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    Antecedentes de la Ley que crea los Tribunales de Familia y el procedimiento ordinario

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    70 p.La creación de Los Tribunales de Familia trae consigo diversas innovaciones creando diferentes instituciones que modernizan la arcaica conformación de los Tribunales de Menores La Ley ha sistematizado las principales materias de competencia de tales tribunales; pero debe ser complementada con las materias que entrega su conocimiento a otras leyes. Se establecen como características del procedimiento: la Oralidad,Publicidad, la intimidad de las partes; Informal y Concentrado; los principios de inmediación, actuación de oficio y Colaboración.El procedimiento ordinario se aplicará a todos los asuntos contenciosos cuyo conocimiento corresponda a los Tribunales de Familia y que no tengan un procedimiento especial contemplado. En cuanto a la prueba, el Juez la apreciará de acuerdo con las reglas de la sana crítica. Se señalan como medios de prueba aceptados todos aquellos que obtenidos lícitamente. La sentencia, deberá ser comunicada a las partes una vez concluidas las alegaciones, indicando los fundamentos considerados
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