12 research outputs found

    The replacement of striking workers by technological means

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    Las tecnologías de la información y la comunicación están teniendo una incidencia decisiva en las relaciones de trabajo tanto en el plano individual como en el plano colectivo. Atendiendo a esta última perspectiva, uno de los ámbitos en los que el impacto de los avances tecnológicos se está manifestando con especial intensidad es en el derecho de huelga. En concreto, uno de los principales retos que se plantean es el relativo a la sustitución de los trabajadores huelguistas mediante medios técnicos, lo cual se ha denominado esquirolaje tecnológico. Con estas premisas, el presente trabajo aborda la problemática subyacente a este tipo de prácticas, partiendo de la obsolescencia de la regulación del derecho de huelga en nuestro ordenamiento jurídico y su necesaria adaptación a las nuevas realidades sociales, así como de las resoluciones judiciales que hasta el momento se han pronunciado sobre esta cuestión. Todo ello con la finalidad de formular propuestas que puedan contribuir a dar solución a los dilemas interpretativos que surgen en estos supuestos.Information and communication technology is having a crucial influence in the labour relationships both in the individual and in the collective field. From this last perspective, one of the fields in which the impact of technological advances is expressing with special intensity is in the right to strike. Specifically, one of the main challenges that they are posing is the substitution of the striking employees by technical means, which has been referred to as technological strikebreaking. With these premises, this work deals with the underlying problems of this type of practices, from the obsolescence of the regulation of the right to strike in our legal system and its adaptation to the new social realities, as well as the judicial decisions that have pronounced on this question so far. The purpose is to make proposals that can contribute to solve the interpretative problems that arise in these cases.Universidad Pablo de Olavid

    El despido de la persona trabajadora en situación de incapacidad temporal tras la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación

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    Among the legal changes of the Law 15/2022, 12th July, for equal treatment and non-discrimination, it must be highlighted the express inclusion of illness or health condition as a forbidden ground of discrimination in our legal system. From this premise, this paper deals with the impact of this law on the dismissals based on the fact that an employee is on sick leave. In order to do this, first of all, it is analysed the evolution of the case law of the CJEU, the Constitutional Court and the Supreme Court, as well as the judgements of the lower courts about this matter and, subsequently, it is studied the new regulation on discrimination on grounds of illness or health condition in the Law 15/2022. The main conclusion we can draw from this analysis is that, after this Law, the dismissals on grounds of illness must be declared null and void instead of unfair. However, it is not a case of objective nullity since the employee must give evidence of the violation of the right to non-discrimination.Entre las novedades que incorpora la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, cabe destacar la inclusión expresa de la enfermedad o condición de salud como causa de discriminación prohibida en nuestro ordenamiento jurídico. Partiendo de esta premisa, el presente trabajo aborda la incidencia de esta norma en la calificación de los despidos motivados por la baja por incapacidad temporal de la persona trabajadora. Para ello, en un primer momento, se analiza la evolución de la jurisprudencia del TJUE, del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo, así como de la doctrina judicial, sobre esta cuestión para, posteriormente, estudiar la nueva regulación contenida en la Ley 15/2022 sobre la discriminación por razón de enfermedad o condición de salud. La principal conclusión que se extrae de este análisis es que, tras esta Ley, los despidos que se basen en la enfermedad de la persona trabajadora deberán ser calificados como nulos y no como improcedentes. En cualquier caso, no se trata de un supuesto de nulidad objetiva, de tal manera que la persona trabajadora deberá aportar indicios de la vulneración del derecho a la no discriminación

