55 research outputs found

    Sovereign Debt Governance, Legitimacy, and the Sustainable Development Goals: Examining the Principles on Responsible Sovereign Lending and Borrowing

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    In the context of the Sustainable Development Goals (“SDGs”) negotiation, this article questions to what extent legitimacy matters in sovereign debt governance and, if so, under what conditions. How can one recognize legitimate governance instruments when informality of governance process and practice is regarded as an important goal? This article sees the implementation of SDGs in the global financial arena as facilitated by legitimate normative instruments that reflect general public interest and demonstrate respect for human rights. The implementation of informal norms should give rise to substantive outcomes that are both sustainable and legitimate, thereby complementing the procedural dimension of any normative instrument. This article evaluates this assumption by reviewing the development and implementation of the United Nations Conference on Trade and Development’s Principles on Responsible Sovereign Lending and Borrowing. We conclude that legitimacy is not only a key component in the construction of well-grounded informal laws, but also forms part of a desirable legal framework for the implementation of SDGs

    Complicidad de las instituciones financieras internacionales en la violación de derechos humanos en el contexto de reformas económicas

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    This Article demonstrates that the introduction of austerity measures does not contribute to economic recovery, but instead has negative consequences in terms of economic growth, debt ratios, and equality, and routinely results in a series of negative human rights impacts. There is therefore a solid legal basis to make the case for a prima facie inconsistency between the imposition of austerity policies in times of recession and the enjoyment of human rights.Este artículo demuestra que la introducción de medidas de ajuste no contribuye a la recuperación económica sino que, en cambio, trae aparejadas consecuencias negativas en términos de crecimiento económico, coeficientes de endeudamiento e igualdad, generando frecuentemente una serie de impactos negativos en materia de derechos humanos. Y por lo tanto, que existe una sólida base legal para sostener una inconsistencia prima facie entre la imposición de políticas de ajuste en tiempos de recesión y el disfrute de derechos humanos

    Ciencias y pandemia : Una epistemología para los derechos humanos

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    Con el COVID-19 quedó evidenciado que las ciencias tienen el potencial de salvar vidas mientras que su menoscabo puede afectar a los derechos humanos, incluidos el derecho a la vida y a la salud. Sin embargo, durante la pandemia la movilización de las ciencias y las políticas sanitarias han padecido de un marcado déficit en materia de pluralismo epistémico. La interdisciplinariedad, y en particular los enfoques que exceden las respuestas científicas y estatales estrictamente biomédicas, han sido marginalizados. Este libro colectivo, escrito desde las ciencias sociales y naturales, y con un enfoque de derechos, propone miradas que cruzan la epidemiología, la medicina, la economía, los derechos humanos, la sociología, el feminismo, el transporte y la movilidad, la ética y la filosofía del derecho, la educación, las políticas públicas, la ecología, la salud mental, y la democracia.Editorial de la Universidad Nacional de La Plat

