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    Gestión de la prevención de riesgos laborales en obras de construcción sin proyecto. Obras en Comunidades de Propietarios

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    El Real Decreto 1627/1997, es aun a día de hoy, y después de veinte años desde su entrada en vigor, la norma reglamentaria que fija y concreta los aspectos técnicos de las medidas preventivas para garantizar la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores del sector de la construcción. Los Censos de Población y Viviendas 2011 (INE), reflejan un incremento del 13,2% del número de edificios (9.804.090) y del 20,3% del de viviendas (25.208.623) en los 10 últimos años. Según el estudio sobre las condiciones y características de vivienda en la UE 2014 (Eurostat), España es uno de los países donde más alta es la proporción de personas que viven en pisos (66,6%), siendo cierto que aunque no sea propietaria, casi la totalidad de los españoles ha vivido o vive en edificios de pisos bajo el régimen de propiedad horizontal. Las Comunidades de Propietarios acometen periódicamente obras de mejora, reparación, mantenimiento o conservación, sin proyecto, convirtiéndose en promotores, representados por su presidente, asumiendo con ello las consiguientes obligaciones y las subsiguientes responsabilidades. El hecho de que una obra no disponga de proyecto podría suponer, equivocadamente, que su peligrosidad es menor a las de las obras con proyecto, y que por lo tanto no sería necesario analizar de forma específica los riesgos de las mismas ni, en consecuencia, planificar la acción preventiva a desarrollar. Esta percepción de menor riesgo en obras sin proyecto es un obstáculo a evitar para alcanzar una correcta gestión de la prevención de riesgos laborales, así como para conseguir un adecuado nivel de seguridad y protección durante la ejecución de los trabajos. El objetivo general de esta comunicación se centra en marcar pautas para la gestión preventiva de las obras sin proyecto, identificando las obligaciones y responsabilidades de las Comunidades de propietarios como promotores de las mismas.Consejo General de la Arquitectura Técnica de Españ

    El ajuste razonable: de la accesibilidad de concepción a la accesibilidad de corrección

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    A pesar de la normativa vigente sobre accesibilidad, es un hecho que no siempre se producen entornos accesibles facilitadores del ejercicio regular de los derechos de las personas con discapacidad. La consecución de la accesibilidad universal, es un objetivo costoso y a largo plazo, especialmente si no se parte de la fase conceptual (accesibilidad de concepción), habitualmente se parte de entornos preexistentes no accesibles que es necesario adaptar (accesibilidad de corrección). El objetivo al proyectar un edificio nuevo, al igual que cuando se interviene en la edificación existente, debe ser alcanzar las exigencias de las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación a las personas con discapacidad para satisfacer los requisitos básicos de accesibilidad establecidos en el Documento Básico de Utilización y Accesibilidad (DB-SUA), constituyendo en sí, una labor de accesibilidad de concepción. Sin embargo a diferencia de la obra nueva, en la edificación existente concebida con necesidades distintas de las actuales, existen dificultades de intervención, que en muchos casos sólo pueden resolverse dotando al marco reglamentario de accesibilidad con criterios de no empeoramiento, de proporcionalidad y sobre todo de cierta flexibilidad, como los recogidos en el Documento de Apoyo al DB-SUA de adecuación efectiva de las condiciones de accesibilidad, en este caso de corrección. El objetivo general de esta comunicación es analizar la evolución del concepto de “Ajustes razonables” y poder determinar “Qué es razonable hacer” en materia de accesibilidad para facilitar, en el mayor grado posible, el acceso y la utilización del edificio por la mayor diversidad posible de situaciones personales. Sin olvidar que, los incumplimientos de las exigencias de las condiciones básicas de accesibilidad y de realizar ajustes razonables constituyen una vulneración del derecho a la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, a la vez que tales exigencias y ajustes son considerados medidas efectivas contra la discriminación.Consejo General de la Arquitectura Técnica de Españ

    Guía para la Gestión de actuaciones y obras de mejora de accesibilidad en Comunidades de Propietarios