    La sustitución de los trabajadores huelguistas por medios tecnológicos

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    Information and communication technology is having a crucial influence in the labour relationships both in the individual and in the collective field. From this last perspective, one of the fields in which the impact of technological advances is expressing with special intensity is in the right to strike. Specifically, one of the main challenges that they are posing is the substitution of the striking employees by technical means, which has been referred to as technological strikebreaking. With these premises, this work deals with the underlying problems of this type of practices, from the obsolescence of the regulation of the right to strike in our legal system and its adaptation to the new social realities, as well as the judicial decisions that have pronounced on this question so far. The purpose is to make proposals that can contribute to solve the interpretative problems that arise in these cases.Las tecnologías de la información y la comunicación están teniendo una incidencia decisiva en las relaciones de trabajo tanto en el plano individual como en el plano colectivo. Atendiendo a esta última perspectiva, uno de los ámbitos en los que el impacto de los avances tecnológicos se está manifestando con especial intensidad es en el derecho de huelga. En concreto, uno de los principales retos que se plantean es el relativo a la sustitución de los trabajadores huelguistas mediante medios técnicos, lo cual se ha denominado esquirolaje tecnológico. Con estas premisas, el presente trabajo aborda la problemática subyacente a este tipo de prácticas, partiendo de la obsolescencia de la regulación del derecho de huelga en nuestro ordenamiento jurídico y su necesaria adaptación a las nuevas realidades sociales, así como de las resoluciones judiciales que hasta el momento se han pronunciado sobre esta cuestión. Todo ello con la finalidad de formular propuestas que puedan contribuir a dar solución a los dilemas interpretativos que surgen en estos supuestos

    REDES SOCIALES Y DERECHOS COLECTIVOS

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    El objeto de este artículo es el estudio de una de las manifestaciones concretas de la implantación generalizada de las tecnologías de la información y comunicación en la empresa, la utilización masiva de las redes sociales, que plantea un mismo orden de cuestiones: cuáles son los límites al uso extralaboral de los medios informáticos, propiedad de la empresa, por los trabajadores y la legitimidad de los controles empresariales y de vigilancia de dicho uso. La imposición de los controles del empresario sobre la actividad laboral puede llegar a poner en riesgo el secreto a las comunicaciones y el derecho a la intimidad de los trabajadores pero también, en el ámbito de las relaciones colectivas, el derecho a la información y libertad de expresión sindical. Palabras clave: Comunicaciones electrónicas. Tribunal Constitucional. Derecho a la intimidad. Derecho al secreto de las comunicaciones. Derecho a la información y libertad de expresión. Sindicato

    Report: Labour and social security law in Spain in 2013

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    El informe ha sido elaborado por la Sección Juvenil de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y Seguridad SocialEste documento intenta reflejar algunos de los principales cambios y novedades del ordenamiento laboral español en 2013, levantando acta de cómo la mutabilidad de nuestro Derecho del Trabajo es imparable. Este informe, consciente de ello, ofrece una selección de elementos esenciales, a juicio de sus autores, especialistas en cada una de las materias, encuadrados en la Sección Juvenil de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. En él, conforme a la organización de dicha Sección en grupos de trabajo, se abordan las novedades más relevantes en materia de derechos fundamentales inespecíficos, contratación laboral, vicisitudes del contrato de trabajo, Derecho colectivo, conciliación y corresponsabilidad, protección social y prevención de riesgos laborales.This paper tries to show some of the many changes and novelties in Spanish Labour Law during 2013, drawing up a record of the unstoppable character of our Labour legal system. This report offers a selection of essential elements, according to its authors, all of them specialists in each one of the subjects, being part of the Young Scholars’ Section of the Spanish Association for Labour and Social Security Law. According to the organization of the said Section in working groups, we can find novelties concerning unspecific fundamental rights, work contracts, the life of the work contract and collective Labour Law, reconciliation and co responsibility, social protection and occupational risk preventio

    El Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en España en 2015. Sección Juvenil de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.

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    Este Informe deja constancia de los cambios normativos más relevantes y de las tendencias judiciales más paradigmáticas del ordenamiento laboral en 2015. En él se observa el imparable dinamismo del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en España. El documento, consciente de tal mutabilidad, recoge una minuciosa selección de cuestiones esenciales, a juicio de las personas que abordan cada una de las materias, de las que son especialistas; los autores y las autoras, que forman parte de la Sección Juvenil de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, se adscriben a los grupos temáticos por afinidad con sus principales líneas de investigación y su labor docente universitaria. En síntesis, en el Informe “El Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en España en 2015” se puede encontrar información muy útil para los profesionales del iuslaboralismo en materia de derechos fundamentales inespecíficos, contratación laboral y empleo, vicisitudes del contrato de trabajo, derechos colectivos, igualdad y corresponsabilidad, Seguridad Social o prevención de riesgos laborales. This report has as aim leaving a record of the most relevant normative changes and the most paradigmatic judicial trends in Labour Law in 2015. One can easily observe the unstoppable dynamismof Labour and Social Security Law in Spain. The document, conscious of that mutability, collects a thorough selection of key issues, according to the judgement of the authors, all of them specialists and all of them members of the Young Scholars’ Section of the Spanish Association for Labour and Social Security Law. They are part of thematic groups, linked to their main research lines and their teaching task. Summing up, in this report “Labour and Social Security Law in Spain in 2015”, one can easily find useful information for labour lawyers in subjects such as unspecific fundamental rights, work contracts and employment, issues of the labour relationship, collective rights, equality and co-responsibility, Social Security or occupational risk prevention

