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El soft law como parámetro formal de la vehiculación de los Derechos Humanos en el derecho positivo
In this paper’s pages, we focus on analysing the formal aspects of the laws which contain and try to enforce a Human Right. We hold that the called “soft law” can be understood as a valid way to integrate Humans Rights in a national or international Law system. Despite being conceived as a not enforced law, the rule of the Courts and Administration concedes them a potentiality enforcement power. Thus the soft law could be considered the frontier between legal Human Rights and mere political declarations. That is the main point of this paper.La naturaleza, fundamentos y positivación de los Derechos Humanos (DDHH) siempre son cuestiones controvertidas. En este artículo nos centramos en analizarlas de manera conjunta, prestando especial atención al aspecto formal de los DDHH como integrantes de la legalidad de un ordenamiento jurídico, sea estatal o internacional. Atendiendo a que los tribunales y administraciones públicas pueden aplicar el soft law, a modo de parámetro interpretativo y como medio de colmar lagunas o para concretar conceptos jurídicos indeterminados, haciéndolo así de facto obligatorio, abogamos por erigirlo en parámetro formal mínimo para admitir la existencia de la legislación positiva de los DDHH, más allá de las meras directrices políticas
El Estado y la internacionalización: pasado y futuro de la democracia
Programa Consolider "El tiempo de los derechos" (HURI-AGE
La educación en derechos humanos, un requisito para su efectividad
El conocimiento de qué son exactamente los DDHH, especialmente en el plano del
derecho positivo, se encuentra en entredicho. En una época en que confiamos, quizás
demasiado, en los tribunales y los límites que la constitución impone al legislador, el
desconocimiento por el gran público de qué son los DDHH resultapreocupante. En esta
comunicación se sostiene queconocer qué son los DDHH y cuáles recoge el derecho
positivo constituye un requisito elemental para que el ciudadano pueda instar a su
defensa, así como a no cejar en reivindicar políticamente los pertinentes cambios
legislativos para positivizar nuevos DDHH, lo que constituyendos modalidades de
efectividad. Optando, en aras de la brevedad, por una perspectiva histórica y presente
centrada en España y occidente, se aborda la cuestión de la educación en los DDHH
partiendo de la confusión que a menudo se da entre reivindicación política y aspiración
social, respecto al vigente derecho positivo. En paralelo se comenta el papel jugado por
los DDHH en la concepción moral de la sociedad y el individuo en el tercer milenio.
Acto seguido, se analiza la situación actual de los DDHH en España, des del punto de
vista del derecho positivo y sus diferentes grados de protección. A continuación, se
evalúan sumariamente los riesgos para los DDHH, en nuestros días. Finalmente, las
conclusiones, recapitulando lo expuesto, concluyen apuntando a la importancia de una
educación transversal que va mucho más allá de la divulgación jurídica, para afianzar
los DDHH en nuestra sociedad, garantizando así su efectividad.Programa Consolider "El tiempo de los derechos" (HURI-AGE