se publica en el Ecuador la Ley Orgánica del
Sistema Nacional de Contratación Pública, la cual produce un giro de ciento
ochenta grados en las contrataciones de obras bienes o servicios que realiza el
Estado, sobre todo por la utilización de medios tecnológicos que permiten, entre
otros aspectos, transparentar la información generada en los diferentes procesos
de contratación pública.
En este contexto, aparece el término “normalización” como un adjetivo de
ciertos bienes o servicios que, por reunir algunas características, deben
contratarse a través de los denominados medios dinámicos -esto es la subasta
inversa electrónica y el catálogo electrónico- en los cuales, el criterio de
adjudicación es el precio más bajo, conforme lo determinado en el artículo 6
número 17 de la antedicha Ley.
No obstante lo anteriormente expuesto, la normalización como un concepto
netamente técnico es la tendencia natural al orden, que básicamente consiste en
el proceso de elaboración e implementación de normas, a efectos de lograr, entre
otros aspectos, la calidad de los bienes y servicios, incluidos las obras y la
consultoría.
De esta forma, es necesario determinar que la normalización no puede ser
considerada como un criterio de adjudicación de ciertos bienes o servicios, sino
que por el contrario puede ser utilizada en obras, bienes, servicios y consultoría, a
efectos de aprovechar sus mayores beneficios, principalmente vinculados con la
calidad de los productos