    Dívida privada e direitos humanos

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    El objetivo de este artículo es contribuir a la comprensión de las violaciones de los derechos humanos que se producen en el ámbito de la deuda privada, centrándose específicamente en la deuda que ofrecen a los particulares y los hogares toda una gama de agentes crediticios que operan tanto en el sector formal como en el informal. Existen dos factores que impulsan el incremento del endeudamiento privado: en primer lugar, la pujanza de la oferta crediticia del sector financiero, cuyos promotores son la liberalización del mercado y el aumento de la financierización, y en segundo lugar, la reconfiguración de muchas de las necesidades humanas de reproducción social que se convierten en necesidades financieras insatisfechas, unida al estrepitoso fracaso del Estado en cuanto a garantizar los derechos económicos, sociales y culturales de todxs. El artículo concluye que las deudas privadas no solo pueden constituir la causa de violaciones de derechos humanos sino también su consecuencia. Estudia específicamente las repercusiones negativas que tienen, para los derechos humanos, las deudas relacionadas con el microcrédito, la salud, la educación y la vivienda, las prácticas coactivas y abusivas de cobro, la criminalización de los deudores, las deudas de lxs consumidorxs y las deudas migratorias, así como la servidumbre por deudas.The objective of this article is to contribute to the understanding of human rights violations that occur in the field of private debt, specifically in the debt offered to individuals and households by credit agents operating in both the formal and informal sector. There are two factors that promote private indebtedness: first, the credit supply of the financial sector, whose promoters are the liberalization of the market and the increase in financing. And secondly, the reconfiguration of many of the human needs of social reproduction that become unmet financial needs, along with the failure of the State to guarantee the economic, social and cultural rights. The article concludes that private debts can not only constitute the cause of human rights violations, but also their consequence. It specifically studies the negative repercussions, for human rights, of debts related to microcredit, health, education and housing, coercive and abusive collection practices, criminalization of debtors, consumer debts and immigration debts, as well as debt bondage.O objetivo deste artigo é contribuir a compreensão das violações de direitos humanos que ocorrem no campo da dívida privada, concentrando-se especificamente na dívida oferecida a indivíduos e famílias por toda uma gama de agentes de crédito que operam nos setores formal como no informal. Existem dois fatores que impulsionam o aumento do endividamento privado: primeiro, a força da oferta de crédito do setor financeiro, cujos promotores são a liberalização do mercado e o aumento da financeirização, e em segundo lugar, a reconfiguração de muitas das necessidades humanas de reprodução social que se tornam em necessidades financeiras insatisfeitas, juntamente com o fracasso escandaloso do Estado em garantir os direitos econômicos, sociais e culturais de todos. O artigo conclui que as dívidas privadas não somente podem constituir a causa das violações dos direitos humanos mas também suas conseqüências. Estuda especificamente as repercussões negativas que têm, para os direitos humanos, as dívidas relacionadas ao microcrédito, a saúde, a educação e a moradia, as práticas de cobrança coercitiva e abusiva, a criminalização dos devedores, as dívidas de consumidores e as dívidas de imigração, assim como a servidão por dívida.Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociale

    Deuda privada y derechos humanos

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    The objective of this article is to contribute to the understanding of human rights violations occurring in the area of private debt, focusing specifically on the debt offered to individuals and households by a range of lending agents operating in both the formal and informal sectors. There are two factors driving the increase in private debt: first, the strength of the credit supply from the financial sector, whose promoters are market liberalization and increased financialization; and second, the reconfiguration of many of the human needs for social reproduction into unmet financial needs, coupled with the resounding failure of the State to guarantee the economic, social and cultural rights of all. The article concludes that private debts can be not only the cause of human rights violations but also their consequence. It specifically studies the negative impact on human rights of debts related to microcredit, health, education and housing, coercive and abusive collection practices, criminalization of debtors, consumer debtsxs and migration debts, así́ such as debt bondage.El objetivo de este artículo es contribuir a la comprensión de las violaciones de los derechos humanos que se producen en el ámbito de la deuda privada, centrándose específicamente en la deuda que ofrecen a los particulares y los hogares toda una gama de agentes crediticios que operan tanto en el sector formal como en el informal. Existen dos factores que impulsan el incremento del endeudamiento privado: en primer lugar, la pujanza de la oferta crediticia del sector financiero, cuyos promotores son la liberalización del mercado y el aumento de la financierización, y en segundo lugar, la reconfiguración de muchas de las necesidades humanas de reproducción social que se convierten en necesidades financieras insatisfechas, unida al estrepitoso fracaso del Estado en cuanto a garantizar los derechos económicos, sociales y culturales de todxs. El artículo concluye que las deudas privadas no solo pueden constituir la causa de violaciones de derechos humanos sino también su consecuencia. Estudia  específicamente las repercusiones negativas que tienen, para los derechos humanos, las deudas relacionadas con el microcrédito, la salud, la educación y la vivienda, las prácticas coactivas y abusivas de cobro, la criminalización de los deudores, las deudas de lxs consumidorxs y las deudas migratorias, así́ como la servidumbre por deudas

    Complicity of international financial institutions in Human Rights violations in the context of economic reforms

