25 research outputs found

    Problemas del procedimiento de provisión de empleos públicos en Nicaragua y las consecuencias de su inaplicación

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    Regulation of the Nicaraguan civil service and competitive system requires that access to public employment follows a merit based-procedure. Despite its attainments, the competitive merit-based procedure for civil service has equally displayed some technical issues, making difficult its use. This research paper not only aims to identify current shortcomings in the competitive recruitment procedure, but it also studies the effects, in light of the principles of equality and capability, of the non-application of a merit-based system for access, tenure and advancement within the Public Administration. It explores some alternatives intended to ensure main access to qualified personnel and, by this means, the Administration’s good performing.La normativa de servicio civil y carrera administrativa nicaragüense regula el acceso a la función pública a través de un procedimiento de provisión de cargos públicos basado en diversos principios, entre los que sobresale el mérito como mecanismo competitivo de ingreso. Pese a los aciertos que representa el procedimiento, este no es ajeno a problemas que dificultan su implementación. La presente investigación no solo busca identificar las falencias actuales en el sistema de carrera, sino que además estudia los efectos que la no aplicación de un procedimiento competitivo para la provisión, permanencia y promoción en cargos públicos tendría de cara a las exigencias derivadas de los principios de capacidad e igualdad

    La Administración Pública frente al ciudadano en Nicaragua. Un Goliat frente a un David. (La deficiente regulación jurídica, estructuración orgánica y humana de la justicia constitucional y administrativa como una causa de esa disparidad)

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    EN ESTE ARTÍCULO REALIZAMOS UN ANÁLISIS DE LOS RECURSOS administrativos y judiciales existentes en nuestro país para solucionar los conflictos jurídicos que suceden entre los distintos órganos de la Administración Pública y los ciudadanos. Exponemos una serie de deficiencias jurídicas que posee tanto el procedimiento del recurso de amparo como el contencioso – administrativo, comenzando por los recursos administrativos necesarios para acceder a ambos. Presentamos también diversos comentarios sobre la estructuración orgánica y humana tanto de la Jurisdicción constitucional como de la administrativa, planteando una reforma general de las mismas, así como una propuesta de reforma constitucional, de la ley de carrera judicial, de la ley de organización, competencias y procedimientos del Poder Ejecutivo y de la normativa contenciosa – administrativ

    Análisis, interrogantes y recomendaciones sobre la Ley de contrataciones administrativas del sector público de Nicaragua

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    Law 737 on Public Procurement was enacted a little over three years ago. Thus, it would only be appropriate to conduct a theoretical evaluation of its content from an academic perspective, with particular emphasis on some common problems faced by the main publicand private entities subject to the law‟s implementing regulations. Therefore, a detailed analysis is provided of the rules that make up the body of the law, including definitions, principles, object, excluded matters, contractual parties, their rights, governing and implementing bodies, especially as regards public tendering, contracting guarantees and administrative resources to control public procurement.DOI: http://dx.doi.org/10.5377/derecho.v0i17.1579A poco más de tres años de haber entrado en vigencia la Ley No. 737, Ley de contrataciones administrativas del Sector Público, es un momento oportuno, para realizar desde la academia, una evaluación teórica sobre su contenido, pero sobre todo de su  aplicación, haciendo énfasis en algunos de los problemas más comunes que han enfrentado las principales entidades, tanto públicas como privadas, sujetas a la regulación de esta normativa. Para lograr esta finalidad se presenta un análisis detallado, de varios de los puntos que la integran, partiendo de sus definiciones, principios, objeto, materias excluidas, los sujetos contractuales, sus derechos, órganos rectores y de ejecución, los procedimientos de compras, especialmente el de licitación pública, las garantías contractuales y los recursos administrativos para el control de las compras públicas.DOI: http://dx.doi.org/10.5377/derecho.v0i17.157

    Análisis, interrogantes y recomendaciones sobre la Ley de contrataciones administrativas del sector público de Nicaragua