    Labour and social security law in Spain in 2015

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    El informe ha sido elaborado por la Sección Juvenil de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y Seguridad SocialEste Informe deja constancia de los cambios normativos más relevantes y de las tendencias judiciales más paradigmáticas del ordenamiento laboral en 2015. En él se observa el imparable dinamismo del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en España. El documento, consciente de tal mutabilidad, recoge una minuciosa selección de cuestiones esenciales, a juicio de las personas que abordan cada una de las materias, de las que son especialistas; los autores y las autoras, que forman parte de la Sección Juvenil de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, se adscriben a los grupos temáticos por afinidad con sus principales líneas de investigación y su labor docente universitaria. En síntesis, en el Informe “El Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en España en 2015” se puede encontrar información muy útil para los profesionales del iuslaboralismo en materia de derechos fundamentales inespecíficos, contratación laboral y empleo, vicisitudes del contrato de trabajo, derechos colectivos, igualdad y corresponsabilidad, Seguridad Social o prevención de riesgos laborales.This report has as aim leaving a record of the most relevant normative changes and the most paradigmatic judicial trends in Labour Law in 2015. One can easily observe the unstoppable dynamismof Labour and Social Security Law in Spain. The document, conscious of that mutability, collects a thorough selection of key issues, according to the judgement of the authors, all of them specialists and all of them members of the Young Scholars’ Section of the Spanish Association for Labour and Social Security Law. They are part of thematic groups, linked to their main research lines and their teaching task. Summing up, in this report “Labour and Social Security Law in Spain in 2015”, one can easily find useful information for labour lawyers in subjects such as unspecific fundamental rights, work contracts and employment, issues of the labour relationship, collective rights, equality and co-responsibility, Social Security or occupational risk prevention

    El derecho del trabajo y de la seguridad social en españa en 2018

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    En su quinta edición, el Informe “El Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en España 2018” le ofrece una síntesis, que por concreta no es menos rigurosa, de los principales hitos por los que ha transitado el iuslaboralismo a lo largo del último año. En concreto, en las páginas que siguen, los expertos integrantes de la Sección Juvenil de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social (AEDTSS) analizan para usted, en primer lugar, las principales resoluciones europeas y nacionales en materia de igualad y no discriminación, acoso en sus más diversas manifestaciones, liberad religiosa y libertad de expresión. Asimismo, se abordan también las cuestiones relativas al empleo y la contratación, casi monopolizadas por el impacto de las plataformas y las consecuencias del caso de Diego. En materia de vicisitudes, sin perder importancia el despido colectivo, observará un cierto auge de los casos relativos a sucesión empresarial, movilidad funcional y empleo público. En el ámbito del derecho colectivo, además de analizarse el IV AENC, encontrará un estudio pormenorizado de las principales resoluciones en materia de libertad sindical, representación unitaria y ultraactividad. La sección relativa a conciliación y corresponsabilidad incluye este año como novedad un apartado relativo a violencia de género, al hilo de los avances normativos derivados del Real Decreto-ley 9/2018. Los epígrafes concernientes a la protección social y la prevención de riesgos laborales crecen de forma significativa en esta edición, lo que ha permitido abordar la evolución jurisprudencial para buena parte de las prestaciones y riesgos previstos en la Ley. Por último, las expertas del apartado de derecho procesal se han encargado de revisar a fondo los casos más significativos en el marco de las modalidades procesales especiales, con especial hincapié en el ámbito concursal. También han abordado la jurisprudencia constitucional más reciente sobre el de recurso de reposición. En suma, tienen ante usted un trabajo científico consolidado en el tiempo y sólido en cuanto al contenido, fiel reflejo de, a pesar del difícil contexto, el buen hacer de la joven doctrina iuslaboralista española

    El Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en España en 2016. Sección Juvenil de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

