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    La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo y la futura ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación : ¿en qué medida se avanza en la consecución de la igualdad entre hombres y mujeres?

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    La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, constituyó un gran avance para lograr la igualdad entre hombres y mujeres. Era necesaria pues, si bien la igualdad formal no era discutida, la igualdad material estaba (y aún hoy está) lejos de alcanzarse. La Ley prohíbe toda discriminación por razón de sexo y establece cauces para luchar contra ella, así como la indemnización de los daños causados a las víctimas de discriminación. Por otro lado, introduce determinadas acciones positivas para lograr la deseada igualdad. Sin embargo, esta ley era insuficiente y tenía lagunas que debían ser subsanadas. Por ello, se necesita la aprobación de una Ley Integral para la igualdad de trato y la no discriminación. La autora compara la LeyOrgánica3/2007 con la futura Ley, realizando un comentario crítico de las principales novedades introducidas en su Anteproyecto, como la ampliación de su ámbito de actuación, señaladamente al acceso a la vivienda, la creación de la Autoridad para la Igualdad de Trato y la No discriminación y el establecimiento de un cuadro de sanciones muy completo para las infracciones en materia de igualdad de trato

    Cooperative groups in competition: a more effective way of learning

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    Hoy en día, es esencial introducir nuevos métodos de aprendizaje en nuestras universidades. El aprendizaje cooperativo es efectivo. Mejora la adquisición de conocimientos de nuestros alumnos, entrena sus habilidades sociales y les prepara para trabajar en el futuro mediante la adquisición de las necesarias competencias. Los grupos cooperativos pueden mejorar su rendimiento, introduciendo un elemento de competitividad entre distintos grupos. Este trabajo explica el método de aprendizaje cooperativo usado por la autora en sus clases, en las cuales la cooperación dentro de cada grupo se combina con la competición entre grupos distintos. Los primeros resultados obtenidos son alentadores.Nowadays, it is essential to introduce new methods of learning in our universities. Cooperative learning is effective. It improves the students’ acquisition of knowledge, trains their social skills and prepares them to work in the future. Cooperative groups may improve their performance by introducing an element of competitiveness among different groups. This paper explains the method of cooperative learning used by the author in her classes, where cooperation within a group is combined with competition against other groups. The first results are encouraging

    ¿Afectan las últimas modificaciones relativas al tipo en el impuesto sobre el valor añadido al sector turístico?

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    La autora estudia el impacto de las últimas modificaciones de los tipos del IVA en el sector turístico en España. En efecto, aunque, en teoría, los cambios no iban a afectar a este sector dada su importancia para la economía española, la realidad es que el incremento de los tipos del IVA y la exclusión de algunos bienes y servicios de la aplicación del tipo reducido, introducido por el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de Julio, lo ha afectado tanto directa como indirectamente. En primer lugar, la exclusión de los servicios mixtos de hostelería podría conllevar bien subir los precios bien disminuir los beneficios de los hosteleros. En segundo lugar, el cambio del IVA aplicable a la industria del ocio (teatro, espectáculos, conciertos, zoos, parques de atracciones y cines) provoca un descenso de la demanda en este segmento, lo que repercute muy negativamente en el turismo.The author studies the impact of the last modifications in VAT rates on the tourism sector in Spain. Although, theoretically, the changes were not going to affect this sector due to its importance for Spanish economy, the truth is that the increase in VAT rates and the exclusion of some goods and services from the reduced rate, introduced by the Royal Decree-law 20/2012, of 13 July, have, directly as well as indirectly, affected it. Firstly, the exclusion of mixed services could imply a higher price or a loss of profits for the industry. Secondly, the change in the rate applicable to the entertainment industry (theaters, spectacles, concerts, zoos, amusement parks and cinemas) provokes a decrease of demand in this segment, with obvious negative repercussions on tourism

    El profesor y los estudiantes universitarios ¿Un equipo?

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    Profesores de Universidad y estudiantes deben ser miembros de un único equipo con un solo objetivo: dar a los estudiantes los instrumentos y habilidades necesarios de manera que puedan aprender autónomamente en el futuro. Es cierto que el conocimiento está al alcance de todos gracias a Internet pero no todos pueden encontrar, comprender y usar la información que necesitan. Debemos guiar a los estudiantes en su búsqueda de conocimiento. Debemos prepararlos para la vida real. No es suficiente que los estudiantes adquieran conocimientos. También deben aprender a resolver problemas. Esa es la razón por la que propongo un sistema mixto de enseñanza donde se conjuguen clases magistrales con trabajos escritos y exposiciones orales en clase.Professors and university students must be members of a single team with only one aim: give the students the necessary instruments and skills so that they can learn on their own in the future. It is true that knowledge is available to everybody thanks to the Internet but not everybody can find, understand and use the information they need. We must guide the students in their search of knowledge. We must prepare them for real life. It is not enough for students to acquire knowledge. They must learn to solve problems. That is the reason why, I propose a mixed system where there are traditional lessons as well as written projects and presentations in class