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    A poco más de tres años de haber entrado en vigencia la Ley No. 737, Ley de contrataciones administrativas del Sector Público, es un momento oportuno, para realizar desde la academia, una evaluación teórica sobre su contenido, pero sobre todo de su aplicación, haciendo énfasis en algunos de los problemas más comunes que han enfrentado las principales entidades, tanto públicas como privadas, sujetas a la regulación de esta normativa. Para lograr esta finalidad se presenta un análisis detallado, de varios de los puntos que la integran, partiendo de sus definiciones, principios, objeto, materias excluidas, los sujetos contractuales, sus derechos, órganos rectores y de ejecución, los procedimientos de compras, especialmente el de licitación pública, las garantías contractuales y los recursos administrativos para el control de las compras públicas

    El Régimen de los Contratos Administrativos en Nicaragua

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    Uno de los mejores clientes de la empresa privada es el Estado con todas sus instituciones y órganos administrativos, que se convierten en continuos adquirentes de bienes y servicios, que en gran parte, sólo la empresa privada puede ofrecer. El problema de la relación de oferta - demanda y de la relación contractual administrativa, entre dichas empresas y el Estado es que no se puede realizar de forma directa, tal y como la realizamos los particulares, sino que la Administración Pública está obligada por ley, en cumplimiento del principio de igualdad y libre concurrencia, a convocar a todos los posibles oferentes, que cumplan con los requisitos legales, para poder ser contratistas de la misma. No es recomendable (ni legal) una selección directa del contratista por parte de la Administración Pública, porque lógicamente escogería sólo a los oferentes de su predilección, abriendo las puertas a una posible contaminación del germen de la corrupción y dejando a determinados oferentes en clara desventaja, transgrediéndose así el principio de igualdad ante la ley. Además de lo anterior, la Administración esta obliga por ley a tramitar un procedimiento de contratación administrativa, es decir una serie de etapas (preparación, adjudicación, ejecución), integradas cada una por diversos actos de trámite (programación presupuestaria, estimación contractual, apertura de expediente, convocatoria a licitación...), que unidos en una cadena de secuencia lógica, buscan una finalidad, seleccionar entre todos esos posibles oferentes, que acuden con sus ofertas a determinado procedimiento de licitación, al mejor contratista que se encargará de ejecutar la obra pública, suministrar los bienes o los servicios que necesite la Administración Pública para la correcta ejecución de sus competencias, pero sobre todo para la consecución del fin público - social que le es inherente satisfacer. Por esta razón, es necesario que el abogado de empresa conozca las etapas lógicas que implica este procedimiento, que adquiera la facilidad de redactar ofertas para los diversos tipos de licitaciones, que conozca los montos de cada una de ellas, así como sus procedimientos específicos, en fin que adquiera los conocimientos tanto teóricos como prácticos que permitirán que sus empresas o las que representen participen en el denominado “mercado público”, ampliando su competitividad y sus ganancias, pero sobre todo que pueda ofrecer sus bienes y servicios al Estado, adquiriendo así a uno de los mejores clientes potenciales que existe, que se caracteriza por la permanencia de su consumo y su liquidez. Por otro lado, dichos conocimientos también le permitirán participar en la otra cara de la moneda, es decir como funcionarios públicos tramitadores del procedimiento contractual. Actualmente, en nuestro país la materia de la contratación administrativa está regulada por la ley 323, de contrataciones del Estado y su Reglamento, por lo que en este folleto presentamos unas breves líneas de referencia con la finalidad, más que de analizarlas a fondo, de ordenar el contenido de ambas normas jurídicas y acompañarlas de diversos detalles doctrinarios. Hay que señalar que estas normas desde hace un buen tiempo están sometidas a un procedimiento de reforma, que ha iniciado con la presentación pública de un anteproyecto de reforma a la ley 323, del cual haremos algunos comentarios y mezclaremos con el contenido del presente folleto

    La Administración Pública frente al ciudadano en Nicaragua. Un Goliat frente a un David. (La deficiente regulación jurídica, estructuración orgánica y humana de la justicia constitucional y administrativa como una causa de esa disparidad).