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    Este artículo demuestra que la introducción de medidas de ajuste no contribuye a la recuperación económica sino que, en cambio, trae aparejadas consecuencias negativas en términos de crecimiento económico, coeficientes de endeudamiento e igualdad, generando frecuentemente una serie de impactos negativos en materia de derechos humanos. Y, por lo tanto, que existe una sólida base legal para sostener una inconsistencia prima facie entre la imposición de políticas de ajuste en tiempos de recesión y el disfrute de derechos humanos. Debido a las circunstancias particulares en las que los Estados suelen encontrarse cuando requieren asistencia de instituciones financieras internacionales es que estas últimas suelen imponer condiciones que no necesariamente se han negociado con los Estados prestatarios. La población de los mismos se encuentra aún menos involucrada que su gobierno en las consultas, discusiones y negociaciones asociadas. El extenso alcance de tales condicionalidades, que se ha ampliado continuamente durante las últimas décadas, permite explicar su penetrante omnipresencia en cuestiones soberanas cruciales. Estas condicionalidades son observables aún en el contexto de la pandemia del COVID-19. Según los estándares del derecho internacional, las instituciones financieras internacionales podrían ser consideradas responsables por la complicidad en la imposición de reformas económicas violatorias de derechos humanos. El nexo causal entre la asistencia brindada por las instituciones financieras internacionales (en forma de préstamos, vigilancia, asistencia técnica y condicionalidades anexas) en la comisión de un hecho internacionalmente ilícito (complicidad) y el daño causado (violaciones de derechos humanos) es evidente y se encuentra bien documentado. Se puede presumir que una institución tiene conocimiento de la naturaleza ilícita del acto si, incluso cuando se avanza en la implementación de reformas económicas que normalmente conducen a violaciones de derechos humanos, no se realiza una evaluación de impacto ex ante. La responsabilidad legal por complicidad genera obligaciones en términos de cesación, no repetición y reparación.This Article demonstrates that the introduction of austerity measures does not contribute to economic recovery, but instead has negative consequences in terms of economic growth, debt ratios, and equality, and routinely results in a series of negative human rights impacts. There is therefore a solid legal basis to make the case for a prima facie inconsistency between the imposition of austerity policies in times of recession and the enjoyment of human rights. Because of the circumstances in which States usually find themselves when seeking assistance from international financial institutions, lender institutions often impose conditionalities that have not necessarily been negotiated with borrower States. States’ populations are even less involved than their governments in the associated consultations, discussions, or negotiations. The broad scope of such conditionalities, which has been continuously expanded over recent decades, helps to explain their pervasiveness and omnipresence in key sovereign businesses. These conditionalities are even seen in the context of the COVID-19 pandemic. According to standards of international law, international financial institutions may be held responsible for complicity in the imposition of economic reforms that violate human rights. The causal link between the assistance provided by international financial institutions (in the form of loans, surveillance and technical assistance, and attached conditionalities) in the commitment of an internationally wrongful act (complicity) and the harm done (human rights violations) is evident and well documented. An institution’s knowledge of the wrongful nature of the act can be presumed if, even when advancing the implementation of economic reforms that normally lead to human rights violations, no ex ante impact assessment is undertaken. Legal responsibility for complicity raises obligations in terms of cessation, non-repetition, and reparation.Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociale

    El eslabón financiero en la justicia transicional uruguaya

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    Artículo originalEste artículo analiza las implicaciones económicas y jurídicas del apoyo financiero provisto por los prestamistas a favor de la dictadura cívico-militar uruguaya. Utilizando un enfoque holístico, dinámico y casuístico, primero describe el contexto político de la dictadura uruguaya y el volumen y seriedad de los crímenes cometidos. Luego analiza la economía del país, las políticas monetarias, fiscales, productivas y presupuestarias, los gastos militares, y cómo todo ello puede haber reforzado el régimen y así facilitado las violaciones de derechos humanos. También presenta la posición de Estados Unidos hacia la dictadura uruguaya, centrándose en su política financiera fundada en los derechos humanos. Finalmente describe las políticas de justicia transicional adoptadas en Uruguay a partir de 1985, destacando la ausencia de referencias a la responsabilidad por complicidad financiera, y proponiendo para su discusión mecanismos concretos para su realizació

