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    La regla del previo agotamiento de los recursos internos en el sistema interamericano de derechos hu¬manos.

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    Los sistemas internacionales de protección de los derechos humanos establecen como regla general para admitir una petición o comunicación individual ante sus órganos de contralor, el cumplimiento del previo agotamiento de los recursos de la jurisdicción interna del Estado que se pretende denunciar. Pero esta regla conlleva, además, la obligación de los Estados de suministrar recursos judiciales efectivos a las víctimas, y a toda persona contra actos que violen sus derechos. De esta manera, el requisito no debe ser entendido como un privilegio en favor del Estado, sino que debe concebirse en beneficio del individuo, como forma de una pronta reparación de sus derechos. La propia Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sostenido que el derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes constituye uno de los pilares básicos del Estado de Derecho. Estas consideraciones nos llevan a estudiar con detenimiento esta institución, para analizar sus orígenes, su naturaleza jurídica, su finalidad y su interpretación dentro del sistema interamericano de derechos humanos. Particularmente, nos centraremos en la doctrina surgida de las resoluciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la jurisprudencia constante de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Por todo ello resulta de vital importancia el análisis de este instituto del derecho internacional de los derechos humanos, principalmente dentro del continente latinoamericano que en décadas recientes ha experimentado las más graves violaciones a los derechos humanos cometidas o toleradas por ciertos gobiernos

    La obligatoriedad de los fallos de la corte Interamericana. Análisis del caso Fontevecchia y la decisión de la C.S.J.N.

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    Motiva el presente trabajo la reciente acordada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (en adelante, Corte Suprema, Tribunal Supremo o CSJN) de fecha 14/02/2017, por medio de la cual y por voto de la mayoría, se expidió en relación al efecto de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante, Corte Interamericana o Corte IDH). Si bien no le denegó el carácter de obligatorias, la CSJN se adjudicó la facultad de controlar si las decisiones de aquella son conforme a la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante, Convención Americana, Convención o CADH), y si su cumplimiento es viable de acuerdo a las disposiciones constitucionales.Fil: Vignoles,Sebastián Fernando. Universidad Nacional de Rosario, Argentin

    Derechos Humanos desde América Latina. Discusiones y estrategias actuales

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    Este libro es el resultado de un proyecto colectivo, iniciado a partir de las ponencias del I Congreso de Derechos Humanos desde América Latina, realizado en la Universidad Nacional de Rosario (UNR) en agosto de 2019. Participaron del trabajo los siguientes espacios institucionales: Cátedra de Pensamiento Constitucional Latinoamericano (UNR), Instituto de Cooperación Latinoamericana (UNR), Área de Derechos Humanos (UNR) y Maestría en Derechos Humanos (UASLP).Universidad Nacional de Rosari
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