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    Proyección y cambios recientes en el arbitraje de contratos públicos en Francia. Estudio comparativo sobre su evolución en Francia y en Colombia

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    El arbitraje en Francia y en Colombia parte de una misma lógica: la autonomía de la voluntad y la libre disposición de los derechos como criterios indispensables para la arbitrariedad de los litigios. A pesar de esto, la prohibición del arbitraje a las personas de derecho público francés es el resultado de una especificidad típicamente francesa: la separación de los órdenes de jurisdicción. En Francia no existen sino dos jurisdicciones, la judicial (Jurisdicción ordinaria) y la administrativa. La autonomía de esta última fue el fruto de una lenta evolución ganada gracias al trabajo del Consejo de Estado francés. En consecuencia, la prohibición orgánica del arbitraje fue arduamente defendida por éste en múltiples ocasiones. Sin embargo, en la actualidad, su posición ha dado un importante giro que se manifiesta claramente en el informe que se traduce en el presente texto

    Arbitration of disputes arising out of public contracts

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    Si le droit administratif colombien se fonde sur les mêmes principes que le droit administratif français, l’interdiction de l’arbitrage aux personnes morales de droit public n’a pas été reprise en Colombie. La jurisprudence a admis l’application de l’arbitrage aux contrats publics même en l’absence d’autorisation législative. Le principe de légalité, la continuité du service public et le respect de l’intérêt public fondent le droit des contrats publics. Cependant, celui-ci se développe sous l’égide du droit commun des obligations et des contrats et il partage les aspects essentiels du droit de l’arbitrage : l’autonomie de la volonté et la liberté contractuelle. Si le droit colombien n’impose aucune limite à l’arbitrage des contrats publics depuis 1993 alors que les lois antérieures en fixaient, cette évolution législative peut-elle être interprétée comme l’octroi de compétences équivalentes aux arbitres et au juge administratif ? Le régime du droit commun de l’arbitrage s’adapte-t-il aux besoins du contentieux des contrats publics ? Quelle est la portée de ce changement pour l’arbitrage international des contrats publics ? Au-delà des contradictions apparentes, les principes des contrats publics n’entrent pas en confrontation avec les notions essentielles à l’arbitrage. La compétence des arbitres se limite aux contentieux subjectifs des contrats publics. La jurisprudence forgée en la matière depuis 1964 s’est consolidée au fil du temps, nous permettant d’évaluer l’efficacité et l’effectivité de l’arbitrage des contrats publics.Even though Colombian and French administrative law are grounded on the same principles, Colombian administrative law did not adopt the stance that public legal bodies are prevented from agreeing arbitration clauses and submitting their disputes to arbitration. Colombian case law has recognized arbitration clauses in relation to disputes arising out of public contracts, even when there is no specific legal authorization to do so. The principle of the rule of law, the continuity of the provision of public services, the public interest and the existence of a specialized administrative jurisdiction, are the foundations of public contract law. Nevertheless, public contract law is implemented under the aegis of contract law and it shares essential aspects of arbitration law: the autonomy of the parties free will and freedom of contract. Since 1993, Colombian law has not imposed any limit on the arbitration of disputes arising out of public contracts, even if former laws did so. Could this legal progress be construed as granting similar jurisdiction to arbitrators and administrative judges? Is general arbitration law suitable for the needs of the settlement of disputes arising out of public contracts? What is the scope of this change for the international arbitration of disputes arising out of public contracts? Despite the apparent contradictions, the essential tenets of public contracts, do not conflict with the key components of arbitration. The jurisdiction of arbitrators is confined to “contentieux subjectifs”. Colombian case law has developed since 1964 and has been consolidated over time, allowing us to evaluate to what extent the arbitration of disputes arising out of public contracts is an effective and efficient tool for public administration

    El arbitraje en los contratos concluidos por la administración : Estudio de derecho comparado francés y colombiano

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    La obra de la profesora Salcedo es un estudio profundo que, sirviéndose de la metodología del derecho comparado, analiza de forma aguda y crítica los distintos problemas que se presentan en materia de arbitrajes de contratos estatales, tanto en Colombia como en Francia. Este libro desarrolla de forma conjunta dos temas de gran actualidad: el arbitraje, como método alternativo de solución de controversias, y los contratos estatales, como uno de los principales mecanismos de intervención del Estado como agente en el mercado. El análisis demuestra, de manera contundente, que estas dos instituciones jurídicas están lejos de ser antagónicas y, por el contrario, resultan totalmente complementarias dentro del marco de intercambios económicos de la sociedad moderna

    Constitución e Integración

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    Este libro recoge las actas del coloquio constitución e integración organizado en París los días 3 y 4 de junio de 2005, por la Asociation Adrés Bello de juistes frano-lationaméricains. El tema central aborda la tendencia integracionista ampliamente desarrollada en la segunda mitad del siglo XX, la cual ha influido las constituciones modernas en la previsión de disposiciones que permiten la atribución de ciertas competencias, anteriormente consideradas como exclusivas de la soberanía del Estado, a órganos supranacionales. Es así como, inicialmente en materia económica y luego en otras materias, la integración ha generado la creación de entes supranacionales encargados no sólo de establecer las políticas necesarias para que la integración sea viable, sino también para establecer las normas necesarias para que dicha política sea una realidad. Esta situación presenta un fuerte impacto sobre la estructura jurídica tradicional del Estado. En dicho caso la Constitución deja de ser un marco jurídico rígido para convertirse en un elemento flexible; la Unión Europea es un ejemplo clave de este fenómeno. Múltiples interrogantes surgen entonces con respecto de la jerarquía de normas y de la supremacía de la Constitución frente a los tratados de integración

