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    La argumentación jurídica: un discurso de poder

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    Verdad, poder y Derecho son términos inescindibles, presentes en todo proceso de argumentación. Cuando el juez razona, denota el manejo de un preciso discurso que no es ajeno, ni mucho menos, a una determinada forma de saber, entendida ésta en términos de poder. He ahí una de las claras funciones de la Filosofía del Derecho: servir de intermediaria entre los saberes y prácticas jurídicas, de un lado,- de otro, el resto de las prácticas y los saberes sociales, lo que sólo se logra con un proceso interdisciplinario y no exclusivamente jurídico. La práctica del Derecho consiste, de manera fundamental, en argumentar, y en el presente escrito se pretende mostrar, no la razón de ser del Derecho, sino la forma como se asumen las razones jurídicas que sirven de justificación a una determinada decisión. Todo ello, claro está, dentro del contexto de un particular discurso: el discurso jurídico, entendido éste en términos de poder y no de verdad

    La argumentación jurídica: un discurso de poder

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    Verdad, poder y Derecho son términos inescindibles, presentes en todo proceso de argumentación. Cuando el juez razona, denota el manejo de un preciso discurso que no es ajeno, ni mucho menos, a una determinada forma de saber, entendida ésta en términos de poder. He ahí una de las claras funciones de la Filosofía del Derecho: servir de intermediaria entre los saberes y prácticas jurídicas, de un lado,- de otro, el resto de las prácticas y los saberes sociales, lo que sólo se logra con un proceso interdisciplinario y no exclusivamente jurídico. La práctica del Derecho consiste, de manera fundamental, en argumentar, y en el presente escrito se pretende mostrar, no la razón de ser del Derecho, sino la forma como se asumen las razones jurídicas que sirven de justificación a una determinada decisión. Todo ello, claro está, dentro del contexto de un particular discurso: el discurso jurídico, entendido éste en términos de poder y no de verdad

    Conocimientos, actitudes y prácticas de los odontólogos en Colombia respecto a la osteonecrosis de las mandíbulas inducida por bisfosfonatos

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    Introducción y objetivo: Para proporcionar un tratamiento odontológico adecuado a los pacientes que están bajo terapia con bisfosfonatos, es importante que los odontólogos realicen una buena anamnesis, un examen clínico integral para evaluar los posibles factores de riesgo de osteonecrosis de las maxilares inducida por bisfosfonatos (BIONJ). Aunque este tema ha sido explorado en otras partes del mundo, en Colombia actualmente no hay evidencia científica que lo respalde. Así, el objetivo de este estudio fue comparar el conocimiento, las actitudes y prácticas (dominios) de los odontólogos generales y especialistas con respecto a la BIONJ. Materiales y métodos: Encuestas físicas y digitales que incluían preguntas sobre conocimientos, actitudes y prácticas con respecto a BIONJ fueron distribuidas y llenadas por 228 odontólogos generales y 114 especialistas en Colombia. La prueba t de Student se usó para determinar la diferencia estadística entre grupos de odntólogos (P <0.05). Resultados: El dominio de actitudes se eliminó del análisis ya que no cumplía con los criterios estadísticos. La tasa general de conocimiento de BIONJ fue de 55,8%, siendo 65,3% y 50,7% para especialistas y odontólogos generales, respectivamente. La diferencia entre estos grupos fue estadísticamente significativa (P = 0,0004). La tasa general de prácticas decuadas fue del 38.4%, siendo 44.6% para los especialistas y 35.1% para los odontólogos generales. La diferencia entre estos grupos fue estadísticamente significativa (P = 0.023). Conclusión: El nivel de conocimiento y buenas prácticas con respecto a BIONJ en Colombia fue mayor y mejor en los odontólogos especialistas que en los generales. Aquellos con puntajes altos de conocimiento sugirieron mayores esfuerzos educativos en la difusión del conocimiento sobre BIONJ entre los odontólogos generales

    Derecho Penal. Parte general - Fundamentos

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    En menos de un año se ha agotado la primera edición de la presente obra. Ello obligaba, por consiguiente, a realizar algunos cambios en esta nueva edición. Sin embargo, el poco tiempo transcurrido entre una y otra ha impedido una revisión más a fondo de los distintos temas que sobre la parte general del Derecho penal habían sido abordados en la pasada ocasión. Con todo, según ya se indicó, se ha procedido a realizar algunas modificaciones, entre las cuales cabe destacar las siguientes: En primer lugar, como se trata de una obra conjunta que cuenta con la contribución de varios colaboradores, era menester que alguno de éstos se hiciera cargo de la coordinación de la misma. A tales efectos, se consideró que dicha labor académica fuera asumida por el respectivo Director del Área, quien en lo sucesivo fungirá como el Coordinador Académico del Derecho Penal. Parte General - Fundamentos. Desde luego, la responsabilidad en la confección de los distintos capítulos sigue estando a cargo de cada uno de los autores, si bien, obvio es decirlo, el libro en cuestión es, y seguirá siendo, una obra conjunta de tipo institucional. En lo que a la estructura se refiere, el libro conserva la misma forma de la edición anterior. De todas maneras, se ha procedido a la inclusión de algunos temas que en ésta habían sido omitidos, caso por ejemplo de la problemática relacionada con los efectos jurídicos de las causas de justificación, desarrollada en el capítulo pertinente al tema de la antijuridicidad. En este mismo orden de ideas, otros aspectos relevantes han sido, asimismo, relacionados en algunos otros capítulos, procurando que la obra aborde de la manera más completa posible los temas neurálgicos de la parte general del Derecho penal
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