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    En su quinta edición, el Informe “El Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en España 2018” le ofrece una síntesis, que por concreta no es menos rigurosa, de los principales hitos por los que ha transitado el iuslaboralismo a lo largo del último año. En concreto, en las páginas que siguen, los expertos integrantes de la Sección Juvenil de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social (AEDTSS) analizan para usted, en primer lugar, las principales resoluciones europeas y nacionales en materia de igualad y no discriminación, acoso en sus más diversas manifestaciones, liberad religiosa y libertad de expresión. Asimismo, se abordan también las cuestiones relativas al empleo y la contratación, casi monopolizadas por el impacto de las plataformas y las consecuencias del caso de Diego. En materia de vicisitudes, sin perder importancia el despido colectivo, observará un cierto auge de los casos relativos a sucesión empresarial, movilidad funcional y empleo público. En el ámbito del derecho colectivo, además de analizarse el IV AENC, encontrará un estudio pormenorizado de las principales resoluciones en materia de libertad sindical, representación unitaria y ultraactividad. La sección relativa a conciliación y corresponsabilidad incluye este año como novedad un apartado relativo a violencia de género, al hilo de los avances normativos derivados del Real Decreto-ley 9/2018. Los epígrafes concernientes a la protección social y la prevención de riesgos laborales crecen de forma significativa en esta edición, lo que ha permitido abordar la evolución jurisprudencial para buena parte de las prestaciones y riesgos previstos en la Ley. Por último, las expertas del apartado de derecho procesal se han encargado de revisar a fondo los casos más significativos en el marco de las modalidades procesales especiales, con especial hincapié en el ámbito concursal. También han abordado la jurisprudencia constitucional más reciente sobre el de recurso de reposición. En suma, tienen ante usted un trabajo científico consolidado en el tiempo y sólido en cuanto al contenido, fiel reflejo de, a pesar del difícil contexto, el buen hacer de la joven doctrina iuslaboralista española. The fifth edition of the report, "Labour and Social Security Law in Spain in 2018" analyses the key issues in the changing scenario of Labour Law and Social Security during last year. Elaborated by the Young Scholars’ Section of the Spanish Association of Labour and Social Security Law focuses on the following thematic blocks: non-specific fundamental rights; employment contracts and employment; issues related to employment relationship; collective rights; equality and co-responsibility; occupational risks prevention; and procedural law. In conclusion, you may find here a concrete but detailed analysis of the the main legal and case law novelties of Spanish Social Law

    Trabajo a distancia y derechos de representación colectiva

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    The important increase of the number of teleworkers in the context of the pandemic caused by the COVID-19 has brought to light the lacks and insufficiencies of the regulation of distance working in our legal system. For this reason, a specific rule on this topic has been approved, the RD-Law 28/2020, 22 September, of distance working. From these premises, the aim of this work is to deal with collective representation rights of distance workers in the RD-Law 28/2020. Although this issue has a more detailed regulation than in the previous legislation, it continues to pose diverse problems, some of which are not but the reflection of the obsolete character of the Title II of the ET in some aspects, being necessary its update to the new business realities and forms of provision of services arisen in the last decades. Thus, firstly, we will refer to the provisions that, on this matter, were contained in the legislation prior to the RD-Law 28/2020, and, secondly, we will focus on this last rule, highlighting the new aspects and the lacks that, from our point of view, it continues to have in this regard.causada por la COVID-19 puso de manifiesto las carencias e insuficiencias de la regulación del trabajo a distancia en nuestro ordenamiento jurídico, razón por la cual se ha aprobado una norma específica en esta materia, el RD-Ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia. Partiendo de estas premisas, el objetivo de este trabajo es abordar el estudio de los derechos de representación colectiva de los trabajadores a distancia en el RD-Ley 28/2020, una cuestión que, aun cuando cuenta con una regulación más detallada que en la normativa precedente, sigue planteando diversos problemas, algunos de las cuales no son sino el reflejo del carácter obsoleto del Título II del ET en algunos aspectos, siendo necesaria una actualización acorde a las nuevas realidades empresariales y formas de prestación de servicios surgidas en las últimas décadas. Así, en un primer momento, nos referiremos a las previsiones que, sobre esta materia, contenía la regulación anterior al RD-Ley 28/2020, para, en un segundo momento, centrarnos en lo que dispone esta última norma, resaltando los aspectos novedosos y las carencias que, a nuestro juicio, sigue presentando la normativa a este respecto
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