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    Las personas con discapacidad conforman un grupo vulnerable y numeroso al que, el modo en que se desenvuelve, la sociedad le ha mantenido en condiciones de exclusión. Si además sumamos a este colectivo las personas mayores, nos encontramos con un amplio porcentaje de ciudadanos que ven limitados sus derechos básicos y libertades, condicionando u obstaculizando su desarrollo personal, así como el disfrute de los recursos y servicios puestos a disposición de toda la población y la posibilidad de contribuir con sus capacidades al progreso de la sociedad. Aproximadamente el 45% de la población de España reside en viviendas en edificios de 3 o más plantas sin ascensor, y casi el 50% de las personas mayores de 65 años se encuentra en esta situación. La falta de accesibilidad representa una de las causas más frecuentes de discriminación de que son objeto las personas con discapacidad y las personas mayores. Como técnicos que somos, tenemos la responsabilidad social y la obligación moral de mejorar las condiciones de accesibilidad en los edificios existentes ya que, además de ser una necesidad para un colectivo, es un beneficio para toda la sociedad. Debemos luchar desde todos los campos por construir una sociedad que consiga la plena, real y efectiva inclusión de todas las personas con discapacidad. Bajo este principio, desde la Comisión de Accesibilidad del COAAT de Granada, hoy presentamos esta segunda edición actualizada de la Guía para la gestión de actuaciones y obras de mejora de accesibilidad en Comunidades de Propietarios, una vez superada la barrera del día 4 de diciembre de 2017, con el espíritu no solo de dejar atrás los escalones por los que empezaba la escalera y alcanzar su final con una rampa si no el más importante, el de conseguir entre todos una sociedad inclusiva que respete los derechos de todas las personas. Es inconcebible que en pleno siglo XXI, con una legislación garantista tanto a nivel estatal, autonómico como local, que reconoce el derecho de las personas con discapacidad y de sus familias a acceder a una vivienda digna, y con una normativa técnica reguladora exigente de los criterios de accesibilidad en la construcción de viviendas, todavía nos encontremos con tantos edificios que niegan la diversidad e inclusión de todos. Estamos convencidos que esta Guía, actualizada en su segunda edición, de carácter informativo y no técnico, facilitará la gestión en el cumplimiento de la Accesibilidad Universal a las Comunidades de Propietarios

    Accesibilidad, qué hacer cuando no se puede cumplir la normativa. Ascensores en espacios reducidos, en patios y en espacios exteriores

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    El artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, define el término accesibilidad universal, que se entiende como “la condición que deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, así como los objetos, instrumentos, herramientas y dispositivos, para ser comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas en condiciones de seguridad y comodidad y de la forma más autónoma y natural posible”. Tanto el Código Técnico de la Edificación [Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, modificado por el Real Decreto 732/2019, de 20 de diciembre], como las distintas normas autonómicas y municipales, regulan las determinaciones y parámetros que se deben cumplir para alcanzar dicha accesibilidad universal. No obstante, en el caso de edificios existentes antes de la entrada en vigor de estas normas, no siempre es posible ajustarse a dichas determinaciones. El objetivo general de esta comunicación se centra en marcar pautas para la justificación de intervenciones de mejora de accesibilidad en edificios existentes, en los que no se pueden cumplir estrictamente los parámetros que establece la normativa, e ilustrarlas con algunos ejemplos concretos. Se analiza de forma específica, la mejora de accesibilidad a los inmuebles mediante la instalación o sustitución de ascensores: en espacios reducidos, en patios, en zonas comunes exteriores o en espacio público. Para ello nos apoyaremos en las infografías realizadas por el Grupo de trabajo de Accesibilidad del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Granada. Una infografía es una interpretación gráfica de cualquier tipo de información, permitiendo visualizar datos de una forma rápida con el propósito de informar o enseñar algo, ofreciendo al mismo tiempo, un rápido resumen sobre un tema concreto. Se trata de argumentar hasta dónde nos permite la normativa “incumplir” sus determinaciones, incluso considerando las tolerancias contempladas en la misma, de manera que se mejoren las condiciones de accesibilidad preexistentes en el inmueble, con el mayor grado de adecuación posible, en beneficio del máximo número de personas, independientemente de su situación personal o de su grado de discapacidad. Destacar la importancia de la correcta justificación de las soluciones adoptadas, teniendo en cuenta que la normativa deja en manos del técnico, la aplicación de propuestas alternativas con las que se alcance el mayor grado de adecuación, asumiendo éste la responsabilidad de dichas soluciones.Consejo General de la Arquitectura Técnica de Españ

