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    La funci贸n social y ecol贸gica de la propiedad en Colombia - regi贸n Caribe-Magdalena, C茅sar, Guajira - regi贸n biogeogr谩fica de Santa Marta

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    Programa de Doctorado en Derechos Humanos y DesarrolloColombia es uno de las pa铆ses con mayores 铆ndices de desigualdad social y econ贸mica en el mundo. La acumulaci贸n de la propiedad y la exclusi贸n de gran parte de su poblaci贸n de los beneficios de 茅sta, encuentra sus or铆genes en la Conquista, contin煤a durante la Colonia y se consolida a trav茅s de la Rep煤blica. En el siglo XX se consign贸 la propiedad funci贸n social por medio de la reforma constitucional de 1936, la cual fue desnaturalizada conceptualmente a trav茅s del desarrollo y aplicaci贸n normativa. Colombia se caracteriza por enarbolar principios cuyo ejercicio y eficacia son obstruidos por medio de los reglamentos. El Estado ha suscrito toda clase de declaraciones y convenios internacionales referidos a los Derechos Humanos y al Medio Ambiente. Se realiza por tanto un an谩lisis respecto a la garant铆a del derecho universal a la propiedad, su relaci贸n con el derecho de propiedad funci贸n social y ecol贸gica, as铆 como tambi茅n el efecto de la Declaraci贸n de Estocolmo en la legislaci贸n nacional de algunos pa铆ses de America Latina y Colombia, toda vez que difundi贸 el concepto de aprovechamiento racional y solidario de los recursos naturales en condiciones que garantizan la sustentabilidad de la vida humana y de la diversidad biol贸gica. Veremos como dichos logros del positivismo jur铆dico no fueron debidamente apreciados por las naciones que lo acogieron. Se hace un an谩lisis que permite concluir la funcionalidad de la Declaraci贸n de R铆o de Janeiro y del Convenio de la Diversidad Biol贸gica, como instrumentos de la globalizaci贸n neoliberal, para efectos de expandir su 谩mbito jur铆dico, de acaparar nuevos espacios territoriales y despojar de bienes comunes a colectivos que intergeneracionalmente han preservado los mismos. Raz贸n por la cual se propone el usufructo de los bienes comunes en oposici贸n a la apropiaci贸n de los mismos, sobre la base de la conservaci贸n de sus ciclos reproductivos. Se exploran tambi茅n diversos modos y expresiones de la propiedad, bajo la premisa del derecho humano universal a la propiedad, por tanto derecho fundamental y, el derecho de propiedad funci贸n social y ecol贸gica, como derecho social de car谩cter econ贸mico, cuyo uso, goce y disposici贸n entra帽a limitaciones y obligaciones, que deben permitir el ejercicio conjunto de los derechos humanos en su mas amplia pluriversalidad. Se propone el derecho al no desarrollo, es decir a la objeci贸n cultural por parte de aquellos colectivos que tienen una relaci贸n simbi贸tica con sus territorios, los cuales adem谩s poseen gran parte de la megadiversidad que hoy es de inter茅s para la humanidad. La necesidad de un cambio paradigm谩tico que priorice los derechos sociales y colectivos, debe reincorporar socialmente al individuo como sujeto detentador de derechos-deberes dentro de la comunidad que los reconoce, protege y le impone l铆mites precisos a sus derechos voluntad, especialmente a la acumulaci贸n de riqueza, de modo que posibilita el derecho a la intervenci贸n social de los bienes potencialmente productivos, que se encuentren subutilizados o que su propiedad sea inoficiosa, acumulativa o especulativa, bajo formas asociativas y solidarias que generen procesos de inclusi贸n social y satisfacci贸n de necesidades vitales de colectivos despose铆dos, en beneficio de estos, as铆 como tambi茅n del titular del derecho de dominio, con la debida mediaci贸n y asistencia del Estado. El recuento hist贸rico e ideol贸gico, muestra como Colombia se circunscribi贸 en un modelo capitalista, bajo una democracia en sus inicios censitaria que valid贸 la apropiaci贸n inoficiosa de los bienes p煤blicos y comunes.Universidad Pablo de Olavide. Departamento de Derecho P煤blic
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