    Constitución e Integración

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    Este libro recoge las actas del coloquio constitución e integración organizado en París los días 3 y 4 de junio de 2005, por la Asociation Adrés Bello de juistes frano-lationaméricains.\ud El tema central aborda la tendencia integracionista ampliamente desarrollada en la segunda mitad del siglo XX, la cual ha influido las constituciones modernas en la previsión de disposiciones que permiten la atribución de ciertas competencias, anteriormente consideradas como exclusivas de la soberanía del Estado, a órganos supranacionales. Es así como, inicialmente en materia económica y luego en otras materias, la integración ha generado la creación de entes supranacionales encargados no sólo de establecer las políticas necesarias para que la integración sea viable, sino también para establecer las normas necesarias para que dicha política sea una realidad. Esta situación presenta un fuerte impacto sobre la estructura jurídica tradicional del Estado. En dicho caso la Constitución deja de ser un marco jurídico rígido para convertirse en un elemento flexible; la Unión Europea es un ejemplo clave de este fenómeno. Múltiples interrogantes surgen entonces con respecto de la jerarquía de normas y de la supremacía de la Constitución frente a los tratados de integración

    Proyección y cambios recientes en el arbitraje de contratos públicos en Francia. Estudio comparativo sobre su evolución en Francia y en Colombia

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    El arbitraje en Francia y en Colombia parte de una misma lógica: la autonomía de la voluntad y la libre disposición de los derechos como criterios indispensables para la arbitrariedad de los litigios. A pesar de esto, la prohibición del arbitraje a las personas de derecho público francés es el resultado de una especificidad típicamente francesa: la separación de los órdenes de jurisdicción. En Francia no existen sino dos jurisdicciones, la judicial (Jurisdicción ordinaria) y la administrativa. La autonomía de esta última fue el fruto de una lenta evolución ganada gracias al trabajo del Consejo de Estado francés. En consecuencia, la prohibición orgánica del arbitraje fue arduamente defendida por éste en múltiples ocasiones. Sin embargo, en la actualidad, su posición ha dado un importante giro que se manifiesta claramente en el informe que se traduce en el presente texto

    El arbitraje en los contratos concluidos por la administración : Estudio de derecho comparado francés y colombiano

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    La obra de la profesora Salcedo es un estudio profundo que, sirviéndose de la metodología del derecho comparado, analiza de forma aguda y crítica los distintos problemas que se presentan en materia de arbitrajes de contratos estatales, tanto en Colombia como en Francia.\ud Este libro desarrolla de forma conjunta dos temas de gran actualidad: el arbitraje, como método alternativo de solución de controversias, y los contratos estatales, como uno de los principales mecanismos de intervención del Estado como agente en el mercado.\ud El análisis demuestra, de manera contundente, que estas dos instituciones jurídicas están lejos de ser antagónicas y, por el contrario, resultan totalmente complementarias dentro del marco de intercambios económicos de la sociedad moderna

    National arbitration against corruption Volume III

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    Cuando se aborda un asunto tan complejo como la corrupción contemporánea, se corre el riesgo de llegar a lugares comunes con pomposos títulos. No es exactamente el caso de este nuevo texto de la colección Arbitraje 360 Grados. El valor del libro El arbitraje nacional frente a la corrupción, en hora buena escrito por los árbitros Fabricio Mantilla, Myriam Salcedo y Francisco Bemate, es el de analizar ese flagelo en sus diversas facetas en clave de la justicia arbitral. Es una investigación seria y de profundo rigor que aborda desde las bases jurídicas del Estatuto de Arbitraje, hasta los dilemas cotidianos que, en su papel como administrador de justicia, debe enfrentar el árbitro. Como todo aporte precursor abrirá debates, fijará posiciones y servirá para cruzar fronteras intelectuales que aviven la lucha contra la corrupción. Colombia está hastiada de ese delito y se escucha venir una primavera ciudadana en su contra. El humo de la guerra no dejaba ver la corrupción. Es el momento de enfocar toda la acción del Estado y la ciudadanía para erradicarla. Los autores revelan el hondo sentido ético que tiene la función arbitral y resaltan el imperativo de la imparcialidad. Con ella, la declaración de conflicto de intereses presentes y las incompatibilidades futuras, ante un particular que ejerce una profesión liberal, para evitar ulteriores cuestionamientos penales o disciplinarios en su contra. Otro asunto neurálgico que se trata es la categorización dual de contratos por la corrupción y contratos para la corrupción. Esa que parece una innovadora clasificación tiene hondas raíces en el derecho civil y el romano. Sobre los vastos y nocivos efectos de ese flagelo nos identifica lo expuesto por su prologuista el doctor Juan Pablo Cárdenas que resumo en esta trilogía: frente a la corrupción no puede haber ninguna tolerancia, al mismo tiempo la decisión que se adopte no debe afectar indebidamente a personas que no participaron en dicho acto, y por último, se debe dejar a la víctima de la corrupción que decida la suerte del contrato, pero nunca darle esa prerrogativa al victimario corrupto. Este texto es una valiosa contribución, desde la academia, para romper las barreras que impiden que superemos la pandemia de la corrupción, que atenta contra la democracia y afecta los derechos de todos los colombianos
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