    Estado de salud de las viviendas en el ámbito rural

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    En España, principalmente a partir de la segunda mitad del siglo XX, vinculado al fenómeno de industrialización de regiones concretas del país, se produjo el fenómeno conocido como éxodo rural o éxodo campesino. Dicho fenómeno se produjo principalmente por gente joven, adolescentes y adultos jóvenes, del campo que emigraron del campo a la ciudad. Esta población, no solo cambió de lugar de residencia, sino que también cambió de profesión. Familias que se dedicaban principalmente a la agricultura y la ganadería, como medio de sustento de vida, pasaron a otros tipos de empleo vinculados con la vida en la ciudad. De igual forma cambio sustancialmente el modo de vida, las relaciones sociales, medioambientales, culturales, etc. Estas migraciones provocaron un efecto directo en la población que no emigró, principalmente generaciones de adultos y ancianos, con un efecto de despoblamiento del campo, afectando directamente al mantenimiento y estado de conservación de las construcciones que servían como residencia habitual a esta población en el campo. Con el presente estudio se pretende analizar el efecto del éxodo rural sobre las viviendas que ocupaba la población en el campo, estudiando el tratamiento normativo que en la actualidad afecta la seguridad, habitabilidad y mantenimiento de estas construcciones, en ocasiones centenarias, y el efecto directo sobre el estado de salud en el que se encuentran las mismas

    Rehabilitación e implantación de accesibilidad en un edificio catalogado e incluido en entorno BIC, para destinarlo a uso turístico

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    Las actuaciones de rehabilitación en edificios existentes ya son complejas desde el primer momento de su abordaje. Esta complejidad aumenta cuando nos encontramos con edificios emplazados dentro del casco histórico de la ciudad, tienen valores propios que les hacen estar incluidos en el catálogo y, además, se emplazan próximos a otros edificios calificados como Bienes de Interés Cultural. Desde el punto de vista del planteamiento de intervención constructiva así como desde el punto de vista de la gestión de las distintas autorizaciones ante las diferentes administraciones públicas con competencias que se interfieren, hace aún más singular la hoja de ruta de las actuaciones. Serán necesarias autorizaciones medio ambientales, patrimoniales, turísticas y urbanísticas. Veremos un caso concreto de intervención de rehabilitación de un edificio en el casco histórico de Granada, Catalogado y en el entorno de los B.I.C.: Casa de los Vargas, Colegio de Niñas Nobles y Catedral. Se propone una intervención de rehabilitación integral de un edificio de 5 plantas de altura, local comercial en planta baja y una vivienda en cada planta del resto, con la finalidad de cambiar el uso de las plantas altas a apartamentos turísticos, para lo que será necesaria una intervención integral en el mismo, tanto en su distribución interior como en su configuración arquitectónica, principalmente en el núcleo de comunicación vertical donde se busca conseguir el mayor grado de accesibilidad posible, sin dejar de mirar a la posible afección a los valores arquitectónicos identificados en el propio edificio y reflejados en su ficha de catálogo. Al mayor de los retos al que nos enfrentamos es implantar la accesibilidad universal en su mayor grado posible, respetando sus singularidades, tanto del propio edificio con el nuevo uso previsto como por su ubicación dentro del conjunto histórico de una ciudad patrimonial como es Granada.Consejo General de la Arquitectura Técnica de Españ
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