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Sustracción internacional de menores y violencia de género
[ES]La sustracción internacional de menores es el traslado de un menor a un país donde
no reside llevado a cabo de forma ilícita dentro de un contexto de crisis familiar; además,
constituye un delito tipificado en el artículo 225 bis del Código Penal, a cuyos efectos la
sustracción puede tener una doble consideración:
1. Traslado ilícito del menor: uno de los progenitores traslada al menor a un
lugar diferente al de su residencia sin consentimiento del progenitor con quien convive (otras
personas o una institución, en su caso, a quien se confía su guarda o custodia). El fin de este
traslado es obtener una resolución judicial que capacite al progenitor que lleva a cabo la
sustracción a convivir legalmente con su hijo.
2. Retención ilícita del menor: se trata del supuesto en que el progenitor
sustractor retiene al menor en un Estado diferente al de la residencia de los hijos