    Bilateral investment treaties and sovereign debt restructurings

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    De manera creciente los tenedores de deuda soberana recurren a los tratados bilaterales de inversiones (TBIs) para controvertir los acuerdos de reestructuración de deudas soberanas en procesos arbitrales. Este artículo estudia críticamente las implicaciones de este fenómeno desde la perspectiva colectiva de los procesos de reestructuración. Para ello se analiza cómo los TBIs y los estándares referentes a las inversiones extranjeras se están utilizando o podrían utilizarse para resolver las controversias relativas a la deuda soberana, así como los problemas económicos y de derechos humanos que suscita la opción del arbitraje que se derivan del uso de los TBIs para controvertir reestructuraciones de deuda soberana.More and more sovereign debt holders are resourcing to bilateral investment treaties (BITs) to challenge sovereign debt restructurings agreements in arbitration processes. This article critically studies the implications of this phenomenon from the collective perspective of the debt restructurings processes. To this purpose this article studies how BITs and standards referring to foreign investments are being used or could be used to solve disputed regarding public debt, as well as the economic and human rights problems that the arbitration option implies from using BITs to challenge sovereign debt restructurings.Fil: Bohoslavsky, Juan Pablo Raimundo. Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas; Argentina. Universidad Nacional de Río Negro. Sede Atlántica. Centro Interdisciplinario de Estudios sobre Derechos, Inclusión y Sociedad; Argentin

    IMF, Neoliberalism and Human Rights. Argentina under the Macroscope

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    El neoliberalismo implicó, desde la década de los setenta, una profunda reconfiguración de las economías nacionales y un aumento significativo de las desigualdades. El Fondo Monetario Internacional (FMI), que se autopercibe por encima de los derechos humanos, ha sido un vehículo institucional central en este cambio, a través de sus créditos y condicionalidades que frecuentemente se traducen en violaciones de los derechos humanos de las poblaciones de los Estados deudores. La noción hegemónica de los derechos humanos que asume el neoliberalismo propone una visión de los mismos basada en la —supuesta— defensa de los derechos civiles y políticos —que se focalizan en lo individual y asumen una desconfianza frente al Estado— en detrimento de los derechos económicos y sociales, en los cuales lo relacional es esencial y el Estado asume obligaciones positivas. Esto ha llevado a fuertes críticas sobre la ineficacia de los derechos humanos para generar cambios reales en el mundo. Este artículo discute esta interpretación minimalista y derrotista de los derechos humanos, resaltando su potencial transformador. Los derechos humanos pueden funcionar como un método para alcanzar, en campos de alta complejidad y abstracción, objetivos que gozan hoy de amplio consenso: reducir la pobreza, las desigualdades y el cambio climático. El artículo también pone en evidencia que la marginalización de los derechos humanos que caracteriza al FMI encuentra paralelismo con el ejercicio desmedido de su poder en el mundo. Se toma al acuerdo firmado en 2018 entre el FMI Argentina como estudio de caso, analizando sus implicaciones desde un enfoque de derechos humanos y proponiendo para el debate cursos de acción.Since the 1970s, the neoliberalism has entailed a profound reconfiguration of national economies and a significant increase in inequalities. The International Monetary Fund (IMF), which perceives itself to be above human rights, has been a central institutional vehicle for this change, through its loans and conditionalities that often result in violations of the human rights of the populations of debtor States. The hegemonic notion of human rights assumed by neoliberalism proposes a vision based on the supposed defense of civil and political rights - which focus on the individual and assume a distrust to the State - to the detriment of economic and social rights – in which the relational aspect is essential and the State assumes positive obligations. This has led to strong criticism regarding the ineffectiveness of human rights in bringing about real change in the world. This article discusses this minimalist and defeatist interpretation of human rights, highlighting their transformative potential. Human rights can function as a method to achieve, in fields of high complexity and abstraction, objectives that today enjoy broad consensus: reducing poverty, inequality and climate change. The article also highlights that the marginalization of human rights that characterizes the IMF parallels the unbridled exercise of its power in the world. The 2018 agreement signed between the IMF and Argentina is taken as a study case, analyzing its implications from a human rights approach and proposing courses of action for debate.Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociale
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