    Reforma fiscal y empleo de las personas con discapacidad

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    4 páginas.Capítulo incluido en el libro: I Congreso Nacional sobre el Empleo de las Personas con Discapacidad: "hacia la plena inclusión laboral", 5 y 6 de marzo de 2015, Granada. Sevilla: Universidad Internacional de Andalucía, 2016. ISBN: 978-84-7993-307-4. Enlace: http://hdl.handle.net/10334/362

    Travel agents taxation: Direct and indirect taxation. Current situation and proposals

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    The author studies travel agents taxation in the Corporate Income Tax and in the special VAT scheme for Travel Agents. Regarding the Corporate Income Tax, Spanish recent measures against the crisis are analyzed in order to determine if they could be useful in other member States. To be precise, a moderate cut of the rate for specific taxpayers and allowing free depreciation provided that certain requirements are met, could be advisable to help firms survive the crisis we are suffering.  Concerning the special VAT scheme, the Directive 2006/112/EC as well as the Court of Justice of the European Communities case law are studied to establish the scope of application of this scheme. Nowadays, it is clear that the scheme is applicable to any kind of entity which, in its own name, organizes trips, including transport and/or accommodation, using goods or services provided by other taxable persons. Finally, the author comments on the Commission’s proposal to amend the VAT Directive and recommends its adoption, with certain changes, since it solves many of the problems of the current regulationLa autora estudia la tributación de las agencias de viajes tanto en el Impuesto sobre Sociedades como en el Régimen Especial de las Agencias de Viajes en el IVA. Respecto al primero, se analizan las últimas medidas tomadas por el legislador español con el fin de determinar si las mismas podrían ser útiles en otros países miembros. En concreto, un moderado recorte de tipos para determinadas empresas o permitir la libre amortización con determinados requisitos podría ser recomendable para ayudar a las empresas en dificultades a superar la crisis que estamos sufriendo.  Por lo que se refiere al Régimen Especial en el IVA, se estudian tanto la Directiva 2006/112/CE como la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas relativa al ámbito de aplicación del mismo. Hoy en día, está establecido que el régimen se aplica a todo tipo de entidades que organicen en nombre propio viajes, incluyendo transporte y/o alojamiento, usando bienes y servicios proporcionados por otros sujetos pasivos. Finalmente, la autora comenta la Propuesta de la Comisión de modificar la Directiva del IVA en este punto y llega a la conclusión de que sería deseable la adopción de la misma, con ciertos matices, pues resuelve muchos de los problemas de la actual regulació

    La evaluación como instrumento del aprendizaje del Derecho

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    Resumen tomado de la publicaciónLa evaluación es una fase esencial en el proceso de aprendizaje de los alumnos. Los docentes deben prestar especial atención a la misma. Se debe decidir qué se quiere evaluar, quién va a evaluar y cómo se va a hacer. Para ello, se tiene a disposición numerosos instrumentos cuyas ventajas e inconvenientes se describen. Se aboga por el uso combinado de diferentes instrumentos que posibilitarán una evaluación más completa de los resultados académicos de los alumnos. Finalmente, se defiende que los alumnos deben recibir la información más detallada posible sobre la forma en la que van a ser evaluados. Es más, tras la evaluación, deben recibir información pormenorizada sobre su evaluación de forma que puedan mejorar su aprendizaje y en consecuencia, sus resultados en el futuro. La evaluación se manifiesta como un instrumento al servicio del aprendizaje de los estudiantes.NavarraBiblioteca de Navarra; Paseo de Antonio Pérez Goyena, 3; 31008 Pamplona; +34848427788; +34948169069; [email protected]

    El impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos, ¿Un ejemplo a seguir o un error a evitar?

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    La Comunidad Autónoma de Cataluña creó un Impuesto propio denominado “Impuesto sobre estancias en establecimientos turísticos” mediante la Ley 5/2012 de 20 de Marzo. Su hecho imponible es la estancia que realiza el contribuyente en un establecimiento turístico situado en Cataluña. En consecuencia, toda persona que se aloje en establecimientos hoteleros, apartamentos turísticos, campings, albergues de juventud e incluso áreas de pernoctación destinadas a albergues móviles o cruceros tendrás que pagar una cantidad que oscila entre 0,45€ y 2,25€ por unidad de estancia, dependiendo del tipo de alojamiento y su localización. Un impuesto similar existió en las Islas Baleares entre 2001 y 2003, pero fue derogado debido a la fuerte oposición suscitada, ya que se consideraba que el impuesto dañaba el sector turístico. ¿Pone verdaderamente este impuesto en riesgo a la Industria del Turismo? Hoy en día, cuando la crisis económica ha afectado profundamente a todas las Comunidades Autónomas de manera que necesitan más ingresos que nunca, éstas podrían estar tentadas de introducir impuestos similares en sus territorios. En esta comunicación, analizaremos el impuesto existente en Cataluña para determinar si es positivo, neutro o negativo para el Turismo y para la economía española en general
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