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    En este artículo realizamos un análisis de los recursos administrativos y judiciales existentes en nuestro país para solucionar los conflictos jurídicos que suceden entre los distintos órganos de la Administración Pública y los ciudadanos. Exponemos una serie de deficiencias jurídicas que posee tanto el procedimiento del recurso de amparo como el contencioso – administrativo, comenzando por los recursos administrativos necesarios para acceder a ambos. Presentamos también diversos comentarios sobre la estructuración orgánica y humana tanto de la Jurisdicción constitucional como de la administrativa, planteando una reforma general de las mismas, así como una propuesta de reforma constitucional, de la ley de carrera judicial, de la ley de organización, competencias y procedimientos del Poder Ejecutivo y de la normativa contenciosa – administrativa

    El procedimiento administrativo y el procedimiento contencioso administrativo en Nicaragua

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    No se puede analizar el Procedimiento Contencioso – Administrativo sin antes analizar la vía administrativa y dentro de ella el Procedimiento y los Recursos Administrativos que implica, debido a que el art. 46 de la ley No. 350, señala que es requisito indispensable el haber agotado la vía administrativa para ejercer la acción contencioso – administrativa

    La tutela cautelar en el contencioso-administrativo de Nicaragua

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    The system of precautionary measures in both Nicaraguan constitutional and administrative justice has been based on the traditional suspension of the administrative act, without taking into account that, for example, in administrative inactivity there is no act to suspend, but it has not been regulated as part of effective judicial protection, approved in the recent constitutional reforms, proper to due process and minimum procedural guarantees. This closed system has lagged behind in relation to the open nature of numerus apertus, of unnamed measures, foreseen in Spanish, Colombian comparative law, among others, above all in the regulation of the concurrence of causes of the danger of legal harm by the delay of the final judgment (periculum in arrears) and the fumus bonis iuris or appearance of the good right. In this context, before the approval of a new Nicaraguan administrative litigation regulation, we have the opportunity to influence the development of this matter, offering lege ferenda proposals.El sistema de medidas cautelares, tanto en la justicia constitucional como administrativa nicaragüense, ha estado basado en la tradicional suspensión del acto administrativo, sin tomar en cuenta que, por ejemplo, en la inactividad administrativa no existe acto que suspender, pero, además, no se ha regulado como parte de la tutela judicial efectiva, aprobada en las recientes reformas constitucionales, propia del debido proceso y las garantías mínimas procesales. Este sistema cerrado ha quedado rezagado en relación con el de índole abierto de numerus apertus, de medidas innominadas, previsto en el derecho comparado español, colombiano, entre otros, sobre todo en la regulación de la concurrencia de causales del peligro de daño jurídico por el retraso del fallo definitivo, periculum in mora y el fumus bonis iuris o apariencia del buen derecho. En este contexto, ante la aprobación de una nueva normativa contencioso-administrativa nicaragüense, se tiene la oportunidad de incidir en el desarrollo de esta materia, planteando propuestas de lege ferenda

    Los recursos administrativos en Nicaragua

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    Con el presente artículo pretendo realizar una breve radiografía sobre la tremitasión de los recursos administrativos en nuestro país así como tambien de presentar algunas propuestas de reforma del procedimiento que sobre los mismo regula la ley 290, o mejor aún nuestra apuesta decidida por la aprobacion de en Nicaragua de una Ley de Procedimiento Administrativo con carácter general que contenga todas las materias propias de dicho procedimiento que incluya lógicamente a los recursos administrativo. útilizare en el presente artículo la riqueza, tanto doctrinaria, legislativa como jurisprudencial, que sobre los recursos existe en el Derecho comparado Español

    El Régimen de los Contratos Administrativos en Nicaragua

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    Uno de los mejores clientes de la empresa privada es el Estado, con todas sus instituciones y órganos administrativos, las cuales se convierten en continuos adquirentes de bienes y servicios, que sólo la empresa privada puede ofrecer. El problema de la relación de oferta y compra entre dichas entidades (empresas y Estado) es que no se puede realizar de forma directa, tal y como la realizamos los particulares, sino que se debe transitar por todo un procedimiento de contratación administrativa. Por esta razón, es necesario que el abogado de empresa conozca las etapas lógicas que implica este procedimiento, que adquiera la facilidad de redactar ofertas para los diversos tipos de licitaciones, que conozca los montos de cada una de ellas, así como sus procedimientos específicos. Esto permitirá que la empresa se vuelva más competitiva, que pueda participar en el denominado “mercado público”, pero sobre todo que pueda ofrecer sus bienes y servicios al Estado, adquiriendo así a uno de los potenciales mejores clientes que existe, el cual se caracteriza por la permanencia de su consumo
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