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    Interrelaciones entre derecho urbanístico y medio ambiente en el ordenamiento jurídico español

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    El presente trabajo tiene por objeto la obra de Marta Lora-Tamayo Vallvé, titulada: “derecho urbanístico y medio ambiente: hacia el desarrollo sostenible”, publicado por la editorial Dykinson, S.L, Madrid, 2006. En este libro se aborda, con gran atención y preocupación, el efecto que el crecimiento de las ciudades tiene en la actualidad sobre el ambiente natural que lo circunda, y la necesidad de que aquel, sin que deba renunciar al imperioso desarrollo urbano, no sea agresivo a este medio; lo que es desarrollado, a lo largo de la obra, bajo el concepto específico de urbanismo sostenible

    La legítima formal como límite o medio de protección de la voluntad del testador

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    The purpose of this study is to assess whether the so-called formal legitimate supposes a limit or constitutes a protection mechanism for the confidential own will of the testator. To this end, it is necessary to study the regulation of preterition in its two modalities, intentional and unintentional, to determine its connection with the safeguarding of the material legitimate, as well as weighing whether the legal solution must be the same when the lack of mention of an imposed heir in the will is based on the will of the deceased or derives from an error or forgetfulness at the time of its drafting. The consequences of preterition (this overlooking) differ in the ordinances that regulate an individual legitimate, or by quotas, as in the Spanish Civil Code, and a collective legitimate, where the confidential will of the deceased has greater capacity, as is in the case of the Code of Regional Law of Aragon

    Ponderación de las limitaciones legales a la libertad de testar del causante. El sistema de legítimas en Aragón y en el Código civil / Weighing of the legal limitations with regard to the freedom of the testator as it pertains to making a will. The system of lawful basis in Aragón and in the Civil Code

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    El presente trabajo tiene por objeto valorar la libertad del causante para disponer de su patrimonio tomando en consideración determinados derechos que las normas reconocen a sus parientes más próximos y al cónyuge supérstite. Ello a fin de precisar si la libertad de testar debería ser más permisiva o restrictiva favoreciendo, en mayor o menor medida, bien los intereses del testador bien los intereses de sus familiares. A estos efectos, estudiamos el alcance de los artículos 33 y 39 de nuestra Constitución, para determinar si la legítima puede encontrar en ellos un fundamento que la ampare; analizamos la regulación que de la legítima, el derecho de alimentos y el derecho de viudedad se hace en el Código del Derecho Foral de Aragón, en cuanto reconoce una mayor libertad al testador que la regulada en el Código Civil, y exponemos las novedades que en esta materia han sido introducidas por la Propuesta de Código Civil de la Asociación de profesores de derecho civil

    Límites a la autonomía de la voluntad en las asociaciones privadas

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    Revocación del consentimiento prestado por el causante a la reproducción post mortem tras la ruptura del vínculo matrimonial / Revocation of the consent given by the cause to post-mortem reproduction after the breakdown of the marriage link

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    El artículo 9 de la LTRHA permite la fecundación post mortem de la mujer con los gametos reproductores de su marido o pareja, en los términos y el plazo fijado por la ley. A tal fin, debe existir un consentimiento expreso del causante, no siendo posible la interpretación presunta o implícita de su voluntad. Asimismo, la norma prevé que quien prestare su consentimiento para la aplicación de las técnicas, en las anteriores circunstancias, podrá revocarlo en cualquier momento anterior a su realización. Con todo, no señala la forma en que aquel debe ponerse de manifiesto. En relación con la realidad anterior, cabe preguntarse acerca de la verdadera voluntad del hombre en el caso de que, sobrevenida una crisis matrimonial, no hubiese revocado su consentimiento a la utilización de sus gametos reproductores tras el fallecimiento. A estos efectos, parece razonable valorar la posible aplicación analógica de las dos sentencias del Tribunal Supremo del 2018, sobre interpretación del testamento en casos de ruptura del vínculo conyugal, que entienden ineficaces las disposiciones testamentarias a favor del cónyuge
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